PAUTAS PROVISORIAS PARA EL OTORGAMIENTO Y LIQUIDACiÓN DE TRANSFERENCIAS DE PENSIONES DE MADRES DE SIETE O MÁS HIJOS MENORES TITULARES

Tipo
Circular
Número
04/20
Organismo
ANSeS
Área
DP
Fecha de dictado
02/03/2020
Publicación en el BO
02/03/2020

www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" Buenos Aires, 2 de marzo de 2020 . CIRCULAR DP N" 04/20 PAUTAS PROVISORIAS PARA EL OTORGAMIENTO Y LIQUIDACiÓN DE TRANSFERENCIAS DE PENSIONES DE MADRES DE SIETE O MÁS HIJOS MENORES TITULARES Se pone en conocimiento de todas las Unidades de Atención Integral (UDAI) y de las demás Áreas Operativas dependientes de esta ADMINISTRACiÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) las pautas provisorias a tener en cuenta en relación al otorgamiento y liquidación de las Transferencias de Pensiones de Madres de siete o más hijos, Ley W 23.746 y Decreto reglamentario 2360/90.Las pautas contenidas solicitudes con derechohabientes en la presente norma se aplicarán exclusivamente a hijos menores de 18 años.de Transferencias en donde alguno de los solicitantes En las solicitudes cónyuge/concubino actuaciones, procediendo normativa" .o un hijo mayor aplicando a consignar las validaciones las actuaciones discapacitado, establecidas en estado sea un las deben en esta circular y 18 "a la espera de iniciarse 1.Consideraciones generales 1. Derechohabientes y Requisitos.Ante el fallecimiento de una beneficiaria de una Pensión Madres de siete o más hijos, tendrán derecho a la Transferencia, los siguientes derechohabientes: 1. El viudo o concubino incapacitado para el trabajo y a cargo de la causante a la fecha de su deceso, en concurrencia con los hijos e hijas solteros/as menores de DIECIOCHO (18) años de edad.2. Los hijos solteros de ambos sexos, mayores de DIECIOCHO (18) años de edad que se encontraren incapacitados para el trabajo y a cargo de la causante a la fecha de su fallecimiento, o incapacitados a la fecha en que cumplieran la edad' de DIECIOCHO (18) años.Area destinataria: . Área emisora: : Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "PRESTACIONES" - Subtema: CONTRIBUTIVAS" "PRESTACIONES NO www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" No tendrá derecho a pensión el cónyuge que, por su culpa o culpa de ambos, estuviera divorciado, o separado legalmente o de hecho al momento de la muerte de la causante.Para establecer la condición de estado a cargo del causante se aplicarán las mismas pautas de su acreditación que para las pensiones de ley 24.241.En tanto cumplan con los siguientes requisitos: Ser argentinos o naturalizados, en este último caso con una residencia minima y continuada en la República de UN (1) año inmediatamente anterior a la solicitud de la Pensión. Los extranjeros deberán tener una residencia minima y continua de QUINCE (15) años en el pais, inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la prestación. La ausencia definitiva del pais hará perder el beneficio, entendiendo que no tiene que tener periodos de ausentismo continuos o discontinuos mayores a 60 dias por año calendario. No ser beneficiarios de prestaciones o no contributivas nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en los regimenes previsionales de las fuerzas armadas y de las fuerzas de seguridad y policiales.contributivas No estar detenidos a disposición de la justicia. (Inc i) DIo. 432/97, atento que el articulo 13 del Decreto N" 2360/90, reglamentario de la Ley N" 23.746 establece que "En lo que resulten compatibles con la Ley N" 23.746 Y el presente de las normas reglamentarias para el otorgamiento de las pensiones a la vejez y por invalidez, aprobadas por Decretos N" 3549/66 Y 3177/71 Y sus modificatorios, respectivamente").las disposiciones serán aplicables decreto, El cónyuge supérstite y los hijos de ambos sexos, no pueden estar casados o vivir en concubinato.2. Porcentajes de beneficio: El haber de la Transferencia es el 100% de la prestación de la causante.Area destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "PRESTACIONES" - Subtema: CONTRIBUTIVAS" "PRESTACIONES NO www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" La mitad de la pensión corresponderá al viudo, si concurren hijos; la otra mitad se distribuirá entre éstos por partes iguales.A falta de hijos, la totalidad del haber de la pensión corresponderá al viudo y viceversa.En caso de extinción del derecho a pensión de alguno de los copartícipes, su parte acrecerá proporcionalmente respetándose la distribución establecida en el párrafo precedente.la de los restantes beneficiarios, 3. Fecha inicial de pago Desde el dia siguiente al de la muerte de la causante o al del dia presuntivo de su fallecimiento, fijado judicialmente, siempre que la solicitud se formule dentro de los TRES (3) meses contados desde el deceso o de la sentencia que declare el fallecimiento presunto, o de 6 meses de subsanada la falta de. representación, tratándose de incapaces que carezcan de ella (Articulo 2.550 del CCyCN); en caso contrario, se abonará a partir del primer dia del mes siguiente al de la solicitud.11. Detalle de tareas UDAII Area Operativa.no A los fines de dar curso a las solicitudes de la "Transferencia Contributiva a hijos" derechohabientes) se detallan las acciones que deberán llevar a cabo las UDAI para inicio de los trámites en los casos de que solo coparticipen hijos menores de 18 el años.Pensión (pensión - Madres que tuviesen siete o más 1. Verifica, si existe información solicitantes: derechohabientes positiva en el SPRE y corrobora que los » » No sean beneficiarios de una jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen de previsión. No registre un trámite para la obtención de un beneficio iniciado en ANME.1.1.1.2.Requiere al solicitante que complete el formulario 6.284 "DD.JJ. sobre la eventual Percepción de Prestaciones en Provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o de Seguridad". Si no se encuentra ninguna información o no declara que percibe otro Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "PRESTACIONES" - Subtema: CONTRIBUTIVAS" "PRESTACIONES NO www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" beneficio, se continúa con el análisis.1.2.1.Si se detecta que posee en ANME una prestación en trámite, se le debe informar que tiene un beneficio iniciado y que debe desistir del mismo, si desea obtener la presente Prestación.Si opta por desistir, continúa con el análisis. Si no optare por desistir, se desestima la presente prestación y se continúa con la tramitación de la ya iniciada.Si se detecta o declarase una Prestación distinta a las otorgadas por SIPA o a las enunciadas en los puntos precedentes, se indicará a la titular que a los efectos de percibir se requerirá presentación de la 90nstancia de baja emitida por el Organismo pertinente.la prestación solicitada, oportunamente 1.2.1.1. 1.2.1.2.1.2.2.2. Verifica en ADP: 2.1. Que los solicitantes, se encuentren debidamente registrados y relacionados.2.2. Que residan en el pais (domicilio en la República Argentina).Si el domicilio corresponde a la República Argentina continúa con el análisis. De contar con un domicilio en el extranjero, de corresponder la actualización, deben atenderse las pautas vigentes de ADP.2.3.La nacionalidad.2.2.1.2.2.2.2.3.1.2.3.2.Si es argentina o naturalizada, accesoriamente debe acreditar una residencia en la República Argentina, de por lo menos 1 año inmediatamente anterior a la solicitud. Si es extranjera, accesoriamente debe acreditar una residencia en la República Argentina, de por lo menos 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud, para ello debe verificarse que en ADP se encuentre informada la fecha de ingreso al pais y la fecha de radicación en el país, ya sea temporaria o permanente, de acuerdo a lo normado por las Circulares DPA W 21/19 Y DPA W 36/19.0 la que en el futuro las reemplacen.Una vez que cuente fechas informadas, se debe consíderar para establecer con ambas 2.3.2.1.