Régimen Especial de Regularización de Deudas Previsionales para Trabajadores Autónomos y Pequeños Contribuyentes adheridos a sus respectivos Regímenes
- Tipo
- Prev
- Número
- 16-31/20
- Fecha de dictado
- 15/01/2020
- Publicación en el BO
- 15/01/2020
www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Ley Nº 26.970 Régimen Especial de Regularización de Deudas Previsionales para Trabajadores Autónomos y Pequeños Contribuyentes adheridos a sus respectivos Regímenes 1- Objetivo Establecer un criterio uniforme para la aplicación de deudas previsionales para trabajadores autónomos y pequeños contribuyentes al Régimen Simplificado del Régimen Especial de regularización adheridos en el marco de la Ley N° 26.970.para Pequeños Contribuyentes 11- Alcance Desde la solicitud de adhesión por cualquier iniciada.canal hasta el otorgamiento de la prestación 111- Consideraciones Generales ./ La Ley Nº 26.970 establece en su artículo inscriptos o no en el Sistema Integrado Previsional Argentino adheridos al Régimen Simplificado regularizar citada ley .autónomos (SIPA) y los sujetos (RS), podrán las deudas previsionales conforme al régimen especial establecido en la para Pequeños Contribuyentes 1" que los trabajadores ./ A través de la Resolución D.E.-N N° 540/14, se aprobó el procedimiento aplicable en el marco de la Ley N" para la tramitación 26.970 .de las prestaciones previsionales ./ ./ ./ indicado comprenderá de la misma .precedentemente régimen especial las obligaciones El devengadas hasta el mes de diciembre de 2003 inclusive y los intereses resarcitorios impagos devengados hasta la fecha de consolidación El artículo 2° de la Ley Nº 26.970 prescribe que los sujetos comprendidos en su los incisos ámbito de aplicación podrán acceder a las prestaciones instituidas por siempre a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley Nº 24.241 Y sus modificatorias que a la fecha hayan cumplido o cumplan la edad jubilatoria prevista en el artículo 19 de la Ley N° 24.241, dentro del plazo de dos (2) años desde la vigencia de la Ley . El artículo 3" de la citada ley, establece que el régimen especial está dirigido a los trabajadores mencionados o vigente. socioeconómica o En ese sentido, socioeconómicas la no puedan acceder a otros regímenes de regularización se faculta a la ANSES a realizar evaluaciones en su artículo 1° que, por su situación patrimonial patrimoniales determine sobre la base de criterios objetivos que l/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I reglamentación, presenten mayor vulnerabilidad .a fin de asegurar el acceso al Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 régimen de las personas que ./ El artículo 5º de la Ley N° 26.970 determina que la cancelación de las obligaciones incluidas en el régimen especial debe ser efectuada en la forma y condiciones que establezca la AFIP, mediante el pago al contado o en un plan de hasta 60 cuotas, cuyos importes se adecuarán semestralmente, mediante la aplicación del índice de movilidad establecido por el arto 32 de la Ley N° 24.241 Y sus modificatorias ../ El artículo competentes dispongan en concepto de cargos provenientes 14 inciso d) de la Ley Nº 24.241 establece que las Prestaciones del Régimen de Reparto están sujetas a las deducciones que las autoridades judiciales y administrativas de indebida créditos a favor de Organismos de Seguridad Social o por de haberes de jubilación, Dichas no podrán exceder del veinte (20) % del haber mensual de la deducciones prestación, de ésta no resultare en cuyo caso la deuda se posible cancelar el cargo mediante ese porcentaje, prorrateará en función de dicho plazo .la percepción retiros o prestaciones no contributivas.salvo cuando en razón del plazo de duración pensiones, ./ ./ inciso d) del arto 14 de la Ley N° 24.241, sobre los haberes previsionales de los beneficios Las deducciones mencionadas estarán sujetas al artículo citado. precedentemente, motivo por el cual esta Administración norma regulada en el detracción el 20% mencionado cuotas por un importe que no podrá superar Órdenes aplicación sus modificatorias. intervención se encuentra facultada para hacer uso la la superar en el citado inciso. El sistema está preparado para aceptar los $ 3.000.-, a fin de no generar la índice de movilidad establecido por el arto 32 de la Ley N° 24.241 Y En caso que la cuota sea mayor deberá separar el caso y dar al Centro de Atención de Consultas de la Dirección Previsional.de pago negativa, del semestralmente mediante que se adecuarán involucrados pudiendo derecho a inscribirse en el precitado Tendrán fallecido (art. 53 de la Ley previsionales del trabajador autónomo o monotributista N° 24.241 Y sus modificatorias), inciso d) del arto 17 de la referida ley, siempre que existiera inscripción del causante previo al deceso en calidad de trabajador autónomo o monotributista .para acceder a la prestación prevista en el los derechohabientes régimen, ./ El artículo 5° de la Resolución Conjunta General AFIP N° 3673 Y ANSES N° el trámite que ésta fije, e del la expresa autorización 533/14, dispone que para acceder al régimen especial de regularización se iniciará ante esta Administración mediante los procedimientos interesado para que la ADMINISTRACiÓN implicará FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS brinde a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL la información que ésta le requiera a los fines de poder la evaluación establecida por el segundo párrafo del Artículo 3° de la Ley efectuar N° previstos en la de revista del misma, así como cualquier a su cargo. interesado o sobre su conducta en el cumplimiento A los fines indicados, el de conformidad con el modelo de nota agregada como ANEXO 1.requisito previo al otorgamiento otra información interesado deberá aportar su autorización, de los beneficios sobre la situación de las obligaciones 26.970, 2/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 ,( En relación a los servicIos autónomos de aquellos trabajadores que estén en condiciones de ingresar al plan de facilidades de pago establecido por la Ley Nº 26.970, se aplicarán las normas de probatoria de servicios aprobadas por la Resolución D.E.-A Nº 555/10 (Apartado IV "Competencias de los Organismos Intervinientes" y modificatorias. Esto implica que no hay modificación respecto de cómo se viene trabajando con la probatoria de servicios para trabajadores autónomos en los períodos incluidos en el régimen de regularización.inciso el, complementarias ,( ,( trámite de regularización La Ley N° 25.321 resulta aplicable para obtener una prestación con servicIos reconocidos por aplicación de la Ley 26.970. Los períodos por los que el interesado utilice la primera de las leyes mencionadas, deberán estar debidamente registrados en eI5ICAM. El de deudas establecido en la presente norma de procedimiento reviste carácter de personalísimo. Ello así, en virtud de que el solicitante debe prestar su consentimiento en el marco de las previsiones del artículo 3° de la Ley N° 26.970 Y el artículo 8" de la Resolución Conjunta AFIP - ANSES Nº 3673 Y 533/14 a los efectos de que los organismos intervinientes queden habilitados para realizar y socioeconómica requisito indispensable para el acceso a las prestaciones.la evaluación patrimonial Respecto a los poderes otorgados a los abogados/gestores y/o familiares, el apoderado podrá representar a la persona, previo a haber cumplido con las disposiciones 479/14 Y la normativa vigente.contenidas en la Resolución D.E.-A N° En los casos de apoderados que ya tramitaron un poder y se presentan para los turnos de jubilación por moratoria, podrá firmar el formulario de consentimiento.En el supuesto que se presente un titular acompañado por su apoderado adjuntando la determinación de deuda autónoma del aplicativo 5ICAM, el iniciador de la UDAI confeccionará por SICA la determinación de derecho y el PRE-SICAM, debiendo el titular proceder a la elección de la liquidación efectuada por SICAM o la realizada por el iniciador, a fin de remitirla a la AFIP.Cuando se presente sólo el abogado y no adjunte el SICAM, se procederá de igual forma como si estuviera presente el titular, es decir, se practicará la determinación de derecho por SICA y la liquidación del SICAM.IV - Vigencia El arto 1º de la Ley Nº 26.970 estableció que los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y los trabajadores autónomos, que hubieran cumplido la edad jubilatoria prevista en el artículo 19 de la Ley Nº 24.241 dentro del plazo de dos (2) años desde la vigencia de la ley, podrán regularizar sus deudas previsionales conforme el régimen especial establecido en la misma.3/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Por arto 2° de la Resolución Conjunta General N° 3673 Y 533/2014 Administración plazo de DOS (2) años previsto en el artículo 1º de la Ley Nº 26.970, de septiembre de 2016, de la Seguridad Social B.O. 12/9/2014 inclusive.Nacional de la AFIP y la se estableció que el finalizaría el día 18 "Las mujeres que durante el plazo previsto en El artículo 22 de la Ley Nº 27.260 enuncia: el artículo 12 cumplieran prevista en el artículo 37 de la Ley Nº 24.241 la edad jubilatoria Y fueran menores de la edad prevista en el artículo 13 de la presente, podrán optar por el ingreso en el régimen de regularización previsto en la Ley Nº 26.970 en las condiciones allí previstas de deudas previsionales ".Por Resolución ANSES N° 158/2019 Y a los efectos de continuar garantizando el acceso previsional al de beneficio se dispuso prorrogar por el plazo de tres (3) años más tarde, es decir hasta vulnerabilidad, el 23/07/2022, el establecido en el primer párrafo del artículo 22 de la Ley N° 27260, a los efectos de la regularización de deudas previsionales.aquellas mujeres presenten mayor grado que de 1. Hombres Por Dictamen DGA) N° regularizar más deuda por Moratoria Ley N° 26.970.IF-2017-01337746, a partir del 02/02/2017 los hombres no podrán 2. Mujeres Solo podrán regularizar deuda por Moratoria Ley N° 26.970: ~ ~ ~ En el caso de jubilaciones, requeridos para acceder a la prestación hasta el 23/07/2022 158/2019), Y sean menores de 65 años.todas aquellas mujeres que cumplieran con la edad y servicios (art. 1 Resolución ANSES N° todas aquellas mujeres En el caso de una Prestación de Retiro Transitorio por Invalidez, que hayan solicitado el beneficio hasta el 23/07/2022 y sean menores a 65 años a la fecha de solicitud.En el caso de Pensiones, aquellos hubiera fallecido afiliación autónoma o monotributista.hasta el 23/07/2022, solicitantes de prestaciones siendo menor a 65 años y haya tenido cuyo causante (mujer) una v - Requisitos La adhesión al régimen especial de regularización será procedente en la medida que se cumpla con los requisitos, plazos y demás condiciones establecidos por la Ley Nº 26.970 Y por la Resolución Conjunta General AFIP Nº 3673 Y ANSES Nº 533/2014 Y las complementarias que se dicten al efecto.4/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Será condición para la adhesión que el sujeto interesado: a) Haya cumplido a la fecha de la adhesión, la edad para acceder a la Prestación Básica Universal, a la Prestación por Edad Avanzada y en los casos de Retiro Transitorio por Invalidez y Pensión por Fallecimiento los requisitos pertinentes para cada una de las prestaciones (porcentaje y calidad de aportante), o reunir el porcentaje de invalidez para el caso de solicitudes de Retiro Transitorio por Invalidez.b) el Se encuentre PÚBLICOS con Clave Única de Identificación ante la ADMINISTRACIÓN inscripto Tributaria (CUIT).FEDERAL DE INGRESOS Cuente con la Clave de la Seguridad Social, obtenida a través de la página Web de la ANSES.d) Haya obtenido socioeconómica SEGURIDAD SOCIAL un efectuada resultado por favorable la ADMINISTRACIÓN en la evaluación patrimonial NACIONAL o DE LA e) Los periodos monotributistas, en los que el peticionante pretendan que o a través de la Ley N° 26.970, deben corresponder a lapsos de tiempo trabajadores autónomos regularizar los haya residido legalmente en la República Argentina.VI - Sujetos comprendidos 1.2.3.4.Los trabajadores autónomos inscriptos o no en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones actual Sistema Integrado Previsional Argentino (puede acogerse previa de autónomo -salvo los fallecidos). A tal cualquier fin, se entenderá por trabajador autónomo, al sujeto considerado como tal por la Ley N° 24.241 Y sus modificatorias.sujeto sin tener inscripción (SIPA) Los sujetos (Monotributistas) adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes conforme lo estipulado por la Ley N° 24.977 Y sus modificatorias.Los derechohabientes que el fallecido cuente con afiliación autónoma anterior al fallecimiento previsionales del trabajador autónomo o monotributista siempre El solicitante de un Retiro Transitorio por Invalidez deberá estar previamente inscripto como trabajador autónomo o monotributista, para adherirse al citado plan, de acuerdo con las disposiciones de la Resolución D.E. N° 319/06.VII - Prestaciones Previsionales Comprendidas 1. PBU - Pe - PAP autónomos que cumplan Los trabajadores beneficios tendrán derecho a inscribirse en el régimen de regularización instrumentada los requisitos exigidos para acceder