Pago manual por tesorería IFE-Medida cautelar-Sentencia

Tipo
Circular
Número
79/20
Organismo
ANSeS
Área
DPAyT
Fecha de dictado
22/10/2020
Publicación en el BO
22/12/2020

anses 2020 "Año del General Manuel Belgrano"Buenos Aires, 22 de octubre de 2020CIRCULAR DPAyT N° 79/20PAGO MANUAL POR TESORERÍA: IFE - MEDIDA CAUTELAR / SENTENCIADirección de Asuntos Contenciosos / Dirección Legal Interior y Asuntos Administrativos1. Recibe Notificación Medida Cautelar / sentencia que ordena el pago IFE y/o determinar el derecho a la prestación, mediante mesa de entradas Judiciales.2. Analiza la documentación y corrobora que el mismo cumpla con las formalidades correspondientes.3. Caratula en el sistema Gestión Causas Judiciales (GCAU) la carpeta 900 - CAUSA JUDICIAL - ANSES DEMANDADO - T. PREV.4. Registra / Actualiza la Novedad en la carpeta 900 del sistema GCAU, de corresponder.5. La Coordinación Jurídica caratula expediente en GDE con el código de tramite GENE00028, elabora informe y adjunta toda la documentación recibida al mismo, el cual debe señalar:5.1. Que la orden judicial / medida cautelar es de cumplimiento obligatorio y el plazo otorgado para su cumplimiento.5.2. Detalle claro del objeto de la misma.5.3. informa CBU cuenta judicial.6. Remite expediente GDE a la Dirección respectiva.7. La Dirección Asuntos Contenciosos / Dirección Legal Interior y Asuntos Administrativos, de compartir lo expuesto, deriva a la Dirección de Prestaciones Activas.Dirección de Prestaciones Activas8. Recibe el expediente GDE.9. Analiza lo solicitado en la medida Cautelar / sentencia, sea que posea derecho o que No posee Derecho sobre el beneficio en cuestión.9.1. Si la sentencia ordena determinar el derecho a la prestación, analiza, emite informe, agrega al expediente y remite el mismo a la Dirección de Asuntos Contenciosos / Dirección Legal Interior y Asuntos Administrativos, continua en el punto (19), dando por finalizado el circuito.9.2. Si la manda judicial es una medida cautelar / sentencia que ordena incluir y/o otorgar el IFE, analiza y da curso a lo solicitado, continua en el punto (10).10. Emite la Instrucción del Pago Manual, indicando monto, beneficiario y destino de pago de acuerdo a la instrucción impartida por la Dirección de Asuntos Contenciosos / Dirección Legal Interior y Asuntos Administrativos, conforme lo ordenado en la Media Cautelar / sentencia y adjunta al expediente.11. Eleva el expediente GDE a Dirección de Contabilidad.Dirección de Contabilidad12. Recibe el expediente GDE, genera la orden de pago con el correspondiente registro contable y presupuestario de acuerdo a la instrucción recibida y la incorpora al expediente.13. Eleva el expediente GDE a la Dirección de Finanzas para la autorización de la orden de pago,Dirección General de Finanzas14. Recibe el expediente GDE, autoriza e instruye a la Dirección de Tesorería para su pago.Dirección de Tesorería15. Recibe el expediente GDE y procede a realizar la transferencia de la orden de pago recibida, de acuerdo a la información obrante en el expediente.16. Agrega las Constancias de las Transferencias Realizadas.17. Realizado el pago procede a:17.1. Informar a la Dirección de asuntos Contenciosos (continuando en el punto (19).17.2. Remite a la Dirección de Contabilidad el expediente para su archivo.Dirección de Contabilidad18. Procede a archivar el expediente.Dirección de Asuntos Contenciosos19. El letrado recibe el informe y realiza la presentación en la causa judicial.20. Carga el Mov. 199 - Pago por Tesorería y asocia el PDF en la carpeta 900.21. El letrado recibe la alerta de Movimiento por GCAU e informa al juzgado interviniente, el resultado correspondiente.Área destinataria: | Áreas OperativasÁrea emisora: | Dirección Procesos Administrativos y TécnicosContacto: | PrestacionesActivas@anses.gob.ar---

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