REGLAMENTACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 20, 21 Y 22 DE LA LEY N° 27.260 PROCEDIMIENTO TRANSITORIO

Tipo
Circular
Número
55/18
Organismo
ANSeS
Área
DP
Fecha de dictado
01/10/2018
Publicación en el BO
10/10/2018

www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 Buenos Aires, 1 de octubre de 2018 CIRCULAR DP Nº 55/18 RESOLUCIÓN CONJUNTA AFIP - ANSES N° 4222/18 REGLAMENTACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 20, 21 Y 22 DE LA LEY N° 27.260 PROCEDIMIENTO TRANSITORIO REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP N° 42/18 Se pone en conocimiento de todas las Áreas Operativas de esta Administración Nacional, las pautas a tener en cuenta para el cumplimiento de lo normado por la Resolución Conjunta AFIP - ANSES N° 4222/18, por la cual se reglamentaron los artículo 20 a 22 de la Ley N° 27.260.I. Aspectos Normativos ? Los solicitantes de prestaciones previsionales con invocación de servicios en los términos de la Ley N° 24.476, modificada por el Decreto N° 1.454 del 25 de noviembre de 2005, que requieran la adhesión al Régimen de Facilidades de Pago previsto por dicha ley o peticionen su reformulación a partir de la vigencia de la Resolución Conjunta AFIP - ANSES N° 4222/18 (03/04/2018), deberán cumplir con la evaluación patrimonial y socioeconómica ante el Organismo Previsional, conforme las disposiciones de la norma conjunta Resolución General Nº 3.673 (AFIP) y Resolución Nº 533 (ANSES).? La actualización trimestral de los importes de las cuotas correspondientes al plan de regularización voluntaria de deudas previsionales previsto por la Ley N° 24.476, modificada por el Decreto N° 1.454/05, por aplicación del índice de movilidad determinado por el Artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, regirá a partir de la vigencia de la Resolución Conjunta AFIP - ANSES N° 4222/18 (03/04/2018), y será de aplicación únicamente a las obligaciones que resulten de las adhesiones que se realicen a partir de la referida vigencia.? Podrán acceder al régimen del Artículo 6° de la Ley N° 25.994 y el Decreto N° 1.454/05 a efectos de regularizar períodos comprendidos hasta el 31 de diciembre de 2003, los varones que durante el transcurso del año 2004 hayan Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 cumplido la edad de SESENTA Y CINCO (65) años, en el carácter de trabajadores autónomos - inscriptos o no - o de monotributistas. La opción referida en el párrafo anterior regirá a partir del 03/04/2018 y hasta el 02/04/2019.II. Detalle de Tareas A) A los fines de dar curso a las solicitudes de prestaciones donde se invoque la regularización de servicios por Moratoria Ley 24.476 se deberán tener en cuenta las siguientes pautas: 1. Presentación del titular con liquidación SICAM con acogimiento a la moratoria Ley N° 24.476 y plan enviado hasta el 02/04/2018: 1.1. Si cumple con todos los requisitos de derecho, NO siendo necesario realizar una nueva liquidación SICAM, se deberá tramitar la prestación solicitada según las normas vigentes, no resultando de aplicación la evaluación patrimonial y socio-económico.1.2. Si para configurar el derecho a la prestación se hace necesaria la reformulación de la liquidación SICAM presentada, y: 1.2.1. Modifica la situación de revista correspondiente al periodo de moratoria, continúa en el punto 2.1.1.2.2. NO modifica la situación de revista correspondiente al periodo de moratoria: 1.2.2.1. Rechaza la liquidación vigente. 1.2.2.2. Realiza la nueva liquidación SICAM, respetando la misma situación de revista correspondiente al periodo de Moratoria y la misma cantidad de cuotas, del plan anterior.1.2.2.3. Envía nuevo plan utilizando el código generado según procedimiento explicado en el ítem II, de la Circular DPA N° 50/18 o la que en el futuro la reemplace.1.2.2.4. Continúa en 2.1.2.1.3. Si no cumple con los requisitos, rechaza el inicio y lo asesora en caso de poder ser acreedor de una PUAM.