Recordatorio-Tarea de cuidados ULTIMA - Ver inst
- Número
- 2021
- Organismo
- ANSeS
- Área
- ANSeS
- Fecha de dictado
- 30/07/2021
- Publicación en el BO
- 30/07/2021
www.diarioprevisional.com.ar Reconocimiento de servicios por tareas de cuidado Decreto 475/2021 Tareas de cuidado ADP Julio 2021 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Decreto N° 475/2021 - Tareas de cuidado Consideraciones Generales Según los registros de la Seguridad Social el SETENTA Y CUATRO POR CIENTO (74 %) de las prestaciones que fueron obtenidas por moratoria corresponden a mujeres, dejando en evidencia la necesidad de implementar políticas con perspectiva de género para revertir las brechas en el acceso al derecho a la seguridad social. La situación de quien tiene el cuidado del niño y/o de la niña torna más complejo el acceso al mercado laboral y, en consecuencia, poder completar los requisitos que se exigen para el acceso a las prestaciones previsionales.A pesar de seguir vigente el régimen de regularización de la Ley N° 26.970, los periodos que pueden ser regularizados generó que las mujeres mayores de entre SESENTA (60) y SESENTA Y CUATRO (64) años fueran perdiendo, año tras año, la capacidad de incorporarse, quedando, muchas de ellas, sin ningún tipo de cobertura de la seguridad social.Las tareas de crianza y cuidado demandan una enorme cantidad de horas a quienes las realizan y han sido asumidas como actividades propias del género femenino por lo que se considera conveniente adoptar medidas a fin de reparar parte de las desigualdades estructurales que sufren las mujeres a lo largo de su vida y que derivan, en gran medida, de la sobrecarga de las tareas de cuidado y de las inequidades del mercado de trabajo que se acumulan en el largo plazo. www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Decreto N° 475/2021 - Tareas de cuidado Incorporase como artículo 22 bis de la Ley N° 24.241, el siguiente texto: "ARTÍCULO 22 bis: Al único fin de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU), las mujeres y/o personas gestantes podrán computar UN (1) año de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida.En caso de adopción de personas menores de edad, la mujer adoptante computará DOS (2) años de servicios por cada hijo y/o hija adoptado y/o adoptada.Se reconocerá UN (1) año de servicio adicional por cada hijo y/o hija con discapacidad, que haya nacido con vida o haya sido adoptado y/o adoptada que sea menor de edad.Resolución 17/2021 ARTÍCULO 1º: El reconocimiento de servicios podrá corresponder a más de una mujer y/o persona gestante por el mismo hijo o hija que haya nacido con vida o haya sido adoptado o adoptada siendo menor de edad.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Decreto N° 475/2021 - Tareas de cuidado Importante Aquellas personas que hayan accedido a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social por el período de, al menos, DOCE (12) meses continuos o discontinuos podrán computar, además, otros DOS (2) años adicionales de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida o haya sido adoptado y/o adoptada que sea menor de edad, en la medida en que por este se haya computado el tiempo previsto en el presente apartado".www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Decreto N° 475/2021 - Tareas de cuidado Otras modificaciones Incorpora como artículo 27 bis de la Ley N° 24.241 Declárase computable a los fines de la acreditación de la condición de aportante para el logro de las Prestaciones de Retiro Transitorio por Invalidez o de la Pensión por Fallecimiento de la afiliada en actividad que prevén el período correspondiente a la licencia por maternidad establecida por las leyes de alcance nacional y Convenios