Resolución 781/2000

Tipo
Resolución
Número
781/00
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
28/08/2000
Publicación en el BO
30/08/2000
Nombre
DELEGASE EN LA GERENTE DE PRODUCTOS Y SERVICIOS LA FACULTAD DE DICTAR RESOLUCIONES QUE ASIGNEN MANUALMENTE UN NUMERO DE BENEFICIO A LOS EFECTOS DE LA LIQUIDACION DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES A LOS BENEFICIARIOS DEL REGIMEN DE CAPITALIZACION QUE NO CUENTEN CON COMPONENTE PUBLICO.

Resolución 781/2000 ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 28-ago-2000 ASIGNACIONES FAMILIARES PROCEDIMIENTO - DELEGACION DE FACULTADES - Publicada en el Boletín Oficial del 01-sep-2000 Número: 29474 Página: 9 Resumen: DELEGASE EN LA GERENTE DE PRODUCTOS Y SERVICIOS LA FACULTAD DE DICTAR RESOLUCIONES QUE ASIGNEN MANUALMENTE UN NUMERO DE BENEFICIO A LOS EFECTOS DE LA LIQUIDACION DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES A LOS BENEFICIARIOS DEL REGIMEN DE CAPITALIZACION QUE NO CUENTEN CON COMPONENTE PUBLICO.Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.

Sumarios

Sumario generado por IA

La resolución 781/2000 de la Administración Nacional de la Seguridad Social delega en la Gerente de Productos y Servicios la facultad de emitir resoluciones que asignen manualmente un número de beneficio para la liquidación de asignaciones familiares en el régimen de capitalización, específicamente para beneficiarios que no cuentan con componente público. La norma regula procedimientos internos para la gestión de beneficios previsionales, estableciendo un mecanismo de identificación manual, sin modificar ni complementar otras normativas existentes.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta resolución básicamente dice que la Administración de Seguridad Social le da a la jefa de un área específica la tarea de asignar números de beneficio de manera manual para ciertos beneficiarios. Esto es importante porque ayuda a organizar y procesar los pagos de asignaciones familiares en casos donde no hay un componente público que los respalde automáticamente. En la práctica, si alguien recibe una asignación familiar y no tiene un respaldo público, esta norma asegura que se le pueda dar un número de beneficio para que su pago sea correcto y ordenado, evitando confusiones o errores en la liquidación.

Autor: I.A.

Voces

  • asignaciones familiares

Descargar PDF (requiere iniciar sesión)