Circuito de Cancelación de Deudas Previsionales Series I, II, III ó IV - Pago en efectivo (Sucesiones)
- Tipo
- Prev
- Número
- 0216/11
- Organismo
- ANSeS
- Área
- ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
- Fecha de dictado
- 18/07/2011
- Publicación en el BO
- 21/07/2011
www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/07/2011 PREV-02-16 Circuito de Cancelación de Deudas Previsionales Series I, II, III ó IV - Pago en efectivo (Sucesiones) I.Introducción El Artículo 41º de la Ley Nº 26.422 "PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL" para el ejercicio 2009 establece: "Dispónese el pago en efectivo por parte de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), de las deudas previsionales consolidadas en el marco de la Ley 25.344, por la parte que corresponda abonar mediante la colocación de instrumentos de la deuda pública".De lo dispuesto en el citado Artículo se desprende que se deberán cancelar en efectivo, las deudas Series III ó IV reclamadas mediante Oficio Sucesorio, de la misma manera que se abonan las acreencias reconocidas al amparo de las leyes Nº 23.982 (Serie I) y 24.130 (Serie II) y teniendo en cuenta el cambio operado en la actual estructura orgánica de esta Administración Nacional, resulta conveniente su normatización.II. Objetivo Determinar la metodología de trabajo a seguir, a afectos de proceder a la cancelación en efectivo de aquellas acreencias reconocidas al amparo de las Leyes Nº 23982 (Serie I), Nº 24130 (Serie II), Nº 25344 y Nº 25565 (Serie III ó IV), reclamadas por Oficio Judicial e ingresadas al sistema Depósito Judiciales de ésta Administración Nacional.III. Alcance Desde el procesamiento de las novedades registradas en el sistema Depósitos Judiciales de Beneficios No Vigentes (Sucesiones), con saldo pendiente de pago en las Series I, II, III ó IV, que se encuentren validadas y transferidas a la interfase de Bonos, hasta el depósito de los fondos en la Entidad Bancaria que ordena el Juzgado actuante.IV. Consideraciones Generales 1. Existen en la actualidad, deudas previsionales consolidadas al amparo de las leyes Nº 23.982, Nº 24.130, Nº 25.344 y Nº 25.565, cuyos acreedores no recibieron los respectivos Bonos de Consolidación, por lo que corresponde considerar deudas previsionales pendientes de cancelación, aquellas que se encuentren sin colocación de los respectivos Títulos.2. Teniendo en cuenta el vencimiento de los Bonos Serie I (31/03/2001) y Serie II (31/08/2002), las deudas previsionales alcanzadas por la consolidación dispuesta por las Leyes Nº 23.982 y 24.130, se abonan en efectivo y en Pesos a partir del 01 de Abril de 2001 y 01 de Septiembre de 2002 respectivamente.1/15 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/07/2011 PREV-02-16 3. El Artículo 41º de la Ley Nº 26.422 dispone el pago en efectivo de las deudas previsionales consolidadas en el marco de la Ley 25.344, por la parte que corresponda abonar mediante la colocación de instrumentos de la deuda pública, es decir aquellas retroactividades Serie III ó IV.4. Independientemente del pago en efectivo de las deudas previsionales a que refiere el Artículo indicado en el punto anterior, las retroactividades consolidadas al amparo de las leyes Nº 25344 y Nº 25565, continuarán registrándose en el sistema BO00.5. Al momento de la cancelación de las acreencias indicadas en los puntos 2 y 3, se deberá adicionar a las mismas, un interés de Caja de Caja de Ahorro Común, según lo establecido por: * Decreto 2140/91 Artículo 14, inciso a).* Decreto 1116/00, Anexo IV, Capítulo IV, Artículo 12º, inciso a).Que a continuación se transcribe: "Las deudas consolidadas que se paguen en Moneda Nacional devengarán, a partir de la fecha de corte, un interés equivalente a la tasa promedio de Caja de Ahorro Común que publica el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, capitalizada mensualmente. El devengamiento se calculará hasta la última capitalización mensual." 