a los instituidos por los incisos a), b), e) y f) del artículo 17 de la Ley N° 24.241, voluntaria de la deuda por la Ley Nº 26970.5/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 2. Retiro Transitorio por Invalidez Condición de Aportante (Decreto Nº 460/99) no registra a la solicitud de retiro transitorio Si el afiliado autónomo invalidez el ingreso de sus aportes durante TREINTA (30) de los TREINTA Y SEIS (36) meses anteriores a la misma, regular) o DIECIOCHO (18) meses dentro de los TREINTA y SEIS(36) últimos (afiliado irregular con derecho), podrá: (afiliado por a) completar con esta moratoria los 30 años de servicios con aportes (aportante regular), o b) los 15 años de servicios con aportes (aportante irregular con derecho), si éste hubiera acreditado 12 meses de aportes dentro de los 60 últimos.la condición A los efectos de considerar N° 24.241, se deberá estar a lo establecido en el arto 10 de la Ley Nº 26.970. última disposición el autónomo exigidos en el acceder a la PBU, en cuyo se considerará aportante regular.de aportante prevista en el arto 95 de la Ley Esta estipula que se podrán tener en cuenta servicios reconocidos en trabajador acredite el mínimo de años de servicios con aportes para sólo en el supuesto que el régimen común o diferencial régimen de regularización en que se encuentren o monotributista de deuda, incluido Por otra parte, se considerará con derecho quien acredite 12 meses de aportes dentro de los 60 meses anteriores a la fecha de solicitud del Retiro por siempre que del afiliado en actividad, acredite el 50% del mínimo de años exigido para el goce de la PBU.o la fecha de fallecimiento aportante irregular Invalidez Cabe la aplicación de las disposiciones de la Ley N° 25.321, siempre que se verifique del mínimo de años con aportes exigido por la Ley Nº 24.241 para el la acreditación logro de la PBU - PC - PAP, resultante del juego armónico de sus arts. 19 ine. el y 38 teniendo en cuenta para ello, la fecha de cese en la actividad.3.Pensión por fallecimiento de afiliado en actividad Si el causante afiliado autónomo, no registra a la fecha de fallecimiento, ingreso de sus aportes durante TREINTA (30) de los TREINTA Y SEIS (36) meses anteriores al mismo, (afiliado regular) o DIECIOCHO (18) meses dentro de los TREINTA Y SEIS(36) últimos (afiliado irregular con derecho), los derechohabientes podrán: el a) b) completar afiliado autónomo (aportante regular), o con esta moratoria los 30 años de servicios con aportes del causante, 15 años de servicios con aportes (aportante irregular con derecho), si el causante, trabajador 12 meses de aportes dentro de los 60 últimos con anterioridad hubiera acreditado a su fallecimiento.autónomo, A los efectos de considerar N° 24.241, se deberá estar a lo establecido en el arto 10 de la Ley N° 26.970.de aportante prevista en el arto 95 de la Ley Esta la condición 6/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 régimen de regularización última disposición el autónomo exigidos en el acceder a la PBU, en cuyo se considerará aportante regular.estipula que se podrán tener en cuenta servicios reconocidos en trabajador de años de servicios con aportes para sólo en el supuesto que el régimen común o diferencial en que se encuentren acredite el mínimo o monotributista de deuda, incluido Por otra parte, 5e considerará con derecho quien acredite 12 meses de aportes dentro de los 60 meses anteriores a la fecha de solicitud del Retiro por siempre que del afiliado en actividad, acredite el 50% del mínimo de años exigido para el goce de la PBU.o la fecha de fallecimiento aportante irregular Invalidez Cabe la aplicación de las disposiciones de la Ley N° 25.321, siempre que se verifique la acreditación del mínimo de años con aportes exigido por la Ley Nº 24.241 para el logro de la PBU - PC - PAP, resultante del juego armónico de sus arts. 19 inc. c) y 38 teniendo en cuenta para ello, la fecha de fallecimiento.En caso de que el! inferior al haber mínimo vigente determinado por el arto 17 de la Ley 24.24, derecho.la titular perciba una pensión coparticipada y su cuota parte sea le asistirá 4. Edad Avanzada Teniendo en cuenta lo establecido por el artículo 22 de la Ley N° 27.260, en donde se indica que no podrán regularizar deudas las mujeres de 65 o más años, a partir de su vigencia, esta Moratoria.no podrá ser alcanzada mediante por edad avanzada la prestación VIII - Evaluación Patrimonial o socioeconómica 1. La evah,ación establecida en el segundo párrafo del Artículo 3. de la Ley N. 26.970, NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Y será efectuada por la ADMINISTRACIÓN estará dirigida al solicitante.La evaluación mencionada, la Ley N. alguna de las siguientes circunstancias: 26.970, a los fines del acceso al régimen especial establecido por respecto del peticionante será positiva cuando no se verifique a) en los últimos DOCE (12) Ingresos brutos anuales percibidos, en forma individual, meses anteriores a la fecha de la evaluación, cuyo promedio supere los límites vigentes para el derecho a la percepción de la asignación familiar prevista en el inciso a) del Artículo 6° de la Ley N. 24.714 Y sus modificaciones. Si el período de percepción es menor a DOCE (12) meses, se considerará la cantidad de meses efectivamente los sueldos en relación de dependencia y los ingresos declarados en el Impuesto a las Ganancias y/o el rango de ingresos brutos anuales declarados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes liquidados. Se tendrán en cuenta en este análisis, (RS).El hecho de que el aplicación interesado supere la evaluación socioeconómica no obsta a la de las previsiones establecidas en el Artículo 9. de la Ley N° 26.970.7/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 b) Manifestación patrimonial juradas del en las declaraciones inciso al, y/o la tenencia de bienes informados Impuesto sobre los del Bienes Personales que supere CUATRO (4) veces el la ingreso previsto en el y de Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor importe Créditos Prendarios que supere UNO COMA CINCO (1,5) veces el referido ingreso, y/o la tenencia de bienes informados anual izado del la Administración Nacional de Aviación Civil, y/o la tenencia de embarcaciones de más de 9 metros de eslora informada por la Prefectura Naval Argentina.importe anualizado por por c) Gastos y/o consumos que superen en más del TREINTA POR CIENTO (30 0;',) los inciso a). A tal fin serán tenidos ingresos percibidos de acuerdo a las pautas del en cuenta los gastos efectuados con tarjetas de crédito y/o débito.2. Esta ADMINISTRACIÓN INGRESOS PUBLlCOS, al régimen, guardando expresa confidencialidad NACIONAL la información requerirá a la ADMINISTRACIÓN necesaria para resolver FEDERAL DE la aptitud para adherir sobre la misma.3. La ADMINISTRACiÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL hará saber al interesado si se encuentra habilitado o no para ingresar al presente régimen, en virtud de los resultados de la evaluación la circunstancia de exclusión verificada que surja del aplicativo diseñado a tales efectos que contendrá el resultado del análisis practicado por la AFIP conforme las previsiones del artículo 8" de la Resolución Conjunta ya referida. Para brindar esta información al interesado, debe haber firmado el formulario previsto en el ANEXO 1.de corresponder, informándole, efectuada, 4. Para acceder a las prestaciones previsionales mediante el acogimiento al régimen de establecido por la Ley N° 26.970, el titular deberá obtener un resultado regularización positivo de la evaluación patrimonial o socioeconómica efectuada por ANSES.5. En los casos que la evaluación autorización autorización que estará disponible del titular envíe el SICAM con el cálculo de la deuda.sea positiva, le informará a"1interesado un código de en el sistema SICA para que el operador con la 6. Para acceder al beneficio, el interesado ingresará, con asesoramiento del denominado ANSES y en la propia oficina donde está siendo atendido, al sistema de liquidación deudas Autónomos y Monotributistas" el monto regularización, para Contribuyentes con su Clave de la Seguridad Social, a fin de determinar en el plan de así como también si las cancelará al contado o en cuotas."SICAM - Sistema de de las obligaciones susceptibles Información ingresadas de ser iniciador de de 7. Los requisitos y la documentación son los requeridos beneficios, prestaciones mencionadas en el apartado VII de la presente, además de la evaluación socioeconómica patrimonial favorable.por respaldatoria las normas para la solicitud vigentes de los distintos para cada una de las 8/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 IX - Cuotas de moratoria de iniciar En oportunidad titular el emitido por el SICAM que le permitirá el pago de la primera cuota, el habilitada para el pago de servicios de AFIP.inicio de pago de la prestación. Dicha cuota debe ser abonada en cualquier formulario AFIP 799/E requisito esencial para entidad se entregará al la prestación, Por las restantes cuotas y una vez otorgadas las prestaciones, esta Administración Nacional actuará como del plan de regularización agente de retención de la deuda por el que hubiera optado el titular o sus derechohabientes.de las cuotas mensuales pendientes Dicha retención se efectuará mensualmente a través del código 300-400 "Cuota Moratoria Ley N' 26.970".X - Servicios Diferenciales Los trabajadores adheridos al régimen de regularización Nº 26.970, diferenciales prestaciones previsionales. de edad y de servicios requeridos para cada clase de tareas o actividades.la Ley a las En tal caso, se efectuará un prorrateo en función de los límites de deuda establecido por a los efectos de acceder computar servicios podrán XI - Situaciones Particulares Los pagos de servicio dor:néstico (089) que surjan en la pestaña de Historia de Pagos del SICAM, cuyos servicios no deberán ser considerados de años requeridos en el arto 38 de la Ley Nº 24.2411, habida cuenta que no se trata de servicios autónomos.fueron denegados en oportunidad bajo ningún concepto de una petición la determinación (incluyendo anterior, Asimismo, deberá solicitarse el expediente de que se trate y/o verificarlos a través del sistema SICA.los períodos han sido correctamente a los fines de corroborar denegados, si Por otra parte, deberá tenerse en cuenta que los pagos efectuados mediante la aplicación las Leyes Nos. 24.476, 25.865 Y 25.994 pueden ser considerados liquidador de a cuenta por el sistema 5ICAM.Los períodos que se regularizan mediante este régimen especial deberán ser realizados íntegramente por esta ley sin intervención El SICAM está preparado para consolidar de otra moratoria. la deuda completa desde 01/1955 hasta 12/2003.XII - Aclaraciones 1. Padrón Único de Contribuyentes - PUC - Situación de Revista Respecto de los servicios consignados en la Situación de Revista del aplicativo Sistema (SICAM), sobre los de Información cuales a para Contribuyentes Autónomos por y Monotributistas la Ley Nº 26.970 la moratoria (enero/1955 se solicita dispuesta 9/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I diciembre/2003), que surjan en la pantalla de los datos personales del PUCO se podrá efectuar cambios en la actividad declarada oportunamente y Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Por los períodos comprendidos a partir de enero/2004 se aplicarán las normas de la probatoria de servicios aprobadas por la Resolución D.E.-A Nº 555/10, (apartado IV "Competencias y modificatorias.inciso el, complementarias de los Organismos Intervinientes" En caso que el titular registre número de cuenta en el AUTl y el mismo no surja en el SICAM, deberá requerirse al titular que concurra a la AFIP a fin de que asocie su número de CU IL con la cuenta respectiva conforme la PREV-19-05 Punto IV Competencia Organismos Intervinientes ítem a).2. Artfculo 3. de la Ley N.24.476 Resulta procedente la aplicación del artículo 3º de la Ley Nº 24.476, debiendo tener en cuenta para su consideración la fecha real de cese invocada por el titular.3. Reserva de servicios podrá, invocar si es su voluntad, la reserva de los servicIos El peticionante incluido desempeñados bajo relación de dependencia que surjan en la historia laboral, el Servicio Doméstico (SDM), en oportunidad de solicitar el beneficio previsional mediante la jAAP. Dicha reserva no modifica la fecha real de cese, es decir a los fines de establecer el artículo 3" de la Ley Nº 24.476 ó o el artículo 38 de la Ley Nº 24.241, se considerarán dichos aportes aunque los mismos no formen parte del cómputo de servicios.Posteriormente, podrá solicitar un reajuste del beneficio otorgado por los servicios desempeñados con anterioridad a la fecha de solicitud, aplicando las normas de prescripción de haberes a que refiere el artículo 82 de la Ley Nº 18.037 (t.o.176) receptado por el artículo 168 de la Ley Nº 24.241.4. Reconocimiento de servicios Los solicitantes que hayan cumplido el requisito de edad para la PBU, afiliados a autónomos de servicios desempeñados en el SIPA, a los fines de hacerlos valer en otra jurisdicción en el marco del régimen de reciprocidad jubilatoria dispuesto en el Decreto Ley Nº 9.316/46.podrán solicitar un reconocimiento y/o monotributistas Se emitirá el correspondiente Reconocimiento interesado cumpla con los requisitos para el ingreso al régimen y haya abonado integralmente la deuda calculada para el plan de regularización de pagos y sólo para los sistemas previsionales que informen fehacientemente a la ANSES que optan por considerar válidos estos servicios en el marco del sistema de reciprocidad.de Servicios, cuando el 10/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV- 16-31 5. Transformación de beneficio Los titulares de un Retiro Transitorio por Invalidez, podrán completar los años faltantes hasta alcanzar el requisito de servicios con aportes que exigen los artículos 19 y 38 de la Ley N° 24.241 para el logro de la Prestación Básica Universal, acogiéndose al plan de regularización de deuda instituido por la Ley Nº 26.970.6.