LIQUIDACION DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS SOBRE RETROACTIVOS GENERADOS POR EL SISTEMA PR.PA-PR.PB POR PARTE DE LA UNIDAD COORDINADORA APOYO OPERATIVO

Tipo
Prev
Número
20-08/21
Organismo
ANSeS
Fecha de dictado
08/07/2021
Publicación en el BO
08/07/2021

www.diarioprevisional.com.ar ANSES 1&. Argentina ~ Pfl!~Wl1l'lCia "2021- Año de homenaje al Premio Nobel de Medicina Dr. César Milsteín" liquidación del impuesto a las ganancias sobre retroactivos generados por el sistema PR.PA. / PR.PB. por parte de la Unidad Coordinadora Apoyo Operativo Vigencia: 08/07/2021 PREV-20-08 Establecer un procedimiento parte de la Unidad Coordinadora Apoyo Operativo, para la liquidación manual del Impuesto a las ganancias, por sobre los retroactivos generados por el Sistema PR.PA. Unidades pertenecientes / PR.PB., en las altas de beneficios realizadas por las UDAI y las distintas de Trámites Complejos, de esta Administración a la Dirección 1. Objetivo Nacional.2. Alcance Desde la confirmación de la liquidación por el Sistema PR.PA./ PR.PB., hasta el impacto de la retención en la liquidación del primer pago.3. Marco Normativo 824-APN-PTE (05/12/2019).Ley N° 20.628 de Impuesto a las Ganancias. T.O. Decreto N° 824/2019 DECTO-2019- En Art. 82 hace referencia a la IV Categoría - Ingresos del trabajo personal en relación de dependencia y otras rentas, donde constituye: retiros o subsidios de Inciso el cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal yen la medida que los ingresos provenientes de las jubilaciones, pensiones, hayan estado sujeto al pago del impuesto.Ingresos Públicos Régimen de Retención: Resolución General N° 4003/2017 de actualización Esta norma estableció un régimen de retención en el las rentas comprendida sus modificatorias en las cuatro categorías del mencionado de la Resolución General N° 2437, sus modificatorias complementarias y y impuesto.- AfIP Administración Federal y (ordenamiento y complementarias).impuesto a las ganancias aplicable a 4. Consideraciones Generales El presente procedim.iento se crea con la finalidad de realizar la retención del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos de Primeros Pagos generados por el Sistema PR.PA./ PR.PB., como resultado de la incorporación Unidades pertenecientes a la Dirección realizada por las distintas UDAI y las distintas de Trámites Complejos, de esta Administración Nacional.El cálculo del impuesto se realizará de acuerdo al criterio de devengado de acuerdo a la Resolución ANSES N° 213/2000.1/3 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar ANSES Al\.. Argentina ~ I'fl'silkndll "2021 ~ Año de homenaje al PremiQ Nobel de Medicina Or. César Mi¡s:leín" VigenCia: 08/07/2021 PREV-20-08 VI. Detalle de Tareas Dirección General de Informática e Innovación Tecnológica generará los archivos de los casos Diariamente ingresados por las UDAI y las distintas Unidades pertenecientes a la Dirección de Trámites Complejos, de esta Administración Nacional, por el Sistema PR.PA. / PR.PB., los cuales enviará por SITACI a la Unidad Coordinadora Apoyo Operativo.con la información correspondientes Unidad Coordinadora Apoyo Operativo A partir de los archivos suministrados por la DGIIT, se realizará una liquidación manual, en donde se realizará la apertura de los montos retroactivos de haberes y descuentos, a fin de poder determinar los importes anuales, por el periodo que abarca el devengado total.En todos los casos se verificará que del producto de los cálculos realizados conforme punto significativos (+/- 1% del haber máximo vigente) anterior, no haya desvíos considerados respecto de los valores brutos y netos que arrojó la liquidación original del Sistema PR.PA. / PR.PB.Certificada la consistencia de los datos y considerando periodo fiscal, se verifica si las personas titulares, en base a las tablas aplicables caso, por el impuesto.a considerar y las escalas correspondientes, los importes determinados las deducciones se encuentra por cada a cada alcanzado en el caso Asimismo, considerarán la retención del Impuesto a las Ganancias, en el periodo retroactivo, las personas que titulares perciban otras todos los conceptos intervinientes prestaciones, se en el cálculo de registrados en el RUB.En todos los casos, se realizará el debido resguardo de la liquidación realizada.Para aquellos casos que arrojaron una