6. El Dictamen G.A.J Nº 30670/05 de la Gerencia Asuntos Jurídicos referido al "Expte. Nº 024- 20-04818942-4-096-1 ? Titular ANDRUCHOW, Pedro Bernardo ? Res. SSS Nº 56/97 ? Consolidación ? Efectivo ? Intereses", ratificó la tasa de intereses que corresponde aplicar al pago de las sumas abonadas en efectivo, al opinar que: "El caso en estudio se encuentra alcanzado por los efectos de la consolidación dispuesta por la Ley Nº 25.344, sin perjuicio de lo cual y ante las disposiciones del artículo 37 de la Ley Nº 25.987, corresponde adicionar a las sumas liquidadas por el período consolidado comprendido entre el 01/09/1992 al 31/12/2001, pagaderas en moneda nacional, interés equivalente a la tasa promedio de caja de ahorro común que publica el Banco Central de la República Argentina, desde la fecha de corte y hasta el momento de su efectivo pago.7. La cancelación de las acreencias que derivan de la Consolidación de Deudas Previsionales, se efectuará con la partida presupuestaria que asigna anualmente el Honorable Congreso de la Nación, en la Ley de Presupuesto Nacional de cada ejercicio.8. Por cada liquidación de pago en efectivo de Consolidación de Deudas Previsionales Series I, II, III ó IV, se confeccionará un Expediente de Pago, de conformidad con la Resolución de la Dirección Ejecutiva vigente al momento del Proceso, que deberá contener la documentación necesaria que respalde la registración y colocación de pago.9. Las acreencias pendientes de pago correspondientes a titulares que se encuentran fallecidos y sus herederos reclaman el pago de mismas por intermedio de Oficios sucesorios, deben ser canceladas mediante un Proceso de Beneficios No Vigentes, efectuando el depósito correspondiente en la entidad Bancaria que designe el Juzgado interviniente.2/15 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/07/2011 PREV-02-16 10. La Gerencia de Sistemas, será la responsable de suministrar en tiempo y forma los reportes necesarios para operar la rutina de control, a las Gerencias intervinientes, actualizar en tiempo y forma la información de los sistemas y/o aplicativos utilizados en el Proceso.11. La Gerencia Monitoreo de la Actividad Judicial a través de la Gerencia Resolución de Sentencias Judiciales, deberá controlar en general los pagos en efectivo, abarcando tanto las Leyes generales como las provenientes de sentencias Judiciales, cuyas novedades hayan sido ingresadas en el Sistema Depósitos Judiciales, realizando un informe final de la validación practicada.12. La Gerencia Finanzas a través de las Gerencias intervinientes en el Circuito, tendrá a su cargo, la gestión de cuota presupuestaria trimestral y su distribución; la reasignación de cuota dentro del trimestre entre las distintas áreas; la remisión del informe a las Gerencias intervinientes de: la Tasa Efectiva Mensual en Pesos informada por el B.C.R.A., la autorización presupuestaria para el expediente de pago, conforme la distribución de cuota mencionada, sobre la base de la información mensual de los pagos en efectivo, conciliando globalmente dicho informe con los Expedientes y Resoluciones respectivas.13. La Gerencia Detección, efectuará los controles necesarios elevando a la Dependencia que corresponda, informes parciales de observaciones, informe del Proceso Definitivo, donde en el supuesto de existir diferencias con los controles realizados incluirá el detalle de las mismas.14. La Gerencia de Diseño de Normas y Procesos, deberá generar y comunicar las definiciones necesarias para la corrección de los procedimientos y requerimientos informáticos que deseen mejorar o modificar las áreas intervinientes.15. La Dirección Ejecutiva dictará la Resolución que aprueba el registro y colocación.3/15 www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar