Solicitud de Suspensión Voluntaria de Pago de Beneficio

Tipo
Prev
Número
1720/10
Organismo
ANSeS
Fecha de dictado
01/11/2010
Publicación en el BO
09/11/2010

www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 01/11/2010 PREV-17-20 Solicitud de Suspensión Voluntaria de Pago de Beneficio I. Objetivo Establecer un criterio uniforme para el análisis y resolución de las peticiones formuladas en los términos de la Resolución SSS Nº 14/2000, por los titulares de beneficios otorgados por esta Administración.II. Alcance Desde la presentación del titular o apoderado solicitando en forma voluntaria la suspensión de su beneficio hasta su resolución.III. Consideraciones Generales La Secretaría de Seguridad Social a través de la Resolución Nº 14 de fecha 18/02/2000, establece que el titular de un beneficio previsional nacional o proveniente de un sistema provincial transferido a la nación, podrá optar por mantener suspendida transitoriamente la percepción del haber de su beneficio, por la sola invocación de razones personales.Asimismo, en su art. 2º determina que la rehabilitación de las prestaciones previsionales que tuvieran el pago suspendido en virtud de lo dispuesto, quedarán sujetas a un nuevo pedido expreso del beneficiario a partir de la fecha de su formulación en este sentido y sin derecho a la percepción de los haberes correspondientes al lapso de suspensión o a la solicitud de la pensión derivada por fallecimiento del titular.El Decreto Nº 206/2000 de fecha 03/03/2000 estableció que los funcionarios de jerarquía igualo superior a las máximas autoridades de Organismos Descentralizados, instituciones bancarias oficiales y de Seguridad Social, empresas y sociedades del Estado, no podrán beneficiarse simultáneamente con el sueldo o remuneración correspondiente y un beneficio previsional.Con la posterior promulgación del Decreto Nº 894/2000 de fecha 13/07/2001, los funcionarios nombrados precedentemente han quedado comprendidos en las disposiciones del mismo.En oportunidad de ingresar la novedad de suspensión voluntaria, el beneficio queda registrado en el RU00, Opción 7 - Consulta de Suspensiones Voluntarias con el detalle del último mensual percibido.la de Subsecretario y IV. Pautas de Aplicación 1. UDAI: Personal del Sector Beneficiarios - Solicitud de Suspensión: Toda vez que un beneficiario o su apoderado, solicite la suspensión del pago del beneficio, el personal de la UDAI procederá a solicitar la siguiente documentación.www.diarioprevisional.com.ar 1/6 "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 01/11/2010 PREV-17-20 Solicitud del Titular: (cid:131) Exhibir DNI, LC o LE para acreditar identidad (cid:131) Formulario PS. 6.234 de "Pedido del Titular de Suspensión de Pago de su (cid:131) Beneficio" (Anexo I) (cid:131) Ultima Orden o Comprobante de Pago Previsional (OPP o CPP) original y fotocopia, sólo en el caso de no registrarse en RUB.Solicitud del Titular a través de su Apoderado (cid:131) Fotocopia autenticada del documento de Identidad del titular del beneficio. (cid:131) Exhibir DNI, LC o LE para acreditar identidad (cid:131) Formulario de Carta Poder, debidamente cumplimentada y certificada por autoridad competente. (cid:131) Formulario PS. 6.234 de "Pedido del Titular de Suspensión de Pago de su Beneficio" debidamente cumplimentado, firmado por el Titular y autenticado por autoridad competente. (cid:131) Ultima Orden o Comprobante de Pago Previsional (OPP o CPP) original y fotocopia, sólo en el caso de no registrarse en RUB.Identificada la persona, con la documentación indicada precedentemente, según sea titular o apoderado y hallándose acreditados sus datos y los de sus relaciones familiares en ADP, se consultará el Registro Único de Beneficiarios (RUB), a fin de verificar el estado actual del beneficio, el domicilio y apoderado registrado en el sistema.Si el beneficio se encuentra en "Curso normal de Pago" se procederá a relevar una actuación por el Sistema de Gestión de Trámites (SGT), bajo el número de CUIL del solicitante y tipo de trámite "747 - Actuación Suspensión Voluntaria de Pago", en la cual se anexará la documentación requerida.Independientemente de tratarse de un pedido voluntario de suspensión deberá verificarse, conforme al tipo de beneficio, que el titular no se encuentre incurso en algún tipo de incompatibilidad.Cumplido, se dará al beneficiario o apoderado una constancia de iniciación de trámite de actuación y se informará que para el mensual de trabajo en curso a ese momento, se procederá a la suspensión del beneficio (baja).Antes del cierre de las novedades del mensual de trabajo, se ingresará por el Sistema de Novedades en Línea LMN, la novedad de baja del beneficio, aludiendo a la causa de baja que se detalla a continuación: "Causa 15: Baja Volun. Ben- Res.14/00" Cumplida esta registración en el Sistema, el Supervisor de UDAI procederá a la verificación de la correcta registración de la baja y al cierre de la misma.Simultáneamente, se generará el acto administrativo pertinente, a fin de notificar fehacientemente al beneficiario la suspensión del pago del beneficio a partir del mensual siguiente, en el domicilio declarado en el formulario solicitud de suspensión voluntaria coincidente con el acreditado en ADP.www.diarioprevisional.com.ar 2/6 "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 01/11/2010 PREV-17-20 2. UDAI: Personal del Sector Beneficiarios - Solicitud de Rehabilitación: Toda vez que un beneficiario o su apoderado, solicite la rehabilitación del pago del beneficio, el personal de la UDAI procederá a solicitar la siguiente documentación.Solicitud del Titular: (cid:131) Exhibir DNI, LC o LE para acreditar identidad (cid:131) Formulario PS. 6.235 de "Pedido de Rehabilitación de Pago de Beneficio a solicitud de su Titular" (Anexo II). (cid:131) Ultima Orden o Comprobante de Pago Previsional (OPP o CPP) original y fotocopia, sólo en el caso de no registrarse en RUB.Solicitud del Titular a través de su Apoderado.(cid:131) Fotocopia autenticada del documento de Identidad del titular del beneficio. (cid:131) Exhibir DNI, LC o LE para acreditar identidad (cid:131) Formulario de Carta Poder, debidamente cumplimentada y certificada por autoridad competente. (cid:131) Formulario PS. 6.235 de "Pedido de Rehabilitación de Pago de Beneficio Suspendido a solicitud de su Titular" debidamente cumplimentado, firmado por el Titular y autenticado por autoridad competente.