Creacion del Programa de Beneficios ANSES

Tipo
Resolución
Número
02/19
Organismo
ANSeS
Fecha de dictado
04/01/2019
Publicación en el BO
17/01/2019

www.diarioprevisional.com.ar https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/199685/20190108 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución 2/2019 Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2019 VISTO el Expediente Electrónico N ° EX-2018-61667311-ANSES-DPAYT # ANSES, las Leyes N ° 24.241, 24.714 y 27.260 y sus modificatorias, los Decretos N ° 84 de fecha 23 de enero de 2014 y 746 de fecha 25 de septiembre de 2017, sus Concordantes y modificatorios, la Resolución 121-E de fecha 27 de julio de 2017 del Ministerio de Finanzas, y CONSIDERANDO: Que esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) tiene una carga el pago de las prestaciones a los titulares de derecho del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), las Pensiones No Contributivas por Vejez, Madres de Siete o más Hijos,e Invalidez (PNC), de la Asignación Universal por Hijo para la Protección Social (AUH), de la Asignación Universal por Embarazo para Protección Social (AUE), Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF), de Becas PROGRESAR, de la Prestación Por Desempleo, de los Programas de Empleo de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y El futuro en sí mismo.Que con la finalidad de mejorar la calidad de la vida los derechos de los titulares de derecho, mediante el acceso al consumo de bienes y servicios, esta ANSES se estima oportunamente en el PROGRAMA DE BENEFICIOS, que brindará promociones y / o descuentos a través de la red de Comercios adheridos al PROGRAMA. ¿Qué es el acceso a los beneficios, el PROGRAMA se implementará a través de los mismos? Disponga la ANSES.Que los beneficios, descuentos y promociones son soportados por los comercios adheridos y / o entidades financieras que integran la red de pagos de esta Administración Nacional, y se mantienen en la relación de los acordes con el Organismo, en las líneas de caja o mediante Referencias en las cuentas bancarias, medio de pago equivalente, donde los titulares perciben sus prestaciones. ¿Cuáles son los fines de la implementación de la operación operativa, los bancos, las entidades bancarias, las Administradoras de Procesos de Pago Electrónico, los Comercios y / o Entidades Financieras que adhieran al citado PROGRAMA.Que las ANSES junto con los Comercios y / o las Entidades Financieras adquieren las relaciones comerciales y de comunicación para la promoción y difusión del PROGRAMA DE BENEFICIOS ANSES. Página 1 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/199685/20190108 Que una fin de agilizar la implementación de PROGRAMA, respecto de la suscripción de nuevos descuentos con comercios, correspondiente delegado en la SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN la firma de Convenios con Comercios y / o Entidades que deseen ofrecer descuentos a los beneficiarios del PROGRAMA.Que una fin de agilizar la concreción el procesamiento de datos con la red bancaria participante, el delegado en la DIRECCIÓN DE GESTIÓN ARGENTA, la dependencia de la DIRECCIÓN GENERAL ARGENTA, la SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA FGS, la firma de convenios con los comercios que se adhieren al PROGRAMA ofrecerá un descuento a través del mismo, y delegará en la DIRECCIÓN GENERAL DE FINANZAS la firma de convenio con las entidades bancarias y financieras que forman parte de la red de pagos de la ANSES. Con el objetivo de fomentar la "inclusión financiera" y evitar la evasión impositiva.¿Qué está presente? PROGRAMA persigue también la inclusión financiera de los beneficiarios de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL en forma simultánea con el desarrollo de los medios electrónicos de pago y su incremento de la parte de los beneficiarios, y los últimos fines de formalizar la economía. Que la Dirección General Diseño de Normas y Procesos y la Dirección de Gestión ARGENTA se han tomado la intervención de su competencia. La Dirección General de Asuntos Jurídicos. Que la presente Resolución se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 36 ° de la Ley Nº 24.241 el Decreto N ° 2741/91 y el Decreto N ° 58/15.Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTÍCULO 1 °. Haga clic en "PROGRAMA DE BENEFICIOS ANSES", una carga de la Subdirección Ejecutiva de Administración, en adelante, el PROGRAMA, con el objetivo de otorgar, beneficios y / o promociones a los beneficiarios de las funciones de las ventajas en el pago por esta Administración Nacional, sobre compras en el mismo lugar, en comercios adheridos al PROGRAMA.ARTICULO 2 °. El PROGRAMA procurará una oferta de descuentos, beneficios y / o promociones, un costo por los comercios adheridos y / o los bancos que deseen participar en un porcentaje de descuento, y sin cargo de dinerario a esta Administración Nacional. Dichos descuentos serán realizados a través de diferentes intercambios de información