Aprueba el procedimiento para el ingreso de recursos directos de impugnación de deuda - AFIP a la Cámara Federal de la Seguridad Social

Tipo
Resolución
Número
33/20
Organismo
Cámara Federal de la Seguridad Social
Fecha de dictado
26/10/2020
Publicación en el BO
26/10/2020

Poder Judicial de la Nación I I L A C F O O S U RESOLUCIÓN DE CÁMARA Nº: 33/2020 www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 26 de octubre de 2020.VISTO: Lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordadas 12/2020 punto dispositivo 6º y su respectivo Anexo, y 31/2020 puntos dispositivos 4º y 8º con los Anexos I y II, en torno a la tramitación digital de las causas y, CONSIDERANDO: I. Que, en la aludida Acordada 31/2020 el Alto Tribunal mantuvo las amplias facultades de superintendencia concedidas a las distintas autoridades para adoptar, dentro de su propios fueros o jurisdicciones, las acciones pertinentes a fin de que su actuación se cumpla de acuerdo a las previsiones dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional y por la autoridades locales y para adecuar el funcionamiento de los tribunales de forma de garantizar la prestación del servicio de justicia, "? arbitrando las medidas que tiendan a la protección de la salud del personal -conf. punto resolutivo 3° de la acordada 6/2020 y 4° de la acordada 13/2020."; añadiendo, asimismo que "? A estos fines, las mencionadas autoridades dispondrán las acciones y protocolos correspondientes para mantener las medidas preventivas establecidas por las autoridades nacionales, provinciales y por esta Corte en las Acordadas dictadas a lo largo de la pandemia." (conf. punto dispositivo 4º).II. Que esta Cámara, entre otras medidas, ha dictado la Resolución Nº 32/2020 que dispone el ingreso digital de causas a través del ICW (Ingreso de causas Web); sin embargo, el art. 4º de dicha resolución indica que mantendrá el ingreso papel de los recursos directos debido a que el sistema no se encontraba adaptado en aquel momento para este tipo de expedientes, que lo hacen mediante voluminosos expedientes administrativos.III. Que, en vista de ello, posteriormente, se llevó a cabo un trabajo conjunto entre la Comisión Nacional de Gestión Judicial de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, Funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) y áreas técnicas de esta Cámara que, culminó con la realización del "Protocolo de actuación digital para el ingreso de recursos directos a la Cámara Federal de la Seguridad Social" que forma parte de la presente como Anexo II, en base al cual los expedientes provenientes de la AFIP cuyo objeto de juicio es "Impugnación de Deuda" (Código 8), podrán ingresar y tramitar únicamente en forma digital.LA CÁMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL R E S U E L V E: Art. 1°) Aprobar el "Formulario de ingreso de Recursos directos de Impugnación de Deuda (Código 8)" que como Anexo I integra la presente.---------------------------------------------------- www.diarioprevisional.com.ar "Art. 2°) Aprobar el "Protocolo de actuación digital para el ingreso de recursos directos a la Cámara Federal de la Seguridad Social" que como Anexo II integra la presente.---------------- Art. 3º) Disponer, a partir del día 29 de octubre de 2020 que el ingreso y tramitación será en modo únicamente digital, de acuerdo con lo establecido en el Protocolo de actuación digital www.diarioprevisional.com.ar aprobado en el art. 2º de la presente, para los expedientes provenientes de la AFIP cuyo objeto de juicio es "Impugnación de Deuda" (Código 8).--------------------------------------------- Art. 4°) Invitar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) y a la Comisón Médica Central, en su condición de organismos originantes de recursos directos ante esta Alzada a adherir al Protocolo de actuación digital del Anexo de la presente.---------------------------------------------- Art. 5º) Protocolícese, publíquese en el CIJ, comuníquese a la Comisión Nacional de Gestión Judicial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a la Administración Federal de Ingresos Públicos, al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores, a la Comisión Médica Central y hágase saber. ------- www.diarioprevisional.com.ar " Poder Judicial de la Nación ANEXO I de la Resolución CFSS Nº 33/2020 Formulario de ingreso de Recursos Directos de Impugnación de deuda (Código 8).www.diarioprevisional.com.ar I I L A C F O O S U www.diarioprevisional.com.ar 2PROVINCIAZONASEXO3PROVINCIAZONA4P/A5NroPisoCodigo PostalZonaNRO DE CUIT/CUILFEMENINO ? MASCULINO ? OTRA ID.SEXUAL ?PERSONA **DOMICILIO REALLOCALIDADPART/DEPDEPENDENCIA DE ORIGEN FISICA ? JURIDICA ?CLASIFICACIONCODIGO DE OBJETODESCRIPCION DE OBJETO DE JUICIO18 IMPUGNACION DE DEUDAAPELLIDO Y NOMBRES o RAZON SOCIAL: ??????????? ????????????????.. FECHA FIRMA Y SELLO LETRADO DECLARANTEABOGADOS MATRICULADOS POR LA PARTE ACTORATOMOLOS DATOS CONSIGNADOS REVISTEN CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA. LA FALSEDAD, OMISION O INCORRECTACONSIGNACION DE LOS DATOS REQUERIDOS, SIN PERJUICIO DE LOS DELITOS QUE PUDIERAN CONFIGURAR, SERACONSIDERADA FALTA GRAVE A LOS EFECTOS DISCIPLINARIOSCAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIALSECRETARIA GENERAL- Mesa General de EntradasFORMULARIO PARA INGRESO DE CAUSAS AFIP APELLIDO Y NOMBRES o RAZON SOCIAL:ACTORES RESOLUCION APELADADEMANDADOSDOMICILIO DENUNCIADOLOCALIDADDOMICILIO CONSTITUIDO PARTE ACTORACALLEDeptoFOLIOAPELLIDO Y NOMBRESPART/DEP" ANEXO II de la Resolución CFSS Nº 33/2020 Protocolo de actuación digital para el Ingreso de recursos directos a la www.diarioprevisional.com.ar Cámara Federal de la Seguridad Social .1) El organismo originante, deberá enviar un email por cada recurso a iniciar a la dirección cfsegsoc.demanda@pjn.gov.ar con la minuta aprobada por la Cámara para el objeto de Juicio y tipo de recurso correspondiente en formato PDF.2) La Mesa General de Entradas dependiente de la Secretaría General de este Tribunal, procederá a la asignación de la causa utilizando el sistema informático y generando una carátula en formato PDF con todos los datos de radicación y nominales de la causa. Adjuntará dicho PDF en un email, en respuesta del precedentemente indicado.3) Asimismo, la Mesa General de Entradas enviará vía mails, las carátulas y hojas de ruta de remisión a cada Sala destinataria de estos expedientes, recordando que el envío no implica recepción.4) Los organismos originantes, enviarán vía DEOX desde un CUIO (clave única de Organismos) especial para estos fines, al número de expediente indicado y a la Sala de radicación, el o los expedientes administrativos que conforman el recurso directo.En caso de resultar necesario, se podrá enviar más de un DEOX, recomendándose aunar siempre toda la información en la menor cantidad posible de PDFs, evitando dividir un mismo expediente administrativo.5) Las Salas cuando reciban los DEOX, deberán descargar los expedientes administrativos y formar con ellos subexpedientes del tipo PDD (Prueba documental digital) debido a que tales tipos de expedientes cuentan con la tecnología necesaria para proteger a su contenido conforme lo establece la Ley de Protección de datos personales (Ley 25.326). Los DEOX recepcionados no deben quedar publicados, a fin de no permitir que el público en general pueda acceder a los mismos.6) Recibidos y procesados los expedientes Administrativos, la Sala procederá a la recepción del principal, indicando el inicio del expediente con fines estadísticos, continuando toda la tramitación del expediente en formato digital.7) Se entenderá concluida la causa, cuando la sentencia o resolución que le ponga fin al proceso quede firme y consentida, sin que sea necesario otra acción por parte del Tribunal.www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Explicación asistida por IA

