Resolución 203/2000

Tipo
Resolución
Número
203/00
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
09/03/2000
Publicación en el BO
12/03/2000
Nombre
INCLUYESE LOS MONTOS ANUALES DE REMUNERACIONES QUE SURGEN DE LOS CERTIFICADOS EXTENDIDOS POR LOS EMPLEADORES PARA EL CALCULO DE LOS HABERES DE LA PRESTACION COMPENSATORIA, DE LA PRESTACION ADICIONAL POR PERMANENCIA Y DEL INGRESO BASE PARA DETERMINAR EL HABER DEL RETIRO TRANSITORIO POR INVALIDEZ Y DE LA PENSION POR FALLECIMIENTO DEL AFILIADO EN ACTIVIDAD.

Resolución 203/2000 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 09-mar-2000 JUBILACIONES Y PENSIONES CALCULOS RETIROS Y PENSIONES Publicada en el Boletín Oficial del 14-mar-2000 Número : 29357 Página: 6 Resumen: INCLUYESE LOS MONTOS ANUALES DE LAS REMUNERACIONES QUE SURGEN DE LOS CERTIFICADOS EXTENDIDOS DE LOS EMPLEADORES PARA EL CALCULO DE LOS HABERES DE LA PRESTACION COMPARTIMIENTO DE LA PARTICIPACIÓN EN LA PARTIDO POR INVALIDEZ Y DE LA PENSION POR FALLECIMIENTO DEL AFILIADO EN ACTIVIDAD. Esta norma modifica o complementa a 2 norma (s). Esta norma no es complementaria ni modificada por ninguna norma.

Sumarios

Sumario generado por IA

La resolución 203/2000 de la Administración Nacional de la Seguridad Social establece la inclusión de los montos anuales de remuneraciones, derivados de certificados emitidos por empleadores, para el cálculo de haberes jubilatorios, prestaciones por invalidez y pensiones por fallecimiento del afiliado en actividad. La normativa regula la utilización de dichos certificados en la determinación de los beneficios previsionales, sin modificar ni complementar otras normativas existentes, garantizando la transparencia y precisión en la determinación de las prestaciones sociales. Además, especifica que los montos considerados corresponden a las remuneraciones declaradas anualmente, asegurando la actualización periódica de los datos utilizados en los cálculos previsionales.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma indica que, para calcular cuánto dinero le corresponde a una persona en su jubilación, invalidez o en caso de fallecimiento, se deben tomar en cuenta las remuneraciones que los empleadores declaran cada año en certificados especiales. Es como si cada año, los empleadores entregaran una declaración de cuánto pagaron a sus empleados, y esa información se usa para determinar cuánto dinero se le debe pagar a la persona en sus beneficios sociales. La norma no cambia otras leyes, solo aclara cómo usar estos datos para que los cálculos sean justos y precisos.

Autor: I.A.

Voces

  • remuneracion
  • prestaciones

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