CIRCULAR GPA Nº 17/11

Tipo
Circular
Número
17/11
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
01/04/2011
Publicación en el BO
07/04/2011
Nombre
SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) BASE IMPONIBLE

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 01 de abril de 2011 CIRCULAR GPA Nº 17/11 SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) BASE IMPONIBLE www.diarioprevisional.com.ar "2011 ? Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores" Se informa a todas las UDAI, Delegaciones y Oficinas pertenecientes a esta Administración Nacional, que fue publicada la Resolución General AFIP Nº 3063/11 (B.O. 23/03/2011) en la cual se establecen los limites mínimo y máximo de la base imponible para la determinación de Aportes y Contribuciones, aportes de trabajadores autónomos y empleados en relación de dependencia.Al respecto se comunica que, los valores de las rentas de referencia a que se refiere el art. 8 de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, para el cálculo de aportes previsionales de los trabajadores autónomos, a partir de la obligación mensual correspondiente al período devengado marzo 2011 (con vencimiento en el mes de abril de 2011) son los que se indican a continuación: Categorías Rentas de Referencia en pesos I II III IV V 711,76 996,45 1.423,51 2.277,62 3.131,72 Asimismo, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Resolución ANSES Nº 58/11 (B.O. 10/02/2011) ? ver Circular GPA Nº 04/11 ?, se informa que los límites mínimo y máximo de la base imponible para el cálculo de los aportes y contribuciones al SIPA, previstos en el art. 9 de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, aplicables a partir del período devengado marzo 2011 son los siguientes: -Límite mínimo: ($ 427,06) -Límite máximo: trece mil ochocientos setenta y nueve pesos con veinticinco centavos ($ 13.879,25) cuatrocientos veintisiete pesos seis con centavos www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2011 ? Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social De igual modo, el ingreso de los aportes adecuados por los trabajadores autónomos correspondientes a períodos devengados hasta febrero de 2007 inclusive, se efectuará de acuerdo a los importes que se detallan a continuación conforme la categoría de revista en la que hubiese encuadrado en cada mes hasta el mencionado período.A. Aportes mensuales de los trabajadores autónomos: Categorías vigentes hasta febrero de 2007 Importes a pagar A B B? C C? D D? E E? F G G? H I J 177,65 218,07 238,52 291,52 318,85 436,16 477,05 728,26 796,53 1.018,65 1.455,95 1.592,45 2.184,78 2.733,12 2.733,12 www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2011 ? Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B. Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 y sus modificaciones., que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma: Categoría vigente hasta febrero de 2007 Importe a pagar A 149,89 C. Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley 24.828: Categoría vigente hasta febrero de 2007 Importe a pagar A 61,07 También se procedió a modificar la Resolución General AFIP Nº 2.217/07, su modificatoria y sus complementarias, en lo que compete a las categorías mínimas de revista e importes, según se indica a continuación: A. Aportes mensuales de los trabajadores autónomos: Categorías Importes en pesos I II III IV V 227,76 318,86 455,52 728,84 1.002,15 B. Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial: www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2011 ? Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Categorías I? (I prima) II? (II prima) III? (III prima) IV? (IV prima) V? (V prima) Importes en pesos 249,12 348,75 498,22 797,17 1.096,10 C. Afiliaciones voluntarias: Categoría Importe en pesos I 227,76 D. Menores de 21 años: Categoría I Importe en pesos 227,76 E. Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma: Categoría I Importe en pesos 192,17 F. Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la Ley 24.828: Categoría I Importe en pesos 78,29 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La norma actualiza los límites mínimos y máximos de la base imponible para la determinación de aportes y contribuciones en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), en línea con la Resolución General AFIP Nº 3063/11 y la Resolución ANSES Nº 58/11, estableciendo los valores de referencia para diferentes categorías de trabajadores autónomos, beneficiarios de prestaciones previsionales y amas de casa. Además, modifica los importes de aportes mensuales vigentes hasta febrero de 2007 y las categorías mínimas de revista, incluyendo regímenes especiales para actividades penosas o riesgosas, afiliaciones voluntarias, menores de 21 años y beneficiarios en actividad autónoma, ajustándose a las disposiciones normativas correspondientes.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

La norma básicamente dice cuánto deben pagar los trabajadores autónomos y beneficiarios de la seguridad social en sus aportes, dependiendo de su categoría y actividad. Actualiza los límites mínimos y máximos que sirven para calcular cuánto deben contribuir, asegurando que estos valores estén en línea con la inflación y las políticas sociales. También ajusta los importes de aportes para diferentes categorías, incluyendo actividades peligrosas, menores de edad y amas de casa que optan por aportar. En términos simples, es como poner reglas claras para que cada quien pague una cantidad justa y proporcional a su situación, garantizando la sustentabilidad del sistema y el acceso a beneficios previsionales.

Autor: I.A.

Voces

  • aportes
  • contribucion
  • previsión

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