Procedimiento de Control - Presentación de Documentación por las Entidades Resolución D.E.-N Nº 159/12
- Tipo
- Prev
- Número
- 1311/13
- Organismo
- ANSeS
- Fecha de dictado
- 14/06/2013
- Publicación en el BO
- 21/06/2013
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "2013? Año del Bicentenario de la Asamblea Constituyente de 1813" Vigencia: 14/06/2013 PREV-13-11 Procedimiento de Control ---- Presentación de Procedimiento de Control Presentación de Procedimiento de Control Procedimiento de Control Presentación de Presentación de Documentación de las Entidades Documentación de las Entidades Documentación de las Entidades Documentación de las Entidades Resolución DE ---- NNNN Nº Nº Nº Nº 159/12 Resolución DE 159/12 Resolución DE Resolución DE 159/12 159 / 12 IIII ---- Introducción Introducción Introducción Introducción El presente se elabora ante la necesidad de establecer un circuito que regule el procedimiento de presentación de la documentación por distintas Entidades ante el ingreso de novedades en el sistema e @ Descuentos,una carga de este ANSES en la materia de descuentos no obligatorios con los medios fijados por la Resolución ANSES Nº DE-N Nº 159/12 de fecha 8 de mayo de 2012.IIIIIIII ....---- Objetivo Objetivo Objetivo Objetivo La presente tiene como objetivo el control de la presentación de la documentación por las distintas Entidades ante el ingreso de novedades en el Sistema e @ Descuentos. IIIIIIIIIIII ....---- Consideraciones Generales Consideraciones Generales Consideraciones Generales Consideraciones Generales 1- La presente Resolución deja sin efecto la Resolución DE-N ° 34 de fecha 6 de febrero de 2012. 2- La Dirección General de Control Prestacional queda facultada La Dirección General de Normas y Procesos.3- Cumplimiento del artículo 11 de la presente resolución, las condiciones que se presentan ante la Administración Nacional de la Seguridad Social dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles relacionados con el ingreso de una novedad en el Sistema de Descuentos no Obligatorios a Favor de Terceras Entidades (e @ Descuentos) en virtud del otorgamiento de créditos de empréstitos de consumo no permanente, la documentación acreditada de la misma que a continuación se muestra a) Copia autenticada del instrumento de Control de Mutuo o Empréstito de Consumo de carácter oneroso Celebrado por escrito entre la entidad prestataria y titular con derecho,que debe contener en el texto la misma información relativa a la Clave Bancaria Uniforme (CBU) del titular del derecho que gestionó el otorgamiento del préstamo o el código de autorización electrónica (CAE) de la factura emitida en el caso de la adquisición de un bien por un servicio, el domicilio, el teléfono de contacto, el titular de derecho y el domicilio de guarda de la documentación original de respaldo.1/6 www.diarioprevisional.com.ar ¿Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 2013? Año del Bicentenario de la Asamblea Constituyente de 1813 "Vigencia: 14/06/2013 PREV-13-11 b) Copia autenticada del documento de identidad del titular de derecho y titular del mutuo o empréstito de consumo. C) Copia autenticada de la documentación Se mencionó en el artículo 10 de la presente. 4- La documentación se mencionó en los apartados anteriores, se debe ser autenticada mediante la redacción en cada parte por parte del representante legal o apoderado de la entidad prestataria.5- El artículo 12 ° de la mencionada Resolución dispone que las operaciones de crédito que impliquen la entrega de dinero a los titulares de derechos deben formalizarse a través de la "cuenta sueldo de la seguridad social". En este caso, el titular de un derecho aún no se ha puesto en práctica, así como en la apertura de la cuenta mencionada, el mismo debe indicar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) alternativa, si la posee, o se presta a sus propios derechos. Otro medio de pago.En todos los casos, en el medio de pago, no en el lugar de la acreditación, depósito o transferencia en la cuenta, a favor del titular del derecho, las entidades adheridas, dentro del VEINTE (20) días hábiles administrativos posteriores al ingreso de La administración de la seguridad social de la seguridad social de la seguridad social se ha convertido en parte de la entidad. fehacientemente a través de la presentación El plazo se indica en el párrafo anterior, se aplica también a todos los casos de empréstitos de consumo por el que se acredita la entrega y la recepción del bien y la prestación de un servicio a favor del titular del derecho.6- Quedan exceptuados de la aplicación de lo dispuesto en la resolución DE-N Nº 159/12 artículo 11, los organismos públicos y las entidades bancarias oficiales.2/6 www.diarioprevisional.com.ar "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Detalle de TTTTareas IVIVIVIV ---- Detalle de áreas Detalle de detalle de áreas