- Apoderados trámite de deudas reviste carácter de regularización que el de Considerando personalísimo, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3° de la Ley N° 26.970 Y el artículo 8° de la Resolución Conjunta AFIP - ANSES Nº 3673 Y 533/14 Y a los efectos de que los Organismos la Evaluación los apoderados que se presenten con el Poder Especial Patrimonial - Ley Nº 26.970 - extendido por el titular y acreditado ante ANSES, podrán iniciar las 26970, prestaciones pudiendo suscribir en representación del titular el Eormlllario de "Consentimiento por la EvaluaciÓn Patrimonial y Socjoeconómjca". Parte deJlnteresado para Realizar queden habilitados para realizar en la nueva Moratoria y Socioeconómica, intervinientes previsionales enmarcadas Ley N° El apoderado podrá representar al Titular, a través del formulario PS.6.300 "Carta Poder Régimen Especial Ley Nº 26.970".XIII - Fecha Inicial de Pago (FIP) al primer día del mes inmediato posterior al de la fecha de pago Será la correspondiente de la primera cuota del plan de facilidades la que será informada por AFIP. La UDAI no puede incorporar estas prestaciones con una fecha inicial de pago toda vez que el proceso es automático; la información de AFIP, sobre la fecha de pago de la primera cuota.una vez recibida aceptado por el se determinará trabajador, Sin perjuicio tener en cuenta: de lo expuesto precedentemente, se exponen algunos casos particulares a A. Tareas Diferenciales o beneficios de RTI, donde la fecha de solicitud sea anterior a la la fecha de pago de la primer cuota es anterior a la fecha de cese en fecha de cese: Si cuando la fecha de tareas diferenciales solicitud sea anterior a la fecha de cese, el sistema asumirá el primer día posterior a la fecha de cese. En estos casos el operador encabezado de SICA DERECHO.la fecha de cese correspondiente o en caso de Retiro Transitorio deberá ingresar de Invalidez, en el B. Reúne los requisitos de derecho a la prestación con posterioridad al pago de la primer cuota: Si el pago de la cuota es anterior a reunir el derecho a la prestación solicitada, se deberá ingresar como Fecha Solicitud la fecha en que adquiere el derecho y el sistema asumirá el día posterior a ésta.1l/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 c. Casos con trámites denegados: El sistema asumirá el primer día del mes posterior a la Es el día en que fecha de pago de la cuota correspondiente necesario que el operador adquiere el derecho y el sistema asumirá como FIP el día posterior a la consignada consigne en SICA como fecha de solicitud al nuevo SICAM o nueva solicitud.D. Casos con error de ANSES en la confección de SICAM: El sistema asumirá el primer día hábil del mes posterior a la fecha de pago de la primera cuota, siempre que no incurra en lo previsto en el punto "C". Esto cuando una liquidación y por tal razón se haya ingresado "S", cuota a cargo de ANSES. Por lo que deberá consignarse en SICA como fecha de solicitud la fecha original de la primera solicitud.por parte de esta organización se haya confeccionado erróneamente E. Casos de aplicación Dcto.894/01: alta mensual cuando resulte de aplicación "S" en la siguiente pantalla: El sistema determinará el mencionado haber al alta con FIP igual al decreto y se haya informado =============================== DATOS DE SICAM FECHA L1QUIDAClON SICAM: !! !t 11 NRO.L1QUIOAClON SICAM..: 0002 J! JI J! J! FECHA ENVIO PLAN: !! !! EXCEPTUADO SOClOECONOM.: I! !I NRO.ClAVE AFIP !! !I CUOTA A CARGO DE ANSES: N !! !! liNcGADRADÓENDCT6:894iiil~"::s I! !! J! !I !! !! !! !! !! !! !! !! !J !! J! !! !I XIV - Incompatibilidades que se otorga en el marco de la presente, El beneficio previsional o no con el goce de otra prestación previsional incluyendo Retiros y Planes Sociales, salvo en el caso, en que la única contributiva) prestación que el titular percibe a la fecha de solicitud fuera contributiva y su importe no supere el del haber previsional mínimo vigente a la de fecha de solicitud de la prestación.naturaleza (contributiva resulta incompatible de cualquier Personal militar, policial, las Cajas Provinciales fuerzas de seguridad y defensa, Personal que desempelió tareas en Cuando el titular perciba un retiro extendido por alguna fuerza de seguridad y/o defensa o haya desempeñado tareas en las Cajas Provinciales, podrá solicitar una prestación por la aplicación no supere el de la Ley Nº 26.970, en tanto el haber del beneficio primigenio importe del haber mínimo nacional vigente."12/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 En caso de que el solicitante prevísional que se otorga por el presente régimen, deberá requerir retiro o plan que percibe, y puesta al pago por ANSES la nueva prestación.con la prestación la baja de la prestación, la que quedará formalizada una vez que se encuentre acordada un ingreso incompatible percibiera ya sea ex caja 40 o 47 En el caso de que el titular perciba una Prestación No Contributiva o una PUAM y desee optar por la que aquí se otorga, deberá completar el formulario de renuncia agregado como Anexo C, a la vez deberá hacérsele saber que una vez otorgada la prestación se procederá a suspender el beneficio incompatible para el mismo mensual de alta de la nueva prestación.Téngase en cuenta que el régimen CAPRECOM, Suplemento Ferroviario, Luz y Fuerza y de Reparación Histórica.importe a considerar como haber mínimo es el vigente para el de para la determinación los conceptos del mismo tomándose nacional, En las pensiones coparticipadas, copartícipes, aunque el monto total de la misma supere el haber mínimo vigente.se debe tomar el monto que percibe cada uno de los La determinación mínimo, sólo se efectúa al de si la otra prestación contributiva que percibe la titular posee un haber inicio de la solicitada con la aplicación de la moratoria.Asimismo, (por aplicación jubilación no resultan acumulables aunque la jubilación recordar que rige el principio de prestación única previsto en la Ley N° 14.370 la persona solicita los mismos y se verifica que percibe un beneficio similar en otra jurisdicción, del arto 165 de la Ley N° 24.241), de esta forma, si que perciba sea inferior al haber mínimo.xv - Códigos de Trámite de Servicios 490 PBU PC PAP Moratoria Ley 26.970 491 Pensión Directa Moratoria Ley 26.970 492 RTI " Moratoria Ley 26.970 118 Reconocimiento 487 PBU-PC-PAP- LEY 26.970 CON CONV. 257 PENSION DIRECTA LEY 26970 CON CONV. 438 PBU-PC-PAP- MINUSVALlA- MORATORIA 26.970 911 PBU- PC- PAP DOCENTE MORATORIA LEY 26970 913 RTI- DOCENTE- MORATORIA LEY 26970 915 PENSIO DIRECTA- DOCENTE- MORATORIA LEY 26970 INTERNACIONAL INTERNACIONAL Minusvalía Para estos trámites el sistema asignará la Ley Aplicada RF (cuando a la liquidación se le transmitan cuotas pendientes de pago) o TF (cuando la deuda por moratoria se encuentre cancelada en el primer pago o cuando se finalice con el plan de moratoria). Para todos estos trámites el sistema de Primeros Pagos (PRPA) asignará la Ley Aplicada RF (cuando a la liquidación se le transmitan cuotas pendientes de pago) o TF (cuando la deuda por moratoria sea cancelada en el primer pago).previsional previsional 13/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Añodel General Manuel Belgrano"I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 A su vez la liquidación Previsional, una vez cancelada la deuda remanente, modificará la ley aplicada de RFa TF. Docentes Los tipos de trámite 911, 913 Y 915 identificarán las prestaciones de PBU-PC-PAP, RTI o Pensionesderivadas de estas,en las cuales se invoque conjuntamente el Decreto 137/205 y la Ley N° 26.970.Para todos estos TTR (911, 913 Y 915) el sistema de Primeros Pagos (PRPA) asignará la Ley Aplicada RD (cuando a la liquidación previsional se le transmitan cuotas pendientes de pago) o TD (cuando la deuda por moratoria seacancelada en el primer pago).A su vez la Liquidación Previsional, una vez cancelada la deuda remanente, modificará la ley aplicada de RD a TD.XVI - Código de Acreditación Seha habilitado en el Sistemade Iniciación, Cómputo y Ajustes (SICA)las marcas de acreditación de selVicios: "XC".Dichas marcas de acreditación asociadasa los códigos de servicios de autónomos o monotributo, servirán para identificar los periodos autónomos / monotributistas que surgen con deuda en SICAM con posterioridad al 31/12/2003, cuando el solicitante de la prestación haya abonado y presentado ante las UDAllas constancias fehacientes de los pagos realizados por esosperiodos.A continuación se detallan los códigos de servicios habilitados para registrar la marca de acreditación: 103 104 105 126 219 274 301 304 AUTO NOMOS MONOTRIBUTISTA MONOTRIBUTISTAS S/APORTES VOLUNTARIO LEY 26.476 - AUTONOMO DCTO.629/73 TAXISTAS AUTONOMOS DE ESTIB. RES 1444/10 - AUT LEY 20.475/73 MINUSVALlA AUTONOMOS LEY 20740 ART. 2 TRANSP. CARGA AUT.14/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Para su registración los operadores deberán informar en: SICA Derecho: El código de servicio según Tabla que antecede. El periodo Desde - Hasta correspondiente La marca de acreditación "XC".al pago de la deuda cancelada.A modo de ejemplo: Q1AO - A304923 V062 - AJ04 - COB.PANT: 01 FILAS: 001/007 07 E.L.MORAT.F.Nac: 490 ARAMBURU PBu/pe/PAP JUAN 112014 Empresa INC.PREV eUIL: 11 06 1949 Nac: T.Tramite: Ape.y Nom: 065 F.SOLICITUD: 04 ------------------------------------------------------------------------------- !Re C B. Servo -------------------------!-------------------------------------------------- , ! R , R R , ! R R R R FRANCI F.DE CESE: , F.Desde , 01 01 1975 ! 01 04 1977 , 01 07 1967 ! 01 01 1979 ! 01 01 2004 01 01 2010 01 09 2011 20 - 05529087 A F.lng.Pais: , Tiempo 1 10 8 3 6 31 10 1976 30 11 1977 31 03 1981 31 12 1974 30 06 2007 31 12 2010 31 12 2011 102 65/30 102 65/30 103 65/30 65/30 103 108 00/00 103 65/30 105 65/30 FERIAS CEREALE AUT.MOR AUT.MOR L.25321 AUTON. HON.S/A NB NB NB NB NB NB NB EDAD A SOLICITUD: F,Hasta HS.Ds 2 7 1 4 - 4 Sexo: 26 M Ac 11 AC 11 AC 11 AU 12 AU 13 AU 13 xc 13 xc Total: Serv.Requeridos Requerida: Edad 30 a 00 ro 00 d 65 a 00 m 00 d SERVICIOS Tiempo FALTANTES Inf.: 30 a 08 m 00 d d a m Fl= Ayuda F3= Salir F4=Anter.SOLO CONSULTA.F5=Sig. 06=EXPED.F7= Retrac F8= Avanza F9=Imprime FIO=+Func.* CON DERECHO Fll=Calcula F12=Mod.Enc * SICA Probatoria: Eloperador deberá informar la categoría en la que revistó el afiliado en dicho periodo.Por el momento y hasta nuevo aviso, (sean autónomos puros o mixtos), que contengan este código de servicios, deberán ser trabajados por la UDAI (dado que los operadores deben informar indicado/s con la marca de acreditación los trámites de Moratoria Ley N" 26.970, la/s categoría/s de el/los período/s "XC").todos XVII - Anexos Anexo Al: Procedimiento de adhesión al Plan de Regularización-Ley N° 26.970 Anexo Bl: Procedimiento de Notificación de Resultado Negativo-Ley N° 26.970 ANEXO Cl. Fonmulario de renuncia PNC.15/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-3 , Anexo A: Procedimiento de adhesión al Plan de Regularización -Ley N° 26.970 Deta lIe de Tareas Previo a todo trámite, el titular deberá solicitar médiante alguna de las siguientes formas: la adhesión al plan de regularización a. A través de telefonía celular mediante el envío de un mensaje de texto "SMS" al número 26737.b. Medi ante llamado telefónico al 130 c. Vía "internet" a través del sitio "web" de ANSES d. Mediante solicitud de turno ante las Unidades de Atención Integral (UDAI) patrimonial El sistema realiza socioeconómica, en base a los parámetros establecidos en la Resolución Conjunta AFIP N" 3673/ANSES N" 533/14.de incompatibilidad la evaluación el control y le otorga un turno para Si supera las incompatibilidades asesoramiento previsional en las UDAI para continuar con el trámite correspondiente al régimen de regularización de deuda establecido por la Ley N" 26.970.y la evaluación resulta positiva, las causales por la cual no tienen acceso al Aquellas personas que pretendan conocer plan de regularización de la Ley N" 26.970 deberán requerirlo por los medios de contacto habilitados por ANSES y serán notificados en el domicilio invocado oportunamente.Las notificaciones serán emitidas por la Dirección Unidad Central de Apoyo Operativo dependiente de la Dirección General de Prestaciones Centralizadas y por las Unidades de Atención (UDAI) dependientes de la Dirección General de Prestaciones Descentralizadas, se adjunta modelo de notificación en