Pautas de Liquidación de Sentencias Judiciales Movilidad del Fallo Berón, Angel Natal - C.F.S.S. Sala II Gerencia de Monitoreo de la Actividad Judicial
- Tipo
- Prev
- Número
- 2428/11
- Organismo
- ANSeS
- Fecha de dictado
- 15/11/2011
- Publicación en el BO
- 19/11/2011
www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 15/08/2011 PREV-24-28 Pautas de Liquidación de Sentencias Judiciales Movilidad del Fallo Berón, Angel Natal - C.F.S.S. Sala II Gerencia de Monitoreo de la Actividad Judicial I.Introducción Se elabora la presente normativa para precisar las pautas de liquidación de la movilidad del Fallo Berón, Angel Natal- C.F.S.S. Sala II conforme los parámetros de la doctrina sentada en los casos "Berón, Angel Natal" o el caso "Huarte Lelia Maria".II. Objetivo Indicar las pautas de aplicación del Fallo Berón, Angel N. para la liquidación de reajustes de sentencias judiciales.III. Alcance Es de aplicación para liquidación de reajustes ordenados por Sentencia Judicial, desde la recepción de la sentencia de reajuste en la Gerencia Monitoreo de la Actividad Judicial hasta su puesta al pago.IV. Consideraciones Generales Los fallos mencionados resuelven: "Reajustar el haber de la parte actora, desde enero de 2007 y hasta la entrada en vigencia del mecanismo de ajuste previsto por la ley 26.417... según las variaciones anuales del índice de salarios, nivel general, elaborado por el INDEC".Ante la discrepancia de criterio que surgió al momento de aplicar el índice, se solicito opinión a la Gerencia Asuntos Jurídicos, la cual emitió el Dictamen Nº 48.350 donde ratifica la pauta que a continuación se detalla: V.Pautas de aplicación En cuanto a la movilidad con posterioridad a marzo de 1995, es de aplicación lo resuelto por el Tribunal en la causa "Badaro" Movilidad desde 01/2007 al 02/2009 con Índice Salarios, Nivel General, del INDEC (IS) Mes-Año Índice Salario-Fecha Ene-08 Ene-09 Mar-09 231,0 (12-2007) 282,7 (12-2008) 288,9 (02-2009) / / / / Índice Salario-Fecha = Coeficiente = 1,2267658 = 1,2238095 = 1,0219314 188,30 (12-2006) 231,0 (12-2007) 282,7 (12-2008) Cabe destacar que el coeficiente correspondiente a febrero de 2009 debe aplicarse desde marzo y conjuntamente con el primer aumento de la Ley 26.417.www.diarioprevisional.com.ar 1/2 "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 15/08/2011 PREV-24-28 Movilidad a partir del 01-03-2009 11,69% Movilidad desde el 01-09-2009 7,34% Movilidad desde el 01-03-2010 8,21% Movilidad desde el 01-09-2010 16,90% Movilidad desde el 01-03-2011 17,33% Movilidad desde el 01-03-2011 16,82% La ley aplicada con la que se marcará en los sistemas, según corresponda, serán: LY S LEY 18037 - FALLO BERON - BENEFICIA - SENT JU LZ S LEY 18037 - FALLO BERON - NO BENEFICIA - SENT 2/2 www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
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La normativa establece las pautas de liquidación de la movilidad previsional derivada del Fallo Berón, Angel Natal, en el contexto de reajustes de sentencias judiciales, aplicando el índice de salarios del INDEC desde enero de 2007 hasta la entrada en vigencia del mecanismo de ajuste establecido por la ley 26.417. Se especifican los parámetros para la movilidad de haberes desde marzo de 2009 en adelante, incluyendo coeficientes de ajuste y las fechas de aplicación, en concordancia con la jurisprudencia del Tribunal y el dictamen Nº 48.350 de la Gerencia de Asuntos Jurídicos.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica cómo deben ajustarse los pagos de las sentencias judiciales relacionadas con beneficios previsionales, usando un índice de salarios del INDEC. Básicamente, si tienes una sentencia que te reconoce un derecho y esa sentencia ordena un reajuste, la norma explica cómo calcular ese aumento, desde 2007 en adelante. Por ejemplo, si en 2008 te reconocieron un aumento, se usa el índice de ese año para determinar cuánto te corresponde ahora. Además, establece que desde marzo de 2009 en adelante, los ajustes se hacen con coeficientes específicos y en fechas determinadas, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal y las recomendaciones jurídicas. Esto garantiza que los pagos sean actualizados de manera justa y uniforme, evitando discrepancias en los reajustes.
Autor: I.A.
Voces
- liquidacion
- beneficios
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