Movilidad para jubilados y pensionados - Docentes universitarios mensual junio/2020

Tipo
Circular
Número
17/20
Organismo
ANSeS
Área
DP
Fecha de dictado
03/06/2020
Publicación en el BO
03/06/2020

www.diarioprevisional.com.ar "Año del General Manuel Belgrano" 2020 Buenos Aires, 3 de junio de 2020 CIRCULAR DP Nº 17/20 MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DOCENTES UNIVERSITARIOS - MENSUAL JUNIO/2020 Teniendo en cuenta que la próxima movilidad a aplicar sobre las prestaciones de Docentes Universitarios, operará en el mensual 09/2020, se brindan las pautas de liquidación de este tipo de prestaciones, teniendo en cuenta: a) Los nuevos valores de haber mínimos, máximos y de PBU que rigen a partir del mensual 06/2020.Haber mínimo = Haber máximo = $ 16.864,05 $ 113.479,11 Prestación Básica Universal (PBU) = $ 7.215,18 b) Las leyes aplicadas de Docentes Universitarios alcanzadas por la movilidad de ley general.1. Tratamiento por Ley Aplica de las prestaciones Docente Universitarios: 1. Ley Aplicada UA (Docente Universitario puro) Conceptos: 001-000 Solo debe contener este código de haber, de lo contrario es un error.Marca de tope: Aumento: "E" * * * Escala de Deducción No aplica movilidad en 06/2020 2. Ley Aplicada UB (Ley anterior con simultaneidad Docente Universitario) Conceptos: 001-000 No puede contener códigos de haber de Ley 24.241 u otro distinto a los 001-022 informados. 001-153 Marca de tope: "E" Escala de Deducción Aumento: 6,12% Movilidad Ley General sobre ambos haberes.Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" 3. Ley Aplicada UC (Ley 24.241 con simultaneidad Docente Universitario) Conceptos: 001-001; 001-002 y/o 001-003 ó 001-004 ó 001-005 ó 001-014 No puede tener 001-000 u otro distinto a los informados.más 001-022 combinado con el 001-153 Marca de tope: "E" Escala de Deducción Aumento: 6,12% Movilidad Ley General sobre ambos haberes. Ver ejemplo de liquidación cuando existe PBU.4. Ley Aplicada UD (Ley Especial 24.018 con simultaneidad Docente Universitario) Conceptos: 001-000 001-156 No puede contener códigos de haber de Ley 24.241 u otro distinto a los informados.Marca de tope: "E" Escala de Deducción Aumento: * * * Movilidad correspondiente a la Ley cuyo haber sea mayor: - Si 001-000 es mayor al 001-156 NO corresponde aplicar movilidad en 06/2020.- Si 001-156 es mayor al 001-000 se debe generar un reporte para enviar a la Dirección de Trámites Complejos para que la movilidad sea tratada manualmente.Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" 5. Ley Aplicada UE (Haber conjunto Ley 22.929 con Docente Universitario) Conceptos: 001-000 001-155 No puede contener códigos de haber de Ley 24.241 u otro distinto a los informados.Marca de tope: "E" Escala de Deducción Aumento: * * * Movilidad correspondiente a la Ley cuyo haber sea mayor: - Si 001-155 es mayor al 001-000 NO corresponde aplicar movilidad en 06/2020.- Si 001-000 es mayor al 001-155 se debe generar un reporte para enviar a la Dirección de Trámites Complejos para que la movilidad sea tratada manualmente.6. Ley Aplicada UF (Haber conjunto Dto. 160/05 Ley 24.241 con Docente Universitario) Conceptos: 001-001; 001-002 y/o 001-003 ó 001-004 ó 001-005 ó 001-014 No puede tener 001-000 u otro distinto a los informados.combinado con el 001-155 y 006-023 Marca de tope: "E" Escala de Deducción Movilidad correspondiente a la Ley cuyo haber sea mayor. - Si es mayor el importe de los 001-XXX Investigador + 006-023 (Haber de Científico) se otorga la movilidad de Ley General (6,12%).