Resolución SSS 3/2021 - Anexo 1

Tipo
Resolución
Número
3/21
Organismo
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Área
SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
19/02/2021
Publicación en el BO
22/02/2021

www.diarioprevisional.com.ar "2021 - AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN" ANEXO ÍNDICE DE ACTUALIZACIÓN DE LAS REMUNERACIONES MENSUALES PERCIBIDAS POR LOS TRABAJADORES QUE HUBIERAN PRESTADO TAREAS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA INFORME METODOLÓGICO Se considera como índice base al establecido por la Resolución 27/2020 de la Secretaría de Seguridad Social. En dicha norma se informa el índice hasta el mes de febrero de 2021. La última variación reflejada en el mismo corresponde a la registrada en el RIPTE entre marzo y junio de 2020, de acuerdo con la metodología establecida en el Anexo III de la Resolución 2-E/2018 de la Secretaría de Seguridad Social.Para el mes de marzo de 2021, por única vez, y a efectos de poder utilizar luego los mismos períodos de referencia que se establecieron para la movilidad de las prestaciones en la Ley Nº 27.609, se realiza un ajuste del índice considerando la variación del RIPTE entre los meses de junio y diciembre de 2020. Para los meses de abril y mayo de 2021 se mantendrá el valor de marzo de 2021.Con posterioridad, el índice será actualizado en función de lo establecido en el art 4º de la Ley 27.609, en los meses de junio, septiembre, diciembre y marzo por la variación del índice RIPTE, considerando las variaciones trimestrales acumuladas no decrecientes, y para los dos meses siguientes a cada uno de los indicados precedentemente, se repetirá el valor del índice de acuerdo al siguiente detalle: { } { } { } www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2021 - AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN" es el índice de actualización de las remuneraciones que corresponde al mes "m" del año "t" es el índice del mes "m" que considera las variaciones trimestrales no decrecientes del RIPTE { } Donde: El índice RIPTE de variación trimestral libre será: { } { } { } { } Dónde: www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2021 - AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN" es la Remuneración Promedio de los Trabajadores Estables del mes "m" es el índice del mes "m" que considera las variaciones trimestrales del RIPTE en forma libre La base del índice RIPTE de variación trimestral libre será 100 para Diciembre de 2020 El índice RIPTE de variación trimestral no decreciente será: { } www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2021 - Año de Homenaje al Premio Nobel de Medicina Dr. César Milstein Hoja Adicional de Firmas Anexo Número: Referencia: METODOLOGÍA ÍNDICE DE ACTUALIZACIÓN REMUNERACIONES El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 3 pagina/s.www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La norma establece un índice de actualización de remuneraciones mensuales para trabajadores en relación de dependencia, basado en la variación del RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) y ajustado trimestralmente en función de variaciones no decrecientes. Se define un método de cálculo que contempla períodos específicos y ajustes únicos en marzo de 2021, con la finalidad de sincronizar las actualizaciones con la movilidad de prestaciones prevista en la Ley 27.609. La metodología incluye la utilización de índices base, variaciones trimestrales libres y no decrecientes, y establece que los valores se mantendrán o ajustarán en determinados meses, garantizando la estabilidad y previsibilidad en la actualización de remuneraciones para efectos previsionales y de seguridad social.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma indica cómo se ajustan las remuneraciones de los trabajadores en relación de dependencia para que sirvan de base en cálculos previsionales. Básicamente, se usa un índice llamado RIPTE, que refleja cuánto han cambiado los salarios en promedio. Cada tres meses, se revisa y ajusta este índice para que no baje, asegurando que las actualizaciones sean estables y reflejen la realidad económica. En marzo de 2021, se hizo un ajuste especial para mantener la coherencia con otros cálculos de beneficios sociales. Esto significa que, en la práctica, los salarios que se toman en cuenta para calcular jubilaciones, pensiones u otros beneficios, se actualizan siguiendo estos índices, garantizando que no pierdan valor por efectos de la inflación o cambios económicos, y que los beneficiarios reciban montos ajustados a la realidad salarial del momento.

Autor: I.A.

Voces

  • índice de actualización
  • remuneraciones
  • trabajadores en relación de dependencia
  • ripta
  • variación trimestral
  • ley 27.609
  • metodología
  • seguridad social
  • resolución 27/2020
  • resolución 2-e/2018
  • ajuste de índice
  • movilidad de prestaciones

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