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 2. Presentación del titular, solicitando adhesión al plan de moratoria Ley N° 24.476, con posterioridad al 02/04/2018 A los casos que se detallan a continuación se le deberá realizar la evaluación patrimonial y socio-económica: 2.1. Con liquidación SICAM no enviada o enviada con posterioridad al 02/04/2018: 2.1.1. Procede a realizar la evaluación socio-económica de acuerdo a lo explicado en la Circular DPA N° 50/18 o la que en el futuro la reemplace y si el resultado de la misma fue.2.1.1.1. Positivo, sigue en 2.1.2. 2.1.1.2. Negativo, adjunta constancia de Evaluación Socio-Económica desfavorable al trámite correspondiente, emite la resolución pertinente (Anexo I) y sigue en 2.1.2.2.2.1.2. Determina el derecho a la prestación, y 2.1.2.1. Si configura derecho, modifica el estado de la actuación Ttr. 497 a 40 -"Resuelto Favorablemente" y sigue en 2.1.3.2.1.2.2. No configura derecho, modifica el estado de la actuación Ttr. 497 a 41 -"Resuelto Desfavorablemente", o deniega la prestación si ya se encontrase iniciada.2.1.2.2.1. Cita al interesado en caso de reunir requisitos para gestionar una PUAM.2.1.3. Cita al titular para que se presente en la UDAI 2.1.4. Se presenta el titular 2.1.4.1. Procede a hacer firmar la constancia de conformidad para realizar el socioeconómico (Anexo II) y lo adjunta al expediente.2.1.4.2. Envía la liquidación SICAM utilizando el código que proporcionó la evaluación socio-económica, oportunidad en la cual genera el alta del expediente de la prestación solicitada, de no contar con la misma y entrega al titular el formulario AFIP 799/E, emitido por el SICAM, que le permitirá el pago de la primera cuota, indicándole que una vez abonada dentro del plazo de vigencia, deberá presentar el respectivo, para proceder al otorgamiento de la prestación, en caso de acreditar derecho a la misma. De igual modo operaría si se verifica en la solapa "Pagos comprobante Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 Realizados" que la cuota ha sido abonada.En aquellos casos, en que al momento de enviar la liquidación SICAM, el sistema no se lo permite por haber pasado del mes en que se confecciono, se deberá realizar una nueva liquidación sin modificar la situación de revista correspondiente al periodo de moratoria y respetarse la fecha inicial de pago original.En los casos en que se modifique la situación de revista del periodo de moratoria deberá realizarse una nueva evaluación socio- económica. Si no transcurrieron 45 días de la liquidación primigenia podrá utilizarse el mismo código de evaluación socio-económica para enviar en nuevo plan teniendo en cuenta que, en estos casos, la fecha inicial de pago que corresponde es la del nuevo SICAM.2.1.5. Conforme al procedimiento aplicado en cada unidad, genera las instancias de acreditación de servicios en relación de dependencia, de corresponder y ante resolución favorable continua en 2.1.6, caso contrario emite resolución denegatoria.2.1.6. Ingresa al Sistema Pr. Pa. e incorpora el trámite según el procedimiento habitual para trámites de moratoria Ley N° 24.476.2.1.7. Notifica al titular.3. Se deberá compaginar el expediente administrativo, conforme el siguiente glosado: ? Caratula.? Constancia de Turno.? ADP.? Solicitud Automática o Manual.? Pre Computo (SICA).? Autorización de Gestión.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 ? Aceptación De Descuento Cuota Moratoria.? Consentimiento Sobre Evaluación Patrimonial.? Constancia Negativas (Portal Provincial Y Municipal).? Formularios 558a (B y C solo si tiene pagos a validar).? F 159 Y Acuse De Recibo.? Documentación Laboral sobre Servicios en Relación Dependencia.? Pantalla SPRE.? Formulario de Supervisión Operativa.? Boleta de constancia de pago de primera cuota ? Boletas de cancelación de deuda, en el caso de corresponder (sólo de aquellos pagos que no surgen en la pestaña "Historia de Pagos").Importante 1: Se consignará como fecha inicial de pago, la habitual para estas prestaciones, teniendo en cuenta las excepciones prevista en la presente norma.Importante 2: Se recuerda que continúan vigentes las disposiciones del Artículo 4º de la Resolución D.E.