CIRCULAR GPA Nº 41/10

Tipo
Circular
Número
41/10
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
30/09/2010
Publicación en el BO
03/10/2010
Nombre
SERVICIO DOMÉSTICO LEY Nº 25.239 LIQUIDACIÓN DE DEUDA A TRAVÉS DEL SICAM REEMPLAZA A LA CIRCULAR GPA Nº 35/10

www.diarioprevisional.com.ar "2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 30 de septiembre de 2010 www.diarioprevisional.com.ar CIRCULAR GPA Nº 41/10 SERVICIO DOMÉSTICO LEY Nº 25.239 LIQUIDACIÓN DE DEUDA A TRAVÉS DEL SICAM REEMPLAZA A LA CIRCULAR GPA Nº 35/10 fue que publicada Se informa a todas las UDAI, Delegaciones y Oficinas pertenecientes a esta Administración Nacional, la Resolución Conjunta AFIP-ANSES Nro. 2848 y 466/2010 estableciendo que los trabajadores del Servicio Doméstico definidos en el artículo 1º del Régimen Especial de Seguridad Social aprobado por el Capítulo XVIII de la Ley Nº 25.239, a efectos de determinar tanto la deuda correspondiente a aportes y contribuciones con destino al SIPA, como para acreditar los años de servicio.La obligación citada precedentemente, se determinará utilizando el Sistema Informático denominado SICAM "Sistema de Información para Contribuyentes, Autónomos y Monotributistas", a través de la página Web de AFIP (www.afip.gov.ar) a partir del día 17 de Junio del corriente año, consignando la actividad "D89 - Servicio Doméstico".Procedimiento aplicado a través del SICAM para Servicio Doméstico (Ley 25.239): 1.La determinación del estado de deuda de los empleados del Servicio Doméstico se realizará mediante SICAM y la liquidación de intereses resarcitorios se determinará por los conceptos que componen la obligación de los trabajadores de Servicio Doméstico.La liquidación realizada a través de SICAM contendrá: 2.1. Datos para la liquidación: se cubrirán, en la forma habitual, la totalidad de los campos que se encuentran habilitados en SICAM.2.2. Situación de Revista: y siguientes.? Período desde el cual se puede declarar actividad: Abril/2000 inclusive ? Código de Actividad: Se incorpora una nueva actividad que identifica los casos correspondientes a Servicio Doméstico: "D89".? Campos no habilitados para Servicio Doméstico: tipo de sociedad, categoría optativa, fecha de matricula, personal ocupado, capacidad de carga.? Actividades Simultáneas: se puede declarar actividades simultáneas como Autónomo y/o Monotributista, conjuntamente con Servicio Doméstico.2." www.diarioprevisional.com.ar "2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ? Beneficios aplicables a los períodos de Servicio Doméstico: para los períodos identificados con la actividad de Servicio Doméstico no resultan aplicables los beneficios disponibles en el sistema SICAM.Incorporación de pagos faltantes: no se encuentra disponible dicha función. Impresión de la Liquidación: el SICAM generará los Formularios F.558/A y de corresponder los F.558/B y F.558/C.2.3.2.4.Procedimiento para el control por ANSES de los períodos declarados en SICAM Cada período correspondiente al Detalle de Deuda del SICAM, deberá ser cancelado por el dador de trabajo o el trabajador, mediante los Formularios AFIP F.102 y F.575, respectivamente; o mediante el procedimiento previsto en la Resolución General AFIP Nº 1778/2004 (VEP - Volante Electrónico de Pago) Para el correcto control de la cancelación de la deuda (capital más intereses) por cada período registrado en SICAM con el código de actividad D89 ? Servicio Doméstico, se deberá aplicar el siguiente procedimiento: Verificar en SICAM, por cada período invocado, que el total de la deuda (capital más interés), resulte igual o menor a la suma de los montos que, para el CUIL consultado, se registren en SIPA. Si la misma cumple con el requisito indicado se considerará al período como cancelado. No se requiere la presentación de los tickets ni formularios F. 102 o 575 por parte del interesado. En tal