Prorrateo de Servicios - Servicios Insalubres o Diferenciales que requieren menos de 30 años

Tipo
Prev
Número
1132/05
Organismo
ANSeS
Fecha de dictado
04/04/2005
Publicación en el BO
09/04/2005

www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 04/04/2005 PREV-11-32 Prorrateo de Servicios - Servicios Insalubres o Diferenciales que requieren menos de 30 años I. Introducción La presente instrucción de trabajo se dicta a los fines de establecer el procedimiento a utilizar para la determinación de los servicios requeridos con aportes cuya consideración surge del juego armónico de las disposiciones del inciso c) del artículo 19 y del artículo 38 de la Ley Nº 24.241 y la computabilidad de períodos por Declaración Jurada, cuando concurren servicios diferenciales o insalubres y servicios comunes.El procedimiento que a continuación se desarrolla, se fundamenta en la búsqueda de la equivalencia del tiempo de servicios diferenciales o insalubres acreditados a servicios comunes, a los fines de poder determinar con certeza los años con aportes exigidos para el otorgamiento de una prestación.II. Consideraciones Generales El tiempo máximo de servicios computables en carácter de declaración jurada, deberá ajustarse al previsto en el artículo 38 de la Ley Nº 24.241, conforme el año de cese o presentación en demanda del beneficio con los requisitos cumplidos.III. Detalle de Tareas 1. Para obtener la equivalencia de los Servicios Diferenciales o Insalubres en Servicios comunes se aplicará la siguiente fórmula: SD/ IR TSD/ I x SCR = SCE Donde: TSD/ I = Total de servicios diferenciales/ insalubres computados SCR = Servicios comunes requeridos SD/ IR= Servicios diferenciales/ insalubres requeridos SCE= Servicios comunes equivalentes A continuación se desarrolla un ejemplo práctico, dejando constancia que la aplicación del mismo no obsta a la utilización de la compensación del excedente de edad por falta de servicios contemplada en el tercer párrafo del artículo 19 de la Ley Nº 24.241, cuando para el otorgamiento del caso en tratamiento, resulte necesario.Fecha de Nacimiento: 03/09/36 Sexo: Masculino Fecha de cese:31/12/02 1/4 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 04/04/2005 PREV-11-32 Carácter de Servicios ARMADA ARGENTINA " " ( [1] ) " " Art. 38 Ley 24.241 AUTÓNOMOS " " " " " " " " " ECO S.A. AIRE PURO S.A.INTEGRAL AKAPOL Para este ejemplo sería: Desde Hasta Años 8 10 16 4 9 2 1 1 1 2 1 5 1 10 1 1 1 6 1 12 27 1 1 1 53 15 4 54 8 2 58 11 9 59 31 12 67 31 3 79 30 4 80 31 10 81 31 1 83 31 7 83 15 1 88 31 12 89 31 12 54 58 58 66 67 80 80 81 83 87 88 2 0 3 0 8 0 1 0 0 0 3 0 14 Meses 6 9 7 0 2 0 1 1 2 1 11 0 Días 8 23 3 0 0 0 0 0 0 15 4 0 3 años 9 meses 23 días x 30 años = 4 años 6 meses 25 días 25 años Obtenida computados, se procederá a sumar la totalidad de los servicios con aportes, a saber: la equivalencia en servicios comunes de los servicios diferenciales Carácter de servicios Desde Hasta Años Meses Días ARMADA ARGENTINA " " " " ( [2] ) " " " " Art. 38 Ley 24.241 AUTÓNOMOS " " " " " " " " " ECO S.A. AIRE PURO S.A. INTEGRAL AKAPOL TOTAL SERV. C/ APORT.8 16 9 1 1 1 1 1 1 1 27 1 10 4 2 1 2 5 10 1 6 12 1 1 53 15 4 54 8 2 58 11 9 59 31 12 67 31 3 79 30 4 80 31 10 81 31 1 83 31 7 83 15 1 88 31 12 89 31 12 54 58 58 66 67 80 80 81 83 87 88 2 0 4 0 8 0 1 0 0 0 3 0 14 25 6 6 7 0 2 0 1 1 2 1 11 0 2 www.diarioprevisional.com.ar 2/4 8 25 3 0 0 0 0 0 0 15 4 0 25 "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 04/04/2005 PREV-11-32 2. Para la determinación de la edad requerida se aplicará la siguiente formula: SD/ IR TSD/ I = TD% * ER Donde : TSD/I = Total de servicios diferenciales/ insalubres computados SD/RI = Servicios diferenciales/ insalubres requeridos TD %= Tiempo diferencial en porcentaje ERSD= Edad Requerida Servicios Diferenciales En el ejemplo: 3 años 9 meses 23 días = 1373 días = 15,25 % x 52 años = 7,93 25años 9000 días Tiempo edad requerida servicios diferenciales = 7,93 Una vez determinado Tiempo diferencial en Porcentaje ( 15,25%) por diferencia se determina el Tiempo Común en Porcentaje (TP% ): 100% - 15,25%= 84,75% Para determinar el Tiempo edad requerida servicios comunes : ERSC * TC = TERSC Donde: ERSC= Edad Requerida servicios comunes TC = Tiempo común en porcentaje TERSC= Tiempo edad requerida servicios comunes 84,75% x 65 años = 55,08 La sumatoria de Tiempo edad requerida servicios diferenciales con Tiempo edad requerida servicios comunes: 7,93 + 55,8 = 63,01 Total tiempo edad requerida de servicios = 63,01 Para transformar 63,01 en edad requerida: 63 años 0,01*30 días = 0,3 Edad requerida: 63 años, 3 días www.diarioprevisional.com.ar 3/4 "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 04/04/2005 PREV-11-32 Para determinar la Compensación : Fecha de Nacimiento : 03 09 36 Edad Requerida : 63 años, 3 días Fecha de cumplimiento de edad requerida: 06 09 1999 Excedente al 30-06-2004: 4 años 9 meses 25 Compensa al 30-06-2004 : 2 años 4 meses 27 días Determinada la compensación por excedente de edad, ésta integrará el total de servicios con aportes SERV. C/ APORT. = 25 años 02 meses 25 días COMPENSA = 2 años 04 meses 27 días TOTAL 27años 07 meses 22 días El total de servicios con aportes exigido por el juego armónico del art.38 con el inciso c del art. 19, se acredita con la inclusión de la compensación. Ahora bien, sumando al total de servicios el periodo de aclaración jurada conforme el art. 38 de la ley 24241 al cese de tareas (3 años), se cumple los requisitos de 30 años de servicios exigido para el logro de la prestación solicitada.www.diarioprevisional.com.ar 4/4 "