-N Nº 884/2006, respecto a la cancelación de la deuda en una cuota, si se configurare alguna de las incompatibilidades mencionadas en dicha norma.4. Reconocimiento de servicios Los solicitantes que hayan cumplido el requisito de edad para la PBU, afiliados a autónomos y/o monotributistas podrán solicitar un reconocimiento de servicios desempeñados en el SIPA, a los fines de hacerlos valer en otra jurisdicción en el marco del régimen de reciprocidad jubilatoria dispuesto en el Decreto Ley Nº 9.316/46.Se emitirá el correspondiente Reconocimiento de Servicios, cuando el interesado cumpla con los requisitos para el ingreso al régimen y haya abonado integralmente la deuda calculada para el plan de regularización de pagos y sólo para los sistemas previsionales que informen fehacientemente a la ANSES que optan por considerar válidos estos servicios en el marco del sistema de reciprocidad.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 5. Requerimientos de envío de liquidaciones SICAM, sin solicitud de prestación.En aquellos casos en que un titular se presente a requerir el envío de una liquidación SICAM, pero sin solicitar una prestación previsional, se deberá: 5.1. Solicitar la firma del consentimiento para realizar las evaluaciones patrimoniales y socioeconómicas (Anexo II).5.2. Realizar la evaluación socio-económica de acuerdo a lo explicado en la Circular DPA N° 50/18 y si el resultado de la misma fue: 5.2.1. 5.2.2.Negativa, le entrega la notificación correspondiente (Anexo III) Positiva, proceder a la confección y envío de la liquidación SICAM 5.2.3.Entrega al titular el formulario AFIP 799/E, emitido por el SICAM, que le permitirá el pago de la primera cuota, indicándole que el resto de las mismas deben ser consultadas mensualmente del SICAM y pagadas en término, dado que su monto varía de acuerdo a la actualización que se realiza sobre las cuotas, con cada movilidad del régimen SIPA.6. Proceso de Liquidación Una vez incorporados los trámites por el sistema Pr. Pa., el proceso de liquidación realizará, de acuerdo a las casuísticas que correspondan, las siguientes adecuaciones: 6.1. Casos a los cuales NO debe aplicarse actualización de cuotas (punto 1., excepto ítem 1.2.1.): 6.1.1. El código de concepto que se verá reflejado en la liquidación previsional será el 300-202.6.1.2. La Ley Aplicada será "PO - LEY 24.476 ? MORATORIA".6.2. Casos a los que SI debe aplicarse la actualización de cuotas (ítem 1.2.1. y punto 2.): 6.2.1. Los códigos de concepto que se verán reflejados en la liquidación previsional serán: Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 Concepto 300-600 300-601 300-602 700-602 500-600 500-601 700-600 700-601 Descripción CUOTA MORATORIA LEY 24.476 AJUSTE CUOTA MORATORIA LEY 24.476 DIF. AJUSTE CUOTA MORATORIA 24.476 DEVOLUCION AJUSTE CUOTA MORATORIA 24.476 RETRO CUOTAS MORATORIA LEY 24.476 RETRO ACTUALIZACION CTAS MORATORIA 24.476 DEVOLUCION CTA MORATORIA 24.476 DEVOLUCION AJUSTE MORATORIA 24.476 Los conceptos 300-602 y 700-602, serán de uso exclusivo de la liquidación previsional y serán aplicados cuando se detecte diferencia en más (300-602) o en menos (700-602) entre la cuota aplicada por ANSES y la informada por AFIP para ese plan.6.2.2. Las Leyes Aplicadas, serán las siguientes: ? RI - MORATORIA 24.476 CON ACTUALIZACIÓN ? TI - CANCELACIÓN MORATORIA 24.476 CON ACTUALIZACION ? La Ley aplicada "RI" se aplicará para los casos liquidados por PRPA. ? Ley aplicada "TI" se consignará en aquellos planes de moratoria 24.476 finalizados, identificados oportunamente con las leyes aplicadas RI.La prestación donde se invoque la Moratoria Ley 24.476, llevará la caratulación definida para esta normativa, independientemente de que se cancele en un pago o en un plan de cuotas.En todos los casos en que el titular desee conocer los motivos por los cuales fue negativa su evaluación socio-económica, debe estarse al procedimiento detallado en el ANEXO IV.Si se presentare un representante del titular deberá presentar el Formulario PS. 6.304 "Carta Poder Régimen Ley N° 24.476", debidamente cumplimentado, pudiendo el mismo realizar todos los trámites detallado en dicho formulario.