a través de ANSES y / o los comercios que adhieren al presente PROGRAMA y / o los bancos y / o entidades que integran la red de pagos de esta Administración Nacional y / o Las Administradoras de Procesos de Pago Electrónico.Página 2 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/199685/20190108 ARTÍCULO 3 °. Delégase en la Dirección Dirección ARGENTA, o la que en el futuro la reemplace, las facultades de:.. un Procurar y suscribir los Convenios de Adhesión al PROGRAMA con Comercios y / o Cámaras de Comercio Que deseen ofrecer Descuentos Dentro del marco del PROGRAMA . b Realizar y remitir Informes Periódicos RESPECTO del avance del PROGRAMA c. Coordinar los desarrollos para el correcto funcionamiento y la difusión del PROGRAMA, y las futuras implementaciones del PROGRAMA, y los fines de mantener una agenda común de inclusión financiera . Adoptar mecanismos de control para los comercios y la gestión de reclamos Se presentará en virtud del PROGRAMA.mi. El seguimiento de la instrumentación y la totalidad de los procesos inherentes al PROGRAMA, requisitos externos, reclamos; Y los resultados de los mismos que las áreas que corresponden. F. Proponer las actividades orientadas a reducir riesgos, propiciar cursos de acción ante los errores o irregularidades que sean detectados. sol. Proponer y desarrollar nuevas implementaciones que favorezcan a la masividad del Programa de Beneficios. h. Diseñar una campaña de difusión del PROGRAMA, en conjunto con la Dirección General de Comunicación Estratégica, enmarcando las acciones de comunicación del mismo, en un todo de acuerdo con los procedimientos vigentes.yo. Aprobar el modelo de convenio y suscribir los resultados resultantes de la implementación del PROGRAMA, el cumplimiento de las CONDICIONES PARTICULARES DEL PROGRAMA y las CONDICIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DEL PROGRAMA que apruebe la Subdirección Ejecutiva de Administración, de acuerdo a las facultades delegadas por el 5 ° de La presente resolución. ARTICULO 4 °. La Dirección General de Finanzas tiene una facultad para suscribir y modificar los convenios con las entidades bancarias y las finanzas. ARTICULO 5 °. Delégase en la Subdirección Ejecutiva de Administración de la Facultad de: a) Aprobar las "CONDICIONES PARTICULARES DEL PROGRAMA". b) Aprobar las "CONDICIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DEL PROGRAMA".ARTICULO 6 °. Comuníquese y publíquese, a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y oportunamente archívese. Emilio Basavilbaso e. 01/08/2019 N ° 773/19 v. 08/01/2019 Página 3 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/ 199685/20190108 Fecha de publicación 08/01/2019 Página 4 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La Resolución 2/2019 de la ANSES establece la implementación del 'Programa de Beneficios ANSES', destinado a ofrecer descuentos, promociones y beneficios a los titulares de prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y otros beneficiarios sociales. El programa busca promover la inclusión financiera, facilitar el acceso a bienes y servicios mediante medios electrónicos de pago, y fortalecer la relación entre la ANSES y los comercios adheridos, mediante convenios específicos y la delegación de facultades en distintas áreas para su gestión, control y difusión. La normativa detalla los procedimientos para la firma de convenios, la coordinación con entidades bancarias y comerciales, y las responsabilidades de las áreas involucradas, enmarcando la política de promoción de beneficios sin costo para la Administración y con fines de inclusión social y formalización económica.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta resolución de la ANSES crea un programa llamado 'Beneficios ANSES' que busca que los beneficiarios de distintas prestaciones sociales puedan acceder a descuentos y promociones en comercios adheridos. Es como si la ANSES firmara acuerdos con tiendas y bancos para que, al usar su dinero o sus beneficios, los beneficiarios puedan pagar menos o recibir ventajas. La idea es que, además de recibir sus prestaciones, puedan comprar bienes o servicios en mejores condiciones, promoviendo que usen medios electrónicos de pago y ayudando a que la economía sea más formal y accesible. La ANSES delega en diferentes áreas la tarea de gestionar estos convenios, controlar su cumplimiento y difundir el programa, todo sin que la Administración tenga que gastar dinero adicional. En resumen, es una forma de que los beneficiarios tengan más beneficios y puedan acceder a productos y servicios de manera más sencilla y económica, fomentando también la inclusión financiera y la formalización del mercado.

Autor: I.A.

Voces

  • seguridad social
  • prestaciones
  • programa de beneficios
  • descuentos
  • inclución financiera
  • red de pagos
  • comercios adheridos
  • normas jurídicas
  • convenios
  • administración nacional
  • promociones
  • reclamos

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