I. Ingreso del crédito por la Entidad I. Ingreso del crédito por la Entidad I. Ingreso del crédito por la Entidad I. Ingreso del crédito por la Entidad "2013? Año del Bicentenario de la Asamblea Constituyente de 1813 "Vigencia: 14/06/2013 ANTERIOR-13-11 1. La información se confirma la novedad, debe ser confirmada. La documentación respaldada en las Consideraciones Generales en la UDAI designada para tal fin que se encuentra en el portal institucional de ANSES (www.anses.gov.ar), como así también en Intranet.II. Recepción de la Documentación en la UDAI II. Recepción de la Documentación en la UDAI II. Recepción de la Documentación en la UDAI II. Recepción de la Documentación en la UDAI 1. El área Beneficiarios de la UDAI es la parte de la Entidad la documentación acreditativa, la Derivación del punto anterior y el control de la UDAI, caso negativo que se derive a la UDAI que corresponda 2. Revisa la documentación, la misma información se ajusta a los puntos a), b) yc) de las Consideraciones Generales y se autentican para el apoderado o el representante legal, y sí la documentación está: 2.1. completa, da curso al trámite continuo en el punto 3.2.2. Incompleta o no rubricada por el apoderado o representante legal, rechaza el trámite indicando al representante de la entidad la documentación faltante.3. Caratula la documentación en forma automática ingresando a INTRANET-Servicios- Aplicaciones administrador e @ Descuentos, asignándole código de tipo de trámite 398 398 "Actuación Novedades Créditos - Descuentos". 398 398 Selecciona botón caratulac Selecciona botón caratulacióniónión .... Selecciona botón caratulac Selecciona botón caratulac 3/6 www.diarioprevisional.com.ar "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Selecciona Operador de UDAI Selecciona Operador de UDAI Selecciona Operador de UDAI Selecciona Operador de UDAI "2013? Año del Bicentenario de la Asamblea Constituyente de 1813 "Vigencia: 14/06/2013 PREV-13-11 Ingresa en Transacción el ID con 8 (resultados) El reporte de crédito emitido por el aplicativo y @ Descuentos.Presiona: "Buscar" despliega la caratulación "Imprime Caratula" imprime la Caratula 4. Arma la actividad incorporando la redacción de la misma, la Coordinación de Mutuales dependientes de la Dirección de Control de Liquidación y Red de Grupos Móviles para Que esta analice la novedad ingresada, a los fines de su confirmación o rechazo.5. En todos los casos, en el medio de pago, no en el lugar de la acreditación, el depósito o la transferencia, en la cuenta, a favor del titular del derecho, las entidades deben presentarse en el VEINTE (20) días hábiles administrativos posteriores al ingreso de la novedad, los comprobantes de la recepción del monto de los pagos por parte de los titulares del derecho de los empréstitos de consumo por los que se acredita la entrega y la recepción de un bien adquirido y la prestación de un servicio a favor del titular de derecho .4/6 www.diarioprevisional.com.ar ¿Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 2013? Año del Bicentenario de la Asamblea Constituyente de 1813 "Vigencia: 14/06/2013 ANTERIOR-13-11 Al momento de la recepción de la documentación del respaldo de la operación mencionada en el párrafo anterior, será obligatoriamente la existencia de una Actuación Novedades Créditos - Descuentos, bajo el tipo de trámite 398, procedimiento en caso afirmativo y caratular una nueva actuación con el mismo tipo de trámite y la secuencia que corresponda, constatando que el ID está informado en "EXPEDIENTE" EXPEDIENTE "EXPEDIENTE" EXPEDIENTE PROVINCIAL / OFERTA / Observaciones "coincidencia con la figura en el campo PROVINCIAL / Observaciones" PROVINCIAL / Observaciones "Transacción Transacción"Cumplido, dependiente de la Dirección de Control de Liquidación y Red de Grupos Móviles. la Coordinación de Control de Mutuales la actuación a II. Coordinación de Control de Mutuales dependientes de la Dirección IIIIII. Coordinación de control de mutuales dependientes de la dirección II. Coordinación de control de mutuales dependientes de la dirección II. Coordinación de Control de Mutuales dependientes de la Dirección de Control de Liquidación y Red de Grupos Móviles. Control de Liquidación y Red de Grupos Móviles. Control de Liquidación y Red de Grupos Móviles. Control de Liquidación y Red de Grupos Móviles. 1. Ha recibido los resultados de las tareas correspondientes. 