- Si es mayor el importe del 001-155 NO corresponde aplicar movilidad en 06/2020.Ver ejemplo de liquidación cuando existe PBU.Aumento: Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" 7. Ley Aplicada UG (Haber conjunto Ley 24.016, Dto. 137/05, Leyes Anteriores con Docente Universitario) Conceptos: con 006-022; 006-25 ó 006-030 001-000 001-155 No puede contener códigos de haber de Ley 24.241 u otro distinto a los informados.Marca de tope: Aumento: "E" * * * Escala de Deducción No aplica movilidad en 06/2020.8. Ley Aplicada UH (Haber conjunto Ley 24.016, Dto. 137/05, Ley 24.241 con Docente Universitario) 001-001; 001-002 y/o Conceptos: 001-003 ó 001-004 ó 001-005 ó 001-014 No puede tener 001-000 u otro distinto a los informados.combinado con el 001- 155 y 006-022; 006-025 ó 006-030 Marca de tope: Aumento: "E" * * * Escala de Deducción No aplica movilidad en 06/2020.9. Ley Aplicada UV (Ley 24.241 Ex-Capitalización con simultaneidad Docente Universitario) 001-001; 001-002 y/o combinado con el 001- 001-003 ó 001-004 ó 001-005 ó 001-014 No puede tener 001-000 u otro distinto a los informados. Si se registra algún 005-XXX pueden coexistir los conceptos 114-923 ó 114- 925. Esta Ley Aplicada opera en análoga a la Ley Aplicada UC. 005-XXX 153 forma más 001-022 más 003-XXX ó ó 006-900 ó 006-934 ó 006-935 UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar Conceptos: Área destinataria: Área emisora: Contacto: "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" 9. Ley Aplicada UV (Ley 24.241 Ex-Capitalización con simultaneidad Docente Universitario) Marca de tope: "E" Escala de Deducción Aumento: 6,12% Movilidad Ley General para todos los haberes a excepción de los 005-XXX y 006-900, 006-934 y 006-935. Esta ley opera en forma análoga a la ley aplicada UC. Ver ejemplo de liquidación cuando existe PBU.10. LEY Aplicada UX (Docente Universitario puro con haberes de RVP) 001-000 Conceptos: XXX combinado con el 005- ó 006-900; 006-934 ó 006-935 Solo debe contener los códigos de haber detallados, de lo contrario es un error. Si se registra algún 005-XXX pueden coexistir los conceptos 114-923 ó 114- 925.Marca de tope: Aumento: "E" * * * Escala de Deducción No aplica movilidad en 06/2020.11. Ley Aplicada UZ (Haber conjunto Ley 24.016, Dto. 137/05, Ley 24.241 Ex- Capitalización con Docente Universitario) 001-001; 001-002 y/o Conceptos: combinado con el 001- 155y 006-022; 006- 001-003 ó 001-004 ó 001-005 ó 001-014 No puede tener el concepto 001-000 u otro distinto a los informados. Si se registra algún 005-XXX pueden coexistir los conceptos 114-923 ó 114- 925. Esta Ley Aplicada opera en análoga a la Ley Aplicada UH.forma 025 ó 006-030 más 003-XXX ó 005-XXX ó 006-900; 006-934 ó 006-935 Marca de tope: Aumento: "E" * * * Escala de Deducción No aplica movilidad en 06/2020.Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" 2. Ejemplos de Liquidación de prestaciones con movilidad: Los ejemplos con PBU, se hacen en base a solicitantes que cesaron con anterioridad al 29/02/2020 o iniciaron su trámite con anterioridad al 01/03/2020, vale decir que el valor de la PBU a considerar es de $ 6.799,08.2.1. Ley Aplicada UB.Independientemente del importe de los haberes de establecido por Ley 26.508 y por leyes anteriores a la Ley 24.241, siempre sobre ambos haberes se aplicará la movilidad de Ley General = 6,12%.Liquidación 05/2020: 001-000 001-022 001-153 Total $ 18.500,00 $ 1.500,00 $ 15.000,00 $ 35.000,00 Liquidación 06/2020: 001-000 (05/20) + 001-022 (05/20) + 001-153 (05/20) + Total 6,12% $ 19.632,20 6,12% 1.591,80 6,12% $ 15.918,00 $ 37.142,00 2.2. Ley Aplicada en las cuales existe el concepto de PBU (Leyes UC y UV) Independientemente del importe de los haberes de