Colectivos de Trabajo respectivos". Los plazos de licencia por maternidad y de estado de excedencia se computarán como tiempo de servicio solo a los efectos de acreditar el derecho a una prestación previsional en todos los regímenes previsionales administrados por ANSES, con el mismo carácter que los que desarrollaba la persona al momento de comenzar el usufructo de las mismas y siempre que se verifique que la mujer y/o persona gestante haya retornado a la misma actividad que realizaba al inicio de la licencia o del período de excedencia. Para el caso de que la persona no retome la actividad o lo haga en una distinta, los servicios se computarán como del régimen general. La consideración de estos servicios no tendrá efecto alguno como incremento o bonificación de los haberes jubilatorios. El cómputo de los servicios a los que hace referencia el presente decreto tendrá efecto solo para las prestaciones que se soliciten a partir de la vigencia del mismo.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar www.diarioprevisional.com.ar Aspectos Operativos "www.diarioprevisional.com.ar Reconocimiento de aportes por el cuidados de hijos Permite a las mujeres que le faltan años para completar los requisitos para acceder al beneficio jubilatorio computando servicios a los fines de reunir los años necesarios para acreditar derecho a PBU.Aplica en los tramites de condición normal sin invocación de moratoria y también en los casos de que efectué adhesión a alguna de las moratorias vigentes (Ley 24.476 y 26.970) y no posee tope de reconocimiento.Es compatible con el resto de los beneficios que se aplican normalmente en las diferentes prestaciones: Exceso de edad, Declaración Jurada (art.38 y art.3ro. Ley 24.476), etc.Asimismo, el periodo de licencia por maternidad y el estado de excedencia seran considerados como tiempo de servicios a los fines de la PBU, en caso de RTI y Pensión directa: Maternidad: para la regularidad en general Excedencia: para alcanzar los 30 o 15 años.No aplica en RTI ni en PENSION Directa derivada de Invalidez el reconocimiento de hijos.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Reconocimiento de aportes por el cuidados de hijos Como se realiza el trámite: Titular La titular podrá verificar que sus hijas y/o hijos se encuentren registrados en Mi ANSES con su CUIL y Clave de la Seguridad Social, ingresando a "Información Personal" > "Relaciones familiares".Luego solicitará un turno para "Asesoramiento por tareas de cuidado" en la oficina más cercana a tu domicilio, a partir del 1 de agosto.Reunirá la siguiente documentación: DNI Partidas de nacimiento de hijas o hijos. Si tiene hijas e hijos con discapacidad, es necesario presentar el Certificado de Discapacidad Si sus hijas e hijos son adoptados, es necesario presentar la sentencia de adopción. Certificaciones de servicios con el detalle de las licencias por maternidad y de excedencia por (CUD).maternidad.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Reconocimiento de aportes por el cuidados de hijos Como se realiza el trámite: ANSES Contando con las acreditaciones necesarias, el Sistema SICA Determinación de Derecho impactará automáticamente las relaciones existentes en ADP y aplicará la escala correspondiente según se trate de un Hijo, Hijo adoptado, Hijo incapacitado y/o con percepción de UVHI conforme a las registraciones obrantes en los sistema UVHI, CUNA, PEUN, CUD y SADIL.El reconocimiento de CUIDADOS HIJOS permitirá computar: - 1 año de servicios por hija/o - 2 años de servicios por hija/o adoptado - 2 años de servicios por hija/o con discapacidad - 2 años adicionales en caso de que haya sido beneficiaria de UVHI por un periodo mínimo de - Los periodos de licencia por