(cid:131) Ultima Orden o Comprobante de Pago Previsional (OPP o CPP) original y fotocopia, sólo en el caso de no registrarse en RUB.Identificada la persona y con la documentación indicada precedentemente, según sea, titular o apoderado, se consultará el Registro Único de Beneficiarios (RUB), a fin de verificar el estado actual del beneficio y el domicilio y apoderado registrado en el sistema.Si el estado del beneficio es "Baja volunt. Ben- Res.14/00", se procederá como a continuación se detalla, entregando al beneficiario o apoderado una constancia de iniciación de trámite de rehabilitación.(cid:131) Verificar por SGT la radicación del expediente previsional que generó el beneficio. (cid:131) (cid:131) Caratular el trámite de Rehabilitación bajo el número de CUIL del solicitante y agregar al expediente previsional. (cid:131) Confeccionar la liquidación manual de beneficio. (cid:131) Solicitar su remisión a la UDAI actuante.La fecha inicial de pago del beneficio se fijará a partir del pedido expreso de rehabilitación, sin derecho a la percepción de los haberes en el lapso en que el beneficio se encontraba suspendido. Proceder a su rehabilitación a través del Sistema de Novedades en Línea LMN.(cid:131) (cid:131) Generar el acto administrativo, a través del cual se comunique fehacientemente la rehabilitación del beneficio.(cid:131) Comunicar al domicilio obrante en el formulario PS. 6.235 dicha resolución. (cid:131) Anexar al expediente, la documentación indicada precedentemente según corresponda. (cid:131) Archivar las actuaciones.www.diarioprevisional.com.ar 3/6 "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 01/11/2010 PREV-17-20 Importante: Al proceder a la rehabilitación se modifica la fecha de alta original del beneficio.Consecuentemente, si la fecha de alta original del beneficio era anterior a abril de 1995 y su haber superaba los $ 3100,00.- sobre el haber del beneficio se aplicaba la Escala de Deducción establecida en el Art. 9 de la Ley 24.463.Luego, por ser la fecha de rehabilitación mayor a abril de 1995, se aplicará sobre el beneficio en cuestión el tope máximo vigente según el art. 9º de la Ley Nº 26.417, excepto en aquellos beneficios en que para el cálculo de su haber se encuentre prevista la aplicación de la escala de deducción a que alude el párrafo precedentemente.A efectos de producir la modificación de la fecha de alta las UDAI deberán solicitar al Área Emisión de Requerimientos Previsionales, un procedimiento de excepción, en el que deberá informarse la fecha de alta original, avalado por la Jefatura de UDAI o Gerente del área solicitante.V. Anexos Anexo I: Formulario de Pedido del Titular de Suspensión de Pago de su Beneficio.Anexo II: Formulario de Pedido de Rehabilitación de Pago de Beneficio Suspendido a Solicitud de su Titular.www.diarioprevisional.com.ar 4/6 "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 01/11/2010 Vigencia: 01/11/2010 PREV-17-20 PREV-17-20 Anexo I Anexo I Formulario Solicitud de Suspensión de Pago de Beneficio por Formulario Solicitud de Suspensión de Pago de Beneficio por Pedido Expreso del Titular Pedido Expreso del Titular Form. PS .6.234 Form. PS .6.234 Versión 1.1 Versión 1.1 Solicitud de Suspensión de Pago de Beneficio por Pedido Expreso del T itular Solicitud de Suspensión de Pago de Beneficio por Pedido Expreso del T itular ________________________________ ,de __________________de 20__ ________________________________ ,de __________________de 20__ Sr. Jefe de UDAI Sr. Jefe de UDAI S_______/_______D S_______/_______D Me dirijo a Ud. en mi carácter de titular del beneficio de___________________________________ Me dirijo a Ud. en mi carácter de titular del benef o de___________________________________ Nº___________________________a efectos de requerir, por razones personales, la suspensión de la Nº___________________________a efectos de re erir, por razones personales, la suspensión de la percepción del haber del beneficio mencionado. percepción del haber del beneficio mencionado.En tal sentido , solicito se realicen las gestiones necesarias a fin de proceder a la suspensión del pago de En tal sentido , solicito se realicen las gestiones ne sarias a fin de proceder a la suspensión del pago de la prestación en cuestión desde el mensual___________________. la prestación en cuestión desde el mensual___________________.Tomo conocimiento que, conforme a lo determinado en el art. 2º de la Res. SSS Nº 14/2000, en Tomo conocimiento que, conforme a lo determin o en el art. 2º de la Res. SSS Nº 14/2000, en oportunidad de solicitar la rehabilitación del pago del haber del beneficio que formularé expresamente, las oportunidad de solicitar la rehabilitación del pago del h er del beneficio que formularé expresamente, las mensualidades correspondientes al lapso en que estuvo suspendido el cobro del haber no son susceptibles de mensualidades correspondientes al lapso en que estuvo uspendido el cobro del haber no son susceptibles de reclamo alguno respecto a su pago. reclamo alguno respecto a su pago.ici qu ce ad ab s _ Le saluda atentamente: Le saluda atentamente: Domicilio:________________________________________________ Domicilio:____________________________________ ___________ Ministerio de Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Empleo y Seguridad Social Firma y Aclaración Firma y Aclaración www.diarioprevisional.com.ar 5/6 5/6 "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 01/11/2010 PREV-17-20 Anexo II Formulario de Solicitud de Rehabilitación de Pago de Beneficio Suspendido por Pedido Expreso de su Titular Form. PS.6.235 Versión 1.1 Solicitud de Rehabilitación de Pago de Beneficio Suspendido por Pedido Expreso de su T itular ________________________________ ,de __________________de 20__ Sr. Jefe de UDAI S_______/_______D Me dirijo a Ud. en mi carácter de titular del beneficio de___________________________________ Nº_________________________ a efectos de requerir la rehabilitación de la percepción del haber del Beneficio mencionado por el cual solicité oportunamente su suspensión por razones personales.En tal sentido, solicito se realicen las gestiones necesarias a fin de proceder a la Rehabilitación del pago de la prestación en cuestión a partir del mensual___________________.Le saluda atentamente: Domicilio:________________________________________________ Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Firma y Aclaración www.diarioprevisional.com.ar 6/6 "