establecido por Ley 26.508 y por Ley 24.241, siempre sobre ambos haberes se aplicará la movilidad de Ley General = 6,12%.Liquidación 05/2020: 001-001 001-002 001-022 001-153 Total $ 6.799,08 $ 20.500,00 $ 1.500,00 $ 20.000,00 $ 48.799,08 Liquidación 06/2020: 001-001 (05/20) + 6,12% 001-002 (05/20) + 6,12% 001-022 (05/20) + 6,12% 001-153 (05/20) + 6,12% Total $ 7.215,18 $ 21.754,60 $ 1.591,80 $ 21.224,00 $ 51.785,58 Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" 2.3. Ley Aplicada en las cuales solo existe diferencia por el incremento de PBU. (Leyes UH y UZ).En estos casos corresponde compensar el incremento de la PBU sobre el total del beneficio.Liquidación 05/2020: 001-001 001-002 006-025 001-155 Total $ 6.799,08 $ 12.000,00 $ 8.000,00 $ 20.000,00 $ 46.799,08 Liquidación 06/2020: 001-001 (05/20) + 6,12% 001-002 (05/20) 006-025 (05/20) 001-155 (05/20) - Z Total $ 7.215,18 $ 12.000,00 $ 8.000,00 $ 20.000,00 ? Z $ 46.799,08 Donde Z es la diferencia entre la PBU. Como la PBU a liquidar debe ser la PBU resultante de aplicar la movilidad por ley general: Se debe calcular la PBU (06/2020) como el producto de la PBU (05/2020) * 1,0612 = $ 7.215,18 La diferencia entre los importes de PBU de 05/2020 y la de 06/2020 es lo que se debe descontar (en este caso) para balancear la liquidación, siendo esta: Diferencia entre PBU (06/2020) - PBU (05/2020) = $ 7.215,18 - $ 6.799,08 = $ 416,10 Luego la liquidación del mensual 06/2020 resulta: 001-001 (05/20) + 6,12% 001-002 (05/20) 006-025 (05/20) 001-155 (05/20) - $ 416,10 Total $ 7.215,18 $ 12.000,00 $ 8.000,00 $ 20.000,00 ? $ 416,10 = $ 19.583,90 $ 46.799,08 En consecuencia, los beneficiarios de una prestación docente universitaria, acordada bajo estos tipos de leyes aplicadas, seguirán percibiendo el mismo haber en junio que en mayo/2020.Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" 2.4. Ley Aplicada UF sin concepto de PBU.2.4.a. El haber de la prestación establecido por Ley 26.508 (001-155) es menor al haber establecido por Ley 24.241 y Decreto 160/05 (001-XXX + 006-023).Se debe aplicar el aumento de régimen general = 6,12%.Liquidación 05/2020: 001-004 006-023 001-155 Total $ 20.000,00 $ 25.000,00 $ 15.000,00 $ 60.000,00 Liquidación 06/2020: 001-004 (05/20) 006-023 (05/20) 001-155 (05/20) + 6,12% + 6,12% + 6,12% Total $ 21.224,00 $ 26.530,00 $ 15.918,00 $ 63.672,00 2.4.b. El haber de la prestación establecido por Ley 26.508 (001-155) es mayor al haber de Ley 24.241 y Decreto 160/05 (001-XXX + 006-023).Sobre la prestación hay que aplicar la movilidad correspondiente al régimen del Docente Universitario, en consecuencia en esta casuística no se aplicará movilidad hasta 09/2020.En el supuesto que el beneficio contenga la prestación de PBU, lo abonado en exceso por este concepto (al incrementarlo con la movilidad de ley general) será disminuido del importe del haber establecido por Ley 26.508.Liquidación 05/2020: 001-001 001-002 006-023 001-155 Total $ 6.799,08 $ 10.000,00 $ 9.000,00 $ 35.000,00 $ 60.799,08 Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "Año del General Manuel Belgrano" 2020 Liquidación 06/2020: 001-001 (05/20) + 6,12% 001-002 (05/20) 006-023 (05/20) $ 7.215,18 $ 10.000,00 $ 9.000,00 001-155 (05/20) ? Diferencia de PBU $ 35.000,00 - $ 416,10 = $ 34.583,90 Total $ 60.799,08 Al incrementase la PBU en $ 416,10 (por aplicación de la movilidad 06/2020 para Ley General) dicho monto se debe retraer de importe de haber del concepto de Docente Universitario (001-155).En consecuencia los beneficiarios de una prestación docente, acordada bajo este tipo de ley aplicada y resultando que el haber de la