Incremento para pensiones no contributivas - Mensual Junio/2020
- Tipo
- Circular
- Número
- 19/20
- Organismo
- ANSeS
- Área
- DP
- Fecha de dictado
- 03/06/2020
- Publicación en el BO
- 03/06/2020
www.diarioprevisional.com.ar "Año del General Manuel Belgrano" 2020 Buenos Aires, 3 de junio de 2020 CIRCULAR DP Nº 19/20 INCREMENTO PARA PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS MENSUAL JUNIO/2020 A efectos de aplicar el aumento que rige, a partir del mes de junio de 2020, sobre las Pensiones No Contributivas (Caja 47) que fueran transferidas a este organismo a partir de 01/10/2017 por Decreto Nº 746/2017, se brindan las pautas generales para la actualización de sus haberes.El incremento a aplicar es del 6.12% de acuerdo al esquema que se detalla a continuación: Ley Aplicada Importe FA-FB-FC-FD-FE - (70 % de la mínima) GA-GE-HA-HB-IA - ( una mínima) GB-GF- (dos mínimas) FG-FH-FI-GC-GG - (tres mínimas) GH - (cuatro mínimas) GD-GI - (cinco mínimas) GJ - (seis mínimas) GK - (ocho mínimas) GL - (diez mínimas) 11.804,84 16.864,05 33.728,10 50.592,15 67.456,20 84.320,25 101.184,30 134.912,40 168.640,50 En caso de corresponder el adicional por Zona Austral, la misma se calculará en base al nuevo haber.A continuación se detalla el tratamiento que debe aplicarse, según las prestación, sobre el haber real de las Pensiones Graciables otorgadas por el Congreso de la Nación (Ley aplicada JA a la JX) ya que su cálculo no se corresponde a un porcentaje del haber jubilatorio mínimo, como las leyes mencionadas anteriormente.Existen casos que el aumento responde al incremento para ley general: 1,0612, que son las leyes (JA a JL). Las restantes leyes (JM a JX) aumentan por monto fijo equivalente a la diferencia entre la mínima actual y la mínima anterior: Monto (JM a JX) = $ 16.864,05 - $ 15.891,49 = $ 972,56.Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del General Manuel Belgrano" 2020 Estas prestaciones se topean a un Haber Mínimo por CUIL.Existen casos con 2 y 3 beneficios, para los cuales se establece el siguiente procedimiento: 1) Aplicar el aumento correspondiente según la Ley Aplicada. 2) Sumar los haberes de las prestaciones por CUIL. 3) Hallar la diferencia a mínima y contar los beneficios que se pueden reducir (Leyes JM a JX).4) Determinar el monto a reducir en cada una de ellas como: la diferencia dividida la cantidad de beneficios a limitar.5) El haber de la prestación queda conformado como la diferencia entre el haber determinado y el monto a deducir.Si no se encuentra el beneficio a reducir y la diferencia mayor a cero, se deberá listar el caso para si tratamiento manual.Ejemplo1: Acumulación de dos beneficios graciables.Mensual 05/2020: Ley Aplicada 001-000 021-000 318-009 Beneficio 1 Beneficio 2 JN JQ 7.681,86 3.072,74 8.209,63 3.283,85 322.64 344,80 Total 15.891,49 A cada prestación debemos incrementarla en la diferencia entre las mínimas a 05/2020y 06/2020, por cuanto: Ley Aplicada 001-000 (05/2020) + 021-000 318-009 $ 972,56 Beneficio 1 Beneficio 2 JN JQ 8.654,42 3.461,77 9.182,19 3.672,88 363,49 385,65 Total 17.836,61 Como la suma de ambas supera el haber mínimo, debemos reducir el incremento entre ambos beneficios, con lo cual: Diferencia al Mínimo = $ 17.836,61 - $ 16.864,05 = $ 972,56 Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "Año del General Manuel Belgrano" 2020 Esta diferencia hay que dividirla por 2, por ser 2 los beneficios registrados para la persona. Por lo tanto el monto a descontar, a cada una de ellas es de $ 486,28. De esta forma la liquidación del mensual 06/2020, queda expresada como: Mensual 06/2020: Ley Aplicada 001-000 (05/2020) + $ 021-000 318-009 486,28 Beneficio 1 Beneficio 2 JN JQ 8.168,14 3.267,26 8.695,91 3.478,36 343,06 365,23 Total 16.864,05 Observando que entre ambos beneficios se abona el haber mínimo.Ejemplo 2: Acumulación de tres beneficios graciables.Mensual 05/2020: Beneficio 1 Beneficio 2 Beneficio 3 Ley Aplicada JE JL JN 001-000 021-000 318-009 2.412,30 2.412,30 964,92 964,92 11.066,89 4.426,78 101.32 101.32 464,81 Total 15.891,49 Las dos primeras prestaciones (JE y JL) debemos incrementarlas por el porcentaje de movilidad, en tanto que la tercera (JN) debemos incrementarla sumándole la diferencia entre mínimas, por cuanto: Ley Aplicada 001-000 (05/20) más incremento o suma fija 021-000 318-009 Beneficio 1 Beneficio 2 Beneficio 3 JE JL JN 2.559,93 2.559,93 1.023,97 107,52 1.023,97 107,52 12.039,45 4.815,78 505,66 Total 17.159,32 Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "Año del General Manuel Belgrano" 2020 Como la suma de los 3 beneficios supera el haber mínimo, debemos reducir aquella que se actualizó por monto: Diferencia al Mínimo = $ 17.159,32 - $ 16.864,05 = 295,27 Esta diferencia hay que restarla sobre el beneficio que se actualiza por monto, luego la liquidación queda: Mensual 06/2020: Ley Aplicada 001-000 021-000 318-009 Beneficio 1 Beneficio 2 Beneficio 3 JE JL JN 2.559,93 2.559,93 1.023,97 107,52 1.023,97 107,52 11.744,18 4.697,67 493,26 Total 16.864,05 Observando que entre los tres beneficios se abona el haber mínimo.Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La circular establece las pautas para la actualización del haber de las Pensiones No Contributivas (Caja 47) transferidas desde 01/10/2017, aplicando un incremento del 6.12% conforme a la Ley de Movilidad. Se detallan los esquemas de incremento según diferentes leyes (impuestos porcentuales o montos fijos), y se regula el procedimiento para ajustar prestaciones múltiples, incluyendo límites por CUIL y mecanismos de reducción en caso de exceder el haber mínimo, con ejemplos prácticos de acumulación de beneficios y su ajuste mediante deducciones proporcionales, garantizando la compatibilidad con el haber mínimo establecido.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica cómo actualizar las pensiones no contributivas en junio de 2020, aplicando un aumento del 6.12%. Para ello, se usan diferentes reglas según la ley que regula cada pensión: algunas aumentan en porcentaje, otras en monto fijo. Además, si una persona recibe varias pensiones, se suman y ajustan para que el total no supere el haber mínimo, haciendo deducciones proporcionales si es necesario. Esto es como si varias personas compartieran un mismo ingreso y, si ese ingreso supera un límite, se distribuyen las reducciones para que todos sigan recibiendo una cantidad mínima garantizada, asegurando que las prestaciones sean justas y compatibles con los límites establecidos por la ley.
Autor: I.A.
Voces
- jubilaciones y pensiones
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