Verificaciones Ambientales

Tipo
Prev
Número
1129/08
Organismo
ANSeS
Fecha de dictado
28/01/2008
Publicación en el BO
30/01/2008

www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 28/01/2008 PREV-11-29 Verificaciones Ambientales I. Objetivo Aplicación de un tratamiento uniforme para la realización de las verificaciones ambientales, en concordancia con los presupuestos contenidos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su reglamentación, de aplicación obligatoria para esta Administración Nacional por imperio del Decreto Nº 722/96 y disposiciones concordantes.II. Alcance Desde la recepción del pedido de verificación ambiental hasta su concreción.III. Consideraciones Generales El artículo 46 del Decreto Nº 1759/72 reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 establece que: "La Administración de oficio o a pedido de parte, podrá disponer la producción de prueba respecto de los hechos invocados y que fueren conducentes para la decisión, fijando el plazo para su producción y su ampliación, si correspondiere. Se admitirán todos los medios de prueba, salvo los que fueren manifiestamente improcedentes, superfluos o meramente dilatorios." En concordancia con lo expuesto, las verificaciones ambientales constituyen un medio de prueba del que se vale esta Administración, para determinar situaciones que hacen al derecho del beneficio de pensión solicitado.La solicitud de una verificación ambiental, deberá requerirse, cuando previamente se efectuó la evaluación de las pruebas documentales y las supletorias obrantes en las actuaciones de que se trate y no obstante ello no exista certeza de la procedencia el reclamo.El Área Legal de la UDAI interviniente, debe aconsejar la realización de la misma, indicando en su caso las preguntas adicionales a las preestablecidas y que sean de utilidad, para esclarecer la verdad de los hechos que se pretenden establecer. Se deja constancia que las dudas que surjan del sector jurídico, son un requisito indispensable, para propiciar la realización de una ambiental, debiéndose precisar en forma específica y concisa, las causas que la motivan, las discrepancias entre los testigos y el solicitante, o cualquier otra ponderación que a criterio del Area Jurídica merece tal petición.IV. Detalle de Tareas Área solicitante Previa evaluación de todas las constancias y documentos obrantes en el Expte, (incluso los recibos de servicios (Gas, luz, teléfono, TV cable, tarjetas de crédito, etc.), debe ponerse a 1/4 www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 28/01/2008 PREV-11-29 conocimiento del verificador, los datos que resulten necesarios para que el mismo, pueda reconstruir la historia previsional del causante y su/s derecho habiente/s, como así también formular las preguntas que además de las que abajo se detallan, resulten procedentes a criterio del Área Jurídica respectiva.1) Fecha de la defunción y de constar en el acta el nombre de la persona y a tenor de qué vínculo, se lo menciona en el acta de defunción ( testigo, declarante, etc.) 2) Fotografías actualizadas del solicitante y/o del grupo familiar que lo conforma (en lo posible).3) Si corresponde, algún apodo del causante o solicitante. 4) Consignar correctamente los domicilios a verificar, especificando el número de puerta, piso, torre, depto., casa, casilla, barrio, entre qué calles, etc., en forma cronológica para individualizar al lugar donde pudiera eventualmente cotejarse las declaraciones de los primeros vecinos donde habitaron, desde que se inició la relación, hasta el deceso del causante.5) Detallar los nombres y los domicilios de los testigos oportunamente presentados, para no tomar declaración jurada a los mismos.6) Cualquier otro dato que agilice la búsqueda, para que la verificación resulte más positiva. 7) En caso que el sector de Legales tenga otras preguntas dudas o inquietudes, especificar las mismas, para poder dar el cierre al trámite, detallando las mismas. De este modo el verificador se concentrará en recabar la información de acuerdo a lo requerido por ese sector.8) Se consignará si existe constancia de percepción del seguro de vida por parte del solicitante.9) En caso de que causante hubiera estado en actividad, señalar si el solicitante se hallaba a cargo en la Obra Social.Tareas del Verificador 1) La verificación debe realizarse en los domicilios lindantes al del titular o en departamentos vecinos, en caso de edificios, solicitando la colaboración del portero o encargado del edificio o de la administración, para poder ingresar al mismo.2) La actuación debe presentarse con dos DDJJ, en lo posible firmadas con los datos personales del entrevistado, adjuntando un informe final, resumiendo la información recabada. Los informes y/o DDJJ deberán ser los de uso común en el Área, con letra clara y legible. En caso que los entrevistados se negaran a suministrar sus datos y/o firmar, en el informe final se dejará constancia de lo sucedido, indicando siempre el número de puerta, piso, depto., etc. y los motivos por los que se niegan a firmar y consignar sus datos personales.3) No se debe usar el cuestionario de preguntas que utiliza la UDAI.4) No podrán tomar testimoniales a quienes se encuentren comprendidos en la generales de la ley ( pariente por consanguinidad , amigo íntimo o enemigo, acreedor o deudor, o si tiene algún otro género de relación con ellos).5) En todos los casos cuando se tome DDJJ a los testigos que deponen, deben declarar bajo juramento que: No les comprenden las