V. Flujograma de Macronivel Vigencia: 18/07/2011 PREV-02-16 Ger.Resolución de Sentencias Judiciales Gerencia Procesamiento Gerencia de Detección Gerencia Finanzas Recibe informe de Tasas Recibe informe de Tasas Remite informe de la Tasa Promedio de Caja de Ahorro Genera Preproceso y Remite los casos a validar y los OBSERVADOS Area Oficios Judiciales / UDAI Verifica y controla en los Sistemas (IO00 y BO00) Remite documentación Recibe y Verifica la documentación Solicita corrida preproceso Recibe los casos y marca los Observados Solicita a Gestion Presupuestaria autorizacion de cuota presupuestaria Recibe Autorización Ingresa Periodo de Validacion y Tipo de Serie ¿Valida o Rechaza? SI Solicita corrida Definitiva Proceso caso en estado Validados UDAI Remite información generada, Procesa la nomina de los casos y Actualiza los Sistemas Recibe archivos, Efectua Controles y Remite informe a GRSJ Recibe listado definitivo Recibe Informe del proceso definitivo Elabora proyecto de resolución de pago en efectivo Arma expediente de pago NO No realiza acción en plazo Recibe Boletas Remite a los Juzgados la notificación del deposito y Elabora nota informando al Juzgado Modifica los estados de los oficios en ANME Remite archivo de Boletas de Deposito Mecanizadas Genera "Cuadro A2" y remite a la Gerencia de Contabilidad Remite "Resumen Boleta Deposito Judicial" Recibe ANEXO Actualiza la Información del sistema Depositos Judiciales Archiva expte.4/15 www.diarioprevisional.com.ar Gerencia Tesoreria Recibe Boletas Mecanizadas Recibe Boletas Mecanizadas Verifica, Imprime juegos de boletas de Deposito Mecanizadas y Efectua el Deposito Judicial Remite copia de las Boletas Agrega al expediente de pago copia de las boletas Mecanizadas Remite ANEXO Agrega al expte. copia del ANEXO Remite expte. a Contabilidad cumplimentado Archiva expte." www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/07/2011 PREV-02-16 VI. Detalle de Tareas 1 Área Oficios Judiciales / UDAI del Interior Operador de UDAI 1.1 Verifica en la pantalla de Bonos Serie I, II, III o IV (según corresponda) que: De existir causahabientes con derecho, la deuda del causante no haya sido transferida y cancelada al/los beneficio/s de Pensión Derivada.La deuda no haya sido cancelada en el beneficio del causante en Procesos anteriores, mediante la acreditación de Bonos y/o Efectivo.La deuda a cancelar a favor de la sucesión registre saldo pendiente de pago.1.2 Verifica en el sistema Depósitos Judiciales (I000) que: El importe a favor y descuentos de Obra Social de la deuda del causante, haya sido ingresada con el Instrumento de Pago (IP) según la Serie que se trate: IP2 (Serie I), IP3 (Serie II), IP4 (Serie III)), IP7 (Serie IV).Si se trata de una Deuda de Ley General, el importe ingresado sea coincidente con el saldo pendiente de pago registrado en la pantalla de Bonos del causante.Si se trata de una Sentencia Judicial, el importe ingresado sea coincidente con la liquidación efectuada por la Dependencia interviniente.Si se efectúa un Cargo, el importe ingresado sea coincidente con la diferencia entre la Deuda Original o Liquidación de Sentencia Judicial (según corresponda) y el cargo efectuado por la Dependencia interviniente.1.3 Para evitar el rechazo de la Boleta Mecanizada verifica que: Los datos ingresados en el sistema SGT, coincidan 100% con los Autos del Oficio Sucesorio remitido por el Juzgado actuante.El Juzgado, Secretaría, etc., se encuentren vigentes y no hayan modificado su denominación.El banco ingresado, sea el que solicita el Juzgado actuante, pudiendo ocurrir que: Si el banco solicitado coincide con el asociado en la tabla de Juzgados, no incorpora banco de excepción.Si el banco solicitado por el juzgado no coincide con el asociado en la tabla de Juzgados, incorpora banco de excepción.5/15 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/07/2011 