4. Analiza la documentación respaldada y efectúa los controles de tiempo necesarios para confirmar o rechazar la novedad.2. Ha recibido las actividades remitidas en el punto 5. Que han sido agregadas físicamente y relacionadas a través del SGT, y que se hayan realizado los controles correspondientes. IV. Dirección de Sistemas IV. Dirección de Sistemas IV. Dirección de Sistemas IV. Dirección de Sistemas 1. Periódicamente en dos listas, que surgen de los cruces realizados entre las novedades ingresadas en el Sistema y @ Descuentos y la existencia de la actual relevancia en el SGT (donde se acumulan las novedades ingresadas en el mes en curso) un sable : 1.1 Listados de novedades que en la redacción de la red de Grupos Móviles.registran caratulación de 1.2 Listados de novedades que no registran caratulación de la documentación respaldada y que ha sido actualizada automáticamente en el sistema e @ Descuentos para el vencimiento de los plazos, para su remisión a la Dirección de la Central de Apoyo. Dirección General de Prestaciones Centralizadas. 5/6 www.diarioprevisional.com.ar ¿Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 2013? Año del Bicentenario de la Asamblea Constituyente de 1813 "Vigencia: 14/06/2013 PREV-13-11 2. Periódicamente emitirá un archivo con los montes tope de cuotas de afiliación de cada una de las entidades que operan en el Sistema e @ Descuentos Para su remisión a la Coordinación de Control de Mutuales Dependiente de la Dirección de Control de Liquidación y Red de Grupos Móviles.V. Coordinación Control de Mutuales dependientes de la Dirección V. Coordinación Control de Mutuales dependientes de la Dirección Control de Control de V. Coordinación Control de Mutuales dependientes de la Dirección V. Coordinación Control de Mutuales dependientes de la Dirección Control de Control de Liquidación y Red de Grupos Móviles Liquidación y Red de Grupos Móviles Liquidación y R Liquidación y Redacción de Grupos Móviles ed. Grupos 1. Semanalmente recibe el listado remitido en el punto 1.1. de las novedades que registran la caratulación de la documentación.2. Realización de la validación de las novedades a través de NTRANET-Servicios- Aplicaciones Administrador e @ Descuentos e Descuentos a través de los "botones" APROBAR - RECHAZAR y RECARATULAR según corresponda. 3. Cumplido en las actuaciones al archivo.VI. Dirección Unidad Central de Apoyo Dependiente de la Dirección VI. Dirección Unidad Central de Apoyo Dependiente de la Dirección VI. Dirección Unidad Central de Apoyo Dependiente de la Dirección VI. Dirección Unidad Central de Apoyo Dependiente de la Dirección General de Prestaciones Centralizadas Generalidades de Prestaciones Centralizadas Generalidades de Prestaciones Centralizadas Generales de Prestaciones Centralizadas 1. Recibos de la Dirección de Sistemas el listado en el apartado IV. Punto 1.2. Las novedades que no se registran. caratulación de la documentación respaldada y que se redirige en forma automática en el Sistema y @ Descuentos, para su notificación a las Entidades. www.diarioprevisional.com.ar 1/6 "
Sumarios
Sumario generado por IA
La resolución establece un procedimiento sistemático para la presentación, control y validación de documentación relacionada con novedades en créditos y descuentos en el sistema @ Descuentos, gestionado por la ANSES. Se regula la autenticación de documentos, los plazos para la presentación de comprobantes, y la coordinación entre distintas áreas institucionales, dejando sin efecto normativas previas (Resolución DE-N° 34/12). Se especifican los requisitos formales para la documentación, incluyendo la autenticación por parte del representante legal, y los procedimientos para la confirmación, rechazo o carátula de las novedades ingresadas, con énfasis en la trazabilidad y control interno mediante sistemas informáticos. La normativa también exceptúa de su alcance a organismos públicos y entidades bancarias oficiales, y define los plazos y mecanismos para la comunicación y validación de las operaciones crediticias y de descuentos, garantizando la transparencia y la correcta gestión de los créditos de consumo y otros beneficios sociales.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma regula cómo las entidades deben presentar y gestionar la documentación cuando realizan cambios o novedades en los créditos o descuentos que tienen con la seguridad social, específicamente en el sistema @ Descuentos. Es como un manual de instrucciones para asegurarse de que toda la información esté correcta, firmada y enviada en tiempo y forma. Por ejemplo, si una entidad otorga un préstamo o realiza un descuento, debe presentar copias autenticadas de los documentos que prueben la operación, y hacerlo dentro de los 20 días hábiles. Además, hay pasos claros para que la ANSES revise, confirme o rechace esa información, usando sistemas informáticos que ayudan a mantener todo ordenado y transparente. Esto evita errores, fraudes o retrasos en la gestión de beneficios y créditos, asegurando que todo se haga de manera oficial y controlada. En la práctica, es como un protocolo para que las entidades y la seguridad social trabajen en armonía, garantizando que los pagos y créditos se gestionen correctamente y en tiempo, beneficiando así a los titulares de derechos y manteniendo la confianza en el sistema.
Autor: I.A.
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