CIRCULAR GPAyD Nº 45/05

Tipo
Circular
Número
45/04
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
13/12/2004
Publicación en el BO
17/12/2004
Nombre
ALTA EN ADP DE LA RELACIÓN CONVIVIENTE PREVISIONAL

www.diarioprevisional.com.ar "2005 - AÑO DE HOMENAJE A ANTONIO BERNI " Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 13 de Diciembre de 2005.- CIRCULAR GPAyD Nº 45/05 ALTA EN ADP DE LA RELACIÓN CONVIVIENTE PREVISIONAL A partir de la publicación de la Res GPNyS 163/2005 el alta en ADP de la relación "Conviviente Previsional" se deberá efectuar de acuerdo a las siguientes pautas: 1. Requisitos: Cuando se declare una relación de convivencia en ANSES, se registrará como "conviviente previsional" en lugar de "conviviente" si se cumplen los siguientes requisitos: 1.1 Antigüedad de la Relación: La relación debe tener una antigüedad mínima de 5 años, si es que no existen hijos o una antigüedad de 2 años como mínimo si los convivientes tienen hijos en común.1.2 Documentación: (aprobada por el Dictamen GAJ Nº 30.851) Se debe presentar al menos una de la documentación detallada en los puntos 1.2.1 a 1.2.4 o tres pruebas de la seis mencionadas en el punto 1.2.5, en original y copia: 1.2.1 Instrumento Público donde conste la declaración de la relación de la convivencia formulada por el causante o ambos convivientes (resolución judicial, denuncia penal, sentencia judicial, escritura pública, información sumaria judicial o administrativa con la participación del causante o ambos convivientes, o cualquier otro instrumento público de los enumerados en el artículo 979 del Código Civil), ó Información conviviente- judicial derechohabiente con dos testigos con la participación de ANSES y demás terceros interesados cuya existencia se conociere, ó tramitada sumaria la/el 1.2.2 por 1.2.3 Declaración Jurada ante ANSES donde se declara la convivencia en aparente matrimonio con su pareja con la firma de ambos convivientes (las firmas de los convivientes deben estar certificadas por autoridad competente: funcionarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social, de las Fuerzas de Seguridad, Policía, Juez o Secretario de Paz, Escribano con Registro), ó 1.2.4 Partida, certificado o acta de matrimonio celebrado en el extranjero, traducida y legalizada o apostilla siempre que el nuevo matrimonio se hubiera celebrado entre el 01/03/1956 y el 25/07/1987 y a esa fecha, en ADP tuviera vigente una relación de matrimonio, (se encuentran eximidos de la legalización los documentos emitidos por Brasil, Paraguay, Uruguay, Chile, España, Portugal, Italia, Grecia, Estados Unidos y México), ó 1.2.5 Tres de las documentaciones que se detallan a continuación: 1.2.5.1 Información sumaria judicial o administrativa con dos testigos. 1.2.5.2 Comprobante de la Obra Social del titular, donde se encuentre como beneficiaria/o la/el conviviente.1.2.5.3 Documento de Identidad de ambos, donde surja que poseen el mismo domicilio. En caso de fallecimiento del titular de la prestación, sólo se exigirá Documento de Identidad de la/el solicitante donde conste igual domicilio que el causante en la Partida de Defunción o en los registros de ANSES.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2005 - AÑO DE HOMENAJE A ANTONIO BERNI " Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 1.2.5.4 OPP o CPP donde el/la conviviente figure como apoderado para percibir o, para tramitar y percibir.1.2.5.5 Partida de Nacimiento de hijos en común, reconocidos por ambos 1.2.5.6 Una de las siguientes pruebas, siempre que de ellas se pueda acreditar igual domicilio o convivencia: a. Póliza de seguro, donde surja como beneficiaria/o el/la convivientes.concubina.b. Contrato de locación familiar, debidamente sellada o timbrada, de donde surja que ambos conviven en el mismo domicilio c. Documentos de Tarjeta de Crédito, de donde surja que ambos convivientes tienen igual domicilio o son co-titulares de la misma.d. Documentación del Banco de la cuenta corriente / caja de ahorro, de donde surja que ambos convivientes tienen el mismo domicilio, o son co-titulares de la cuenta.e. Servicios públicos a nombre de la/el conviviente, de donde surja que ambos convivientes tienen el mismo domicilio.Si la documentación con la que cuenta, no es la indicada en el punto 1.2 se debe informar que puede presentar toda otra documentación que posea para probar la relación de convivencia a fin de iniciar una actuación administrativa que se derivará al Área Legal de la UDAI.2. Alta en ADP: 2.1 Si se cumplen los requisitos indicados en el punto 1, ingresa por el número de CUIL de uno de los dos convivientes en la pantalla "Localización de Personas" para registrar el alta de la relación y presiona ENTER.2.2 Con F5 se muestra el menú de opciones, ingresa 05 en el campo "Opción", presiona Enter y desde la pantalla "Mantenimiento de Relaciones" presiona F4 para dar el alta de la relación.2.3 Ingresa el CUIL del otro conviviente para dar de alta la relación "conviviente previsional".2.4 En el campo T EVENTO presiona F1 para acceder a la tabla de valores posibles y