PREV-02-16 1.4 Verifica en el Sistema I000 que las novedades correspondientes al Oficio se encuentre en Estado BF.1.5 Una vez verificado el oficio lo remite al supervisor.Supervisor de UDAI 1.6 Recibe los oficios que se encuentran en condiciones de ser remitidos a la Coordinación Procesamiento de Pagos.1.7 Los primeros días del mes con cada uno de los Oficios deberá analizar que Series involucradas corresponde abonar, confecciona una nota por cada Serie a cancelar informando beneficios incluidos.1.8 El supervisor ingresa al Sistema BO00 ? Opción 8 - Sucesiones ? Opción 1 - Oficios Sucesorios ? UDAI con cada uno de los Oficios y realizará los pasos según se detalla a continuación: Selecciona con una X la/s novedad relacionada/s. En caso de no registrarse la novedad en el Aplicativo Sucesiones deberá ingresar a la Opción 1 - Oficios Sucesorios ? UDAI ? Comando PF6, obteniendo la novedad requerida (de existir).Verificar que Número de Beneficio, Serie, Expediente y Fecha de Carga sean correctos.Ingresa el Número de Nota correspondiente a dicha Serie (no pudiéndose ingresar el mismo numero para distintas Series).Confirma el total de las novedades relacionadas con el Oficio.1.9 Remite a la Gerencia Resolución de Sentencias Judiciales notas confeccionadas según el punto 1.7, adjuntando dos copias de cada Oficio involucrado, y pantalla de I000, insertando en cada una de las hojas la leyenda "Es Copia Fiel" y certificadas las mismas con firma y sello del/la responsable del Área Oficios Judiciales o Jefe/a de la UDAI.1.10 Recibe de la Gerencia Resolución de Sentencias Judiciales Correo Electrónico con Asunto "CIRCUITO SUCESIONES" solicitando la confirmación de los casos para la serie mencionado en dicho Correo e indicando plazo.1.11 Ingresa al Sistema BO00 ? Opción 8 - Sucesiones ? Opción 2 - Oficios Sucesorios ? Validación UDAI, a validar los casos remitidos correspondientes a las Series a cancelar en este proceso, modificando el estado a: VALIDADO UDAI (Estado Anterior OK. GRSJ): Si el importe correspondiente a dicha serie es correcto.VALIDADO UDAI (Estado Anterior OBSERVADO): Si el importe correspondiente a dicha serie es correcto y verifica que corresponde abonar.6/15 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/07/2011 PREV-02-16 BAJA USUARIO (Estado Anterior OK. GRSJ o OBSERVADO): No corresponde abonar la novedad.Los casos que no cambien de estado en plazo, serán actualizados automáticamente a estado NO VALIDADO EN PLAZO, a la espera del Próximo Proceso (en caso de corresponder) debiendo seguir el circuito desde el punto 1.1.Boleta de Depósito Mecanizada Área Oficios Judiciales 1.12 Recibe de la Gerencia Tesorería, un Juego de las Boletas de Depósito Mecanizadas, comprobantes bancarios originales y nota informando los depósitos efectuados, para que se notifique a los Juzgados actuantes de Capital Federal, Gran Buenos Aires e Interior.1.13 Remite a los juzgados actuantes de Capital Federal y Gran Buenos Aires, la notificación del depósito efectuado.1.14 Elabora Nota Informando al Juzgado actuante, que se ha dado cumplimiento a la manda judicial.1.15 Recibe conformidad del Juzgado actuante y agrega al Oficio Sucesorio.1.16 Modifica por 09-RESUELTO el estado del/los Oficio/s en el sistema SGT-ANME.1.17 Archiva definitivamente el Oficio Sucesorio.1.18 Remite a las UDAI Intervinientes fotocopias de: Informe con la constancia del depósito efectuado para que se notifique a los Juzgados actuantes.Boletas de Depósito Mecanizadas.UDAI del Interior 1.19 Recibe del Área Oficios Judiciales, Informe con la constancia del depósito efectuado para que se notifique a los Juzgados actuantes y Boletas de Depósito Mecanizadas.1.20 Remite a los juzgados actuantes del Interior, la notificación del depósito efectuado 1.21 Informa al Juzgado, que se ha dado cumplimiento a la manda judicial.1.22 Recibe