CIRCULAR GP Nº 83/04
- Tipo
- Circular
- Número
- 83/04
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 09/12/2004
- Publicación en el BO
- 14/12/2004
- Nombre
- SICAM - PEQUEÑOS PRODUCTORES CAÑEROS - SISTEMA DE RETENCIÓN TARIFADA DE APORTES AL RÉGIMEN PARA TRABAJADORES AUTÓNOMOS
www.diarioprevisional.com.ar " 2004-AÑO DE LA ANTARTIDA ARGENTINA" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 09 de Diciembre de 2004.- CIRCULAR GP Nº 83/04 SICAM - PEQUEÑOS PRODUCTORES CAÑEROS - SISTEMA DE RETENCIÓN TARIFADA DE APORTES AL RÉGIMEN PARA TRABAJADORES AUTÓNOMOS Dichos convenios eran aprobados por el entonces Ministerio de Bienestar La Ley N° 20.155 autorizó a las asociaciones profesionales de trabajadores con personalidad gremial y de empresarios suficientemente representativos a celebrar entre sí y/o con organismos competentes, convenios de corresponsabilidad gremial en materia de seguridad social con el objeto, entre otros, de promover el perfeccionamiento de los métodos de recaudación y pago de las obligaciones.Social o por delegación a través de la Subsecretaría de Seguridad Social.La Resolución MBS N° 1430 del 11 de junio de 1974 aprobó el Convenio de Corresponsabilidad Gremial en materia de Seguridad Social celebrado el 23 de abril de 1974, entre el Gobierno Nacional y las Entidades Sindicales y Empresariales representativas de la actividad agropecuaria y forestal con el objeto, entre otros aspectos, de implementar en dicho sector productivo de un sistema de retención de los aportes y contribuciones en el acto de la venta de la producción, en relación a los trabajadores rurales transitorios y temporarios ocupados en tareas agropecuarias y forestales, con destino a los organismos de seguridad social.La Secretaría de Seguridad Social quedó facultada a través del artículo 2° del Convenio citado a extender progresivamente el régimen sustitutivo a todas las actividades agropecuarias y forestales, así como determinar los regímenes de seguridad social que quedarán comprendidos los trabajadores respectivos, previa consulta a las partes intervinientes, sectores interesados y organismos gestores.La Resolución SSS N° 987 del 14 de julio de 1975, a pedido de la Unión Cañeros Independientes de Tucumán, incluyó también al pequeño productor que no utiliza mano de obra de terceros, y que por lo reducido de sus explotaciones, realizan su actividad en forma personal y/o con ayuda de miembros de familia, los trabajos de cosecha de caña de azúcar.Los requisitos legales a cumplir por los mencionados pequeños productores para considerarlos encuadrados en el sistema de retención sustitutivo de aportes con destino Régimen Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos son: 1. Estar afiliados al Régimen Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos (Ley 18.038). Deberá constatarse con el AUT1 si figura afiliación acreditada. En caso negativo, deberá traer la constancia de afiliación de la época o copia de la carta enviada a la ex - Caja de www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar " 2004-AÑO DE LA ANTARTIDA ARGENTINA" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Autónomos donde manifestaba su acogimiento al sistema o solicitaba su afiliación como pequeño productor cañero.2. Ser propietario, arrendatario o tenedor de finca de menos de 6 hectáreas: Deberá acompañar testimonio de dominio, contrato de arrendamiento o instrumento público o privado, o judicial que demuestre la posesión o tenencia de la finca.3. Tener una explotación agrícola de no más de 250 surcos: Deberá acompañar un certificado extendido por la entidad gremial o mutual donde se encuentre asociado que certifique tal circunstancia.4. No haber utilizado mano de obra de terceros: La UDAI constatará en los sistemas de ANSES si figura antecedentes de inscripción a la ex caja de industria y comercio como empleador..5. Acreditar las retenciones efectuadas por los Ingenios Azucareros, por la venta de su producción de caña, a través de los Certificados extendidos por dichos Ingenios.Los años calendarios a partir de la zafra del año 1975 (Resoluciones SSS N° 850/75 y hasta el año 1994 y el período 1° de enero de 1995 hasta el 1° de diciembre de 1995 (Decreto N° 806/04; Leyes Nº 24.482 y Nº 24.519) en que se acrediten las retenciones con motivo de la zafra, mediante los certificados mencionados en el apartado 5, se computarán a los fines previsionales como servicios con aportes al régimen autónomo asignándose a tal efecto la categoría A (Código 138 Pequeños Productores Agropecuarios). A tal fin el afiliado deberá cumplimentar el formulario que se acompaña como ANEXO. Los períodos incluidos en el mismo y acreditados con los certificados de retenciones que presente, serán excluidos del formulario de solicitud de deuda del SICAM (558/A) La fecha de generación de la deuda por el SICAM será considerada como solicitud de beneficio, en tanto el pequeño productor presente el formulario ANEXO ante la UDAI o la AFJP, dentro de los 45 días hábiles administrativos contados desde la