ANEXO 11.Integral En caso de que la Evaluación patrimonial socioeconómica diera un resultado negativo y el solicitante quiera conocer los motivos en forma anticipada a ser notificado en su domicilio procederá de la siguiente manera: a. Concurrir a la UDAI.b.Firma el la Evaluación socioeconómica en el formulario descripto en el Anexo I de esta norma consentimiento la realización de de patrimonial En caso de no firmar el formulario de consentimiento NO se le informara del motivo del rechazo.En caso de firmar el consentimiento le será informado el porqué del rechazo indicando los motivos de acuerdo a el punto 8 incisos a, by c de la resolución conjunta entre ANSES y AFIP utilizando el modelo previsto en el Anexo 11.'6/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 1. El Área de Gestión de Expedientes Previsionales, recibe al solicitante con el turno indicada, con la documentación indicada en las cartillas asignado en la fecha y UDAI correspondientes.2. Analiza la documeniación.2.1. Si la misma se encuentra completa, continúa en el punto 3.2.2. Si resulta insuficiente, solicita que adjunte la documentación faltante y le asigna un nuevo turno.3. Verifica que los datos en ADP se encuentren acreditados y sean correctos.4.Indica al evaluación como ANEXO 1.interesado que complete y firme el patrimonial y socioeconómica, consentimiento la cuyo modelo se encuentra agregado para realizar S. Aquellas personas que pretendan acceder a las prestaciones previsionales a través de la adhesión al plan de regularización previsto en la Ley Nº 26.970, que hubieren solicitado prestaciones previsionales de la misma naturaleza ante ANSES y que se encuentren pendientes de resolución, deberán presentar al momento de la iniciación el desistimiento de trámite en curso agregando el modelo que obra en el Anexo 111 El área operativa procederá a la acumulación resolviendo la solicitud de prestación, bajo los requisitos, plazos y demás condiciones establecidos por y complementarias.de la Ley Nº 26.970, de dichos trámites, las disposiciones sus normas reglamentarias Aquellas personas que pretendan acceder a una prestación previsional a través de la adhesión al plan de regularización previsto en la Ley Nº 26.970, que hubieren solicitado con anterioridad a su entrada en vigencia una prestación previsional de distinta naturaleza ante ANSES y que se encuentre pendiente de resolución, el área técnica solicitará el trámite anterior en curso a la dependencia en la que seencuentre, acumulará los casos y resolverá la prestación solicitada en primer término. De conformidad con el haber obtenido, evaluará el derecho que corresponda respecto del segundo beneficio requerido teniendo en cuenta las previsiones de los artículos 3" y 9° de la citada Ley.6.Ingresa en SICA ASISTENCIA PREVISIONAL identificando tipo de trámite (490/491/492/493) que solicita el interesado para establecer el derecho a la prestación solicitada cumplimentando los períodos faltantes con los nuevos servicios que presente la persona y/o los que se regularizarán por esta nueva moratoria, ver Manual de usuario en ANEXO IV.el 7. Una vez determinados los períodos faltantes a regularizar como autónomos o le informará la situación al titular para que confirme si monotributistas, el operador procede en consecuencia a calcular la deuda respectiva, a través del aplicativo SICAM, utilizando la Clave de la Seguridad Social o botón ADP. En caso de que el 17/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 titular no cuente con la Clave de la Seguridad Social, por el operador en ese momento conforme normativa vigente.la misma deberá ser generada Al SICAM se podrá ingresar de la siguiente manera: ADP - Botón SICAM, a partir del cual se genera en forma automática la clave de acceso. Con Clave de la Seguridad Social a través del siguiente link: https://servicioscorp.anses.gob.ar/c1avelogon/logon.aspx system=sicam Si posee Clave Fiscal, a través de la página de AFIP: www.afip.gob.ar Se recuerda que la decisión siempre es del iniciador es la de asesoramiento y facilitador.titular, no del operador.La tarea del 8. Con el previo consentimiento que visualiza de autorización formularios cuota y los entrega al titular plazo no mayor a tres meses.159 (Minuta del Plan) acuse de recibo y el formulario el operador del titular, envía el plan de pagos ingresando el código los 799/E de la primera la primera cuota en un en el sistema SICA e imprime que deberá abonar informando Asimismo, siguiente a que efectué el pago de la misma.le indica que la fecha inicial de pago se establecerá en el mensual No resulta necesario que el titular acompañe el comprobante de pago, dado que este será informado a ANSES por la AFIP.9.Incorpora en el SICA la fecha que se realizó el SICAM y el número de liquidación para proceder al cierre de la actuación de Asistencia Previsional, el sistema generará una actuación los detalle distintos el únicamente cuando el trámite se resuelva en forma automatizada: en la cual se deberán incorporar "Asistencia Previsional" 497- formularios conforme siguiente emitidos sistema, por el Caratula de 497 Constancia de turno ADP de SICA ASISTENCIA (Pre cómputos Impresiones para gestionar, aceptación descuento de cuotas). Se le otorga constancia de inicio de trámite al titular.- autorización Anexo I - Consentimiento Patrimonial y Socioeconómico por parte del interesado para realizar la Evaluación Acuse de recibo Plan Moratoria SICAM.lB/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Formulario AFIP 159- Datos del plan propuesto Formulario PS.6.284-DD.Jj. Provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o de Seguridad.sobre la eventual Percepción de Prestaciones en Formulario PS.6.281/2, en caso de ser titular de un plan social o PNC.Consulta aplicativo SPRE Nota Consentimiento de Guarda Documental Constancia Negativas (Portal Provincial y Municipal) Formularios 558 A (B y C sólo si tiene pagos a validar).PRE SICAM Documentación Laboral sobre Servicios en Relación Dependencia. 10.también Requiere al solicitante que firme las distintas impresiones que emite el sistema, como así de Cuota de Moratoria. del Descuentos de Cuota Prestación Jubilatoria o PS 6.279, Aceptación de Moratoria. Prestación de Pensión, según corresponda.PS 6.278, Aceptación de Descuentos el Formulario 11.Los trámites 497,490,491,492 Y 493 se encuentran disponibles en SIEEL: ~ Trámite 497, se generará siempre electrónico correspondiendo en SIDU yen SIEELindependientemente de la MESA DE COMPUTOS: su relevamiento de que se resuelva por JAAP o a través 1.- Para trámites que deban ser resueltos por JAAP: en SIEEL se derivaran a la del relativa a la efectuar trámite 490, que perseguirá la Expediente FINALIZADO, estado de resolución en ANME. La documentación prestación estará contenida relevamiento resolución por la vía automática, en este trámite y no corresponderá en SIDU ni en SIEEL para el como fecha de notificación, como un expediente virtual.digitalizada Indicando 2.- Para los expedientes que deban derivarse a la MESA DE COMPUTOS, alta en SIEEL resultará a demanda siguientes acciones: del operador y corresponderán el las a) Trámite 497: se derivará el expediente a FINALIZADO y derivada de digitalizada contendrá toda la documentación la tramitación.b) Trámites 490/491/492: demanda en SIEEL. Asimismo asociación la actuación entre se deberá dar de alta en SIDU ya la y el expediente corresponderá realizar 497 19/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 para incorporar 490/491/492 otro sin necesidad de volver a digitalizar lo indica el Manual de SIEEL (MAUS-73-02) la documentación de uno al la misma según Se compaginará el expediente electrónico, conforme el siguiente glosado: de Gestión. Caratula. Constancia de Turno . ADP. Solicitud Automática o Manual. Pre Computo (SICA). Autorización Aceptación De Descuento Cuota Moratoria . Pre SICAM. Consentimiento Sobre Evaluación Patrimonial. Formulario PS.6.284 (DDJj Sobre Prest. en Prov. No Adheridas al SIPA). Formulario PS.6.281/2, en caso de ser Titular de un Plan Social o PNC. Constancia Negativas (Portal Provincial Y Municipal). Formularios 558a (B y C solo si tiene pagos a validar). F 159 Y Acuse De Recibo. Documentación Pantalla SPRE. ANME. Formulario de Revisión Operativa.Laboral sobre Servicios en Relación Dependencia.Entrega constancia de inicio de trámite. El operador deberá informar al solicitante que podrá realizar el seguimiento de su trámite a través de la página institucional de esta Administración. el solicitante recibirá en su domicilio prestación. El alta de la prestación "acordado" .Habiendo pasado los controles internos de esta Administración la notificación el estado del expediente de acuerdo de la a 04- declarado actualizará esta instancia de la iniciación y supervisado Concluida el expediente el mismo se derivará al Cómputos y liquidaciones a fin de que en dicho sector se encare el proceso de probatoria de servicios y resolución del trámite, el cual se otorgará o denegará de acuerdo a si adquiere derecho no, realizándose el alta de la prestación a través del sistema PRPA.y debidamente conformado 12.13.14.La UDAI interviniente notificara a los titulares, según las normas vigentes.IMPORTANTE: AFIP sólo entregará a ANSES aquellos planes vigentes cuyas primeras cuotas hayan sido canceladas. De esta forma ANSES toma conocimiento de la fecha de pago de la misma, pudiendo acordar el alta de la prestación en forma automática y fijando su fecha inicial de pago.De no producirse el pago de la misma en el plazo de TRES (3) meses desde la fecha del envío del plan a la AFIP, se rechazará el mismo, debiendo resolverse el expediente administrativo.20/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 1 "Año del GeneralManuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 ANEXO 1:Consentimiento por Parte del Interesado para Realizar la Evaluación Patrimonial y Socioeconómica ANSES Buenos Ai res, Me dirijo regularización previsional.a usted en relación reglmen de de deuda establecido por la Ley Nº 26.970 para acceder a mi prestación de adhesión a mi solicitud al A esos efectos presto consentimiento patrimoniales y socioeconómicas acceder al mencionado régimen, Resolución Conjunta General AFIP - ANSES Nº 3673 Y 533/14.para que se realicen las evaluaciones requeridas por el artículo 3º de la Ley N° 26.970 para las que se encuentran reguladas por el artículo 8º de la Titular Nombre y Apellido DNI Firma del Solicitante Aclaración 21/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 ANEXO 11:Notificación Buenos Aires, Sr.Me dirijo a usted en relación con su solicitud de adhesión al reglmen especial de regularización voluntaria de deudas previsionales para trabajadores autónomos y monotributistas, la que se encuentra regulada por las disposiciones de la Ley N° 26.970 Y la Resolución Conjunta General AFIP - ANSES Nº 3673 Y 533/14.Dado que Usted ha prestado oportunamente su consentimiento realizar el procedimiento informa que su solicitud y socio-económica patrimonial de dicha norma reglamentaria.previsto en el artículo 7" de la mencionada Resolución Conjunta, ha sido desestimada toda vez que no ha superado la evaluación efectuada conforme los criterios objetivos fijados en el artículo 8" para que la ANSES pueda se El motivo de la desestimación es no haber superado el en el artículo 8 inciso xxxx de la Resolución Conjunta General AFIP - precedentémente indicada requisito establecido ANSES Nº 3673 Y 533/14.Queda Ud. debidamente notificado En caso de disconformidad de reclamo.vías administrativas con la decisión adoptada, usted tiene habilitadas las siguientes Recurso Características Recurso de Revisión ante la CARSS - Optativo. Suspende los plazos para recurrir ante la Justicia Federal.FIRMA Aclaración y CARGO Forma de internosición la petición debe ser interpuesta por el titular de derecho, ante la UDAI designada al realizar la evaluación socioecon6mica.Plazo de interposición 6rgano que resuelve Resuelve la CARSS Dentro de los 30 días hábiles administrativos contados desde la fecha de recepción de la presente notificación. A tal fin se deberá solicitar a través de la página web de AN5ES (www_acses.gob.ar)el turno corresoondiente.22/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Reconsideración (art.84 Decreto Nº 1.759/72) Optativo. Suspende los plazos para recurrir ante la Justicia Federal.Demanda de Impugnación del Acto Administrativo (Ley N° 24.463 - arto 15 y siguientes y Código de Procedimientos Civil y Comercial Nacional) Procede también contra las Resoluciones dictadas por la CAR55 y por las los recursos de revisión y reconsideración respectivamente.UDAI con motivo de Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Resuelve la UDAI Dentro de los 10 días hábiles administrativos contados desde la fecha de recepción de la presente notificación.Dentro de los 90 días hábiles judiciales contados desde la fecha de recepción de la presente notificación Resuelve la Justicia Federal La petición se realiza un escrito mediante dirigido al Sr.Di rector Ejecutivo y en la al presentado UDAI designada realizar la evaluación socioeconómica.La petición debe ser interpuesta por patrocinio letrado, mediante un escrito de demanda presentado