conformidad del Juzgado actuante y agrega al Oficio Sucesorio.1.23 Modifica por 09-RESUELTO el estado del/los Oficio/s en el sistema SGT-ANME.1.24 Archiva definitivamente el Oficio Sucesorio.7/15 www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/07/2011 PREV-02-16 2 Gerencia Resolución de Sentencias Judiciales - Coord. Área Procesamiento de Pagos 2.1 Recibe del Área Oficios Judiciales/UDAI del Interior notas por cada Serie a cancelar y copia de los oficios involucrados en dicha Serie 2.2 Verifica que para cada nota la siguiente documentación: La cantidad de beneficios listados corresponda con las copias de oficios adjuntas Que registre dos juegos de Fotocopias de cada Oficio recibido.Cada una de las hojas registre la leyenda Es Copia Fiel y certificadas las mismas con firma y sello del/la responsable del Área Oficios Judiciales o Jefe/a de la UDAI Fotocopia de Sentencia Judicial o Cargo (según corresponda) y pantalla de Bonos.Pantalla del Sistema I000 donde se registra la novedad a abonarse.2.3 Ingresa al Sistema BO00 Opción 8 Sucesiones ? 2- Oficios Sucesorios ? Coord Proc. De Pagos y selecciona con una X los casos que cumplen con lo solicitado en el punto anterior y confirma mediante comando PF4. En caso de encontrar alguna inconsistencia entre el Sistema y la documentación remitida, se informará mediante nota a la Coord Oficios/UDAI del Interior correspondiente.2.4 Solicita mediante Nota dirigida a la Gerencia De Procesamiento, inicie el Proceso de los beneficios en Estado OK.GRSJ.2.5 Recibe de la Gerencia de Procesamiento vía SITACI, Archivo de casos que deberán ser validados por las Áreas Intervinientes y Archivo de casos OBSERVADOS.2.6 2.7 Ingresa al Sistema BO00 ? Opción 8 Sucesiones ? 5 - Solicitud de Validación ? Coord. Proc. De Pagos para modificar el estado de los Casos que han sido OBSERVADOS.Ingresa al Sistema BO00 ? Opción 8 Sucesiones ? 5 - Solicitud de Validación ? Coord. Proc. De Pagos para ingresar periodo/s desde/hasta para la validación de los casos y la/s Serie/s que será/n cancelada/s en este proceso.El sistema enviará a las áreas Coord. Oficios y UDAI del Interior Correo Electrónico informando que se encuentra habilitado para confirmar los casos oportunamente remitidos, indicando la/s Serie/s a cancelar y el plazo para su confirmación.2.8 Recibe de la Gerencia Finanzas, el informe de la Tasa Promedio de Caja de Ahorro Común publicada por el B.C.R.A. de conformidad con lo previsto en la Comunicación "A" Nº 1.828, acumulada desde: El 01/04/1991 para Deudas Serie I.El 01/09/1992 para Deudas Serie II.8/15 www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/07/2011 PREV-02-16 El 01/01/2002 para Deudas Serie III y IV.2.9 Solicita autorización de cuota presupuestaria para cancelar el capital total con su correspondiente interés.2.10 Recibe de la Gerencia de Gestión Presupuestaria, autorización de cuota presupuestaria de capital e intereses.2.11 Ingresa al Sistema BO00 ? Opción 8 Sucesiones ? 5 - Solicitud de Validación ? Coord. Proc. De Pagos, a solicitar el proceso definitivo para la/s Serie/s a cancelar, y remite a la Gerencia de Procesamiento nota solicitando proceso definitivo.2.12 Recibe vía SITACI de la Gerencia de Procesamiento, los siguientes Archivos: Totalizadores de cancelación de pago en efectivo.Casos, montos e intereses aplicados, por área operativa (Área Oficios Judiciales/UDAI).Archivo "RESUMEN BOLETA DEPOSITO JUDICIAL".2.13 Elabora Proyecto de Resolución de pago en efectivo de las Deudas de Consolidación Previsional Series I, II, III o IV (según corresponda) de beneficios no vigentes (Sucesiones).2.14 Recibe de la Gerencia Detección - Coordinación Control de Deudas Previsionales, informe del Proceso Definitivo.2.15 Procede al armado del Expediente de Pago, según el circuito establecido en la Resolución vigente, agregando la siguiente documentación: Fotocopia