sentido, los códigos de transferencias a considerar y que no resulten anulados a través de su respectiva reversa, serán los siguientes: Código O01 O03 O08 O09 O10 O11 Códigos de Ingreso Descripción Intereses Resarcitorios Obligatorios Transferencia Obligatoria Contribuciones Seguridad Social ANSES Transferencia Contribuciones Seguridad Social ANSES Transferencia Voluntaria para Contribuciones Seguridad Social ANSES Transferencia Contribuciones Seguridad Social ANSES Transferencia Voluntaria para Aportes Seguridad Social ANSES Transferencia Contribuciones Seguridad Social Interés Resarcitorio Voluntario para Aportes Seguridad Social ANSES Intereses Resarcitorios Voluntarios sobre sobre Códigos de Reversa P01 P03 P08 P09 P10 P11 ? El código O01 sobre Transferencia Obligatoria Contribuciones Seg. Social se asocia con el O03 de Intereses Resarcitorios para Contribuciones Seg. Social. ? El código O08 sobre Transferencia Voluntaria Contribuciones Seg. Social se relaciona con el O09 de Intereses Resarcitorios para Contribuciones Voluntarias Seg. Social.www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ? El código O10 sobre Transferencia Voluntaria Aportes Seguridad Social se a relaciona con O11 de Intereses Resarcitorios para Aportes Voluntarios Seg. Social.A título informativo y a modo de resumen cabe decir que ha sido eliminado el último párrafo de la Circular GPA Nº 35/10 en relación a los casos recibidos a partir del 01 de octubre de 2010, siendo el mismo procedimiento, para el control por ANSES de los períodos declarados en SICAM, que el realizado al día de la fecha.www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La normativa establece el procedimiento para la liquidación y control de deudas por aportes y contribuciones del Régimen Especial de Seguridad Social para Trabajadores del Servicio Doméstico (Ley 25.239), mediante el uso del Sistema SICAM. La resolución conjunta AFIP-ANSES N° 2848 y 466/2010 determina que los empleadores y trabajadores deben declarar y cancelar las obligaciones mediante transferencias electrónicas específicas, verificando que los montos abonados sean iguales o superiores a la deuda registrada en SICAM, sin que resulten aplicables beneficios del sistema. Se incorporan códigos de actividad y modalidades de declaración, permitiendo actividades simultáneas y excluyendo ciertos beneficios y funciones de incorporación de pagos faltantes. La fiscalización y control se realiza mediante la comparación de los registros en SICAM y SIPA, sin necesidad de presentación de tickets o formularios, estableciendo un procedimiento uniforme para garantizar la cancelación efectiva de las obligaciones.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este documento explica cómo la AFIP y ANSES controlan y liquidan las deudas de quienes emplean a trabajadores domésticos. Básicamente, cuando alguien tiene un empleado en casa, debe pagar ciertos aportes y contribuciones. Para asegurarse de que todo esté en orden, usan un sistema en línea llamado SICAM, donde se registran las obligaciones. Luego, el empleador o el trabajador deben hacer transferencias electrónicas con códigos específicos para pagar esas deudas. La idea es que el pago sea igual o mayor a lo que se debe, y si eso sucede, se considera que la deuda está saldada. Esto funciona como cuando pagas tus cuentas en línea y el sistema verifica automáticamente que el pago cubre lo que debes, sin necesidad de presentar papeles o tickets. Además, se permite que las personas tengan actividades simultáneas, como ser autónomo y empleador, y se excluyen ciertos beneficios del sistema para estos casos. Todo esto busca simplificar y garantizar que los pagos de los trabajadores domésticos sean correctos y estén al día, evitando errores o fraudes.

Autor: I.A.

Voces

  • seguridad social

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