Área destinataria: I Área emisora: , Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema; "PRESTACIONES" - Subtema: CONTRIBUTIVAS" "PRESTACIONES NO www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" 2.3.2.1.1.2.3.2.1.2.2.3.2.2.el tiempo de residencia, "Fecha de ingreso al pais".la correspondiente a la Si se prueban los años requeridos según la nacionalidad, con el análisis. Si no cumple con el requisito, no tiene derecho a la Prestación.se continúa presentar Si no tiene informada alguna de las fechas, o el titular no está de acuerdo con las informadas, deberá documentación respaldatoria, a fin de cumplir con las Circulares DPA W 21119 y DPA W 36119 o las que en el futuro las reemplacen e iniciar nuevamente el análisis.la 3. Verifica Movimientos Migratorios: Ingresa a la aplicación Admisión de página web de la Dirección Nacional de Migraciones - www.migraciones.gov.ar 3.1.3.2.Ingresa a la aplicación de DNMIAPLlCACIONESIREGISTROS NACIONALESI MOVIMIENTOS MIGRATORIOS (tránsito), según lo establecido en Circular DPA N° 36119 para verificar si tiene Movimientos Migratorios en tránsito.Si tiene Movimientos Migratorios, verifica: 3.2.1.Si tiene Movimientos Migratorios, verifica que figure como último movimiento migratorio ENTRADA (E) en Argentina .. Si carece de movimientos, sigue en 4.3.2.1.1.3.2.1.2.Si tiene como último movimiento ENTRADA al país, sigue en 4. Si no figura como último movimiento ENTRADA al país, y transcurrieron más de 60 dias, indicará al solicitante que debe concurrir a la Dirección de Migraciones a regularizar la sítuación. En caso contrario continúa con el análisis.Que no posea periodos de ausentismo continuos o discontinuos mayores a 60 dias por año calendario para' el cómputo de la antigüedad en la residencia, en cuyo caso no tendrá derecho ..3.2.2.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "PRESTACIONES" - Subtema: CONTRIBUTIVAS" "PRESTACIONES NO www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" 4. Completa la Solicitud de Prestaciones Previsionales PS 6.18 marcando OTRAS en el tipo de prestación solicitada y aclara Transferencia Pensión Madre de 7 o más hijos.5. Caratula por ANME un expediente con Tipo de Trámite 724 "EXP. PENSION ASIST. TRANSF. DE BENEFICIO". En aquellos casos en que el expediente ~xistente haya sido dado de alta por la Comisión de Pensiones Asistenciales 041, debe ser recaratulado con 024, respetándose la fecha de inicio del expediente original. En ambos casos el expediente debe ser informado con estado 15 "para Cómputo y Liquidación", a fin de poder ser incorporado por el Sistema LMN.con Organismo El expediente deberá contener: ./ Carátula ./ ./ Solicitud SPP (Form. PS 6.18), Impresión ADP .requiriendo la prestación ./ ./ ./ Transferencia Madres que tuviesen siete o más hijos Formulario PS 6.12 de Dependencia Económica Titular (sólo para cónyuge/concubino y/o hijos mayores de 18 años) Formulario PS 6.13 de Dependencia Económica Testimonial (sólo para cónyuge/concubino y/o hijos mayores de 18 años) Formulario PS 6.4 - Carta Poder" original, de corresponder y sólo formulario de Solicitud de en caso de no ser Prestaciones la representación legal de los hijos e hijas menores o mayores de 18 años discapacitados que corresponda, la que será la misma que para el resto de las prestaciones de ANSES . Impresión SPRE incluido en el y/o ./ ./ Constancia baja beneficio incompatible, de corresponder ./ Otra documentación de corresponder (Certificado de Migraciones de NACIONALES/ ADMISIÓN- documentación Previsionales) Información Impresión de la aplicación de la DNM/APLlCACIONES/REGISROS MOVIMIENTOS MIGRATORIOS).de i Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "PRESTACIONES" - Subtema: CONTRIBUTIVAS" "PRESTACIONES NO www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" 6.Incorporación al Sistema Liquidador Ingresa siguientes parámetros: al Sistema LMN para su incorporación, teniendo en cuenta los o Los números de beneficios a asignar deben estar contenidos entre 7.000.000 y el 7.999.999, correspondientes al