Expedientes y/o Actuaciones Iniciados por Apoderados o Gestores Administrativos

Tipo
Prev
Número
1619/00
Organismo
ANSeS
Fecha de dictado
17/04/2000
Publicación en el BO
21/04/2000

www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 17/04/2000 PREV-16-19 Expedientes y/o Actuaciones Iniciados por Apoderados o Gestores Administrativos I - Introducción Debido a la gran cantidad de apoderados y gestores administrativos que se presentan ante una UDAI para iniciar un expediente y no contando con un sistema en línea en el que cada UDAI, cada ves que se presente un gestor a iniciar un trámite, pueda consultar si éstos se encuentran autorizados para gestionar ante ANSES, es que se desarrolló un sistema on-line con un administrador central que será el único encargado de ingresar al sistema el alta del apoderado ó gestor administrativo y cada UDAI tendrá el acceso solo para consulta de datos.II - Objetivo Individualizar cada apoderado ó gestor administrativo que se presente ante una UDAI para iniciar un trámite, sin antes estar debidamente autorizado por ANSES.III - Alcance Desde el momento en que una persona solicite ser apoderado ó gestor administrativo para iniciar expedientes ante ANSES hasta la autorización, por parte de este organismo, a gestionar dichos expedientes.IV - Consideraciones Generales 1- La ley 17040 en su art. 1 enumera quienes pueden ejercer la representación ante los organismos nacionales de previsión y en su art. 2 señala las organizaciones que podrán actuar como gestores administrativos.2- La Gerencia UCA tendrá a cargo la administración de la base de datos de los apoderados y gestores administrativos, (altas-bajas y/o modificaciones).3- Las UDAI podrán acceder al sistema de apoderados y gestores administrativos solo para efectuar consultas.4- Las UDAI no deberán iniciar ningún expediente por medio de un apoderado ó gestor administrativo sin antes consultar al sistema de apoderados y gestores administrativos a fin de corroborar si se encuentra autorizado por ANSES.www.diarioprevisional.com.ar 1/7 "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 17/04/2000 PREV-16-19 V - Nomina de Anexos ANEXO I: Acreditación de inscripción de profesionales ANEXO II: Tarjeta de inscripción de profesionales ANEXO III: Base de datos con los gestores administrativos o profesionales autorizados por ANSES VI - Detalle de Tareas UDAI de todo el país 1. Recibe la solicitud de inicio de expediente.2. Verifica en Intranet "Manual de Procedimientos" Gerencia previsional si está autorizado por ANSES para representar al titular de esa solicitud como gestor administrativo o profesional.3. De la consulta efectuada puede suceder que, 1. el apoderado ó gestor posea autorización por ANSES para tramitar, en cuyo caso el mismo podrá gestionar el trámite solicitado, 2. el apoderado ó gestor no posee autorización por ANSES para tramitar, en cuyo caso continúa en el punto A.A. Alta de Gestor Administrativo (art. 2 ley 17040) 4. Entrega a la persona que se presenta para tramitar el expediente, la cartilla con los requisitos que deberá presentar para que ANSES lo autorice como apoderado ó gestor.5. La persona se presenta a la UDAI con la documentación requerida en las cartillas antes entregadas.6. Controla que la documentación se encuentre completa y arma una actuación con toda la documentación, ingresando la actuación por el Sistema Gestión de Trámites.7. Remite la actuación a la Gerencia UCA para que proceda a dar el alta del nuevo apoderado ó gestor administrativo.Gerencia UCA 8. Recibe de la UDAI la actuación, para dar el alta de un nuevo apoderado ó gestor administrativo.9. Ingresa al Sistema Gestión de Trámites, con el código 132-GESTORES a los efectos de su relevo, obteniendo el número de expediente administrativo.www.diarioprevisional.com.ar 2/7 "www.diarioprevisional.com.ar 10.Cuando se trate de gestores solicita antecedentes administrativos sobre el peticionante a la Gerencia de Recursos Humanos, para verificar si el mismo fue agente previsional , Vigencia: 17/04/2000 PREV-16-19 a) Si el peticionante ha sido agente previsional y su cese se produjo antes de transcurrido los 5 años, se deniega el trámite solicitado, informa a la UDAI que corresponda y archiva el expediente. Si el peticionante ha sido agente previsional pero ha transcurrido más de 5 años de efectuado su cese, se da curso al trámite, continuando en el punto 11. b) Si el peticionante no fue agente previsional, prosiguen las actuaciones, continuando en el punto 11.11. Emite la resolución favorable en que concede la autorización correspondiente.12. Ingresa al sistema de apoderados y gestores administrativos para dar el alta del nuevo apoderado ó gestor.13. Emite la "Acreditación de inscripción de profesionales" y "Tarjeta de Inscripción de profesionales" (Anexos I y II), del nuevo apoderado ó gestor administrativo.14. Archiva el expediente y la "Acreditación de inscripción de profesionales".15. Remite copia autenticada de la resolución y la "Acreditación de inscripción de profesionales" del apoderado ó gestor administrativo ó profesional a la entidad u organismo peticionante.16. Remite a todas las UDAI del país por intermedio de la Gerencia Red Interior y Metropolitana el alta de este apoderado ó gestor administrativo ó profesional.17. Remite diskettes con las novedades de alta a la Gerencia Productos y Servicios, Gerencia Previsional, los primeros días de cada mes.UDAI de todo el país 18. Recibe de la Gerencia UCA, la nota donde se informa las altas de los apoderados ó gestores administrativos ó profesionales.B. Bajas o modificaciones de datos de apoderado ó Gestor Administrativo UDAI de todo el país 1. La entidad u organismo comunica a la UDAI que corresponda la baja o la modificación de algún dato del un apoderado ó gestor administrativo.2. Controla que la documentación recibida se encuentre completa y arma una actuación con la misma, ingresando la actuación por el Sistema Gestión de Trámites.www.diarioprevisional.com.ar 3/7 "www.diarioprevisional.com.ar 3. Remite la actuación a la Gerencia UCA para que proceda a dar la baja o modificar datos del apoderado ó gestor ó profesional.Vigencia: 17/04/2000 PREV-16-19 Gerencia UCA 4. Recibe de la UDAI la actuación, para dar la baja o proceder a modificar datos del apoderado ó gestor administrativo ó profesional.5. Ingresa al Sistema Gestión de Trámites, con el código 132-GESTORES a los efectos de su relevo, obteniendo el número de expediente administrativo.6. Para aquellos casos en que se solicita la baja del apoderado ó gestor administrativo ó profesional, emite resolución. 7. Remite nota a la entidad u organismo copia autenticada de la resolución.8. Remite diskettes con las novedades de baja y/o modificaciones de apoderados, gestores administrativos y profesionales a la Gerencia Productos y Servicios, Gerencia Previsional, los primeros días de cada mes.9. Archiva el expediente.Gerencia Previsional 10. Recibe los primeros días de cada mes un diskettes con las novedades de alta bajas y/o modificaciones de los apoderados ó gestores administrativos ó profesionales de la Gerencia UCA.11. Incorpora a Intranet las novedades.www.diarioprevisional.com.ar 4/7 "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 17/04/2000 PREV-16-19 ANEXO I Formulario PS. 6.228 Acreditación de inscripción de profesionales www.diarioprevisional.com.ar 5/7 "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 17/04/2000 PREV-16-19 ANEXO II Formulario PS. 6.227 Tarjeta de inscripción de profesionales www.diarioprevisional.com.ar 6/7 "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 17/04/2000 PREV-16-19 Base de datos con los apoderados, gestores administrativos y profesionales autorizados por ANSES - Ver INTRANET (Sección "Consultas" - Botón "Abogados y Gestores") Anexo III www.diarioprevisional.com.ar 7/7 "