selecciona con una "X", el tipo de evento COPRE CONVIVIENTE PREVISIONAL. Presiona ENTER.2.5 En el campo "F INICIO" ingresa la fecha de inicio de la relación que surgirá de: 2.5.1 La documentación que presente ?excepto en el caso de la Declaración Jurada ante ANSES.2.5.2 En caso de presentar una Declaración Jurada ante ANSES la fecha de inicio será la fecha de la Declaración Jurada, salvo que presente alguna de la documentación adicional que se detalla a continuación: www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2005 - AÑO DE HOMENAJE A ANTONIO BERNI " Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 2.5.2.1 Póliza de seguro del titular, donde el/la conviviente figure como beneficiario o co-titular.2.5.2.2 Contrato de vivienda familiar, debidamente estampillada o timbrada, de donde surja que ambos conviven en la misma.2.5.2.3 Comprobante de Obra Social del titular, donde el/la conviviente figure como beneficiario.2.5.2.4 Partidas de nacimiento de hijos en común, reconocidos por ambos convivientes.2.5.2.5 Igual domicilio en ambos Documentos de Identidad. 2.5.2.6 Información sumaria judicial con dos testigos.2.6 Ingresa la documentación marcando con "X" en el campo correspondiente a "Dictamen" y presiona ENTER.2.7 Se muestra el mensaje "Ingrese Condición (1= SIN HIJOS / 2 = CON HIJOS") para completar el campo "Condición": 2.7.1 Si los convivientes no tienen hijos, completa con 1 el campo CONDICIÓN y presiona ENTER. El Sistema controla la antigüedad de la relación y continúa con el punto 2.8 si la relación tiene una antigüedad como mínimo de 5 años.2.7.2 Si los convivientes tienen hijos. Completa con 2 el campo CONDICIÓN y presiona ENTER. El sistema controla la antigüedad de la relación y continúa con el punto 2.8 si la relación tiene una antigüedad como mínimo de 2 años: 2.8 Confirma la novedad ingresada con PF4 o cancela con F10 sin actualizar o presiona F5 si detecta errores en la carga de los datos.2.9 Completa los campos con los datos del Dictamen, teniendo en cuenta que: 2.9.1 Si la calidad de conviviente previsional se acredita con la documentación indicada en el Dictamen GAJ Nº 30.851 (punto 1.2), completa los campos fecha y número de dictamen de la siguiente forma: Fecha dictamen : 30/11/2005 Número de Dictamen: 30851 2.9.2 Si la calidad de conviviente previsional se acredita con un Dictamen de Abogado de ANSES se deben completar siguientes campos : Fecha de Dictamen Número de Dictamen Legajo de Abogado Nro de Expediente si lo tuviera 2.10 Confirma la novedad ingresada con PF4 o cancela con F10 sin actualizar o presiona F5 si detecta errores en la carga de los datos.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2005 - AÑO DE HOMENAJE A ANTONIO BERNI " Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 2.11 Certifica como copia fiel del original la copia de la documentación y devuelve los originales al interesado.3. Archivo de la documentación: 3.1 Incorpora toda la documentación de respaldo de la carga de datos efectuada en ADP en el legajo único de acuerdo a lo establecido en la norma de procedimiento vigente.www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La normativa establece los requisitos y procedimientos para inscribir en el Sistema de Administración de Datos Personales (ADP) la relación de convivencia previsional, diferenciándola de la relación de convivencia simple. La relación debe tener una antigüedad mínima de 5 años sin hijos o 2 años con hijos en común, y requiere la presentación de documentación probatoria específica, que puede incluir instrumentos públicos, declaraciones juradas certificadas, partidas de matrimonio o documentos que acrediten la convivencia y la residencia común. La inscripción se realiza mediante un proceso administrativo que involucra la carga de datos en el sistema, la selección del tipo de relación y la certificación de la documentación presentada, con controles de validez y antigüedad. La documentación respaldatoria debe ser archivada en el legajo del beneficiario, garantizando la trazabilidad y legalidad del proceso.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma indica cómo registrar en la seguridad social la existencia de una relación de convivencia que tiene derechos previsionales, como si fuera una especie de 'pareja oficial' para beneficios sociales. Para hacerlo, la pareja debe haber convivido al menos 2 o 5 años, dependiendo si tienen hijos en común o no. Además, deben presentar ciertos papeles que prueben que viven juntos, como una declaración jurada, una escritura pública, un certificado de matrimonio, o documentos que muestren que ambos usan la misma dirección, como facturas o tarjetas de crédito. Una vez que cumplen con estos requisitos y presentan la documentación, el sistema permite inscribirlos formalmente como 'convivientes previsionales'. Esto les da derechos similares a los de un matrimonio en el sistema de seguridad social, y toda la documentación se guarda en un expediente para futuras verificaciones o trámites.

Autor: I.A.

Voces

  • previsión

Descargar PDF (requiere iniciar sesión)