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 ANEXO I BUENOS AIRES, VISTO la solicitud de adhesión al Régimen de Regularización de Deuda establecido por la Ley N° 24.476, para acceder a una prestación previsional, formulado por XXXXXXX, D.N.I.: XXXXX, bajo el registro Nº xxxxxxxxxx de esta Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), y CONSIDERANDO: Que el requirente, a través de los canales habilitados por esta Administración Nacional de la Seguridad Social, solicitó la adhesión al Régimen de Regularización de Deuda establecido en la Ley N° 24.476, para acceder a su prestación previsional.Que el artículo 20 de la Ley N° 27.260 establece que las previsiones del artículo 3º de la Ley Nº 26.970 serán aplicables para quienes soliciten en lo sucesivo, beneficios previsionales con reconocimiento de servicios amparados por la Ley N° 24.476, modificada por el Decreto N° 1.454/05, por lo cual ANSES, en forma previa a determinar el derecho a una prestación previsional, realizará evaluaciones patrimoniales o socioeconómicas en base a criterios objetivos que determine la reglamentación, a fin de asegurar el acceso al régimen de las personas que presenten mayor vulnerabilidad.Que el artículo 8° de la Resolución Conjunta General AFIP N° 3673 y ANSES N° 533/14, determina los criterios objetivos sobre la base de los cuales se realizaran las evaluaciones mencionadas precedentemente, disponiendo que la misma será positiva cuando no se verifique respecto del peticionante alguna de las circunstancias mencionadas en sus incisos a), b) o c).Que oportunamente, el solicitante presto su consentimiento de forma expresa, a fin de que ANSES realice las evaluaciones requeridas por la normativa vigente, sobre la base de la información proporcionada por AFIP a tales efectos.Que en el marco de dichas evaluaciones, se realizó un análisis exhaustivo de la situación patrimonial y socioeconómica del solicitante, verificándose a través de elementos de juicios fehacientes, que el mismo no cumple con los parámetros requeridos para acceder al Régimen de Regularización de Deuda establecido por la Ley N° 24.476, toda vez que se verificó la circunstancia de exclusión establecida en el artículo 8° inciso xxxxx de la Resolución Conjunta General AFIP N° 3673 y ANSES N° 533/14. 533/14.Que ha tomado la intervención de su competencia el Servicio Jurídico de esta Administración.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº 24.241 y el artículo 3º del decreto Nº 2.741/91.Por ello, EL JEFE DE LA UNIDAD DE ATENCION INTEGRAL XXXXXXXXX XXXXXXXXX RESUELVE: ARTICULO 1º.- Desestimar la solicitud de adhesión al Régimen de Regularización de Deuda previsto en la Ley Nº 24.476, solicitada por XXXXXXX, D.N.I. XXXXX, bajo el registro Nº xxxxxxxxxx, considerando que no ha superado la evaluación patrimonial y socioeconómica toda vez que no cumple con el requisito establecido en el artículo 8° inciso xxxxx de la Resolución Conjunta General AFIP N° 3673 y ANSES N° 533/14. N° 3673 y ANSES N° 533/14.ARTICULO 2º.- Regístrese, y notifíquese conforme los términos de la Ley N° 24.463, con las modificaciones introducidas por la Ley N° 24.655, y consentida o ejecutoriada que sea, archívese.RESOLUCIÓN UDAI Nº Recursos: Si usted no está conforme con todos o algunos de los aspectos que integran la presente Resolución, podrá interponer los siguientes recursos en el plazo y en la forma indicada en cada caso: Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 Recurso Características Forma de Plazo de interposición interposición Órgano que resuelve Revisión ante la Optativo. Suspende Mediante un Dentro de los 30 Resuelve la CARSS Reconsideración (art. 84 Decreto Nº 1.759/72) los plazos para recurrir ante la Justicia Federal.escrito dirigido al Sr. Presidente de días hábiles administrativos CARSS la CARSS, presentado en la UDAI de ANSES más cercana al domicilio.contados desde la fecha de recepción de la presente notificación.Optativo. Suspende Mediante un Dentro de los 10 Resuelve los plazos para recurrir ante la Justicia Federal.escrito dirigido al Sr. Jefe de UDAI y presentado en la UDAI de ANSES más cercana al domicilio.UDAI días hábiles administrativos contados desde la fecha de recepción de la presente notificación.Demanda de Necesita patrocinio Mediante un Dentro de los 90 Resuelve la Justicia Federal días hábiles judiciales contados desde la fecha de recepción de la presente notificación Impugnación del letrado. Procede Acto también contra las escrito de demanda Administrativo (Ley Nº 24.463 - art.Resoluciones dictadas por la presentado en Capital Federal 15 y siguientes y CARSS y por la UCA ante la CFSS Código de Procedimientos Civil y Comercial Nacional) con motivo de los recursos de revisión y reconsideración respectivamente.