citada fecha. Vencido el plazo se tendrá como fecha de solicitud de beneficio la de la presentación del formulario ANEXO.Los beneficios que se encuentre iniciados en las UDAI a la espera de esta normativa, serán adecuados a la misma, debiendo el pequeño productor, su apoderado o derechohabiente, cumplimentar el formulario ANEXO y solicitar la deuda por el SICAM referido a los servicios autónomos excluidos del régimen de retención tarifada.Los funcionarios de las UDAI o Unidades Especiales de ANSES que certifiquen el total del tiempo computado en meses a que indicado en la cuarta columna del formulario ANEXO serán designados por la Gerencia Prestaciones. La Gerencia Secretaría General designará los funcionarios que actúen en los casos tramitados por Unidad Convenios Internacionales (último recuadro del formulario Anexo).www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar " 2004-AÑO DE LA ANTARTIDA ARGENTINA" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ANEXO FORMULARIO DE SOLICITUD DE ACREDITACIÓN DE SERVICIOS PEQUEÑOS PRODUCTORES CAÑEROS - SISTEMA DE RETENCIÓN TARIFADA DE APORTES AL RÉGIMEN PARA TRABAJADORES AUTÓNOMOS.Por la presente solicito la acreditación como servicios con aportes del régimen autónomo los años o períodos inferiores a un año, dentro del lapso contado a partir de la zafra del año 1975 (Resoluciones SSS N° 850/75 y hasta el año 1994 y el período 1° de enero de 1995 hasta el 31 de diciembre de 1995 (Decreto N° 806/04; Leyes Nº 24.482 y Nº 24.519) en que se acrediten las retenciones con motivo de la zafra. Los períodos incluidos en el siguiente detalle y acreditados con los certificados de retenciones que adjunto, fueron excluidos del Formulario 558/A de solicitud de deuda del SICAM a saber: Nombre y Apellido del Afiliado o Causante:.....................................................................................(CUIT...........................................) Período de la zafra Certificado de retención del Ingenio Adjunto Categoría y Código de Actividad Asignada Tiempo Computado Reservado para ANSES 1975 1976 1977 1978 1979 1980 1981 1982 1983 1984 1985 1986 1987 1988 1989 1990 1991 1992 1993 1994 1995 Total del Tiempo Computado expresado en meses A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 A - Código 138 Sello de Recepción de la UDAI o de la AFJP Firma del Pequeño Productor, su apoderado o derechohabiente Documento..........................................El que suscribe certifica el total del tiempo computado en meses conforme la documental adjunta y por aplicación de la legislación indicada "ut supra".www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar " 2004-AÑO DE LA ANTARTIDA ARGENTINA" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lugar y fecha........................................Firma y sello del Funcionario de ANSES www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La normativa regula el sistema de retención tarifada de aportes al régimen de seguridad social para pequeños productores cañeros, enmarcado en convenios de corresponsabilidad gremial autorizados por la Ley N° 20.155 y la Resolución SSS N° 1430/74. Establece requisitos específicos para la afiliación al Régimen Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos, la acreditación de explotaciones agrícolas de hasta 6 hectáreas y 250 surcos, y la no utilización de mano de obra de terceros. Además, detalla el procedimiento para la presentación de certificados de retenciones por parte de los ingenios azucareros, la generación de la deuda previsional y la solicitud de beneficios mediante formularios específicos. La normativa busca formalizar y simplificar la recaudación de aportes en el sector cañero, promoviendo la regularización de pequeños productores que cumplen con los requisitos establecidos, mediante mecanismos de acreditación y certificación que facilitan su integración al sistema previsional autónomo.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma busca facilitar que pequeños productores de caña, que trabajan en explotaciones muy pequeñas y sin ayuda de terceros, puedan cumplir con sus obligaciones previsionales de manera sencilla y formal. Para ello, deben estar afiliados al sistema de seguridad social, tener fincas de menos de 6 hectáreas y 250 surcos, y demostrar que no emplean mano de obra externa. Además, deben presentar certificados de retenciones que los ingenios azucareros hacen sobre la venta de su caña, desde 1975 hasta 1995. Con estos documentos, pueden solicitar que se reconozcan sus aportes y se les otorguen beneficios previsionales. Es como si un pequeño agricultor pudiera acreditar que ha pagado sus contribuciones mediante certificados, y así evitar deudas o sanciones, asegurando su derecho a futuras prestaciones sociales. La normativa también establece los pasos para presentar la solicitud y cómo se computan los períodos acreditados, simplificando el proceso para estos pequeños productores.
Autor: I.A.
Voces
- aportes
- produccion
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