Consideraciones Particulares en la Certificación de Servicios y Remuneraciones - Empresas con Quiebra Decretada, Empresas y Entes Residuales - Funcionarios del Poder Judicial de la Nación
- Tipo
- Prev
- Número
- 1626/11
- Organismo
- ANSeS
- Fecha de dictado
- 30/08/2011
- Publicación en el BO
- 03/09/2011
www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 30/08/2011 PREV-16-26 Consideraciones Particulares en la Certificación de Servicios y Remuneraciones - Empresas con Quiebra Decretada, Empresas y Entes Residuales - Funcionarios del Poder Judicial de la Nación I. Objetivo Establecer los procedimientos que se deberán considerar al recepcionar las certificaciones de servicios y remuneraciones emitidas por parte de Síndicos, de Empresas con quiebra decretada, de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Nación y de Empresas y Entes Residuales.II. Alcance Desde la recepción de las certificaciones de Servicios y Remuneraciones hasta su acreditación.III. Consideraciones Generales 1- Certificaciones extendidas por síndicos , Empresas con quiebra decretada; La Gerencia Asuntos Jurídicos, mediante el Dictamen Nº 21175, definió con relación a la validez de las certificaciones de servicios extendidas por los síndicos designados a los empleadores con quiebras decretadas, que las certificaciones emanadas de síndicos de empresas en quiebra están sujetas a verificaciones como si hubieran sido extendidas por empleadores.El fundamento de esta postura es que el carácter público de la certificación de servicios emitida por un funcionario sindical en los términos del artículo 275 inciso 5º de la LCQ, reside en que éste ha tenido a la vista los libros y documentación emanada de la fallida haciendo constar la existencia de determinados hechos, actos y situaciones jurídicas, pero dicha calidad instrumental y probatoria iuris et de iure - que no admite prueba en contra-, no resulta extensiva a que estos eventos hayan tenido la efectiva y puntual realización que instrumentalmente se ha consignado, extremos éstos que pueden ser desvirtuados mediante simple prueba en contrario.En tales casos, de no ajustarse a los requisitos y condiciones de la probatoria de servicios en general establecida por la Resolución DE N Nº 524/08, corresponde la realización de una verificación en cualquiera de los domicilios donde pudiera estar radicada la documental respaldatoria, como si se tratara de una verificación de las usualmente efectuadas para los empleadores que no están comprendidos en esta situación de quiebra.2- Certificaciones de servicios extendidas por la ex ?Empresa Ferrocarriles Argentinos (Residual): Ante la solicitud de una prestación o reconocimiento de servicios, para cuyo acuerdo se pretenda hacer valer certificaciones de servicios y remuneraciones emitidas en forma manuscrita o mecanizada por la ex - Empresa Ferrocarriles Argentinos (Residual), deberá 1/7 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 30/08/2011 PREV-16-26 indefectiblemente requerirse la verificación de las mismas a los fines de corroborar la real prestación de los servicios invocados y el monto de las remuneraciones informadas, éstas últimas siempre que resulten computables para la determinación del haber.Al respecto cabe señalar que la verificación estará a cargo de la coordinación Verificaciones Bonaerense, cuyos verificadores autorizados se incluyen en el listado detallado en el Anexo III.3- Certificaciones de servicios y remuneraciones de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Nación La Administración General del Consejo de la Magistratura, por nota de fecha 29/04/2006, notificó a todas sus dependencias la forma de emitir las certificaciones de servicios y remuneraciones de magistrados y funcionarios del Poder Judicial para su presentación ante ANSES conforme el siguiente detalle: Se confeccionarán en los formularios vigentes en esta Administración.Se indicará con absoluta precisión y objetividad los datos exigidos sobre los servicios desempeñados, sin emitir ninguno de los cargos ocupados de los magistrados y funcionarios con carácter efectivo, interino, subrogante