de los Oficios Judiciales validados que ingresaron en el Proceso Definitivo.Fotocopia de Archivo Totalizadores de cancelación de pago en efectivo.Fotocopia de Archivo casos, montos e intereses aplicados, por área operativa (Área Oficios Judiciales/UDAI).Fotocopia de "RESUMEN BOLETA DEPOSITO JUDICIAL".Informe de los casos NO VALIDADOS EN PLAZO que fueron retirados del Proceso.3 Gerencia de Procesamiento 3.1 Recibe de la Gerencia Finanzas, el informe de la Tasa Promedio de Caja de Ahorro Común publicada por el B.C.R.A de conformidad con lo previsto en la Comunicación "A" Nº 1.828, acumulada desde: El 01/04/1991 para Deudas Serie I.El 01/09/1992 para Deudas Serie II.9/15 www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/07/2011 PREV-02-16 El 01/01/2002 para Deudas Serie III y IV 3.2 Actualiza el programa con la Tasa Promedio de Caja de Ahorro Común publicada por el B.C.R.A de conformidad con lo previsto en la Comunicación "A" Nº 1.828.3.3 Recibe de la Gerencia Resolución de Sentencias Judiciales - Coordinación Área Procesamiento de Pagos nota solicitando el Proceso de los beneficios que se encuentran en estado OK. GRSJ.3.4 Remite a la Gerencia Resolución de Sentencias Judiciales vía SITACI, Archivo de casos Intervinientes y Archivo de casos las Áreas que deberán ser validados por "OBSERVADOS".3.5 Recibe de la Gerencia Resolución de Sentencias Judiciales nota solicitando se efectué el Proceso.3.6 Procesa la nomina de los casos indicados generando: Parte de novedades del Proceso de precancelación de pago en efectivo.Listado Total de precancelación de casos, montos e intereses aplicados.Listado por área operativa (Requerimientos Judiciales/UDAI) de casos, montos e intereses aplicados.Archivo Proceso Sucesiones.Archivo "Boletas de Depósito Mecanizadas".Archivo "Cuadro A2".Archivo "RESUMEN BOLETA DEPOSITO JUDICIAL" 3.10 Actualiza los sistemas Intervinientes: Pantalla de Bonos Serie I II, III o IV (según corresponda) Importe de Capital abonado.Fecha de Colocación.Baja a cero (0), el saldo en Pesos y Dólares.Si el importe abonado es inferior o superior a la Deuda registrada, actualiza el Monto en Pesos y Dólares teniendo en cuenta el historiado de pagos.Pantalla Depósitos Judiciales (I000) Genera con estado EM (Emitido), el código de Intereses 126-464 con Importe calculado por el sistema.10/15 www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/07/2011 PREV-02-16 Modifica a estado EM (Emitido), el Instrumento de Pago (IP) de la Serie que se procesó.3.7 Efectúa Proceso final y genera los siguientes Archivos: Totalizadores de cancelación de pago en efectivo.Casos, montos e intereses aplicados, por área operativa (Área Oficios Judiciales/UDAI).3.8 Remite a la Gerencia Resolución de Sentencias Judiciales y a la Gerencia Detección - Coordinación Control de Deudas Previsionales y Coord. Oficios, los Archivos indicados en el punto anterior.3.9 Remite vía SITACI a la Gerencia Tesorería, Gerencia Detección y Gerencia Resolución de Sentencias Judiciales, Archivo de las Boletas de Depósito Mecanizadas.3.10 Genera "Cuadro A2 - Sucesiones Bonos Serie I, II, III o IV" y remite vía SITACI a la Gerencia Contabilidad.3.11 Remite a la Gerencia Resolución de Sentencias Judiciales, Archivo "RESUMEN BOLETA DEPOSITO JUDICIAL" Actualización final del sistema Depósitos Judiciales (I000).3.12 Remite a la Gerencia Tesorería vía SITACI, ANEXO conteniendo la siguiente información: Beneficio Expediente Serie Moneda Fecha de Liquidación Importe 3.13 Recibe de la Gerencia Tesorería vía SITACI, ANEXO contendiendo la información detallada en el punto 3.12 y los campos incorporados que se detallan a continuación: Estado Fecha de Deposito (en caso de corresponder) 3.14 Actualiza la información del sistema Depósitos Judiciales (I000) procediendo a: Registrar estado DE (Deposito Efectivo), el Haber y Descuento de la Serie que se