SUBSIDIO DE CONTENCION FAMILIAR POR ATENCION VIRTUAL.

Tipo
Circular
Número
25/21
Organismo
ANSeS
Área
DP
Fecha de dictado
23/06/2021
Publicación en el BO
23/06/2021

ANSES A Argentina ~ Pres!d:tnela tl2021- Año de homenaje al Premio Nobel de Medicina Dr. César Milstein" Buenos Aires, 23 de junio de 2021 CIRCULAR DP N° 25/21 SUBSIDIO DE CONTENCiÓN FAMILIAR POR ATENCiÓN VIRTUAL REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP N° 26/20 Se informa a todas las UDAI, oficinas y dependencias pertenecientes a esta Administración Nacional, el procedimiento a llevar a cabo cuando quién solicita el cobro del Subsidio de Contención Familiar no se puede presentar a tramitarlo en una dependencia, debido a la emergencia sanitaria emitida por el Gobierno Nacional a raiz de la pandemia del coronavirus COVID-19.El mencionado subsidio se otorga ante el fallecimiento de titulares de prestaciones del Régimen Nacional de Previsión incluidos en las disposiciones de las Leyes N° 18.037 Y W 18.038, de las Cajas Provinciales de Previsión (excepto las correspondientes a Policias y transferidas al Estado Nacional Servicios PREVISIONAL SISTEMA del ARGENTINO (SIPA), de las Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, de la Pensión Universal para Adulto Mayor, de Prestaciones No Contributivas transferidas a la ADMINISTRACiÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) en virtud del Decreto W 746 de fecha 25 de septiembre de 2017.Penitenciarios) INTEGRADO Asimismo se encuentran incluidas en el pago del SCF, conforme lo estipulado en el Articulo W 6 del Decreto W 655/2020, todas las personas cuya causa de fallecimiento sea COVID-19 que, no siendo beneficiarias de alguna de las prestaciones mencionadas anteriormente, se encontraban desocupadas, o se desempeñaban en la economia informal, o se encontraban inscriptas en las categorías "A" y "B" del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes establecido por la Ley W 24.977, sus modificatorias y complementarias, o se encontraban inscriptas en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, establecido por la Ley W 26.565, o eran trabajadores/as declarados/as en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, establecido por la Ley N° 26.844, o eran titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social, o eran titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Socíal, o eran niños, niñas, adolescentes y/o personas mayores de edad con discapacidad.Todas las Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas y Requerimientos de Sentencias Judiciales y Bonos CRM - Tema: "SUBSIDIO DE CONTENCIONFAMILIAR" Subtema: "CONSULTA NORMATIVA" "ANSES !fA. Argentina ~""- 112021- Año de homenaje al Premio Nabel de Méditíliá Dr. Césa(Milstein" El "Subsidio de Contención Familiar" que generen las personas favorecidas por el articulo 6° del Decreto N" 655/2020, se abonará al cónyuge o conviviente previsional en los términos del artículo 53 de la Ley W 24.241, o padre, o madre o hijos de la persona causante, siempre que la persona solicitante acreditare haber sufragado los gastos del sepelio con la presentación de la factura extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio.1. La persona solicitante mediante la herramienta de SIEEL - Atención Virtual podrá tramitar el cobro del Subsidio de Contención Familiar, siempre que se cumplan con los requisitos detallados anteriormente, que el fallecimiento y las relaciones se encuentren acreditadas en ADP.1.1. En caso de no cumplir los requisitos, emitirá mensaje de error y no permitirá generar la carga de la solicitud.1.2. En caso de cumplir los requisitos, deberá consignar obligatoriamente un correo electrónico de contacto y optativamente un número de teléfono celular, debiendo adjuntar: 1.2.1. Fotografía de frente y dorso del DNI. 1.2.2. Fotografía de frente y dorso de la partida de defunción. 1.2.3. Fotografía de Factura de gastos de sepelio.2. SIEEL - Atención Virtual, asigna la consulta a la UDAI correspondiente, según Código Postal de la persona solicitante.3. Desde la bandeja "En Sector", tanto con perfíl operador o supervisor, se asigna la consulta para trabajar.4. El perfil operador analiza la consulta de acuerdo a la documentacíón adjunta y procede de acuerdo a las siguientes opciones: 5. Si toda la documentación es correcta continua en el punto 7.6. En caso de que NO pueda visualizar correctamente las fotografías adjuntas, o deba solicitar nueva documentación a la persona que solicita, procede a: 6.1. Coloca la atención Virtual en "Solicita más información al ciudadano".Todas las Áreas Operativas Judiciales y Bonos Coordinación Emisión de Normas y Requerimientos de Sentencias CRM - Tema: "SUBSIDIO DE CONTENCION FAMILIAR" Subtema: "CONSULTA NORMATIVA" "ANSES lA Argentina ~I'm_ "2021 - Año de homenaje Nabel de Medicina Dr. César Milstein" .1 Premio 6.2. Se activa respuesta en el aplicativo SIEEL - Atención Virtual para que el ciudadano cumpla con lo requerido, quedando la misma "En espera".6.3. El ciudadano carga y envía la documentación requerida.6.4. Una vez enviada Virtual automáticamente se trasladará a la bandeja "A trabajar" del perfil operador, que previamente había solicitado la nueva información.documentación,.la Atención la 6.5. Vuelve al punto 4 (Aclaración: no se debe dar como finalizada la atención).7. El perfil operador verifica que todos los datos de la persona solicitante y causante, estén correctamente registrados en ADP.7.1. Si no se encuentran ACREDITADOS, o