SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES CALENDARIO DE PAGO. APROBACION
- Tipo
- Resolución
- Número
- 96/95
- Organismo
- ANSeS
- Área
- ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
- Fecha de dictado
- 15/02/1995
- Publicación en el BO
- 20/02/1995
- Nombre
- APRUEBASE EL CALENDARIOI DE PAGO DE PRESTACIONES DEL SISTEMA NACIONAL DE PREVISION PARA LA EMISION DEL MES DE FEBRERO DE 1995.- CAD.
Resolución 96/1995 ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 15-feb-1995 SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES CALENDARIO DE PAGO. APROBACION Publicada en el Boletín Oficial del 17-feb-1995 Número: 28085 Página: Resumen: APRUEBASE EL CALENDARIOI DE PAGO DE PRESTACIONES DEL SISTEMA NACIONAL DE PREVISION PARA LA EMISION DEL MES DE FEBRERO DE 1995.- CAD.Esta norma no modifica ni complementa a ninguna norma.Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.
Sumarios
Sumario generado por IA
La Resolución 96/1995 de la Administración Nacional de la Seguridad Social aprueba el calendario de pagos de las prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para el mes de febrero de 1995, estableciendo fechas específicas sin modificar ni complementar normativas previas. La norma tiene carácter de acto administrativo de carácter reglamentario, destinado a organizar la emisión de beneficios previsionales en un período determinado, sin alterar el marco normativo vigente.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta resolución básicamente dice que, para febrero de 1995, la Administración Nacional de la Seguridad Social estableció las fechas en las que se pagarán las jubilaciones y pensiones. Es como si fuera un calendario de pagos para que los beneficiarios sepan cuándo recibirán su dinero. La norma no cambia ninguna regla anterior, simplemente organiza cuándo se harán los pagos ese mes, sin afectar las leyes o normativas que ya estaban en vigor. Para el beneficiario, esto significa que puede consultar el calendario para saber cuándo le llegará su pago, pero no hay cambios en los requisitos o en la forma de calcular sus beneficios.
Autor: I.A.
Voces
- jubilacion
- pensiones
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