o contratado.Se informará las retribuciones totales sujetas al pago de aportes que correspondan a las funciones realmente ejercidas.4- Certificaciones de servicios de Empresas y /o Entes liquidados La Coordinación Verificaciones de Capital Federal, lleva a cabo la verificación de los servicios prestados por los trabajadores de las Empresas y/ o Entes Liquidados.A tal fin ha derivado a los verificadores, cuyo listado figura en el Anexo I, a las empresas mencionadas en el listado obrante como Anexo II, a efectuar esa tarea, dejando constancia que los mismos se encuentran autorizados a certificar la firma de los funcionarios acreditados para rubricar los formularios de Certificación de Servicios y Remuneraciones.Asimismo se hace saber que en los formularios los verificadores, de haber realizado ya la verificación, indicarán en el rubro observaciones "verificado servicios, carácter o remuneraciones", caso contrario no se informará ningún dato aclaratorio y solamente certificará la firma del funcionario actuante, en este último caso, de ser necesario realizar alguna acreditación se solicitara una verificación.2/7 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 30/08/2011 PREV-16-26 IV. Anexos Anexo I "Nómina de Verificadores Autorizados" Anexo II "Empresas o Entes liquidados" Anexo III "Nomina de Verificadores Autorizados, Coordinación Verificaciones Conurbano II" 3/7 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 30/08/2011 PREV-16-26 LEGAJO 305.832 832.748 807.936 304.698 304.414 975.954 721.296 415.548 23.186 902.785 11.316 975.503 421.982 740.626 303.364 726.626 746.799 305.518 748.696 981.737 404.684 Anexo I Nomina de Verificadores Autorizados APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO CAPOBIANCO, Silvina Paula CABRERA, Ana María del Carmen CASOLA, Jorge CIMATO, María del Carmen JAQUEMAIN, Elena GARCIA RUGGIERO, Nuria GOMEZ, Eduardo Héctor JORGE, Roberto Ruben MARZOCCHI, Adriana MATAS, Beatriz MIRANDA VARELA, Juan Carlos PEDULLA, Gastón Alejandro PISACCO, Elba Esther RAGGIO, Lidia Cristina POLO, Liliana Cristina SOTOMAYOR, Juan Martín SZMIGUEL, Julia Dionisia TODONE, Andrea Maria TOLABA, Miguel Angel TORRES, Carlos Rodrigo VALENTE, Alejandro Fabián DNI 22.179.368 DNI 06.711.772 DNI 10.814.603 DNI 11.811.430 DNI 11.941.362 DNI 24.341.649 DNI 10.139.190 DNI 13.430.004 DNI 17.163637 DNI 12.000.945 DNI 14.569.176 DNI 26.096.371 DNI 05.272.083 DNI 05.214.575 DNI 05.760.810 DNI 10.548.896 DNI 05.898.961 DNI 16.559.056 DNI 20.010.264 DNI 22.963.080 DNI 16.774.356 4/7 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 30/08/2011 PREV-16-26 Anexo II Empresas y/o Entes Liquidados EMPRESAS EMPRESAS Administración Federal de Ingresos Públicos Empresa Nacional de Correos y Telégrafos Administración Federal de Ingresos Públicos Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ADUANA) ( D.G.I. ? A.F.I.P.) Administración General de Puertos Empresa Nuclear Argentina de Centrales Agua y Energía Eléctrica ANSES Armada Argentina Astilleros Ministro Manuel Domec García Autoridad Reguladora Nuclear Banco Central de la Republica Argentina( Bancos y Entidades Financieras Liquidadas) Central Costanera S.A.Central Puerto S.A.Centro de Exploración Geológica ( ENCOTEL) ( ENTEL) Eléctricas E NACE S.A. Federación de Luz y Fuerza Flota Fluvial del Estado Forja Argentina Fuerza Aérea Gas del Estado Gendarmería Nacional Hidroeléctrica Norpatagonica (HIDRONOR) Hierros Patagónico Sierra Grande SA Minera ( HIPASAM ) Industrias Mecánicas del Estado (I.M.E) Centro Geológico Minero (CE.GE.MIN) Instituto Geográfico Militar Cia. Azucarera Las Palmas Junta Nacional de Granos Comisión Nacional de Energía Atómica L.U. 6 Emisora Atlántica CONARSUD CONSULTARA L.U. 33 Emisora Pampeana Ministerio de Educación (ex Consejo) 5/7 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 30/08/2011 PREV-16-26 Anexo II Empresas y/o Entes Liquidados EMPRESAS EMPRESAS Corporación Argentina de Productores de Carne (CAP) Dirección General de Fabricaciones Militares Empresa Azufrera Salta Dirección General de Fabricaciones Militares Dirección General de Fabricaciones