Sumarios

Sumario generado por IA

La norma establece un procedimiento uniforme para la solicitud, suspensión y rehabilitación voluntaria de beneficios previsionales otorgados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), en línea con la Resolución SSS Nº 14/2000 y sus modificaciones. La normativa regula los requisitos documentales, los pasos administrativos y las verificaciones de compatibilidad, incluyendo las restricciones para funcionarios de alta jerarquía, y detalla la registración en el sistema y la emisión de actos administrativos. Además, especifica las condiciones para modificar la fecha de alta del beneficio y las implicancias en la escala de deducción en casos de rehabilitación, garantizando la trazabilidad y la legalidad del proceso.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma trata sobre cómo una persona que recibe un beneficio previsional puede decidir, de forma voluntaria, detener temporalmente su pago, y luego reactivarlo cuando lo desee. Es como si alguien decidiera tomarse un descanso en el cobro de su pensión por motivos personales, pero debe seguir ciertos pasos y presentar documentación para que la suspensión sea válida. Cuando quiera volver a cobrar, también debe solicitarlo formalmente. La ley también dice que algunos funcionarios con cargos muy altos no pueden cobrar su sueldo y beneficios al mismo tiempo, y que en algunos casos, si se rehabilita un beneficio, la fecha de inicio del pago puede cambiar, afectando el cálculo del monto. Todo esto se registra en el sistema y se notifica formalmente, para que tanto el beneficiario como la administración tengan un control claro y seguro de las decisiones tomadas.

Autor: I.A.

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