CIRCULAR DP Nº 65/12
- Tipo
- Circular
- Número
- 65/12
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 22/10/2012
- Publicación en el BO
- 27/10/2012
- Nombre
- ORDEN OPERATIVO DE TRABAJO DE LOS EXPEDIENTES DE SENTENCIAS JUDICIALES PREVISIONALES DE MAYORES DE 80 AÑOS EN EL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS Y LIQUIDACIÓN DE SENTENCIAS JUDICIALES
www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al Doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 22 de octubre de 2012 CIRCULAR DP Nº 65/12 ORDEN OPERATIVO DE TRABAJO DE LOS EXPEDIENTES DE SENTENCIAS JUDICIALES PREVISIONALES DE MAYORES DE 80 AÑOS EN EL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS Y LIQUIDACIÓN DE SENTENCIAS JUDICIALES La presente se emite como norma complementaria de aquella que establece el "Orden Operativo de Trabajo" de los expedientes de sentencias judiciales previsionales y el circuito a realizar por la Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales para la liquidación de los casos alcanzados en dicho Orden.o Criterio de Ordenamiento Al criterio de ordenamiento establecido en la Circular que establece el OOT se adicionará una marca que contempla la edad del beneficiario, exclusivamente, que cuente con 80 años o más al momento de la generación informática del OOT correspondiente.o Información del Archivo denominado "Habilitación" La información recibida por la Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales y Planeamiento en el archivo denominado "Habilitación" deberá cumplir el siguiente formato: ? Expediente. ? Apellido y Nombre. ? Fecha de Inicio. ? Fecha de Alta. ? Estado. ? Fecha de Estado. ? Beneficio. ? Ultima Oficina. ? Marca Art. 56 (Valor default = No). ? Marca de Ley Aplicada ? Marca de puesta al pago por sentencia judicial ? Marca edad igual a 80 años o mayor o Criterio de Selección La Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales deberá trabajar la producción comprometida mensualmente en el POA 2012, dándole prioridad a los expedientes de cumplimiento cuyos beneficiarios cuenten con la marca de edad >= 80 años en el OOT del mes en curso.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social o Otras Consideraciones "2012 ? Año de Homenaje al Doctor D. Manuel Belgrano" Deberá dejarse constancia en el expediente y en las aplicaciones destinadas a tal fin los motivos por los cuales un expediente de los consignados en "criterio de selección" no pudo ser trabajado en el orden operativo de trabajo correspondiente.Solo deberán cargarse en el sistema LMN aquellos expedientes que no puedan ser liquidados por el sistema SICASENT conforme la normativa vigente.www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La Circular DP Nº 65/12 establece un orden operativo específico para la tramitación de expedientes de sentencias judiciales previsionales de beneficiarios mayores de 80 años en la Dirección General de Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales. Se incorpora un criterio de priorización basado en la edad, específicamente para beneficiarios con 80 años o más, y se define un formato estandarizado para la información del archivo 'Habilitación'. Además, se requiere documentar las razones por las cuales ciertos expedientes no puedan ser procesados en el orden establecido, limitando la carga de expedientes en el sistema LMN a aquellos que no puedan ser liquidados mediante el sistema SICASENT, en cumplimiento de la normativa vigente.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica que, para gestionar las pensiones de personas mayores de 80 años, el organismo debe priorizar estos casos en su trabajo diario, asegurándose de registrar claramente en los archivos la razón si no pueden ser procesados en el orden habitual. Además, solo deben ingresarse en ciertos sistemas aquellos expedientes que no puedan tramitarse automáticamente, para garantizar una gestión eficiente y transparente, respetando las reglas establecidas en la normativa vigente.
Autor: I.A.
Voces
- liquidacion
- beneficios
- previsión
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