Resolución 157/1997

Tipo
Resolución
Número
157/97
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
19/02/1997
Publicación en el BO
22/02/1997
Nombre
ESTABLECESE EL PLAZO, A PARTIR DEL CUAL SE DEJARAN DE PRACTICAR DESCUENTOS SOBRE HABERES DE JUBILACIONES Y PENSIONES A FAVOR DE LAS ASOCIACIONES SINDICALES DE TRABAJADORES CON PERSONERIA GREMIAL O DE EMPLEADORES, COOPERATIVAS Y MUTUALIDADES, DEROGANDOSE LAS RESOLUCIONES NROS. 6/95, 39/97 Y 40/97.-

Resolución 157/1997 ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 19-feb-1997 JUBILACIONES Y PENSIONES DESCUENTOS - PLAZO - Publicada en el Boletín Oficial del 24-feb-1997 Número: 28592 Página: 16 Resumen: ESTABLECESE EL PLAZO, A PARTIR DEL CUAL SE DEJARAN DE PRACTICAR DESCUENTOS SOBRE HABERES DE JUBILACIONES Y PENSIONES A FAVOR DE LAS ASOCIACIONES SINDICALES DE TRABAJADORES CON PERSONERIA GREMIAL O DE EMPLEADORES, COOPERATIVAS Y MUTUALIDADES, DEROGANDOSE LAS RESOLUCIONES NROS. 6/95, 39/97 Y 40/97.- Esta norma modifica o complementa a 8 norma(s).Esta norma es complementada o modificada por 2 norma(s).

Sumarios

Sumario generado por IA

La resolución 157/1997 de la Administración Nacional de la Seguridad Social establece un plazo específico para la cesación de los descuentos sobre haberes de jubilaciones y pensiones en favor de asociaciones sindicales, empleadores, cooperativas y mutualidades con personería gremial, derogando resoluciones previas (Nros. 6/95, 39/97 y 40/97). La norma modifica y complementa varias disposiciones normativas relacionadas con la financiación y descuentos en beneficios previsionales, asegurando un marco temporal definido para la finalización de dichas deducciones y actualizando el régimen aplicable.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma indica que, a partir de una fecha determinada, ya no se podrán hacer descuentos en los pagos de jubilaciones y pensiones para financiar a ciertos grupos, como sindicatos, empleadores, cooperativas y mutuales que tengan reconocimiento gremial. Es como si se estableciera una fecha límite para dejar de descontar dinero de la jubilación para pagar a estas organizaciones, dejando atrás las reglas anteriores. Esto afecta a quienes reciben jubilaciones, ya que dejarán de ver esa deducción en sus haberes y, por lo tanto, tendrán un ingreso neto mayor. La norma también actualiza otras reglas relacionadas con estos descuentos, asegurando que el proceso sea claro y con un plazo definido para su finalización.

Autor: I.A.

Voces

  • jubilacion
  • pensiones
  • haberes

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