Sumarios

Sumario generado por IA

La normativa establece un sistema informatizado para la gestión y control de apoderados y gestores administrativos ante la ANSES, con el fin de garantizar la autorización previa y la individualización de los representantes. La implementación del sistema centralizado permite a las UDAI consultar en línea la autorización de los gestores antes de iniciar expedientes, asegurando la validez de la representación y evitando trámites irregulares. La normativa detalla los procedimientos para altas, bajas y modificaciones de datos, así como la documentación requerida y la comunicación entre las distintas instancias administrativas, incluyendo la emisión de acreditaciones y la actualización de la base de datos autorizada.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

La norma busca que antes de que alguien pueda gestionar trámites en la ANSES en nombre de otra persona, primero tenga que estar autorizado oficialmente. Para ello, se creó un sistema en línea donde la oficina central registra quiénes están autorizados y las UDAI (las oficinas locales) solo pueden consultar esa información. Esto evita que personas no autorizadas inicien trámites y ayuda a mantener todo en orden. Cuando alguien quiere ser apoderado, debe presentar cierta documentación, y la ANSES revisa si esa persona fue alguna vez empleada previsional y cuánto tiempo ha pasado desde su cese. Si todo está en orden, se le otorga una acreditación y una tarjeta que certifica su autorización. Además, si en algún momento hay cambios o bajas, también se gestionan a través del sistema, asegurando que solo los gestores autorizados puedan realizar trámites en nombre de los beneficiarios, protegiendo así la seguridad y la legalidad del proceso.

Autor: I.A.

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