en Capital Federal ante la CFSS (esta asigna un Juzgado de 1ra. Instancia en la SS}o ante los Juzgados Federales con asiento en las Provincias.Aclaraciones: CARSS: Comisión Administrativa Revisora de la Seguridad Social. CFSS: Cámara Federal de la Seguridad Social.23/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I ANEXO 111:Desistimiento de Trámite no Resuelto Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 ANSES Buenos Aires, Me dirijo a usted en relación a mi solicitud de adhesión al régimen de regularización de deuda establecido por la Ley Nº 26.970 para acceder a mi prestación previsional.A esos efectos, desisto de la solicitud efectuada en el Expediente Nº xxxxxxx, en virtud la prestación por el artículo xxx de la Resolución ANSES /14, para tramitar delo requerido previsional en el marco de la Ley Nº 26.970.Consecuentemente, / / Nº 024 / solicito se deje sin efecto sin más trámite el expediente administrativo / /.Titular Nombre y Apellido DNI Firma del Solicitante Aclaración 24/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Desistimiento de pedido de Revisión ante la CARSS ANSES Buenos Aires, Me dirijo a usted en relación a mi solicitud de adhesión al régimen de regularización de deuda establecido por la Ley N° 26.970 para acceder a mi prestación previsional.A esos efectos, desisto del pedido de Revisión interpuesto ante la Comisión Administrativa Revisora de la Seguridad Social Resolución ANSES /14, para tramitar (CARSS), en virtud de lo requerido por el artículo xxx de la la prestación previsional en el marco de la Ley Nº 26.970.Consecuentemente, / / N° 024 / solicito se deje sin efecto sin más trámite el expediente administrativo /./ Titular Nombre y Apellido DNI Firma del Solicitante Aclaración 25/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 ANEXO IV: Manual del Operador 1. Se ingresa al Sistema SICA de manera habitual, eligiendo en la opción 6 -ASISTENCIA PREVISIONAL y se pulsa INTRO.04/09/2014 16;12:32 8IST. INICIACION - COMPUTOS y AJUSTES S 1 e A AJ2AJ09 - VWTMJA l.2. 3.4 _ 5.6. 7.MENU PRINCIPAL Primeros Pagos Beneficiarios Grupo de Control (SUAR) Consulta Tasa Activa - Pasiva Asistencia Mantenimiento Previsional de Tablas Opcion: 6 PF3: SALIR 2. Se ingresa el tipo de trámite (490, 491,492 o 493 según corresponda) y el número de CUIL(f del solicitante en la forma habitual.Do8C - VWTMJA 04/09/2014 T.Tramite: Ape.y Nom: voso BreA - ASESORAMIENTO AJ09 COB. PREVISIONAL PANT: 01 FILAS: 001/007 IOP4 1MP: F.Nac: eDIL: Nac: F.lng.Pais: Sexo: -------------------------!-------------------------------------------------- B. Serv. E. L. Empresa ! F. Desde ! Tiempo Hs. Ds - F. Hasta !Re e Ac Total: Serv.Requeridas Edad Requerida: a a m m d d Tiempo Inf.: a a m m d d Fl= Ayuda F3= Salir F4=Repite F5=Barr.lin F7= Retrac F8= Avanza INGRESEeODIGO DE TIPO DE PRESTAClON y PRESIONEINTRO F9=Imprime FIQ=+Func.Fll=Calcula F12=Mod.Enc 3. Se ingresa la fecha de solicitud y cese (de corresponder), y se pulsa INTRO. El Sistema buscará ingresado. En caso de encontrar Servicios en la leyenda para siguiendo el circuito la información Relación de Dependencia, mostrará una ventana en donde se visualizará ingresar al HLAB a fin de seleccionar habitual.obrante en HLAB para el CUIL(f los períodos que correspondan, 26/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 - AJ09 voso SICA - ASESORAMIENTO ASESORAMIENTO DOS e - VWTMJA 04/09/2014 T.Tramite: Ape.y Moro: RUIZ ALBERTO F.SOLICITUD: 01 09 2014 F.DE CESE: F.Desde -------------------------!-------------------------------------------------- PANT: 01 FILAS: 001/007 IDP4 eDIL: 20 - 07802626 - o Sexo: M EDAD A SOLICITUD: PREVISIONAL F.Nae: 01 05 1946 Nac: A F.lng.País: B. Servo E.L. Empresa! COB. PREVISIONAL F.Hasta HS.Ds! Tiempo 490 1MP: - !Re e Ac ! PRESIONE FI! PARA INGRESAR AL HLAB ! o Presione Enter para continuar --------------- Total: Serv.Re! Edad Requerida: a ro d SERVICIOS FALTANTES ._______!! !! ! ! !! !! ! !! ! !! ! ! ! !-- d d a ro Fl= Ayuda F3= Salir F5=Borr.lin F4=Repite DEBE INGRESAR FECHA DE SOLICITUD F7= Retrae F8= Avanza F9=Imprime F10=+Func.Fll=Ca1cu1a F12=Mod.Ene 4) En caso de contar con serviCIOS autónomos, ya sea 105 de Relación de Dependencia el Sistema mostrará en la pantalla todos los y/o y/o Autónomos En caso de no encontrar nada, el sistema mostrará la pantalla vacía.servicios que se encuentren, Monotributo.VQ50 SICA - ASESORAMIENTO ASESORAMIENTO DD8C - VWTMJA 04/09/2014 T.Tramite: Ape.y Nom: RUIZ ALBERTO F.SOLICITUD: 490 - AJ09 - COB. PREVISIONAL PANT: 01 FILAS: 001/007 IMP: IDP4 PREVISIONAL CUIL: 20 - 07802626 - o Sexo: M F.Nac: 01 05 1946 Nac: A F.Ing.Pais: EDAD A SOLICITUD: 068 04 00 , Tiempo !Re e -------------------------!-------------------------------------------------- B. Servo E.L. Empresa NB NB NB NB NB NB , NB ------------------------------------------------------------------------------- Total: 01 09 2014 F.DE CESE: , F.Desde ! 01 01 1965 , 01 01 1966 ! 01 01 1967 ! 01 01 1968 ! 01 01 1969 01 01 1970 ! 01 01 1971 30 a 00 ID 00 d 65 a 00 ID 00 d 102 65/30 FORO ADTON. 103 65/30 ADTON. 103 65/30 ADrON. 103 65/30 ADrON. 103 65/30 ADrON. 103 65/30 103 65/30 ADrON. Serv. Requeridos Edad Requerida: 1 1 1 1 1 1 1 Tiempo Inf. : F.Rasta 31 12 1965 31 12 1966 31 12 1967 31 12 1968 31 12 1969 31 12 1970 31 12 1971 Ac -- 11 10 AV 10 AV 10 AV 10 AV 10 AV 10 AV 16 a 03 ID 00 d 13 a 09 ID 00 d SERVICIOS FALTAN TES ! R ! R ! R ! R ! R ! R R Hs.Ds Fl= Ayuda F3= Salir F4=Repite F5=Borr.lin F7= Retrae F8= Avanza F9=Imprime F1Q=+Fune.* SIN DERECHO * Fll=Ca1eula F12=Mod.Ene 27/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 5) Presionando F1O (+Funciones) se accede a otro juego de Funciones, dentro de las cuales la F5, que identifica la Moratoria Ley N° 26.970.- 09 490 PANT: - AJ09 01 FILAS: 001/007 IMP: IOP4 eDIL: 20 - 07802626 - o Sexo: M COB. PREVISIONAL voso SIeA - ASESORAMIENTO ASESORAMIENTO PREVISIQNAL F.Nac: 01 05 1946 Nac: A F.lng.Pais: , Tiempo DD8C - VWTMJA 04/09/2014 T.Tramite: Ape.y Nom: RUIZ ALBERTO --------------------------------------------------------------- 01 2014 F.SOLICITUD: B. Servo E.L. Empresa -------------------------!-------------------------------------------------- NB NB NB NB NB NB NB Total: F.DE CESE: ! F.Desde ! 01 01 1965 , 01 01 1966 ! 01 01 1967 ! 01 01 1968 ! 01 01 1969 ! 01 01 1970 ! 01 01 1971 30 a 00 m 00 d 65 a 00 ro 00 d 102 65/30 103 65/30 103 65/30 103 65/30 103 65/30 103 65/30 103 65/30 Serv.Requeridos Edad Requerida: 1 1 1 1 1 1 1 Tiempo Inf.: FALTAN TES F.Hasta 31 12 1965 31 12 1966 31 12 1967 31 12 1968 31 12 1969 31 12 1970 31 12 1971 FORO ADrON. ADrON. AurON. AUTON. AUTON. AUTON.------------ 068 04 !Re e , , R , R R , ! R , R R ! R -- Ac -- 11 * 10 AU 10 AU 10 AU 10 AU 10 AU 10 AU 16 a 03 ro 00 d 13 a 09 m 00 d EDAD A SOLICITUD: SERVICIOS Hs.Ds 00 ------------------------------------------------------------- F1=Ordena F3=Sa1ir FS,*,Moi',ii t9F ~ F7=Ing.HLAB HLAB F6=Borr Per PRESIONE LA TECLA CORRESPONDIENTE O ANULE CON ENTER * SIN DERECHO * F9=Copia F10=Borra Todo F12=Cuits 6) Luego de presionar F5, la tecla tiene la función de completar los períodos vacíos hasta reunir los 30 años de servicios exigidos para para alcanzar el requisito para acceder a la PBU (los servicios agregados se diferencian con el código 12 en la columna de CAJA).7) Los servicios que predetermine el sistema se visualizaran con ex caja 12, operador con ex caja 13 y los que resulten informados por AFIP como "cancelados" caja 10.los que ingrese el con ex 490 - AJ09 - COB. PREVISIONAL 01 09 2014 F.DE CESE: F.Desde PREVISIONAL F.Nae: 01 05 1946 Nae: A F.lng.pais: Voso SICA - ASESORAMIENTO ASESORAMIENTO DD8C - VWTMJA 04/09/2014 T.Tramite: Ape.y Nom: RUIZ ALBERTO F.SOLICITUD: ----------------,--------!-------------------------------------------------- PANT: 01 FILAS: 001/007 IMP: IOP4 CUIL: 20 - 07802626 - o Sexo: M 068 04 00 EDAD A SOLICITUD: -- B. Servo E.L. Empresa! !RC C Ae ª2 AU , NB~]¡'io3r65/3'O=.A.tJT:b~~.!:.l.:'0i~':05~1~_6.{:.:rt.:í'z ':19 6" NB 31 12 1965 11 NB 31 12 1966 10 AU NB 31 12 1967 10 AU la AU NB 31 12 1968 NB 31 12 1969 10 AU NB 31 12 1970 10 AU .'""""""."7' .'.1~¡,::)iremp.o-';1'nL G_~3Ó'~ti':'tj;6~m_:.-OD,~d Total: d 102 65/30 103 65/30 103 65/30 103 65/30 103 65/30 103 65/30 Serv.Requeridos Edad Requerida: , 01 01 1966 ! 01 01 1965 ! 01 01 1967 , 01 01 1968 ! 01 01 1969 ! 01 01 1970 30 a 00 ro 00 65 a 00 m 00 d FORO AurON. AurON. AUTON. AUTON. AUTON.SERVICIOS FALTANTES R ! R ! R R ! R R R F.Hasta Hs.Ds! Tiempo 1 1 1 1 1 1 , , a m 8 F1= Ayuda F3= Salir F4=Repite F5=Borr.lin F7= Retrae F8= Avanza F9=Imprime F10=+Func.* CON DERECHO * F11=Caleula Fl2=Mod.Ene 2B/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 DD8C - VWTMJA 04/09/2014 voso STeA - ASESORAMIENTO - AJ09 - COB. PREVISIONAL PANT: 02 FILAS: 008/014 IMP: IDP4 490 T.Tramite: Ape.y Nom: RUIZ ALBERTO 092014 F.SOLICITUD: 01 ASESORAMIENTO PREVISIONAL F.Nac: 01 05 1946 Nac: A F.lng.Pais: 07802626 eDIL: 20 - - o Sexo: M EDAD A SOLICITUD: B. Servo E.L. Empresa! -------------------------!-------------------------------------------------- - F.Hasta Hs.Ds! Tiempo F.DE CESE: F.Desde 31 12 1971 NB 103 65/30 31 03 1972 103 65/30 NB 31 12 1972 NB 103 65/30 31 05 1977 NB 103 65/30 30 06 1979 NB 103 65/30 31 07 1979 NB 103 65/30 ~.'fr::i(j:1~:.6.573"i.fl::AtjT'óf{~.!..:.(íl.:i1'.:]' ~fáó',~) i~'!!~:~19ªI ! 01 01 1971 ! 01 01 1972 ! 01 04 1972 ! 01 01 1973 ! 01 06 1977 ! 01 07 1979 AurQN. AurQN. AurON. ADrON. ADrON. ADrON.Total: Serv.Requeridos Edad Requerida: 30 a 00 m 00 d 65 a 00 m 00 d 3 Tiempo Inf.: SERVICIOS FALTAN TES : , 1 ! ! ! ! , ! 4 2 00 068 04 !Re e Ac -- ! R 10 AV 3 ! R 10 AV ! R 10 AU 9 10 AU ! R 5 1 ! R 10 AU 1 ! R 10 AU 5 ! R 12 AU 30 a 00 m 00 d a ro d F1~ Ayuda F3= Salir F4=Repite PRESIONE F8 PARA CONTINUAR FS=Borr.lin F7= Retrae F8= Avanza F9=Imprime FI0=+Func.* CON DERECHO * F11=Ca1cula F12=Mod. Ene PREVISIONAL F.Nac: 01 05 1946 Nac: A F.Ing.pais: -------------------------!-------------------------------------------------- - AJ09 - COB. PREVISIONAL DD8C - VWTMJA 04/09/2014 T.Tramite: Ape.y Nom: RUIZ ALBERTO F.SOLICITVD: 490 VOSO SICA - ASESORAMIENTO ASESORAMIENTO 01 09 2014 F.DE CESE: F.Desde - ART.19A F.Hasta 002 65/30 B. Servo E.L. Empresa! Na!::10:í;6;;(30 ,.~AqTpN :::::L;'b 1~J~,::;~'9.!f1;~?,1':0'7R.2 (YóI Na NB NB NB NB NB Total: , ! ! ! ! ! Serv.Requeridos Edad Requerida: 30 a 00 m 00 d 65 a 00 m 00 d Tiempo Hs.Ds! PANT: 03 FILAS: 015/021 IMP: IDP4 CUIL: 20 - 07802626 - O Sexo: M 068 04 00 EDAD A SOLICITUD: !RC C , R , ! R , R , R , R , R R 30aOOmOOd Ac -- 12 AU 11 AT Tiempo Inf.: . . ., , 9 1 9 7 ! ! ! ! ! SERVICIOS FALTANTES d a ro : * CON DERECHO * Fl1=Ca1cu1a F12=Mod.Enc Fl= Ayuda F3= Salir F4=Repite PRESIONE Fa PARA CONTINUAR F5=Borr.lin F7= Retroe F8= Avanza F9=Imprime FIO=+Func.29/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Con la función FlO+ F2 Resumir, el sistema agrupará los periodos consecutivos de autónomos.Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 490 - VWTMJA - AJ09 - COB. PREVISIONAL vOso SIeA - ASESORAMIENTO ASESORAMIENTO PREVISIONAL F.Nac: 01 05 1946 Nac: A F.lng.Pais: Do8C 04/09/2014 T.Tramite: Ape.y Nom: RUIZ ALBERTO F.SOLICITUD: 01 09 2014 F.DE CESE: F.Desde B. Servo E.L. Empresa! -------------------------!-------------------------------------------------- }1B"::~ljj: 6!fi3Ü~:}l.UTON :::JH.: IYf~O5',';,1964 -:-;:)l:~~L:(1~r6-4 31 12 1965 NB 102 65/30 L. 'NB*'"i03.'65/3b-+'AtJTON~T'~-6r'1'rj¡.1~réO 31 07 1979 NB 103 65/30 -3i"""03 ,'1984 PANT: 03 FILAS: 015/021 IDP4 eDIL: 20 - 07802626 - o Sexo; M 068 04 00 EDAD A SOLICITUD: Ac !RC e -- ! R ~2AU , 11 * 10 AU ;Li"AU ~.?"tAU 11 AT ! 01 01 1965 ! 01 01 1966 1 ! 13 3 9 1 ,,)JB .~""103 '" 6;5/ 30":,, AqTÓN.,O 1" 1.1" 199,1,,,,,,. 31 "O.?~2001 FORD ADrON.002 65/30 F.Hasta ART.19A HS.Ds! Tiempo 8 7 5 9 7 1M?: R R ! R , R R ! R Serv.Requeridos Edad Requerida: 30 a 00 m 00 d 65 a 00 m 00 d Tiempo Inf.: SERVICIOS FALTANTES 30 a 00 m 00 d a m d NB NE Total: ,,.,,:f ! ! Fl= Ayuda F3= Salir F4=Repite PRESIONE F8 PARA CONTINUAR F5=Borr.lin F7= Retrae F8= Avanza F9=Imprime F10=+Func.* CON DERECHO * F11=Caleu1a Fl2=Mod. Enc 8) Al presionar la tecla de función F9, se muestra el tiempo de servicios antes y después de de este ~odo el tiempo de años con aportes para el cálculo de la PC y 07/1994, calculando PAP, respectivamente. Al presionar INTRO imprime el cómputo.F.Nac: 01 05 1946 Nac: A F.Ing.Pais: 490 DD8C - VWTMJA 04/09/2014 T.Tramite: Ape.y Nom: RVIZ ALBERTO F.SOLICITU --------- B. Ser --------- NB 103 103 NB 103 NB 103 NB 103 NB NB 103 NB 103 --------- S Total: : E V050 SICA - DETERMINACION PBU/PC/PAP MORAT. INC.PREV - AJ08 - COB. DEL DERECHO ! a R.O.Antes del 94 Despues del 94 * TIEMPO CON APORTES * -----------------------------------------------ITUO: !----------------------------------------------! !----------------------!----------------------!! , R.O. : d Aut. : 07 a 01 m 00 d Sim.: d ! Aut. : 21 a 04 m 00 d ! Sim.: d! !---------------------------------------------!! !-------------~------------------------------! ! ---------------------------------------------! PBU: 00 a 00 m 00 d Total Excedente a m a m a PANT: 01 FILAS: 001/007 IMP: IDP4 CUIL: 20 - 07802626 - o Sexo: M 068 04 00 !---- ------------ !RC C !!