(esta asigna un Juzgado de 1ra. Instancia en la SS) o ante los Juzgados Federales con asiento en las Provincias.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 ANEXO II Consentimiento por Parte del Interesado para Realizar la Evaluación Patrimonial y Socioeconómica Buenos Aires, ANSES Me dirijo a usted en relación a mi solicitud de adhesión al régimen de regularización de deuda establecido por la Ley Nº 24.476 para acceder a mi prestación previsional.A esos efectos presto consentimiento para que se realicen las evaluaciones patrimoniales y socioeconómicas requeridas por el artículo 20 de la Ley N° 27.260 y estipuladas por el artículo 3º de la Ley 26.970, para acceder al mencionado régimen, las que se encuentran reguladas por el artículo 8º de la Resolución Conjunta General AFIP ? ANSES Nº 3673 y 533/14.Titular: Nombre y Apellido: DNI: Firma del Solicitante ____________________ Aclaración _____________________ Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 ANEXO III Notificación Buenos Aires, _____ Sr. _________ Me dirijo a usted en relación a su solicitud de adhesión al régimen especial de regularización voluntaria de deudas previsionales para trabajadores autónomos, la que se encuentra regulada por las disposiciones de la Ley N° 24.476.Dado que usted ha prestado oportunamente su consentimiento para que ANSES pueda realizar el procedimiento previsto en el artículo 7° de la Resolución Conjunta General AFIP - ANSES Nº 3673 y 533/14, en concordancia con lo estipulado por el artículo 20 de la Ley N° 27.260, se informa que su solicitud ha sido desestimada toda vez que no ha superado la evaluación patrimonial y socio-económica efectuada conforme los criterios objetivos fijados en el artículo 8º de dicha norma reglamentaria.El motivo de la desestimación indicada precedentemente es no haber superado el requisito establecido en el artículo 8 inciso xxxx de la Resolución Conjunta General AFIP ? ANSES Nº 3673 y 533/14.Queda Ud. debidamente notificado En caso de disconformidad con la decisión adoptada, usted tiene habilitadas las siguientes vías administrativas de reclamo.FIRMA Aclaración y CARGO Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 ANEXO IV Procedimiento de Notificación de Resultado Negativo-Ley Nº 24.476 Detalle de Tareas En caso de que el titular no supera la Evaluación Socioeconómica, de querer conocer los motivos específicos de rechazo, la Unidad de Atención Integral deberá: 1. Solicita al titular complete y firme Formulario de solicitud de motivos específicos de rechazo y consentimiento. (Formulario A) 2. Caratula actuación y arma Expediente Ttr. 355 RECLAMO SOCIO ECON/INCOMP LEY 26970/24476.3. Envía Expediente (con Resultado del Socioeconómico, Formulario de solicitud de Motivos específicos y consentimiento) a la Unidad Coordinadora Apoyo Operativo y continúa en el punto 4.Unidad Coordinadora Apoyo Operativo 4. Recibe Expediente.5. Verifica que el expediente este completo.5.1. Si el Expediente no posee toda la documentación, 5.1.1. Devuelve el expediente a la UDAI indicando faltante y continúa en el punto 23.5.2. Si el Expediente posee toda la documentación, 5.2.1. Confecciona nota a la AFIP donde solicita se especifique motivos de rechazo y la agrega al Expediente. (Nota B - AFIP).5.2.2. Envía Expediente a AFIP y continúa en el punto 6.AFIP 6. Recibe Expediente.7. Elabora nota de respuesta con los motivos específicos de rechazo y la agrega al Expediente.8. Remite a la Unidad Coordinadora Apoyo Operativo el Expediente y continúa en el punto 9.