grupo GPC.o La ex caja del número de beneficio será "47" con tipo "5" pensión. o La Ley aplicada será HB o Clase de beneficio "42" o Marca de tope: 1 o PMR: Importe del haber mínimo vigente. o Haber Real: Importe del haber minimo vigente o Código de pago: 1 si es vitalicia o 5 si es un pago por única vez. o Porcentaje de Cómputo: se consignará 100 %. o Porcentaje de beneficio: Se consignará el que corresponda (de acuerdo a los derechohabientes).o Decreto 2196 o Ley 25344 = "N". o El porcentaje de descuento de obra social (Incluir Salud), se calculará como el 3% sobre el monto del haber mínimo garantizado a que se refiere el articulo 125 de la Ley N° 24.241, sus complementarias y modificaciones, más el 6% sobre el importe del haber a afectar, que supere el monto de dicho haber minimo.6.1. Conceptos de pago: o 001 000 haber mensual o 021 000 adicional por zona austral (40% de haber real) o 318 009 descuento Incluir Salud sobre haber real (y zona austral, si corresponde) o 108-000: Retroactivo de haberes. o 102-000: SAC proporcional o 518-009: Descuento Incluir Salud sobre la suma de los conceptos 108-000 o 519-009: Descuento Incluir Salud sobre concepto de aguinaldo 102-000 7. Emite resolución acordando y/o denegando la prestación solicitada según corresponda. (Anexos I o 11 respectivamente) "Área destinataria: Área emiSora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "PRESTACIONES" - Subtema: CONTRIBUTIVAS" "PRESTACIONES NO www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" ANEXO 1:Resolución Acordatoria VISTO: La solicitud de Transferencia Pensión No Contributiva para Madres que tuviesen 7 o más hijos, Ley W 23.746, Decreto reglamentario 2360/90, Resolución ANSES 266/18, realizada por el/la Sr/a , obrante en el Expte. W Nacional de la Seguridad Social; y ; del registro de esta Administración , DU N° CONSIDERANDO: Que evaluadas las actuaciones en función al pedido formulado, surge que la titular cumple con los requisitos que dan derecho a la prestación Transferencia Pensión No Contributiva para Madres que tuviesen 7 o más hijos, Ley W 23.746.Que por los motivos expuestos, corresponde establecer que la solicitante acredita el derecho al beneficio requerido, y disponer el otorgamiento del mismo.Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 3 del Decreto W 2741/91, por el Art. 36 de la Ley N° 24.241 Y por Resolución ANSES W 366/2009.- Por ello, EL JEFE DE xxxxxxxxxxxxxxxxx DE LA ADMINISTRACiÓN NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTICULO 10_ Acuérdese el beneficio W 47-5-7 _________ ilustran la presente, la que se efectivizará en el mensual _/ , DU N° - solicitado por el/la Sr/a. , en mérito de los fundamentos que _ ARTICULO 20_ Fijase la fecha inicial de pago el _/ las disposiciones establecidas en la Ley W 23.746 y sus modificatorias./__ __ , de conformidad con Area destinataria: Área emisora: Contacto: [ Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Prevlslonales CRM - Tema: "PRESTACIONES" - Subtema: CONTRIBUTIVAS" "PRESTACIONES NO www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" ARTICULO 3°_ Regístrese, notifíquese a la interesada en los térmínos del Art. 15 de la Ley 24.463, modificado por la Ley 24655, y oportunamente, archívese., Área destinataria: ~Área émisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "PRESTACIONES" ~ Subtema: CONTRIBUTIVAS" "PRESTACIONES NO www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" ANEXO 11:Resolución Denegatoria Ciudad de Buenos Aires, VISTO: La Solicitud de la Prestación Transferencia Pensión No Contributiva para Madres que tuviesen 7 o más hijos, Ley W 23.746, Decreto reglamentario 2360/90, Resolución ANSES 266/18, por el/la Sr/a. Documento Único N° , del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), y , en el Expediente W CONSIDERANDO: Que el articulo 3° de la Ley W 23.746, establece que..." En caso de fallecimiento de la beneficiarla, tendrán derecho a la Pensión ....".Que el articulo 3° del Oto. 2360/90 establece