----------------- ! R , , ! R , , R , ! R !, , ! R d!! ! R ! R -- Ac -- 12 AV 1 10 AV 1 10 AU 1 10 AV 1 10 AV 1 10 AV 1 10 AU !-------------------- 30 a 00 m 00 d !!nf.: Tiempo 8 m m ! ES : a m d PRESIONE ENTER PARA CONTINUAR O F6 PARA CANCELAR 06=CANCELAR ENTER = COMPOTO ILUSTRATIVO FI0=+Func.F12=Mod.Enc 9) Al presionar INTRO se continúa con la pantalla de DATOS DEL SICAM, donde se visualizará el NRO DE CLAVE AFIP que el operador deberá usar para enviar el plan a través del aplicativo SICAM. Si todavía no se hizo el SICAM, no se ingresará el Número y la Fecha de liquidación 30/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 ¡ "Año del General Manuel Belgrano" I SICAM. Al presionar F6 se emitirá la impresión de la información que el operador, deberá ingresar en el SICAM.de períodos de autónomo 10) El operador, una vez que el sistema haya impreso el detalle de los periodos a incorporar en Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 la carga en Sica e ingresar en SICAM con el fin de confeccionar la carga la misma, deberá volver al Sistema SICA, recuperar ingresada, con el fin de dar de alta la actuación y/o expediente administrativo el SICAM deberá abandonar la deuda. Una vez determinada anteriormente que corresponda, ae Liquidación SICAM y proseguir con la caratulación como también completar los campos Nro. de Liquidación SICAM y Fecha de manera habitual.Do8C - 04/09/2014 Tipo Tramite: Ape.y Nom: F.Solicitud: B.Servo E.! ! ! ! SICA - DETERMINACION DEL DERECHO PANT: DE: Impr: 490 PEu/pe/PAP MORAT.IN eUIL: ============================================ DATOS DE S ICAM Sexo: M ! ! !! ! ! ! ! ------------- ropo !RCCA -m--d-!------ ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ..._ ...: 125632 !! NRO. CLAVE AFIP ! ! !! NRO.LIQUIDACION ! ! !! FECHA LIQUIDACION ! ! , 1 ------------ SICAM .: SICAM: ------------------------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------------------------------- INGRESE DATOS DEL SICAM y PRESIONE ENTER PARA SEGUIR 11) El Sistema SICA caratulará un expediente cuyo tipo de trámite PREVISIONAL y el 490/491/492/493 beneficio solicitado, el mismo quedará en estado 40 (Resuelto Favorablemente, quedará en estado 41 (Resuelto Desfavorablemente).en caso de alcanzar será 497 ASISTENCIA los requisitos para acceder al caso contrario 31/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020" PREV-16-31 3AFR - 01/10/2014 - AJ09 SICA - ASESORAMIENTO PREVISIONAL PANT: 01 DE: 001/007 Impr: $3vp Tipo Tramite: Ape.y Nom: MARTA MARIA ISA F.Solicitud: 490 23 09 2014 F.de Cese: PBU/PC/PAP MORAT.F;Nac: 20111952 IN CUIL: 27 Nac.: A - 10641266 - 4 Sexo: F EXPEDIENTE: - 024 000001 024 - 27 - 10641266 - 4 - 490 - 000001 10641266 4 - 497 27 - - - - Fecha Inicio AFJP/ANSES: - EST.DEL EXP.497: 01 10 2014 AFJP: ANSE 40 RESUELTO FAVORABLEMEN !-------------------------------------------------------!! ! Fl1= CARATULA y GRABA l F6=CANCELA --------- F.INI PRES.Fl1 PARA CARATULAR EXPEDIENTES 497 Y 490. F6 CANCELAR , , , C) Constancia de expediente iniciado. D) Autorización de Gestión.32/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I 13) COMPUTO ILUSTRATIVO, A N S E S - Cómputo Ilustrativo - Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 20/08/2014 de Ingreso Fecha Fecha de Nac.: al País: de Solicitud: Fecha de Cese: / 04 / 01 / / 10 / 1947 08 / 2014 / / HS.Ds AA MM DO Acr Ex 08 00 00 00 00 00 00 00 00 05 01 01 05 09 01 01 01 01 01 01 01 01 04 02 00 03 09 AU AC AV AU AU AU AU AU AU AU AU AU AU AU 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 12 11 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 12 12 30 00 00 00 ros 00 ds 00 ms 00 ds 00 ms 00 ds DEL SOLICITANTE: DATOS Apellido y Nombre: CUIL; 20 - 07635156 GALVAN ANTONIO MIGUEL - 3 Nacionalidad: ARGENTINA Fecha Beneficio Solicitado: EXP.PREST.SIJP CD C.S. Req. Empresa Fecha Desde PBO-pe-SQL Fecha Hasta NB NB NB NB NB NB NB NB NB NB NB NB NB NB 103 65/30 ADTON. FORD 102 65/30 103 65/30 ADTON. 103 65/30 ADTON. 103 65/30 ADTON. 103 65/30 ADTON. 103 65/30 AUTON. 103 65/30 ADTON. 103 65/30 ADTON. 103 65/30 ADTON. 103 65/30 AUTON. 103 65/30 ADTON. ADTON. 103 65/30 ADTON. 65/30 103 01.05.1964 01.01.1965 01.01.1966 01.01.1967 01.10.1968 01.01.1969 01. 01.1970 01.01.1971 01. 01.1972 01. 01.1973 01.06.1977 01.07.1979 01.11. 1980 01.11.1991 31.12.1964 31.12.1965 31.12.1966 31.12.1967 31.12.1968 31.12.1969 31.12.1970 31.12.1971 31.12.1972 31.05.1977 30.06.1979 31.07.1979 31. 03.1984 31.07.2001 * TOTAL DE SERVICIOS: O as 3°. LEY 24476: O ms O POR DDJJ SE HA COMPUTADO EDAD REQUERIDA: 65 as EDAD AL CIERRE: 068 as Y/O ART 00 ros 00 ds 04 ros 00 ds SERVICIOS REQUERIDOS: SERVICIOS PRESENTADOS: SERVICIOS FALTANTES: * TOTALES DE AÑOS ANTES Y DESPUES DEL 06/94 * ds 30 as 30 as 00 as * ANTES DEL 30/06/94 * * DESPUES DEL 01/07/94 * Rel. de Depen.: 01 as ....: 21 as Autonomos Simultaneos ..: 00 as 00 ms 00 ds 04 ms 00 ds 00 ms 00 ds * TOTAL EXCEDENTE PBD: Rel. de. Depen.: Autonomos ..... : Simul taneos ...: 00 AS 00 MS 00 OS 00 as 07 as 00 as 00 ms 00 ds 01 ms 00 ds 00 ms 00 ds 33/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 +-----------------------------------------------------------------------------+ I EL COMPUTO QUE ANTECEDE I VERBALES Y / O DECLARACIONES I CONDICIONADA SU VALIDEZ I DE LA DE SERVICIOS CON APORTES. \ EN MATERIA DE ACREDITACION I CARACTER DE ILUSTRATIVA Y BAJO NINGUN I HABILITACION DE DERECHO AL OTORGAMIENTO I LA PRESENTE TIENE VALOR DE DECLARACION JURADA. +-----------------------------------------------------------------------------+ SE HA REALIZADO SOBRE LA BASE DE MANIFESTACIONES QUEDANDO VERACIDAD Y LEGITIMIDAD A LA PRESENTACION MATERIAL CONFORME LO DETERMINA LA REGLAMENTACION ES POR ELLO QUE TIENE IMPLICA PROMESA O PUNTO DE POR PARTE DE ESTE ORGANISMO.TITULAR / DECLARANTE / FIRMANTE DOCUMENTACION RESPALDATORIA VISTA DEL I 14) COMPUTO ILUSTRATIVO SICAM: A N S E S - Cómputo Ilustrativo - DATOS DEL SOLICITANTE: Apellido y Nombre: CUIL: 20 - 07635156 - 3 Nacionalidad: ARGENTINA GALVAN ANTONIO MIGUEL Fecha de Nac.: Fecha de Ingreso al País: Fecha de Solicitud: Fecha de Cese: 20/08/2014 10 1 1947 08 / 2014 / 1 / 04 / 01 / 1 Beneficio Solicitado: EXP. PREST. SIJP PBU-PC-SQL Fecha Hasta Hs.Ds AA MM DD Acr Ex Req. Empresa Fecha Desde CD C.S.------------------------------------------------------------------------------- NB 00 NB 00 NB 00 NB 00 NB 00 NB 00 NB 00 NB 00 NB 00 NB 00 NB 00 NB 00 NB 00 103 65/30 AUTON. 103 65/30 AuraN. 103 65/30 AuraN. 103 65/30 AUTON. 103 65/30 AuraN. 103 65/30 AUTaN. 103 65/30 AUTON. 103 65/30 AurON. 103 65/30 AUTON. 103 65/30 AUTON. 103 65/30 AUTON. 103 65/30 AUTON. 103 65/30 AUTON.01. 05.1964 01.01.1966 01.01.1967 01. 01.1968 01.10.1969 01.01.1970 01.01.1971 01.01.1972 01. 01.1973 01.06.1977 01.07.1979 01. 11. 1980 01. 11. 1991 31.12.1964 31.12.1966 31.12.1967 31.12.1968 31.12.1969 31.12.1970 31.12.1971 31.12.1972 31.05.1977 30.06.1979 31. 07 .1979 31.03.1984 31.07.2001 00 01 01 01 01 01 01 01 04 02 00 03 09 08 00 00 00 00 00 00 00 05 01 01 05 09 AU AU AU AU AU AU AU AU AU AU AU AU AU 12 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 12 12 34/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I 15) CARNET DE CONSTANCIA DEL EXPEDIENTE: Se ha realizado la Caratulación en el Sistema de Gestión de Trámites del Expediente Nº 024-20- 07635156-3497-000002, de acuerdo a los datos ingresados en el presente Cómputo.Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 3 497 000002 DE TRAMITES SIJP PBU-PC-SQL CARATULACION AUTOMATICA EXPTE.: 024 20 07635156 +-----------------------------------------------------+ 1----------------------------------------------------- I I II TRAMITE: EXP. PREST. I I TITULAR: GALVAN II FECHA DE SOLICITUD ..: 01.08.2014 II FECHA DE CARATULACION: 20.08.2014 I I DEPENDENCIA: II OPERADOR DE ALTA: VWTMJA I+-----------------------------------------------------+ 12112011 GCIA. RED- AREA CAPITALIZACI ALFANO MARIA JOSE-V ANTONIO MIGUEL 16) AUTORIZAClON DE GESTION: A N S E S +-------------------------+ I AUTORIZACION DE GESTION I +-------------------------+ lUGAR: UDAI XXXXXXXXXXXX FECHA: 20/08/2014 Por la presente el Sr/SraGAlVAN ANTONIO MIGUEL CUIL NQ20 - 07635156 pedido la determinación FISCAL O CLAVE DE SEGURIDAD SOCIAL Yautoriza al envío de la Liquidación Nro. 0099 por aplicativo SICAM por lo que a tal efecto ingresa personalmente 00 07635156 Documento: autoriza - 3 a esta ANSES a diligenciar a su la correspondiente CLAVE Asimismo declara bajo juramento que los datos vertidos en el Sistema SICA Determinación de la Historia Laboral desempeñada ya sea como trabajador Dependiente / autónomo / SDM según correspondiera.del Derecho son fiel reflejo conocimiento de la deuda pendiente de pago acepta del trámite jubilatorio quedando en pleno conocimiento las condiciones para su regularización y de que el beneficio quedará sujeto facultada para realizarlos controles necesarios de los distintos servicios por necesarias los mismos y a aportar sobre lo cual ante la falta en esta tomado Habiéndose posterior diligenciamiento la acreditación Es su los servicios invocados ausencia instancia de de los extremos conocimiento legales necesarios (edad y servicios).conforme que ANSES se encuentra a las pautas de acreditación total o parcial de información el trámite se resolverá conforme normativa vigente.en los sistemas y o pruebas Previa lectura y ratificación firma ante mí que certifico.35/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Se inicia el proceso batch para la liquidación Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 17) En el supuesto que el consecutivamente con la resolución a través de la unidad.generará el alta del trámite administrativo trámite no pueda ser resuelto por el procedimiento automatizado previsional, a fin de que se continúe 36/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 1 "Año del General Manuel Belgrano" I Anexo B: Procedimiento de Notificación de Resultado Negativo-Ley Vigencia: 15/01 /2020 PREV-16-31 N2 26.970 Detalle de Tareas Solicitante 1.Ingresa en la WEB de ANSES, SMS, Atención telefónica, o se presenta en una Oficina ANSES.2. En el caso de Solicitudes WEB el sistema muestra pantalla de Consentimiento.(Mensaje 1) 3. Registra Datos solicitados (DNI interesado, sexo, domicilio).4. Ana/iza Incompatibilidad.4.1. Si no supera e/ control de Incompatibilidad, 4.1.1. En el caso de solicitudes WEB, el sistema notifica que posee una prestación incompatible con la solicitada.4.1.2. El sistema notifica a UCAO que no ha superado la Evaluación de Incompatibilidad y continúa en el punto 29.4.2. Si supera el control de Incompatibilidad, 4.2.1. Analiza si supera la Evaluación Socioeconómica.4.2.1.1.Si supera la Evaluación Socioeconómica, 4.2.1.1.1. El sistema otorga un Turno e indica la documentación la prestación solicitada.a presentar para 4.2.1.2.Si no supera la Evaluación Socioeconómica, 4.2.1.2.1. En el caso de solicitudes WEB, el sistema notifica al solicitante que no ha superado la Evaluación Patrimonial y Socioeconómica.(Mensaje 111) 4.2.1.2.2. El sistema notifica a UCAO que no ha superado la Evaluación Patrimonial y Socioeconómica.Unidad Coordinadora Apoyo Operativo S. Recibe semanalmente notificación de Resultado Negativo de la Evaluación Socioeconómica.6. Confecciona instrumento detallando causal de rechazo.7. Remite Resolución con causal de rechazo al domicilio del Solicitante.(Resolución IV).37/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" 1 Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Solicitante B. Recibe Resolución de ANSES de Resultado Negativo de la Evaluación Socioeconómica en el domicilio declarado.9. En caso de querer conocer los motivos específicos de rechazo, se presenta en la Oficina más cercana de ANSES y continúa en el punto 10.uDAI/ Area operativa 10. Recibe al titular.11. Solicita al titular complete y firme Formulario de solicitud de motivos específicos de rechazo y consentimiento.(Formulario V) 12. Caratula actuación como tipo de trámite 355 y arma Expediente.13. Envía Expediente (con Resultado del Socioeconómico, Formulario de solicitud de Motivos específicos y consentimiento) a UCAO y continúa en el punto 14.Unidad Coordinadora Apoyo Operativo 14. Recibe Expediente.15. Verifica que el expediente este completo.15.1. Si el Expediente no posee toda la documentación, 15.1.1. Devuelve el expediente a la UDAI indicando faltante, cambia el estado del trámite a 34 y continúa en el punto 37.15.2. Si el Expediente posee toda la documentación, cambia el estado del trámite a 30.15.2.1. Confecciona nota a la AFIP donde solicita se especifique motivos de rechazo y la agrega al Expediente.(Nota VI - AFIP).15.2.2. Envía Expediente a AFIP y continúa en el punto 16.AFIP 16. Recibe Expediente.17. Elabora nota de respuesta con los motivos específicos de rechazo y la agrega al Expediente.1B. Remite a UCAO el Expediente y continúa en el punto 19.Unidad Coordinadora Apoyo Operativo 19. Recibe Expediente de AFIP con motivos específicos del rechazo.38/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 20. Remite Expediente a la UDAI y continúa en el punto 21.UDAV Area operativa 21. Recibe Expediente.22. Confecciona Proyecto de Resolución y cambia el estado del trámite a 41.23.Incorpora nota y Proyecto de Resolución al Expediente.24.