maternidad y de excedencia por maternidad a las mujeres que 12 meses.la hayan usufructuado.El reconocimiento podrá corresponder a mas de una mujer y/o persona gestante por el mismo hijo o hija www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Reconocimiento de aportes por el cuidados de hijos Como se realiza el trámite: ANSES SICA Determinación de derecho impactará los siguientes códigos de servicios y tiempos según el caso: CODIGO SERVICIO Sica Descripción Tiempo que aplicará (años) 40 41 42 43 44 45 46 47 HIJO HIJO + AUH HIJO DISCAP.HIJO DISCAP. + AUH HIJO ADOPT.HIJO ADOPT. + AUH HIJO DISCAP. ADOPT.HIJO DISCAP. ADOPT.+ AUH 1 3 2 4 2 4 3 5 Asimismo podrán computarse los tiempos correspondientes a: CODIGO SICA 026 - LICENCIA POR MATERNIDAD CODIGO SICA 031 - EXCEDENCIA MATERNIDAD Desde el ingreso mismo al presionar la función F11 el sistema visualizará el tiempo computado por exceso de edad y el correspondiente al CUIDADO DE HIJOS que permitirá completar con los años que disponga la solicitante con la prestación de servicios o invocación de Moratoria.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Reconocimiento de aportes por el cuidados de hijos Como se realiza el trámite: ANSES Una vez efectuada la selección de servicios (si la hubiere), el sistema impactará estos conjuntamente con la información relacionada con HIJOS posibilitando una primera visualización respecto de los periodos computados 3AHP - A428041 V135C - AJ08 - PANT: 0001 FILAS: 001/007 16/07/2021 SICA - DETERMINACION DEL DERECHO IMP: I3AK ------------------------------------------------------------------------------- T.Tramite: 490 PBU/PC/PAP-LEY 26970 CUIL: 27 - 14333151 - 8 Sexo: F Ape.y Nom: LEITE MARIA SARA F.Nac: 23 02 1961 Nac: A F.Ing.Pais: F.SOLICITUD: 01 08 2021 F.DE CESE: EDAD A SOLICITUD : 060 05 08 - F.Hasta B. Serv. E.L. Empresa ! F.Desde --------------------------------------------------------------- ------------ -- Hs.Ds ! Tiempo !RC C Ac -------------------------!-------------------------------------------------- -- NB 102 60/30 CUEVAS ! 01 08 1979 31 10 1979 ! 3 ! R 11 * NB 102 60/30 LA SALC ! 01 10 2014 31 05 2016 ! 1 8 ! R 11 * NB 001 60/30 ART.19 ! ! 2 19 ! R 11 AT NB 040 60/30 +HIJO ! 1 A ! 1 ! R 11 AT NB 040 60/30 +HIJO ! 1 A ! 1 ! R 11 AT NB 041 60/30 HIJO U ! 3 A ! 3 ! R 11 AT NB ! ! ! R * ------------------------------------------------------------------------------- Total: Serv.Requeridos 30 a 00 m 00 d Tiempo Inf.: 007 a 01 m 19 d Edad Requerida: 60 a 00 m 00 d SERVICIOS FALTANTES : 22 a 10 m 11 d ------------------------------------------------------------- * SIN DERECHO * Se continúa con el ingreso de la información faltante (servicios no registrados en la HLAB , SERVICIOS SICAM; incluidos o a incluir en la liquidación a practicar) a fin de establecer derecho.www.diarioprevisional.com.ar "Reconocimiento de aportes por el cuidados de hijos Mediante la función F10 y F12 (ídem dador SDM) el sistema permitirá consultar los HIJOS que resultan de la información recabada en los sistemas.www.diarioprevisional.com.ar www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Reconocimiento de aportes por el cuidados de hijos Se completará el ingreso de datos de la información faltante que posibilite el derecho a la prestación pretendida y se proseguirá la resolución del tramite de la manera habitual 3AHP - A428041 V135B - AJ08 - PANT: 0001 FILAS: 001/007 16/07/2021 SICA - DETERMINACION DEL DERECHO IMP: I3AK ------------------------------------------------------------------------------- T.Tramite: 490 PBU/PC/PAP-LEY 26970 CUIL: 27 - 14333151 - 8 Sexo: F Ape.y Nom: LEITE MARIA SARA F.Nac: 23 02 1961 Nac: A F.Ing.Pais: F.SOLICITUD: 01 08 2021 F.DE CESE: EDAD A SOLICITUD : 060 05 08 B. Serv. E.L. Empresa ! F.Desde - --------------------------------------------------------------- ------------ -- F.Hasta Hs.Ds ! Tiempo !RC C Ac -------------------------!