prestación establecido por Ley 26.508 es mayor al haber de Ley 24.241 y Decreto 160/0, seguirán percibiendo el mismo haber en junio que en mayo/2020.2.5. Ley Aplicada US - Acumulación de Beneficios Docentes Universitarios (acordados por leyes anteriores a la Ley 24.241) con Prestaciones del IAF.? Si la sumatoria de conceptos de haber es inferior al haber mínimo vigente a partir de 06/2020, se aplicará aumento de Ley General (6,12%), pudiendo ocurrir que: o El nuevo haber (luego de aplicar el aumento) supere el Haber Mínimo, en cuyo caso se limitará el haber al mínimo de ley.o El nuevo haber (luego de aplicar el aumento) NO supere el Haber Mínimo, en cuyo caso se liquidará el haber mínimo de ley.? Si la sumatoria de conceptos de haber es mayor al haber mínimo, NO se deberá aplicar movilidad alguna y NO se limitará el haber al mínimo de ley general.2.6. Ley Aplicada UT - Acumulación de Beneficios Docentes Universitarios (acordados por Ley 24.241) con Prestaciones del IAF.El tratamiento es igual al dispensado a la Ley US.2.7. Ley Aplicada UV ? Haber de simultaneidad de Ley 26.508 menor o mayor al Haber de Ley 24.241 con conceptos de Ex-Capitalización.Se aplica la movilidad de Ley General = 6,12%.Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "Año del General Manuel Belgrano" 2020 El tratamiento es igual al dispensado a la Ley Aplicada UC, con la única diferencia que en la liquidación existen conceptos del ex-régimen de capitalización (003-XXX ó 005-XXX).Nota: Si un beneficio, catalogado con una Ley Aplicada que pertenezca al régimen Docentes Universitarios presentase alguna inconsistencia, el mismo deberá marcarse con "Error Grave" y será excluido del proceso de movilidad que en este documento se trata, al tiempo que deberá generarse el reporte correspondiente para su saneamiento.Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La normativa especifica los procedimientos para la liquidación de haberes y la aplicación de la movilidad en junio de 2020 para los docentes universitarios jubilados y pensionados, considerando los diferentes regímenes legales y conceptos de haberes, incluyendo las particularidades de la Prestación Básica Universal y beneficios acumulados. Se establecen criterios para ajustar los haberes en función de la ley aplicable, con especial atención a casos con conceptos de capitalización y acumulación, y se detallan los pasos para realizar los ajustes necesarios en las liquidaciones, garantizando la igualdad y la correcta aplicación de la movilidad prevista por la ley general. Además, se contemplan mecanismos para detectar y excluir beneficios con errores o inconsistencias que puedan afectar el proceso de movilidad.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este documento explica cómo se ajustarán los haberes de los jubilados y pensionados docentes en junio de 2020, siguiendo las reglas de la ley. Básicamente, si a un jubilado le aumentan su sueldo por la movilidad, se calcula cuánto subió la PBU y se ajusta su ingreso total en consecuencia. Pero si esa PBU ya era mayor en comparación con otros conceptos, se hacen descuentos para que no reciba más dinero del que le corresponde. Es como si alguien recibe un sueldo con diferentes partes, y cuando hay un aumento general, se revisa cada parte para que el total sea correcto y justo, sin que nadie gane o pierda de más. La norma también indica que si hay errores en los beneficios, estos deben ser corregidos y excluidos del ajuste, para mantener la transparencia y justicia en los pagos.

Autor: I.A.

Voces

  • jubilaciones y pensiones

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