APORTES REDUCIDOS OBRA SOCIAL MARINA MERCANTE
- Tipo
- Resolución
- Número
- 134/95
- Área
- ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
- Fecha de dictado
- 23/02/1995
- Publicación en el BO
- 26/03/1995
- Nombre
- CONCEDESE A LA OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE EL BENEFICIO DEL APORTE REDUCIDO ESTABLECIDO POR EL ART. 1 DE LA LEY 15223.
Resolución 134/1995 ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 23-feb-1995 APORTES REDUCIDOS OBRA SOCIAL MARINA MERCANTE Publicada en el Boletín Oficial del 06-mar-1995 Número: 28096 Página: 7 Resumen: CONCEDESE A LA OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE EL BENEFICIO DEL APORTE REDUCIDO ESTABLECIDO POR EL ART. 1 DE LA LEY 15223.Esta norma no modifica ni complementa a ninguna norma.Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.
Sumarios
Explicación asistida por IA
Esta resolución básicamente dice que los empleados de la Marina Mercante que están afiliados a esa obra social podrán pagar una cantidad menor en sus aportes a la seguridad social, según lo establecido en la ley. Es como si a ciertos trabajadores se les diera un descuento en sus contribuciones, facilitando su acceso a la obra social sin que esto implique cambios en otras leyes o reglas previas. Esto ayuda a que los empleados tengan una carga menor en sus aportes, pero sin alterar el marco legal general del sistema de seguridad social.
Autor: I.A.
Sumario generado por IA
La resolución 134/1995 de la Administración Nacional de la Seguridad Social concede a la Obra Social de Empleados de la Marina Mercante un beneficio de aportes reducidos conforme al artículo 1 de la Ley 15.223. La norma establece un régimen de contribución disminuida para dicho sector, sin modificar ni complementar otras normativas existentes, limitándose a la concesión de un beneficio específico y puntual.
Autor: Inteligencia Artificial
Voces
- obras social
- aportes
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