que "Para gozar de los beneficios establecidos en el articulo anterior se deberán reunir los siguientes requisitos: a) No encontrarse amparado por régimen de previsión o retiro alguno; b) No poseer bienes, ingresos ni recursos de otra naturaleza que permitan la subsistencia del solicitante y grupo conviviente; c) Ser argentino o naturalizado. Los extranjeros deberán tener una residencia mínima y continua de quince años en el país. En ambos casos la ausencía definitiva del pais hará perder el beneficio; d) Acreditar los extremos invocados en forma de ley.Que del análisis del derecho surge que _ Que al no acreditarse los recaudos de ley, procede desestimar lo solicitado.Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el arto3° del DIo. W 2741/91, arto36 de la Ley W 24241 y la Res. ANSES - N - W 366/09.Por ello, Área destinataria: Área emisora:" Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "PRESTACIONES" - Subtema: CONTRIBUTIVAS" "PRESTAClONES NO www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" EL JEFE DE ADMINISTR-A-C-IO~'N-N-A-C-IO-N-A-L-D-E-S-E-G-U-R-ID-A-D-SOCIAL DE LA RESUELVE: ARTICULO 1. - Deniéguese la Prestación no Contributiva de Transferencia Pensión No Contributiva para Madres que tuviesen 7 o más hijos, solicitada al amparo de la ley N° 23.746, decreto reglamentario 2360/90, Resolución ANSES 266/18, por el/la Sr/a. , en virtud de lo expuesto en los considerandos de la presente.Documento Único N° ARTICULO 2.- Regístrese, notifíquese conforme los términos de la ley N" 24.463, con las modificaciones introducidas por la ley N" 24.655 Y consentida o ejecutoriada que sea, archivese.Area destinataria: I Área emisora: I Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "PRESTACIONES" - Subtema: CONTRIBUTIVAS" "PRESTACIONES NO www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La circular establece pautas provisionales para el otorgamiento y liquidación de transferencias de pensiones no contributivas a madres con siete o más hijos, en el marco de la Ley N° 23.746 y su Decreto reglamentario N° 2360/90. La normativa especifica los requisitos de elegibilidad, incluyendo condiciones de residencia, nacionalidad, situación de parentesco y estado civil, así como los procedimientos administrativos para la tramitación, verificación de derechos, integración al sistema de liquidación (LMN) y emisión de resoluciones de aprobación o rechazo. Se delimita además el alcance a beneficiarias con hijos menores de 18 años, y se establecen los porcentajes de beneficio, fechas de inicio de pago y documentación requerida, incluyendo controles migratorios y antecedentes de prestaciones previas. La normativa también contempla las resoluciones de otorgamiento y denegación, con los fundamentos jurídicos correspondientes, en línea con la legislación vigente y las disposiciones reglamentarias aplicables.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta circular funciona como una guía para que las oficinas de ANSES puedan tramitar de manera uniforme y clara las solicitudes de pensiones para madres con muchos hijos. Básicamente, establece quiénes pueden acceder a este beneficio, qué requisitos deben cumplir (como residir en Argentina, ser argentinos o tener cierta cantidad de años en el país, y no tener otras prestaciones que los hagan inelegibles). También indica qué pasos deben seguir los empleados para verificar la información del solicitante, como consultar en migraciones y en otros registros, y qué documentación presentar. Además, explica cómo se calcula el monto de la pensión, cómo y cuándo se paga, y qué hacer en caso de que la solicitud sea aprobada o rechazada. En términos sencillos, es como una receta que asegura que todos los beneficiarios reciban lo que les corresponde, siguiendo reglas claras y verificables, para evitar errores o fraudes y garantizar que el beneficio llegue a quienes realmente cumplen con los requisitos.

Autor: I.A.

Voces

  • pensiones

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