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 Unidad Coordinadora Apoyo Operativo 9. Recibe Expediente de AFIP con motivos específicos del rechazo.10. Remite Expediente a la UDAI y continúa en el punto 11.Unidad de Atención Integral 11. Recibe Expediente.12. Confecciona Proyecto de Resolución.13. Incorpora nota y Proyecto de Resolución al Expediente.14. Remite Expediente con nota de AFIP con los motivos específicos del rechazo y Proyecto de Resolución al Servicio Jurídico de la UDAI.15. El servicio Jurídico de la UDAI Emite Dictamen de la Resolución de la desestimación y lo agrega al Expediente.16. Firma Resolución con los motivos específicos del Acto Administrativo.(Resolución C - Motivos específicos) 17. Notifica al Solicitante al domicilio declarado y continúa en el punto 18.Solicitante 18. Recibe notificación con los motivos específicos del Resultado Negativo.19. Verifica motivos.19.1.NO presenta Recurso de Revisión ante la CARSS, 19.1.1. Cumplidos los plazos correspondientes queda firme el Acto Administrativo.19.2.SI presenta Recurso de Revisión ante la CARSS, 19.2.1.Presenta Nota en ANSES, solicitando revisión ante la CARSS y continúa en el punto 20.Unidad de Atención Integral 20. Recibe al titular.21. Recepciona escrito de recurso de revisión ante la CARSS.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 22. Procede de acuerdo a lo establecido en la norma "Tratamiento administrativo- Pedidos de Revisión Comisión Administrativa de Revisión de la Seguridad Social".Unidad de Atención Integral 23. Recibe el expediente a la UDAI indicando motivo de rechazo.24. Completa el faltante.25. Remite el Expediente a la Unidad Coordinadora Apoyo Operativo.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 A. Formulario motivos específicos y consentimiento Buenos Aires, _____ ANSES Me dirijo a usted en relación a mi solicitud de adhesión al Régimen de Regularización de Deuda establecido por la Ley Nº 24.476, para acceder a mi prestación previsional.A esos efectos, he prestado oportunamente mi consentimiento para que ANSES realice las evaluaciones patrimoniales y socioeconómicas requeridas por el artículo 3º de la Ley Nº 26.970, según lo estipulado por el artículo 20 de la Ley N° 27.260, para acceder al mencionado régimen, y se me ha notificado que mi solicitud fue desestimada, toda vez que no he superado el requisito establecido en el artículo 8º inciso??..de la Resolución Conjunta General AFIP Nº 3673 y ANSES Nº 533/2014.Por lo expuesto, brindo mi consentimiento expreso a fin de que ANSES requiera a AFIP los motivos específicos por los cuales no he superado el requisito mencionado precedentemente y se me notifique lo informado a mi domicilio????????????????????????????????? e-mail (opcional)????????????.???? Titular Firma y aclaración: Nombre y Apellido DNI Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 B: Nota solicitando a AFIP los motivos específicos ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS: Me dirijo a vuestro Organismo en el marco de la solicitud de adhesión al Régimen de Regularización de Deuda de la Ley N° 24.476, requerida por XXXXXXX, D.N.I.: XXXXX, bajo el registro Nº xxxxxxxxxx de esta ANSES, para acceder a una prestación previsional.Cabe mencionar que el artículo 20 de la Ley N° 27.260 estipuló que las previsiones del artículo 3° de la ley 26.970 serán aplicables para quienes soliciten en lo sucesivo, beneficios previsionales con reconocimiento de servicios amparados por la Ley N° 24.476, modificada por el Decreto N° 1.454/05. El citado artículo 3° de la Ley N° 26.970, dispone que ANSES, realizará evaluaciones patrimoniales o socioeconómicas en base a criterios objetivos que determine la reglamentación, a fin de asegurar el acceso al régimen de las personas que presenten mayor vulnerabilidad.La reglamentación, dispuesta por la Resolución Conjunta General AFIP N° 3673 y ANSES N° 533/14, determina en su artículo 8° los criterios objetivos sobre la base de los cuales se realizaran las evaluaciones mencionadas precedentemente.En el marco de dichas evaluaciones, ANSES notificó al peticionante el resultado negativo de las mismas, toda vez que se verificó la circunstancia de exclusión establecida en el artículo 8° inciso xxxxx de la Resolución Conjunta General AFIP N° 3673 y ANSES N° 533/14.Al respecto, el solicitante requirió a ANSES que informe los motivos específicos por los cuales no ha superado las evaluaciones requeridas por la normativa vigente.