Militares Dirección General de Fabricaciones Militares Aceros Ohler Ácido Sulfúrico Tolueno Sintético Dirección General de Fabricaciones Militares Centro Geológico Minero (CE.GE.MIN) Dirección General de Fabricaciones Militares Ministerio de Salud Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires Obras Sanitarias de la Nación Petroquímica General Mosconi S.A.I.C.Secretaria de Industria y Comercio Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires ( SEGBA) Siderurgia Integrada S.A.I.C. (SIDINSA) Dirección General de Fabricaciones Militares Sociedad Industrial Americana de Fabrica Pilar Fabrica San Martín Dirección General de Fabricaciones Militares Obra Social de Fabricaciones Militares Dirección General de Fabricaciones Militares Vainas y Conductores Eléctricos (E.C.A) Dirección General de Fabricaciones Militares Altos Hornos Zapla Maquinarias (SIAM DI TELLA LTDA) Sociedad Mixta Siderurgica Argentina Tanque Argentino Mediano S.E. (TAMSE) (SOMISA) TELECOM Dirección General de Fabricaciones Militares Transporte de Buenos Aires. (Ministerio de Establecimiento Minero Capillitas Empresa de Desarrollos Especiales Economía) Vías Navegables Empresa Distribuidora Norte (EDENOR) Yacimientos Carboníferos Fiscales Empresa Líneas Marítimas Argentinas Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF- REPSOL) (ELMA) Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) 6/7 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 30/08/2011 PREV-16-26 Anexo III Nomina de Verificadores Autorizados, Area Verificaciones Conurbano II, Empresa Ferrocarriles Argentinos LEGAJO 206395 902747 206960 405573 104127 APELLIDO Y NOMBRE PARRELLA, Marco GEORGIADIS, Guadalupe CANO, Isabel GIOIA, Graciela MARTINEZ, Nancy DOCUMENTO DNI 10.201.561 DNI 26.952.332 DNI 13.654.388 DNI 5.968.725 DNI 22.498.178 7/7 www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La norma establece los procedimientos específicos para la certificación de servicios y remuneraciones en contextos de quiebra de empleadores, incluyendo empresas en quiebra, empresas residuals, y funcionarios judiciales. Se determina la validez y verificación de dichas certificaciones, destacando que las emitidas por síndicos y otros funcionarios públicos deben ser verificadas mediante procedimientos adecuados, especialmente cuando se trata de empresas en quiebra o liquidadas. La normativa también regula la emisión de certificaciones por magistrados y funcionarios judiciales, y establece los mecanismos de verificación para empresas y entes liquidados, incluyendo la participación de verificadores autorizados. La finalidad es garantizar la integridad y validez de la documentación presentada ante la ANSES para el reconocimiento de derechos previsionales, asegurando que las certificaciones reflejen la realidad efectiva de los servicios y remuneraciones prestados.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica cómo deben presentarse y verificarse los certificados de trabajo y sueldo cuando la empresa en la que trabajó alguien está en quiebra o fue liquidada, o cuando se trata de funcionarios judiciales. Por ejemplo, si una empresa quebrada envía un certificado de servicios, la ANSES debe verificar que esa información sea confiable, ya que el certificado puede tener valor probatorio, pero no garantiza que todo esté 100% comprobado sin una verificación adicional. Lo mismo aplica para certificados de magistrados o empresas en proceso de liquidación: hay que confirmar que los datos reflejen la realidad. Esto es como cuando alguien presenta un recibo de sueldo, pero la autoridad necesita asegurarse de que ese recibo sea auténtico y corresponda realmente a los servicios prestados. La norma también establece quiénes pueden hacer estas verificaciones, como los verificadores autorizados, para que la información presentada tenga validez y pueda ser utilizada para calcular beneficios previsionales. En resumen, se trata de un proceso de control para que las certificaciones sean confiables y reflejen la realidad laboral del beneficiario.
Autor: I.A.
Voces
- servicios
- remuneracion
Descargar PDF (requiere iniciar sesión)