- Firma Resolución con los motivos específicos del Acto Administrativo.(Resolución VII - Motivos específicos) 25.- Notifica al Solicitante al domicilio declarado y continúa en el punto 26.Sol icitante 26.- Recibe notificación con los motivos específicos del Resultado Negativo.27.- Verifica motivos de Incompatibilidad.27.1. Si no presenta Recurso de Revisión ante la CARSS, 27.1.1. Cumplidos los plazos correspondientes queda firme el Acto Administrativo.27.2. Si presenta Recurso de Revisión ante la CARSS, 27.2.1. Presenta Nota en Oficina de Anses, solicitando revisión ante la CARSS y continúa en el punto 28.UDAV Area operativa 28. Recibe al titular.29. Recepciona escrito de recurso de revisión ante la CARSS.30. Procede de acuerdo a lo establecido en la norma "Tratamiento administrativo- Pedidos de Revisión Comisión Administrativa de Revisión de la Seguridad Social".Unidad Coordinadora Apoyo Operativo 31. Recibe del Sistema notificación de Incompatibilidad, mencionado en el punto 4.1.2.32. Confecciona Resolución detallando causal de Incompatibilidad.(Resolución VIII).33. Remite Resolución con causal de Incompatibilidad al domicilio del Solicitante y continua en el punto 35.34. Archiva Transitoriamente el Expediente.Solicitante 39/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 35. Recibe Resolución de los motivos de Incompatibilidad.36. Verifica motivos de Incompatibilidad.36.1. Si no presenta Recurso de Revisión ante la CARSS, 36.2. Cumplidos los plazos correspondientes queda firme el Acto Administrativo.36.3. Si presenta Recurso de Revisión ante la CARSS, 36.3.1. Se presenta en Oficina de ANSES, solicitando revisión ante la CARSS y continúa en el punto 28.UDAI/ Area operativa . 37. Recibe el expediente a la UDAI indicando motivo de rechazo.38. Completa el faltante y cambia el estado a 27.39. Remite el Expediente a UCAO.40/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Añodel General ManuelBelgrano"I Vigencia: 15/01/2020 PREV- 16-31 Anexo 1:Mensajes 11.Mensaje consentimiento por Web El régimen de regularización de la deuda establecido por la ley N° 26.970, está dirigido a aquellas personas que, por su situación patrimonial o socioeconómica no puedan acceder a otros reg(menes de regularización vigentes. Para lo cual y conforme lo dispone el art(culo 3° de la citada norma legal, AN5E5 realizará las evaluaciones patrimoniales o socioeconómicas necesarias para determinar el acceso al régimen a aquellas personas con mayor vulnerabilidad. Por lo expuesto; presto consentimiento para que AN5E5, realice las evaluaciones pertinentes conforme los parámetros establecidos en la Resolución Conjunta General AFIPN° 3673 YAN5E5 N° 533/2014.111.Mensaje no supera el control de incompatibilidades por Web Estimado: En relación a su solicitud de adhesión al Régimen de Regularización de Deuda establecido por la ley N° 26.970, Yteniendo en cuenta que el art(culo 9° de la misma y su reglamentación disponen que el beneficio previsional que se otorgue en el marco de la presente, resulta incompatible con el goce de otra prestación previsional o plan social, se informa que usted no ha superado los controles de incompatibilidades exigidos por la normativa. Asimismo, se informa que podrá renunciar a su prestación y adherirse al Régimen de Regularización de Deuda establecido por la ley N° 26.970 para obtener su beneficio previsional en dicho marco.los motivos espedficos por los que no ha superado los controles de incompatibilidad requeridos por la normativa vigente serán notificados en el domicilio informado por Ud. oportunamente.Mensaje evaluación patrimonial y socioeconómica negativa por Web Estimado: En relación a su solicitud de evaluación patrimonial y socioeconómica para adherirse al Régimen de Regularización de Deuda establecido por la ley N° 26.970, Yteniendo en cuenta que el art(culo 3° de la misma y su reglamentación disponen que AN5E5 realizará evaluaciones patrimoniales o socioeconómicas para determinar el acceso al régimen de las personas con mayor vulnerabilidad, se informa que usted no ha superado las evaluaciones requeridas por la normativa, receptadas en el art(culo 8° de la Resolución Conjunta General AFIPN° 3673 YAN5E5 N° 533/2014.los motivos por los que no ha superado las evaluaciones requeridas por la normativa vigente serán notificados en el domicilio informado por Ud. oportunamente.41/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I ( Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 IV.Resolución UCAO Socioeconómico al domicilio de la persona BUENOS AIRES, VISTO la solicitud de adhesión al Régimen de Regularización de Deuda establecido por la Ley N.26.970, para acceder a una prestación previsional, fonnulado por XXXXXXX,D.N.!.: XXXXX,bajo el registro N° XXJOOOOOOO( de esta Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES),y CONSIDERANDO: Que el requirente, a través de los canales habilitados por esta Administración Nacional de la Seguridad Social, solicito la adhesión al Régimen de Regularización de Deuda establecido en la Ley N. 26.970 para acceder a su prestación previsional.Que el art(culo 3° de la Ley N° 26.970, dispone que ANSES, en fonna previa a detenninar el derecho a una prestación previsional, realizará evaluaciones patrimoniales o socioeconómicas en base a criterios objetivos que detennine la reglamentación, a fin de asegurar el acceso al régimen de las personas que presenten mayor vulnerabilidad.Que el art(culo 8.de la Resolución Conjunta General AFIP N.3673 Y ANSES N.533/14, determina los criterios objetivos sobre la base de los cuales se realizaran las evaluaciones mencionadas precedentemente, disponiendo que la misma será positiva cuando no se verifique respecto del peticionante alguna de las circunstancias mencionadas en sus incisos a), b) oc).42/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Añodel General Manuel Belgrano" 1 Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Que oportunamente, el solicitante presto su consentimiento de forma expresa, a fin de que ANSES realice las evaluaciones requeridas por la normativa vigente, sobre la base de la infonmaci6n proporcionada por AFIP a tales efectos.Que en el marco de dichas evaluaciones, se realiz6 un análisis exhaustivo deJa situaci6n patrimonial y socioecon6mica del solicitante, verificándose a través de elementos de juicios fehacientes, que el mismo no cumple con los parámetros requeridos para acceder al Régimen de Regularizaci6n de Deuda establecido por la Ley N.26.970, toda vez que se verific6 la circunstancia de exclusi6n establecida en el artkulo 8.inciso xxxxx de la Resoluci6n Conjunta General AFIP N. 3673 YANSESN. 533/14.Que ha tomado la intervenci6n de su competencia el Servicio Jurídico de esta Administraci6n.Que la presente se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el artículo 36 de la Ley N. 24.241 yel artículo 3. del decreto N.2.741/91.Por ello, LA DIRECCIÓN UNIDAD CENTRAL DE APOYO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUElVE: ARTICULO 1.- Desestimar la solicitud de adhesi6n al Régimen de Regularizaci6n de Deuda previsto en la Ley N." 26.970, solicitada por XXXXXXX, D.N.!. XXXXX, bajo el registro N.xxxxxxxxxx, considerando que no ha superado la evaluación patrimonial y socioecon6mica toda 43/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 vez que no cumple con el requisito establecido en el artkulo 8° inciso xxxxx de la' Resolución Conjunta General AFIPN° 3673 YANSESN" S33/14.ARTICULO2°.- Regrstrese, y notifrquese conforme los términos de la ley N° 24.463, con las modificaciones introducidas por la ley N° 24.655, Y consentida o ejecutoriada que sea, archrvese.RESOLUCiÓNDUCA N° Recursos: Si usted no está conforme con todos o algunos de los aspectos que integran la presente Resolución, podrá interponer los siguientes recursos en el plazo y en la forma indicada en cada caso: 44/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Recurso Caracterfsticas Forma de interposición Plazo de interposición Revisión ante la CARSS Optativo. Suspende los plazos para recurrir ante la Justicia Federal.Reconsideración (art. 84 Decreto N° 1.759/72) Optativo. Suspende los plazos para recurrir ante la Justicia Federal.Demanda de Impugnación del Acto Administrativo (Ley N° 24.463 - arto 15 y siguientes y Código de Procedimientos Civil y Comercial Nacional) contra recursos Necesita patrocinio letrado. Procede también las Resoluciones dictadas la CARSS y la UCA con motivo de de los revisión y reconsideración respectivamente.por por Mediante un escrito dirigido al Sr. Presidente de laCARSS, presentado en la UDAI de ANSES más cercana al domicilio.Mediante un escrito dirigido al Sr. Director General de la Unidad Central de Apoyo Y presentado en laUDAlde ANSES más cercana al domicilio.Mediante un escrito de demanda presentado en Capital Federal ante la CFSS (esta asigna un Juzgado de 1ra. Instancia en la SS) o ante los Juzgados Federales con asiento en las Provincias.45/57 www.diarioprevisional.com.ar Órgano que resuelve Resuelve la CARSS Resuelve la UCA Dentro de los 30 dfas hábiles administrativos contados desde la fecha de recepción de la presente notificación.Dentro de los 1O dfas hábiles administrativos contados desde la de fecha recepción la presente notificación.de Resuelve la Justicia Federal Dentro de los 90 dfas hábiles judiciales contados desde la de fecha recepción la presente notificación de "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 V. Formulario motivos espedficos y consentimiento Buenos Aires, __ ANSES Me dirijo a usted en relación a mi solicitud de adhesión al Régimen de Regularización de Deuda establecido por la Ley Nº 26.970 Y regulado en la Resolución Conjunta General AFIP Nº 3673 Y ANSES N° 533/2014, para acceder a mi prestación previsional.A esos efectos, he prestado oportunamente mi consentimiento evaluaciones patrimoniales para acceder al mencionado toda vez que no he superado el requisito establecido en el artículo 8" inciso Conjunta General AFIP N° 3673 Y ANSES Nº 533/2014.para que ANSES realice las requeridas por el artículo 3º de la Ley N° 26.970 régimen, y se me ha notificado que mi solicitud fue desestimada, de la Resolución y socioeconómícas Por lo expuesto, brindo mi consentimiento expreso a fin de que ANSES requiera a AFIP los motivos específicos por los cuales no he superado el requisito mencionado y se me notifique (opcional) a mi domicilio lo informado .precedentemente e-mail Titular Firma y aclaración: DNI 46/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 VI. Nota solicitando a AFIP los motivos especfficos ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS: Me dirijo a vuestro Organismo en el marco de la solicitud de adhesión al Régimen de Regularización de Deuda de la Ley N° 26.970, requerida por XXXXXXX, D.N.I.: XXXXX, bajo el registro Nº xxxxxxxxxx de esta ANSES, para acceder a una prestación previsional.Cabe mencionar que el artículo 3º de la Ley Nº 26.970, dispone que ANSES, realizará evaluaciones patrimoniales o socioeconómicas en base a criterios objetivos que determine la reglamentación, a fin de asegurar el acceso al régimen de las personas que presenten mayor vulnerabilidad.La reglamentación, , dispuesta por la Resolución Conjunta General AFIP N° 3673 Y ANSES N° 533/14, determina en su artículo SO los criterios objetivos sobre la base de los cuales se realizarán las evaluaciones mencionadas precedentemente.En el marco de dichas evaluaciones, ANSES notificó al peticionante el resultado negativo de las mismas, toda vez que se verificó la circunstancia de exclusión establecida en el artículo SO inciso xxxxx de la Resolución Conjunta General AFIP N° 3673 Y ANSES N° 533/14.Al respecto, el solicitante requirió a ANSES que informe los motivos específicos por los cuales no ha superado las evaluaciones requeridas por la normativa vigente.Teniendo en cuenta que el artículo 8° de la Resolución Conjunta General AFIP N° 3673 Y ANSES N° 533/14 dispone que ANSES requerirá a la Administración Federal de Ingresos Públicos, la información necesaria para resolver la aptitud para adherir al régimen, guardando expresa confidencialidad sobre la misma, se solícita que informe los motivos específicos por los cuales el solicitante no superó las evaluaciones patrimoniales y socioeconómicas que desestimaron su adhesión al Régimen de Regularización de Deudas establecido por la Ley N° 26.970, en virtud del consentimiento prestado oportunamente.Saludo a usted atentamente.47/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" ¡ Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 VII. Resolución UDAI desestimando el acceso al régimen e infonmando motivos específicos BUENOS AIRES, VISTO la solicitud de adhesión al Régimen de Regularización de Deuda establecido por la Ley N° 26.970, para acceder a una prestación previsional, fonmulado por XXXXXXX,D.N.!.: XXXXX,bajo el registro N° xxxxxxxxxx de esta Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES),y CONSIDERANDO: Que el requirente, a través de los canales habilitados por esta Administración Nacional de la Seguridad Social, solicito la adhesión al Régimen de Regularización de Deuda establecido en la Ley N° 26.970 para acceder a su