GERENCIA MEDICINA SOCIAL
- Tipo
- Resolución
- Número
- 312/95
- Organismo
- ANSeS
- Área
- ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
- Fecha de dictado
- 12/05/1995
- Publicación en el BO
- 29/05/1995
- Nombre
- COMISIONES MEDICAS PRIMARIAS- OBLIG. DE NOTIFICAR
Resolución 312/1995 ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 12-may-1995 GERENCIA MEDICINA SOCIAL COMISIONES MEDICAS PRIMARIAS- OBLIG. DE NOTIFICAR Publicada en el Boletín Oficial del 29-may-1995 Número: 28152 Página: 9 Resumen: ESTABLECESE QUE LOS DICTAMENES QUE EMITAN LAS COMISIONES MEDICAS PRIMARIAS 10 A; B; C; D; Y E DEBEN NOTIFICARSE A LA GERENCIA MEDICINA SOCIAL UBICADA EN CALLE MISIONES Nº 71 DE CAPITAL FEDERAL, MIENTRAS QUE LOS EMANADOS DE COMISIONES CON ASIENTO EN ELINTERIOR DEL PAIS, DEBEN SERLO EN LA SEDE DE LA SUBGERENCIA REGIONAL DE LA GERENCIA GENERAL PRESTACIONES QUE CORRESPONDA Y QUE FIGURAN EN EL LISTADO QUE COMO ANEXO I FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCION.CAD.Esta norma modifica o complementa a 1 norma(s).Esta norma es complementada o modificada por 1 norma(s).
Sumarios
Sumario generado por IA
La resolución 312/1995 de la Administración Nacional de la Seguridad Social establece la obligación de notificación de los dictámenes emitidos por las Comisiones Médicas Primarias (A, B, C, D y E). Los dictámenes provenientes de comisiones con sede en Capital Federal deben notificarse a la Gerencia de Medicina Social en Misiones 71, mientras que los emitidos por comisiones en el interior del país deben ser remitidos a la sede correspondiente de la Subgerencia Regional de la Gerencia General de Prestaciones, según el listado anexo. La norma busca garantizar la trazabilidad y control de los dictámenes médicos previsionales, asegurando su adecuada comunicación a las instancias administrativas pertinentes.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta resolución indica que todos los informes médicos que dictaminan las comisiones médicas primarias, que evalúan casos de discapacidad o invalidez, deben ser enviados a un lugar específico para su revisión y archivo. Si la comisión está en la ciudad de Buenos Aires, el informe debe enviarse a la oficina en Misiones 71. Si la comisión está en otra parte del país, debe enviarse a la oficina regional correspondiente. Esto es como si cada médico que evalúa un caso tuviera que enviar su informe a una oficina central para que quede registrado y se pueda consultar cuando sea necesario, asegurando que la información esté bien organizada y disponible para la gestión de prestaciones sociales.
Autor: I.A.
Voces
- comisiones
- obligaciones
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