canceló.Registrar estado DE (Deposito Efectivo), el código de Intereses 126-464 de la Serie que se canceló.11/15 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/07/2011 PREV-02-16 3.15 Registrar en el Analítico de Pagos: Agente Pagador y Fecha de Depósito, de la Serie que se canceló.4 Gerencia Detección - Coordinación Control de Deudas Previsionales 4.1 Recibe de la Gerencia Finanzas, el informe de la Tasa Promedio de Caja de Ahorro Común publicada por el B.C.R.A de conformidad con lo previsto en la Comunicación "A" Nº 1.828, acumulada desde: El 01/04/1991 para Deudas Serie I.El 01/09/1992 para Deudas Serie II.El 01/01/2002 para Deudas Serie III y IV.4.2 Recibe vía SITACI de la Gerencia de Procesamiento, los siguientes Archivos: Totalizadores de cancelación de pago en efectivo.Casos, montos e intereses aplicados, por área operativa (Área Oficios Judiciales/UDAI).4.3 Recibe de la Gerencia de Procesamiento, un listado de precancelación de los casos incluidos en el proceso.4.4 Efectúa controles cotejando, capital, intereses aplicados, registración del pago en pantalla de Bonos, contra listado de precancelación.4.5 Remite a la Gerencia Resolución de Sentencias Judiciales - Coordinación Área Procesamiento de Pagos informe de observaciones, en caso de corresponder.4.6 Recibe de la Gerencia de Procesamiento, un listado del Proceso definitivo con totalizadores de colocación de pago en efectivo.4.7 Controla que los listados Definitivos se correspondan en casos, montos e intereses aplicados con la validación efectuada.4.8 Remite a Gerencia Resolución de Sentencias Judiciales, un informe del Proceso Definitivo. En el supuesto de existir diferencias, se incluirá en el informe el detalle de la misma.5 Gerencia Asuntos Jurídicos 5.1 Gerencia Asesoramiento Legal, procede según el circuito del armado del Expediente de Pago, establecido en la Resolución vigente.6 Gerencia Finanzas 6.1 Remite a Gerencia de Procesamiento, Gerencia Resolución de Sentencias Judiciales y Gerencia Control Prestacional, informe de la última Tasa Promedio de Caja de Ahorro 12/15 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/07/2011 PREV-02-16 Común publicada por el B.C.R.A de Conformidad con lo previsto en la Comunicación "A" Nº 1.828, acumulada desde: El 01/04/1991 para Deudas Serie I.El 01/09/1992 para Deudas Serie II.El 01/01/2002 para Deudas Serie III y IV 6.2 Gerencia Presupuesto y Control de Gestión, Gerencia Pago de Beneficios, Gerencia Contabilidad y Gerencia Tesorería, proceden según circuito del armado del Expediente de Pago, establecido en la Resolución vigente.7 Gerencia Contabilidad 7.1 Recibe de la Gerencia de Procesamiento vía SITACI, Archivo "Cuadro A2 ? Sucesiones Bonos Serie I II, III o IV". 5.5 Recibe de la Gerencia Tesorería el Expediente de Pago cumplimentado y procede a su Archivo.8 Gerencia Tesorería 8.1 Recibe de la Gerencia de Procesamiento vía SITACI, Archivo de las Boletas de Depósito Mecanizadas.8.2 Recibe de la Gerencia de Procesamiento vía SITACI ANEXO 8.3 Verifica que la cantidad, Nº de Beneficio, Autos e Importe de las Boletas de Depósito Mecanizadas sean coincidentes con los datos registrados en el Archivo RESUMEN BOLETA DEPOSITO JUDICIAL obrante en el expediente de Pago.8.4 Imprime 2 juegos de Boletas de Deposito Mecanizada y adjunta copia de los Oficios contenidos en el expediente 8.5 Efectúa el Depósito Judicial.8.6 Remite a la Gerencia de Legal Interior y Asuntos Administrativos - Área Oficios Judiciales, fotocopia de las Boletas de Depósito Mecanizadas, comprobante de deposito bancario original y nota informando los depósitos realizados, para que se notifique al Juzgado actuante.8.7 Agrega al Expediente de Pago, copia de las Boletas de Depósito Mecanizadas, copias certificadas de los comprobantes bancarios originales y de las notas remitidas al Área Oficios Judiciales.8.8 Incorpora en el