bien hay que realizar según la documentación de respaldo, el perfil la modificaciones operador hará las mismas y el perfil supervisor deberá confirmar información. (Ver Circular OPA N° 23/20).7.2. Si se encuentra ACREDITADO y no hay que realizar modificaciones, continúa en punto 8.8. El perfil operador ingresa al Sistema de Novedades en Línea (LMN), para marcar con causa de baja "01 - Fallecimiento" el beneficio de la persona causante.9. El perfil operador verifica que la documentación presentada sea la correcta y avale el pago del Subsidio de Contención Familiar.9.1. Si no es correcta, solicita ampliación o adecuación de la misma, vuelve al punto 4.9.2. Si es correcta, y corresponde a un beneficiario previsional o al universo incluido en el artículo 6° del Decreto W 655/2020, deberá tener en cuenta las pautas detalladas en la norma de procedimiento PREV-31-06 para ambas casuisticas. Continúa en punto 10.Todas las Áreas Operativas Coordinación Judiciales y Bonos Emisión de Normas y Requerimientos de Sentencias ~., CRM - Tema; "SUBSIDIO DE CONTENCION FAMILIAR" Subtema: "CONSULTA NORMATIVA" "ANSES ~ Argentina ~""'- "2021 Año de homenaje al Premio Nobel de Medldna Oc.César Milsteín" 1O. El perfil operador deberá tener en cuenta si se encuentra trabajando en forma presencial en la UDAl/Oficina o se encuentra trabajando en forma remota, para continuar con la tramitación y liquidación del trámite.10.1. Con trabajo presencial, ingresa a Intranet - Servicios - Aplicaciones - SCF y presionando el link "Solicitud SCF Web, sin Clave de Seguridad Social", y completa todos los campos establecidos, luego selecciona la opción "Verificación de la Solicitud", imprime la documentación y remite a su superior, quien ingresa a la opción "Aprobación" donde colocará el CUll de la persona causante y analizando que la información sea la correcta, aprobará la misma, generándose de forma automática el TTR 364. (Según norma de procedimiento PREV-31-06).10.2. Con trabajo remite un mail a UCAO a la casilla remoto, RegistrodeResoluciones@anses.gob.ar, con el asunto "AV SCF - Numero de beneficio. CUIL: xxxxxxxxxxx", solicitando número de beneficio W 71-9-XXXXXXX-X para realizar la carga en el sistema lMN, permitiendo incorporar solamente el concepto 107-000, con tipo 2 (transitorio) y Tipo de Pago 5 (por única vez).10.2.1.Carga CRM con el tema "Subsidio de Contención Familiar" y subtema "Procedimiento de excepción", adjuntando en la solapa "NOTAS" el archivo digital establecido en la Circular DIP 03/21 "CRM - CIRCUITO ALTERNATIVO PARA LA GENERACiÓN DEL DOCUMENTO FIRMA DIGITAL" o la que a futuro la reemplace. la cual deberá contener la información detallada a continuación con el fin de solicitar autorización para cargar y abonar mediante lMN el SCF: A: Dirección Previsional De: Nombre UDAl/Oficina Ref: SCF - Procedimiento de Atención Virtual Detalle: o De la persona Solicitante: Cuil, Apellido y Nombre o De la persona Causante: N° de Beneficio, Cuil, Apellido y Nombre 10.3. Es importante destacar que el perfil operador NO debe realizar acciones en la AV en este paso.Todas las Áreas Operativas , Judiciales y Bonos Coordinación Emisión de Normas y Requerimientos de Sentencias CRM - Tema: "SUBSIDIO DECONTENCION FAMILIAR" Subtema: "CONSULTA NORMATIVA" "ANSES £ Argentina ~ Pmidt:nda "2021- Alío de homenaje.alPremio Nobel de Medicina Dc.César Milstein" 11. El peñil operador, una vez recibido el número de beneficio y la confirmación por CRM, ejecuta el proceso de carga vía LMN, según la normativa vigente PREV-31-08.12. El peñil operador primero da de alta en ANME el trámite 988, lo releva en SIDU y busca el expediente generado en SIEEL, adjunta toda la documentación recibida y lo deriva a "Supervisión de Inicio".13. El peñil supervisor se asigna la AV y el expediente en SIEEL, analiza y ejecuta de corresponder.13.1. Si el trámite está correctamente realizado continúa en el punto 14.13.2. Si el trámite no está correctamente realizado, Atención Virtual nuevamente al perfil operador.rechaza y devuelve 13.2.1. Asignando la AV nuevamente al agente que trabajo el caso.13.2.2. Continúa en punto 9..14. El peñil supervisor cierra la AV y el expediente en SIEEL enviándolo a instancia ARCHIVO cargando como fecha de notificación la del estado terminal, en caso de haber abonado por el aplicativo WEB, cierra el 988 relacionándolo al TTR 364.15. Finaliza sin expediente la AV según corresponda.15.1. Si las novedades fueron ingresadas satisfactoriamente mediante Aplicativo WEB: 15.1.1. Finaliza la Atención Virtual Sin Expediente Informando al titular que debe acercarse a la UDAl/Oficina antes de los 5 dias hábiles para retirar la Orden de Pago.15.2. Si las novedades fueron ingresadas mediante LMN: 15.2.1.Informa al titular que la carga se realizó para el mensual de trabajo (MM/AAAA) y que deberá consultar en "MI ANSES" la fecha de pago.Coordinación Emisión de Normas y Requerimientos de Sentencias Todas las Áreas Operativas Judiciales y Bonos CRM - Tema: "SUBSIDIO DE CONTENCION FAMILIAR" Subtema: "CONSULTA NORMATIVA" "ANSES A Argentina ~PI'l!'S«fml "2021- Año de homenaje al Premio Nabel de Medidna Dr. césar Milsteín" 15.3. Si las novedades NO fueron ingresadas satisfactoriamente, informa al solicitante los motivos del rechazo.16. Finaliza el proceso de Atención Virtual.Todas las Áreas Operativas Coordinación Judicíales y Bonos Emísión de Normas y Requerimientos de Sentencias CRM - Tema: "SUBSIDIO DE CONTENCION FAMILIAR" " Subtema: "CONSULTA NORMATIVA" "