retención a aplicar, dicho importe se informara "IMPUESTO A LAS GANANCIAS S/RETRO", que mediante representará retroactivo devengado hasta el 31/12 del año anterior al del alta del beneficio.509-114 del a las ganancias, por el periodo la retención el concepto impuesto Respecto al retroactivo se procederá de la siguiente forma: ~ La porción del retroactivo que se devengó en el periodo en que se produce el alta 108-600 - "RETRO 1Q impuesto a las al periodo actual del beneficio, L1QUIDAClON", para ser considerado, Ganancias, en el mensual de alta del beneficio, por corresponder y que el sistema establezca en forma automática dicha retención.se identificará con un concepto específico respecto al cálculo del ~ la liquidación, dado que dicha operatoria es Por lo expuesto y a fin de balancear solo a los fines expositivos para exteriorizar de forma transparente la porción del retroactivo a considerar en el periodo actual, se incluirá también en la liquidación 2/3 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar ANSES £ Argentina ~ Pre~idMl(la "2021 - Año de homenaje al Premio Nobel de Mediana Dr. César Milstein" Vigencia: 08/07/2021 PREV-20-08 de la prestación, "DESCUENTO RETRO 1º L1QUIDAClON".un concepto de descuento por el mismo importe 208-108 >- Todos los conceptos recalculados, impuesto a las ganancias por los periodos devengados, se enviarán en forma mensual por SITACI a la DGIIT, a los fines que se impacten en la liquidación del alta del beneficio y a la Coordinación Gestión Integral de Riesgos, a fin de que realicen las acciones de su competencia.importe de la retención del como el >- Al finalizar cada mensual se realizará un informe de liquidación en donde se transcriba el procedimiento aplicado y los resultados arribados.Dirección General de Informática e Innovación Tecnológica Procesa el archivo enviado y genera la liquidación informada y el descuento del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos.del alta del beneficio con la apertura Calcula concepto mensual, el la retención 309-000 de la liquidación.del impuesto a las ganancias mensual que se visualizará en el "IMPUESTO A LAS GANANCIAS" en el acumulado importe del código 108-600 informado y continúa con el resto de los procesos considerando En el caso de existencia de bajas previas a la liquidación, beneficios que no encuentre debidamente liquidados, en relación al SITACI enviado.el sistema no considerará los 3/3 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La norma establece un procedimiento manual para la liquidación del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos generados por los beneficios del Sistema PR.PA./PR.PB. en ANSES, incluyendo la identificación, cálculo y retención del impuesto, en línea con la Ley N° 20.628 y la normativa de retención vigente (Resolución General N° 4003/2017). Se especifican las etapas de procesamiento, desde la generación de archivos por la Dirección de Informática hasta la liquidación y comunicación de los importes retenidos, asegurando la transparencia y precisión en la aplicación del impuesto sobre retroactivos devengados en el período fiscal correspondiente, con énfasis en la diferenciación entre retroactivos devengados en el período de alta y en el período actual del beneficio.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma trata sobre cómo la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) calcula y retiene el impuesto a las ganancias sobre los pagos retroactivos que recibe una persona por beneficios previsionales. Cuando una persona recibe un pago adicional por retroactivos, la norma indica que se debe hacer un cálculo manual del impuesto, similar a cuando uno calcula cuánto debe pagar en impuestos en su trabajo, pero en este caso, lo hace la ANSES. El proceso incluye revisar los datos, determinar cuánto retroactivo corresponde a cada período, y aplicar las tasas de impuestos según las escalas vigentes. Luego, se informa y se retiene ese monto, que será descontado del pago. Es como si en una liquidación de sueldo, se separara una parte para pagar impuestos, pero en este caso, lo hace la ANSES automáticamente y con mucho cuidado para que todo quede claro y correcto. Esto ayuda a que el afectado reciba su dinero de forma transparente y sin errores en los impuestos que debe pagar.

Autor: I.A.

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