ANEXO los campos que se indican a continuación para cada uno de los registros: Estado 13/15 www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/07/2011 PREV-02-16 Fecha de Deposito (en caso de corresponder) 8.9 Remite a la Gerencia de Procesamiento vía SITACI, ANEXO conteniendo la siguiente información: Beneficio Expediente Serie Moneda Fecha de Liquidación Importe Estado Fecha de Deposito (en caso de corresponder) 8.10 Agrega al Expediente de Pago, fotocopia del ANEXO I enviado a la Gerencia De Procesamiento 8.11 Remite el Expediente de Pago cumplimentado, a la Gerencia Contabilidad para su Archivo.9 Gerencia General 9.1 Gerencia Administrativa y Técnica procede según el circuito del armado del Expediente de Pago, establecido en la Resolución vigente.14/15 www.diarioprevisional.com.ar " Vigencia: 18/07/2011 PREV-02-16 www.diarioprevisional.com.ar Anexo Tipo de Archivo: TXT Denominación: FECHA.DEPOSITO.BANCARIO.TXT 180101111900249981205264746400000111010420090000126400 180101111800249995959947746400000121010420090001656200 180101111700249959965648946400000111010420090000159800 180101111600249995496256946400000141010420090000487900 180101111500249916469648946400000131010420090000698600 180101111400249949895959346400000111010420090001894700 Campo 1 a 11: Campo 12 a 34: Campo 35: Campo 36: Campo 37 a 44: Campo 45 a 54: Nº Beneficio Nº Expediente Serie Moneda Fecha de Liquidación Importe Nota: Este archivo es recibido por Gerencia Tesorería el cual se le incorpora los campos Estado y Fecha de Depósito y remite Archivo vía SITACI a la Gerencia de Procesamiento.Devolviendo el archivo con el siguiente formato: 180101111900249981205264746400000111010420090000126400DE05052009 180101111800249995959947746400000121010420090001656200DE05052009 180101111700249959965648946400000111010420090000159800DE05052009 180101111600249995496256946400000141010420090000487900DE05052009 180101111500249916469648946400000131010420090000698600DE05052009 180101111400249949895959346400000111010420090001894700DE05052009 15/15 www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La norma establece el procedimiento para la cancelación en efectivo de deudas previsionales consolidadas en el marco de diversas leyes (Ley 23.982, 24.130, 25.344, 25.565), específicamente en casos de beneficios no vigentes y sucesiones, mediante un circuito organizado que incluye verificación, validación, autorización presupuestaria, emisión de boletas de depósito mecanizadas y notificación judicial. Se regula además la aplicación de intereses sobre las deudas pagadas en moneda nacional, en concordancia con normativa de la autoridad monetaria y dictámenes jurídicos, garantizando la trazabilidad y control del proceso, así como la correcta utilización de los sistemas informáticos y registros documentales.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este documento explica cómo la Administración de la Seguridad Social realiza el pago en efectivo de las deudas que tiene con los beneficiarios o sus herederos, en casos donde no se entregaron bonos o instrumentos financieros. El proceso incluye verificar que la deuda esté pendiente, confirmar los datos, calcular intereses según tasas oficiales, obtener autorización presupuestaria, preparar y emitir las boletas de depósito, notificar a los jueces y archivar toda la documentación. En términos sencillos, es como si la institución revisara cuidadosamente cuánto debe pagar, se asegurara de tener todo en orden, y luego entregara el dinero en efectivo o mediante depósitos bancarios, garantizando que todo quede registrado y transparente para evitar errores o fraudes. Esto permite que los beneficiarios o sus herederos cobren sus derechos de forma clara y segura, siguiendo un circuito bien establecido y controlado.
Autor: I.A.
Voces
- previsión
- sucesiones
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