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 Teniendo en cuenta que el artículo 8° de la Resolución Conjunta General AFIP N° 3673 y ANSES N° 533/14 dispone que ANSES requerirá a la Administración Federal de Ingresos Públicos, la información necesaria para resolver la aptitud para adherir al régimen, guardando expresa confidencialidad sobre la misma, se solicita que informe los motivos específicos por los cuales el solicitante no superó las evaluaciones patrimoniales y socioeconómicas que desestimaron su adhesión al Régimen de Regularización de Deudas establecido por la Ley N° 24.476, en virtud del consentimiento prestado oportunamente.Saludo a usted atentamente.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 C: Resolución UDAI desestimando el acceso al régimen e informando motivos específicos BUENOS AIRES, VISTO la solicitud de adhesión al Régimen de Regularización de Deuda establecido por la Ley N° 24.476, para acceder a una prestación previsional, formulado por XXXXXXX, D.N.I.: XXXXX, bajo el registro Nº xxxxxxxxxx de esta Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), y CONSIDERANDO: Que el requirente, a través de los canales habilitados por esta Administración Nacional de la Seguridad Social, solicito la adhesión al Régimen de Regularización de Deuda establecido en la Ley N° 24.476 para acceder a su prestación previsional.Que el artículo 20 de la Ley N° 27.260 estipuló que las previsiones del artículo 3° de la ley 26.970 serán aplicables para quienes soliciten en lo sucesivo, beneficios previsionales con reconocimiento de servicios amparados por la Ley N° 24.476, modificada por el Decreto N° 1.454/05. El citado artículo 3° de la Ley N° 26.970, dispone que ANSES, en forma previa a determinar el derecho a una prestación previsional, realizará evaluaciones patrimoniales o socioeconómicas en base a criterios objetivos que determine la reglamentación, a fin de asegurar el acceso al régimen de las personas que presenten mayor vulnerabilidad.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 Que el artículo 8° de la Resolución Conjunta General AFIP N° 3673 y ANSES N° 533/14, determina los criterios objetivos sobre la base de los cuales se realizaran las evaluaciones mencionadas precedentemente, disponiendo que ANSES requerirá a la Administración Federal de Ingresos Públicos, la información necesaria para resolver la aptitud para adherir al régimen, guardando expresa confidencialidad sobre la misma.Que oportunamente, el solicitante presto su consentimiento de forma expresa, a fin de que ANSES realice las evaluaciones requeridas por la normativa vigente, sobre la base de la información proporcionada por AFIP a tales efectos.Que en el marco de dichas evaluaciones, se realizó un análisis exhaustivo de la situación patrimonial y socioeconómica del solicitante, verificándose a través de elementos de juicios fehacientes, que el mismo no cumple con los parámetros requeridos para acceder al Régimen de Regularización de Deuda establecido por la Ley N° 24.476.Que ANSES notificó al peticionante el resultado negativo de la evaluación efectuada, informando que no se encuentra habilitado para ingresar al Régimen de Regularización de Deuda previsto en la Ley Nº 24.476, toda vez que se verifico la circunstancia de exclusión establecida en el artículo 8° inciso xxxxx de la Resolución Conjunta General AFIP N° 3673 y ANSES N° 533/14.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 Que en ese marco, el solicitante requirió a ANSES que informe los motivos específicos por los cuales no ha superado las evaluaciones requeridas por la normativa vigente y por tanto, desestimó su solicitud de adhesión al régimen de la Ley N° 24.476.Que en ese orden de ideas, y en virtud del consentimiento prestado, se ha requerido la información a AFIP, para que nos indique los motivos específicos por los cuales el solicitante no supera la evaluación efectuada.Que la AFIP ha intervenido, tal como consta en el presente expediente, informando respecto de la situación requerida.Que ha tomado la intervención de su competencia el Servicio Jurídico de esta Administración.Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº 24.241 y el artículo 3º del decreto Nº 2.741/91.Por ello, EL JEFE DE LA UNIDAD DE ATENCION INTEGRAL XXXXXXXXX RESUELVE: ARTICULO 1º.- Desestimar la solicitud de adhesión al Régimen de Regularización de Deuda previsto en la Ley Nº 24.476, solicitada por XXXXXXX, Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 D.N.I. XXXXX, bajo el registro Nº xxxxxxxxxx, considerando que la AFIP ha informado que los motivos específicos por los cuales no superó la evaluación patrimonial, son xxxxxxxxxxx.ARTICULO 2º.- Regístrese, y notifíquese conforme los términos de la Ley N° 24.463, con las modificaciones introducidas por la Ley N° 24.655, y consentida o ejecutoriada que sea, archívese.RESOLUCIÓN UDAI Nº Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" 2018 Recursos: Si usted no está conforme con todos o algunos de los aspectos que integran la presente Resolución, podrá interponer los siguientes recursos en el plazo y en la forma indicada en cada caso: Recurso Características Forma de Plazo de interposición interposición Órgano que resuelve Revisión ante la Optativo.Mediante un Dentro de los 30 Resuelve la Suspende los escrito dirigido días hábiles CARSS CARSS plazos para recurrir al Sr.ante la Justicia Presidente de la Federal.administrativos contados desde la fecha de CARSS, presentado en recepción de la la UDAI de ANSES más cercana al domicilio.presente notificación.Reconsideración (art. 84 Decreto Nº Optativo.Mediante un Dentro de los 10 Resuelve la Suspende los escrito dirigido días hábiles UDAI 1.759/72) plazos para recurrir al Sr. Jefe de ante la Justicia UDAI y administrativos contados desde Federal.presentado en la fecha de la UDAI de ANSES más cercana al domicilio.recepción de la presente notificación.Demanda de Necesita patrocinio Mediante un Dentro de los 90 Resuelve la Impugnación del letrado. Procede Acto también contra las escrito de demanda días hábiles judiciales Justicia Federal Administrativo (Ley Nº 24.463 - art.15 y siguientes y Resoluciones dictadas por la CARSS y por la presentado en Capital Federal contados desde la fecha de ante la CFSS recepción de la Código de UCA con motivo de Procedimientos Civil y Comercial Nacional) los recursos de revisión y reconsideración respectivamente.presente notificación (esta asigna un Juzgado de 1ra. Instancia en la SS) o ante los Juzgados Federales con asiento en las Provincias.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La resolución regula el procedimiento transitorio para la adhesión y rechazo al Régimen de Regularización de Deuda establecido por la Ley N° 24.476, en el marco de la reglamentación de los artículos 20 a 22 de la Ley N° 27.260, mediante la evaluación patrimonial y socioeconómica, y la utilización de liquidaciones SICAM. Establece los requisitos, procedimientos, recursos administrativos y notificaciones para solicitantes de prestaciones previsionales con servicios en el SIPA, incluyendo la evaluación de vulnerabilidad, la formulación de plan de moratoria, reconocimiento de servicios y las vías de impugnación de decisiones desfavorables.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma explica cómo la ANSES y AFIP trabajan juntas para decidir si una persona puede acceder a un plan de pago de deudas previsionales y obtener beneficios. Si alguien pide una prestación y tiene deudas, primero se evalúa si su situación económica y patrimonial cumple ciertos criterios. Si pasa, puede acceder a la moratoria y regularizar sus pagos. Si no, recibe una explicación clara de por qué no pudo acceder y puede apelar esa decisión. Es como un proceso de revisión para asegurarse de que solo quienes cumplen los requisitos puedan beneficiarse, con pasos claros y recursos para reclamar si no están de acuerdo.

Autor: I.A.

Voces

  • reforma universitaria
  • seguridad social
  • prestaciones previsionales
  • moratoria previsional
  • evaluación patrimonial
  • regimen de facilidades de pago
  • regularización de deuda
  • evaluación socioeconómica
  • liquidación sicam
  • normativa afip
  • recursos administrativos
  • notificación de rechazo

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