Calendario de pagos marzo-abril y mayo 2019
- Tipo
- Resolución
- Número
- 51/19
- Organismo
- ANSeS
- Fecha de dictado
- 08/02/2019
- Publicación en el BO
- 13/02/2019
www.diarioprevisional.com.ar https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/201469/20190212 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución 51/2019 Ciudad de Buenos Aires, 08/02/2019 VISTO el Expediente Nro. EX-2019-05619967-ANSES-DPB#ANSES del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), y CONSIDERANDO: Que es necesario establecer el Calendario de Pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para las emisiones de los meses de Marzo, Abril y Mayo/2019.Que en consecuencia, corresponde adecuar las fechas de pago al pronóstico de ingresos al Sistema Previsional, en particular los provenientes de la recaudación de aportes y contribuciones sobre la nómina salarial.Que las condiciones financieras vigentes para atender las obligaciones previsionales, permiten establecer el esquema de pago en VEINTE (20) grupos.Que la por entonces Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, emitiendo Dictamen Nº 15541/00, según IF-2019-05637425-ANSES-DPB#ANSES.Que la Comunicación "A" 4471 del Banco Central de la República Argentina de fecha 6 de enero de 2006, regula la operatoria de rendición de cuentas para las entidades financieras participantes en la operatoria de pago de los beneficios de la Seguridad Social a cargo de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 2741/91, el artículo 36° de la Ley N° 24.241 y el Decreto N° 5815.Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTICULO 1º.- Apruébanse los calendarios de pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para las emisiones correspondientes a los meses de Marzo, Abril y Mayo/2019, que como Anexos I (IF-2019-06715890-ANSES-DPB#ANSES), II (IF-2019-06706054-ANSES-DPB#ANSES), III (IF-2019-05744908-ANSES-DPB#ANSES) respectivamente, forman parte integrante de la presente.Página 1 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/201469/20190212 ARTICULO 2º.- Establécese que la presentación de la rendición de cuentas y documentación impaga, deberá efectuarse de acuerdo a lo establecido por la Comunicación "A" 4471 del Banco Central de la República Argentina de fecha 6 de enero de 2006.ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Emilio Basavilbaso NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- e. 12/02/2019 N° 7514/19 v. 12/02/2019 Fecha de publicación 12/02/2019 Página 2 www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Explicación asistida por IA
Esta resolución básicamente dice que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) organizó un calendario para pagar las jubilaciones y beneficios sociales en marzo, abril y mayo de 2019, ajustando las fechas según cuánto dinero espera recaudar en esos meses, principalmente de los aportes que hacen los empleadores y empleados. También establece cómo deben rendir cuentas las entidades financieras que manejan estos pagos, siguiendo las normas del Banco Central. En la práctica, esto significa que las jubilaciones y beneficios se pagarán en fechas específicas, y las instituciones que participan en el proceso deben presentar la documentación correspondiente para que todo esté en orden y se cumplan las obligaciones previsionales sin problemas.
Autor: I.A.
Sumario generado por IA
La resolución establece el calendario de pagos de las prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para los meses de marzo, abril y mayo de 2019, ajustando las fechas de acuerdo con los ingresos previstos del sistema, principalmente los aportes y contribuciones sobre la nómina salarial. Además, aprueba la operatoria de rendición de cuentas conforme a la Comunicación 'A' 4471 del Banco Central, en línea con las facultades conferidas por la normativa vigente, incluyendo el Decreto N° 2741/91, la Ley N° 24.241 y el Decreto N° 5815. La resolución también detalla la estructura de pago en 20 grupos, la documentación requerida y los procedimientos para la rendición de cuentas, garantizando la adecuada gestión financiera y cumplimiento de obligaciones previsionales.
Autor: Inteligencia Artificial
Voces
- administración nacional de la seguridad social
- resolución
- calendario de pago
- prestaciones
- sistema integrado previsional argentino
- recaudación de aportes
- condiciones financieras
- rendición de cuentas
- entidades financieras
- operatoria de pago
- facultades
- normativa
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