CIRCULAR GP Nº 44/11
- Tipo
- Circular
- Número
- 44/11
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 26/07/2011
- Publicación en el BO
- 30/07/2011
- Nombre
- SISTEMA LMN - OBRAS SOCIALES ESPECIALES - O.S.LE.R.A Y O.S.MI.S.S. RECORDATORIO
www.diarioprevisional.com.ar "2011 ? Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 26 de julio de 2011 CIRCULAR GP Nº 44/11 SISTEMA LMN - OBRAS SOCIALES ESPECIALES - O.S.LE.R.A Y O.S.MI.S.S.RECORDATORIO Se recuerda a los usuarios del Sistema de Novedades en Línea (LMN), que toda vez que la Obra Social que le corresponda al beneficiario sea O.S.Le.R.A. (Obra Social de los Legisladores de la República Argentina) u O.S.Mi.S.S. (Obra Social de los Ministros, Secretarios y Subsecretarios), en atención a la Norma OOSS-04- 05 de fecha 10/12/2010 "Incorporación de Nuevos Beneficiarios Previsionales al Padrón del Sistema Nacional del Seguro de Salud", los códigos a utilizar son: Para el descuento mensual: 322-900 322-901 OBRA SOCIAL ESPECIAL O.S.Le.R.A. OBRA SOCIAL O.S.Mi.S.S.Para el descuento de retroactivo: 522-900 522-901 Para devoluciones: RETROACTIVO OBRA SOCIAL O.S.Le.R.A. RETROACTIVO OBRA SOCIAL O.S.Mi.S.S.722900 722-901 REINTEGRO OBRA SOCIAL O.S.Le.R.A. REINTEGRO OBRA SOCIAL O.S.Mi.S.S.Porcentaje de Afectación: Para la obra social O.S.Le.R.A. (322-900) el porcentaje de descuento es del 6% sobre el haber mensual de la prestación. Para la obra social O.S.Mi.S.S. (322-901) el porcentaje de descuentos es del 3% hasta el haber mínimo más el 6% sobre el excedente de dicho haber mínimo.Asimismo tener presente la operatoria detallada en la CIRCULAR GPA Nº 18/11 de fecha 04/04/2011, Empadronamiento en el sistema EDA1 de Beneficiarios de la Obra Social de Legisladores de la República Argentina (RNOS 001805) y de la Obra Social de Ministros, Secretarios y Subsecretarios (RNOS 002501).www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La normativa establece los procedimientos y códigos específicos para la deducción de aportes previsionales en el sistema de salud para beneficiarios de las obras sociales O.S.Le.R.A. y O.S.Mi.S.S., en virtud de la incorporación de estos beneficiarios al Padrón del Sistema Nacional del Seguro de Salud. Se especifican los códigos para descuentos mensuales, retroactivos, devoluciones y reintegros, así como los porcentajes de afectación del haber mensual, siendo el 6% para O.S.Le.R.A. y un esquema progresivo del 3% al 6% para O.S.Mi.S.S., en función del monto del haber mínimo. La normativa también remite a procedimientos de empadronamiento y operatoria en el sistema EDA1, en concordancia con la Circular GPA Nº 18/11.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este documento recuerda a los beneficiarios de las obras sociales de los legisladores y ministros que, al tener estos beneficios, deben aplicar ciertos códigos para que sus aportes y descuentos en sus haberes se hagan correctamente. Por ejemplo, si alguien trabaja y recibe un sueldo, se le descuenta un porcentaje para su obra social: 6% si es de O.S.Le.R.A., o un porcentaje que empieza en 3% y puede subir hasta 6% si su sueldo supera un mínimo establecido, en el caso de O.S.Mi.S.S. Esto es como cuando en una tienda te cobran un porcentaje del total por un servicio, pero en este caso, ese porcentaje se deduce automáticamente de tu sueldo para financiar tu cobertura de salud. Además, hay procedimientos específicos para registrar y gestionar estos beneficios en el sistema, asegurando que los descuentos y devoluciones se hagan correctamente y en línea con la normativa vigente.
Autor: I.A.
Voces
- beneficios
- obras social
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