generales de la Ley Tiene conocimiento directo y personal de los hechos 2/4 www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar Todo lo expuesto es público y notorio Conoce las sanciones que el Código Penal que prevé para quien incurre en falsedad, ocultamiento de la verdad, es decir, que será reprimido con prisión de un mes a cuatro años, el testigo que afirmare una falsedad o negare o callare la verdad, en todo o en parte ( Art. 275).Vigencia: 28/01/2008 PREV-11-29 6) El verificador deberá intentar que el declarante se exprese en forma concreta y precisa, por si o por no con fechas aproximadas en meses y/o años.7) Si el lugar donde debe realizarse la verificación es una zona de riesgo, se devolverá el trámite al Área solicitante para que el sector jurídico de la misma, evalúe si es posible resolver el trámite a partir del análisis de los restantes elementos aportados a la causa. De no resultar éstos suficientes procederá a tomar DDJJ a la solicitante o a los testigos, con las preguntas que considere necesarias para resolver el trámite.8) En los casos que el sector de legales, especifique en la "actuación" las preguntas que necesita para el cierre del trámite, deberá remitirse exclusivamente a esa preguntas.Preguntas a realizar a los testigos en una verificación ambiental 1) 2) ¿ Desde cuándo vive o trabaja en ese lugar? ¿ Cuándo y cómo conoció al causante y al solicitante? (vecino; conocido del barrio; del trabajo. Otros detallar).3) ¿Si sabe y le consta que vivieron juntos?. Cuándo, dónde, durante, cuantos meses, años.( Otros explicar) 4) ¿Si sabe y le consta cuál era el vínculo que tenían entre si? ( concubinos -como esposos pero sin formalizar legalmente, amigos, vecinos. Otros explicar.) 5) ¿Lo continúa viendo al solicitante en la actualidad? .Si el testigo no responde con la totalidad de las preguntas precedentes, deberá recabar información de otro testigo, caso contrario, deberá continuar con el cuestionario.6) 7) 8) 9) ¿A quién pertenece el domicilio? ¿El causante, vivió allí, en forma permanente o transitoria? (determinar cuánto tiempo) ¿Conoce usted, cuál era el verdadero estado civil del causante? ¿Convivieron hasta el deceso del causante? 10) En caso de separación de hecho, indagar sobre los motivos que la originaron En los casos que el Sector Legales solicite preguntas especificas continuar con las mismas.3/4 www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 28/01/2008 PREV-11-29 Para los casos de matrimonios y/o aparentes matrimonios, cuando se debiera tomar DDJJ al solicitante, hacer hincapié en el inicio, desarrollo y finalización de la relación, indagando, además de las preguntas anteriores, acerca de: 1) 2) 3) ¿Quién asistió al causante durante la enfermedad, si la hubo? ¿Quién se hizo cargo del sepelio? ¿Durante la relación hubo lapsos de separación? En los casos que el Sector Legales solicite preguntas especificas continuar con las mismas.En casos de matrimonios con supuesta separación, se realizarán las siguientes preguntas: 1) 2) 3) 4) 5) ¿Quién hizo abandono del hogar y en que fecha? ¿Hubo denuncia del mismo? ¿Le pasaban dinero? ¿Había visitas esporádicas? ¿Formaron pareja nuevamente? En caso afirmativo desde cuándo.En los casos que el Sector Legales solicite preguntas especificas continuar con las mismas.Pensiones con diferentes domicilios 1) 2) 3) 4) 5) ¿Cuál es el motivo de los distintos domicilios? ¿Cuál fue el último domicilio conyugal? ¿Desde cuándo viven en ese domicilio? ¿Quiénes componen el grupo familiar? ¿El causante vivió allí en carácter permanente o transitorio? En los casos que el Sector Legales solicite preguntas especificas continuar con las mismas.4/4 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La norma establece un procedimiento uniforme para la realización de verificaciones ambientales en el ámbito de la Administración Nacional, en el marco de procesos de determinación de derechos previsionales. La verificación constituye un medio probatorio que se activa tras la evaluación de pruebas documentales y supletorias, cuando persisten dudas sobre la procedencia del reclamo. La solicitud y ejecución de la verificación requieren la intervención del Área Legal y del verificador, quienes deben seguir pautas específicas para garantizar la legalidad, objetividad y precisión en la recopilación de información. La normativa detalla las tareas previas, las preguntas a realizar a testigos y las condiciones bajo las cuales se debe proceder, incluyendo aspectos de seguridad y confidencialidad, con énfasis en la veracidad y la concreción de las declaraciones, y en la protección de derechos de los involucrados.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma regula cómo y cuándo se deben realizar verificaciones ambientales en los trámites de pensiones. Básicamente, si hay dudas sobre la información presentada, la Administración puede enviar a un verificador para que visite los domicilios y hable con vecinos o testigos, con el fin de confirmar datos importantes, como quién vivía en qué lugar, las relaciones familiares o quién se encargaba del cuidado del causante. Esto ayuda a decidir si la persona tiene derecho a la pensión. La idea es que estas verificaciones sean claras, precisas y seguras, evitando que se tomen decisiones basadas en información falsa o incompleta. Es como cuando un detective revisa los hechos para asegurarse de que todo esté en orden antes de conceder un beneficio social.

Autor: I.A.

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