prestación previsional.Que el artCculo 3° de la Ley N° 26.970, dispone que ANSES, en fonma previa a detenminar el derecho a una prestación previsional, realizará evaluaciones patrimoniales o socioeconómicas en base a criterios objetivos que detenmine la reglamentación, a fin de asegurar el acceso al régimen de las personas que presenten mayor vulnerabilidad.Que el artCculo 8° de la Resolución Conjunta General AFIP N° 3673 Y ANSES N° 533/14, determina los criterios objetivos sobre la base de los cuales se realizaran las evaluaciones mencionadas precedentemente, disponiendo que ANSES requerirá a la Administración Federal de Ingresos Públicos, la información necesaria para resolver la aptitud para adherir al régimen, guardando expresa confidencialidad sobre la misma.Que oportunamente, el solicitante presto su consentimiento de fonma expresa, a fin de que ANSES realice las evaluaciones requeridas por la normativa vigente, sobre la base de la información proporcionada por AFIP a tales efectos.48/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Que en el marco de dichas evaluaciones, se realizó un análisis exhaustivo de la situación patrimonial y socioeconómica del solicitante, verificándose a través de elementos de juicios fehacientes, que el mismo no cumple con los parámetros requeridos para acceder al Régimen de Regularización de Deuda establecido por la Ley N° 26.970.Que ANSESnotificó al peticionante el resultado negativo de la evaluación efectuada, informando que no se encuentra habilitado para ingresar al Régimen de Regularización de Deuda previsto en la Ley N226.970, toda vez que se verifico la circunstancia de exclusión establecida en el artículo 8° inciso xxxxx de la Resolución Conjunta General AFIP N° 3673 YANSESN° 533/14.Que en ese marco, el solicitante requirió a ANSESque informe los motivos específicos por los cuales no ha superado las evaluaciones requeridas por la normativa vigente y por tanto, desestimó su solicitud de adhesión al régimen de la Ley N° 26.970.Que en ese orden de ideas, y en virtud del consentimiento prestado, se ha requerido la información a AFIP,para que nos indique los motivos especfficos por los cuales el solicitante no supera la evaluación efectuada.Que la AFIP ha intervenido, tal como consta en el presente expediente, informando respecto de la situación requerida.Que ha tomado la intervención de su competencia el Servicio Jurídico de esta Administración.Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley N224.241 Yel artículo 32del decreto N22.741/91.49/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 ¡ "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Por ello, El COORDINADOR DE LA MESA DE COMPUTOS XXXXXX RESUELVE: ARTICULO 1°._ Desestimar la solicitud de adhesión al Régimen de Regularización de Deuda previsto en la ley N° 26.970, solicitada por XXXXXXX, D.N.!. XXXXX, bajo el registro N° xxxxxxxxxx, considerando que la AFIP ha informado que los motivos espedficos por los cuales no superó la evaluación patrimonial, son xxxxxxxxxxx.ARTICULO 2°._ Regrstrese,y notifrquese conforme los términos de la ley N° 24.463, con las modificaciones introducidas por la ley N° 24.655, Y consentida o ejecutoriada que sea, archrvese.RESOLUCIÓN UDAI N° 50/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" 1 Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Recursos: Si usted no está conforme con todos o algunos de los aspectos que integran la presente Resolución, podrá interponer los siguientes recursos en el plazo y en la forma indicada en cada caso: Órgano que resuelve Resuelve la CARSS Resuelve la UDAI Resuelve la Justicia Federal Recurso Características Forma de interposici6n Plazo de interposición Revisi6n ante la CARSS Optativo. Suspende los plazos para recurrir ante la Justicia Federal.Reconsideraci6n (art. 84 Decreto N" 1.7S9/72) Optativo. Suspende los plazos para recurrir ante la Justicia Federal.Mediante un escrito dirigido al Sr. Presidente de la CARSS, presentado en la UDAIde ANSES más cercana al domicilio.Mediante un escrito dirigido al Sr. Jefe de UDAI y presentado en la UDAIde ANSESmás cercana al domicilio.Dentro de los 30 días hábiles administrativos contados desde la fecha de recepción de la presente notificación.Dentro de los 1O días hábiles administrativos contados desde la fecha de recepción de la presente notificación.Dentro de los 90 días hábiles judiciales contados desde la fecha de recepción de la presente notificación Demanda de Impugnaci6n del Acto Administrativo (LeyN" 24.463 - arto 15 y siguientes y Código de Procedimientos Civil y Comercial Nacional) Necesita patrocinio letrado. Procede también contra las Resoluciones dictadas por la CARSSy por la UCA con motivo de los recursos de revisi6n y reconsideraci6n respectivamente.Mediante un escrito de demanda presentado en Capital Federal ante la CFSS (esta asigna un Juzgado de 1ra. Instancia en la SS)o ante los Juzgados Federales con asiento en las Provincias.51/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I VIII. Resoluci6n UCAO de Incompatibilidades al domicilio de la persona Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 BUENOS AIRES, VISTO la solicitud de adhesi6n al Régimen de Regularizaci6n de Deuda establecido por la Ley N" 26.970, para acceder a una prestaci6n previsional, fonnulado por XXXXXXX,D.N.!.: XXXXX,bajo el registro N° xxxxxxxxxx de esta Administraci6n Nacional de la Seguridad Social (ANSES),y CONSIDERANDO: Que el requirente, a través de los canales habilitados por esta Administraci6n Nacional de la Seguridad Social, solicit6 la adhesi6n al Régimen de Regularizaci6n de Deuda establecido en la Ley N" 26.970 para acceder a su prestaci6n previsional.Que el artfculo 3° de la Ley N° 26.970, dispone que ANSES, en fonna previa a detenninar el derecho a una prestaci6n previsional, realizará evaluaciones patrimoniales o socioecon6micas en base a criterios objetivos que determine la reglamentaci6n, a fin de asegurar el acceso al régimen de las personas que presenten mayor vulnerabilidad.Que por otra parte, el artCculo 9° de la Ley N° 26.970, establece que el beneficio previsional que se otorga en el marco de la presente resulta incompatible con el goce de otra prestaci6n previsional de cualquier naturaleza (contributiva o no contributiva) incluyendo retiros y planes sociales, salvo en el caso en que la única prestaci6n que el titular percibe a la fecha de solicitud fuera contributiva y su importe no supere el del h?ber previsional mCnimo vigente a la fecha de solicitud de la prestaci6n.52/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Que por el artrculo 12 de la mencionada Ley, esta Administración Nacional de la Seguridad Social se encuentra facultada para dietar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación de la presente.Que en ese marco, esta Administración dietó la Resolución D.E.-N N° 540/2014, estableciendo en su artrculo 4° que ANSESrealizará los controles de incompatibilidad previstos en el artrculo 9° de la Ley N° 26.970 durante el proceso de evaluación patrimonial y socioeconómica y con anterioridad al otorgamiento de la prestación solicitada, con el fin de evaluar el derecho que pudiere corresponder al titular en el marco de la LeyN°26.970 e informar sobre prestaciones previsionales o planes sociales que resulten incompatibles con la prestación a requerir.Que en el marco de dichas evaluaciones, se realizó un análisis exhaustivo de la situación social y previsional del solicitante, verificándose a través de elementos de juicio fehacientes, que el mismo es titular del beneficio N° XXXlCIOOOOQue ha tomado la intervención de su competencia el Servicio Jurrdico de esta Administración.Que la presente se dieta en uso de las facultades conferidas por el artrculo 36 de la Ley N° 24.241 yel artrculo 3° del Decreto N° 2.741/91.Por ello, 53/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar . 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" 1 Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 LA DIRECCIÓN UNIDAD CENTRAL DE APOYO OPERATIVODE LA ADMINISTRACiÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTICULO 1°._ Desestimar la solicitud de adhesión al Régimen de Regularización de Deuda previsto en la Ley N° 26.970, solicitada por XXXXXXX, D.N.!. XXXXX, bajo el registro N° xxxxxxxxxx, considerando =>OOOOCXlOOOCXlOOOsolicitante el que otorgado por =, es titular del beneficio N° el cual resulta incompatible con el goce de una prestación en el marco de la Ley N° 26.970.ARTICULO 2°._ Regfstrese,y notiffquese conforme los términos de la Ley N" 24.463, con las modificaciones introducidas por la Ley N" 24.655, Y consentida o ejecutoriada que sea, archfvese.RESOLUCIÓN DUCA N° 54/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV.16.31 con todos o algunos de los aspectos los siguientes integran la presente recursos en el plazo y en la forma indicada en cada que Recursos: Si usted no está conforme Resolución, podrá interponer caso: Órgano que resuelve Resuelve la CARSS Resuelve UCA Recurso Caracterrsticas Forma de interposición Plazo de interposición Dentro de los 30 dras hábiles administrativos contados desde la fecha de recepción de la presente notificación.Dentro de los 1O dras hábiles administrativos contados desde la fecha de recepción de la presente notificación.Revisión ante la CARSS Reconsideración (art. 84 Decreto N° 1.759/72) Optativo.Suspende los plazos para recurrir ante la Justicia Federal.Optativo.Suspende los plazos para recurrir ante la Justicia Federal.Mediante un escrito dirigido al Sr. Presidente de la CARSS, presentado en la UDAI de ANSES más cercana al domicilio. Mediante un escrito dirigido al Sr. Director General de la Unidad Central de Apoyo y presentado en la UDAI de ANSESmás cercana al domicilio.55/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Recurso Caracterfsticas Forma de interposición Plazo de interposición Órgano que resuelve Demanda de Impugnación del Acto Administrativo (Ley N" 24.463 - arto 15 y siguientes YCódigo de Procedimientos Civil y Comercial Nacional) contra Procede las escrito de demanda presentado en la Capital Federal Necesita patrocinio Mediante un letrado_ también Resoluciones dictadas CARSS y por UCA ante la CFSS con motivo de los recursos de revisión reconsideración y respectivamente.por (esta asigna un Juzgado de 1ra. Instancia en la SS) o ante los Juzgados Federales con asiento en las Provincias.la hábiles Justicia Federal Dentro de los 90 Resuelve dfas judiciales contados desde la fecha de recepción la presente notificación de FIRMA Aclaración y CARGO 56/57 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 I "Año del General Manuel Belgrano" I Vigencia: 15/01/2020 PREV-16-31 Anexo C: Formulario de renuncia PNC Buenos Aires, de de 20 .Por la presente el/la que suscribe Sr/a con Documento tipo N° comunica a ANSES que, habiendo tomado canoci miento de las incompatibilidades establecidas en la norma pertinente, entre la prestación No contributiva ____________________ Beneficio N° que percibo, con la prestación Beneficio N' Firma: Aclaración: que solicito, requiero la baja del .,optando por percibir la enunciada en segundo término...Firma y sello Agente certificante 57/57 www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La norma establece un régimen especial de regularización de deudas previsionales para trabajadores autónomos y pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado, regulado por la Ley N° 26.970 y sus reglamentaciones. Define los requisitos de acceso, procedimientos de adhesión, modalidades de pago, evaluación patrimonial y socioeconómica, compatibilidades, y recursos administrativos. La normativa busca facilitar la regularización de obligaciones previsionales pendientes, priorizando a quienes presentan mayor vulnerabilidad socioeconómica, mediante mecanismos de evaluación, autorización, pago en cuotas y registros en sistemas informáticos específicos (SICAM, SICA). Además, regula las notificaciones, recursos y procedimientos de rechazo o incompatibilidad, garantizando derechos de revisión y desistimiento, con énfasis en la protección del derecho previsional y la transparencia en los procesos administrativos.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
La norma busca que los trabajadores autónomos y pequeños contribuyentes que tienen deudas con la seguridad social puedan ponerse al día pagando en cuotas y regularizando sus obligaciones. Para ello, deben cumplir ciertos requisitos de edad, aportes y situación socioeconómica, y pasar por evaluaciones que verifican si tienen vulnerabilidad o si su situación patrimonial es compatible con el régimen. Si aprueban, pueden pagar en hasta 60 cuotas, y si no, pueden ser rechazados o tener recursos administrativos. Es como si alguien con deudas pudiera solicitar un plan de pagos especial, pero primero le revisan si tiene dificultades económicas o si recibe otros beneficios, y en caso de rechazo, puede apelar o pedir que le expliquen por qué no le dieron el beneficio. Todo esto se realiza mediante sistemas informáticos que registran y controlan cada paso, garantizando transparencia y derechos de revisión.
Autor: I.A.
Voces
- jubilacion
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