Sumarios

Sumario generado por IA

La norma establece el procedimiento para determinar la equivalencia entre servicios diferenciales o insalubres y servicios comunes, mediante fórmulas específicas, con el fin de acreditar los años de aportes necesarios para acceder a prestaciones previsionales. Incluye la consideración de compensaciones por excedentes de edad y la sumatoria de períodos declarados juradamente, ajustándose a los límites del artículo 38 de la Ley Nº 24.241. La normativa también detalla el cálculo de la edad requerida y la incorporación de servicios con aportes, garantizando la correcta acreditación de los requisitos para la obtención de beneficios previsionales en casos de servicios insalubres o diferenciales con menos de 30 años de aportes.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma explica cómo calcular cuánto tiempo de servicios insalubres o diferenciales, que suelen ser más difíciles de acreditar, se puede convertir en servicios comunes para cumplir con los años de aportes necesarios para jubilarse. Utiliza fórmulas matemáticas para hacer esta conversión y también contempla cómo ajustar la edad requerida si hay excedentes o períodos declarados juradamente. En la práctica, esto significa que si alguien tiene trabajos considerados peligrosos o insalubres, puede convertir ese tiempo en equivalente a servicios normales y sumar otros períodos para cumplir con los requisitos de la jubilación, siempre respetando los límites legales. Además, se tiene en cuenta la posibilidad de compensar excedentes de edad para facilitar el acceso al beneficio.

Autor: I.A.

Voces

  • servicios

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