Sumarios

Sumario generado por IA

La normativa establece el procedimiento para la tramitación y pago del Subsidio de Contención Familiar (SCF) en modalidad virtual, en respuesta a la emergencia sanitaria por COVID-19. Se especifican los beneficiarios, requisitos de acreditación, documentación necesaria, y los pasos operativos para la gestión del trámite mediante plataformas digitales (SIEEL, LMN). La norma detalla las responsabilidades del personal operativo y supervisor, los mecanismos de verificación, y las acciones en caso de documentación incompleta o errores, garantizando la continuidad del pago en condiciones excepcionales. Además, regula la coordinación entre diferentes áreas y la integración de procedimientos alternativos para la carga y aprobación del beneficio, asegurando la trazabilidad y cumplimiento normativo.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma explica cómo se puede solicitar y gestionar el Subsidio de Contención Familiar de forma virtual, sin necesidad de presentarse en una oficina, debido a la pandemia. Si alguien pierde a un familiar que recibe una prestación previsional o cumple ciertos requisitos (como ser desocupado o trabajador informal), puede solicitar este subsidio usando plataformas digitales, enviando fotos del DNI, la partida de defunción y la factura del sepelio. El proceso implica que el personal de ANSES revise y valide la documentación, y luego registre y apruebe el pago. Todo esto se hace en línea, con pasos claros para evitar errores y garantizar que la ayuda llegue rápidamente a quienes la necesitan, incluso en situaciones de emergencia sanitaria.

Autor: I.A.

Voces

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  • requisitos
  • normativa
  • procedimiento
  • carga de solicitud
  • verificación de datos

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