Esta resolución busca que los casos relacionados con impugnaciones de deuda ante la Seguridad Social se puedan presentar y tramitar completamente en formato digital, sin necesidad de papeles. Es como si en lugar de llevar documentos físicos a un juzgado, ahora se envían por email y se gestionan en línea, lo cual acelera los procesos y reduce riesgos, especialmente en tiempos de pandemia. Esto ayuda a que los abogados y las partes puedan gestionar sus recursos de manera más eficiente, segura y sin desplazamientos, asegurando que la justicia siga funcionando sin interrupciones.

Autor: I.A.

Sumario generado por IA

La resolución de la Cámara Nº 33/2020 establece la implementación del ingreso y tramitación digital de recursos directos en la Cámara Federal de la Seguridad Social, específicamente para los recursos de impugnación de deuda (Código 8) provenientes de la AFIP. Se aprueba un formulario y un protocolo de actuación digital, en línea con las directrices de la Corte Suprema y las medidas sanitarias por la pandemia, para garantizar la continuidad del servicio judicial mediante procedimientos electrónicos. La normativa también invita a otros organismos a adherirse a estos protocolos, promoviendo la digitalización y seguridad en la gestión de causas.

Autor: Inteligencia Artificial

Voces

  • justicia digital
  • ingreso de causas
  • protocolo digital
  • impugnación de deuda
  • recursos directos
  • tramitación digital
  • normativa judicial
  • administración federal de ingresos públicos
  • protección de datos
  • sistema informático
  • documentación digital
  • organismos originantes

Descargar PDF (requiere iniciar sesión)