-------------------------------------------------- -- NB 102 60/30 CUEVAS ! 01 08 1979 31 10 1979 ! 3 ! R 11 * NB 102 60/30 LA SALC ! 01 10 2014 31 05 2016 ! 1 8 ! R 11 * NB 001 60/30 ART.19 ! ! 2 19 ! R 11 AT NB 040 60/30 +HIJO ! 1 A ! 1 ! R 11 AT NB 040 60/30 +HIJO ! 1 A ! 1 ! R 11 AT NB 041 60/30 HIJO U ! 3 A ! 2 11 11 ! R 11 AT NB 103 60/30 AUTON. ! 01 03 1979 30 04 2002 ! 22 11 ! R 13 AU ------------------------------------------------------------------------------- Total: Serv.Requeridos 30 a 00 m 00 d Tiempo Inf.: 030 a 00 m 00 d Edad Requerida: 60 a 00 m 00 d SERVICIOS FALTANTES : a m d ------------------------------------------------------------- * CON DERECHO * www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Reconocimiento de aportes por el cuidados de hijos Tabla de cantidad de HIJOS necesarios para completar los requisitos cuando no se dispongan de servicios posteriores al 01.01.2004 y se solicite invocación por MORATORIA 26.970 para mujeres menores de 65 años (*): FECHA DE NACIMIENTO CUIDAR 07/1961 al 04/1961 03/1961 al 08/1960 07/1960 al 12/1959 11/1959 al 04/1959 03/1959 al 08/1958 07/1958 al 04/1958 6 5 4 3 2 1 (*) El presente computo se cerró a julio 2021 consecuentemente considerar el exceso de edad que pueda producirse al momento de la solicitud de la prestación que jugará en favor de la peticionante.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Reconocimiento de aportes por el cuidados de hijos Tabla de cantidad de HIJOS necesarios para completar los requisitos cuando no se dispongan de servicios posteriores al 30.09.1993 y se solicite invocación por MORATORIA 24.476 para mujeres mayores de 65 años (*) : FECHA DE NACIMIENTO CUIDAR 10 9 8 7 6 5 4 3 2 1 07/1956 al 06/1956 05/1956 al 10/1955 09/1955 al 02/1955 01/1955 al 06/1954 05/1954 al 10/1953 09/1953 al 02/1953 01/1953 al 06/1952 05/1952 al 10/1951 09/1951 al 02/1951 01/1951 al 06/1950 www.diarioprevisional.com.ar (*) El presente computo se cerró a julio 2021 consecuentemente considerar el exceso de edad que pueda producirse al momento de la solicitud de la prestación que jugará en favor de la peticionante."www.diarioprevisional.com.ar Reconocimiento de aportes por el cuidados de hijos Recordemos la cantidad de años que se pueden computar por DDJJ según la fecha del cese definitivo o cese ficto AÑO DE CESE REAL O FICTO DDJJ ANTERIOR A 1969 O ART.3RO. LEY 24.476 1994/1995 1996/1997 1998/1999 2000/2001 2002/2003 2004/2005 2006/2007 7 AÑOS 6 AÑOS 5 AÑOS 4 AÑOS 3 AÑOS 2 AÑOS 1 AÑO www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Pasos en SIDU www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar www.diarioprevisional.com.ar Registro de atención presencial en SIDU Trámites de Tareas de Cuidado La ciudadana se presentará en la UDAI con su Turno de "Asesoramiento por tareas de cuidado". Los trámites a utilizar para un correcto registro son los siguientes: Sector Integral: TC1 ? "Tareas de Cuidado ? Acreditación de Datos Con derecho" TC2 ? "Tareas de Cuidado ? Acreditación de Datos Sin derecho" Sector Gestión: TC3 ? "Tareas de Cuidado ? Atención Inicio Con derecho" TC4 ? "Tareas de Cuidado ? Atención Inicio Sin derecho" "www.diarioprevisional.com.ar Registro de atención presencial en SIDU Trámites de Tareas de Cuidado Circuito de Atención de la Ciudadana 1.Será derivada a. b.Desde SIDU > Atención de Público > Asignación de Números o, Auto-derivación: desde la TAE > Atención con Turno 1.Será llamada desde Sector Atención Integral Atención de Público > Gestión única a. b. Nominar (Titular) c.Seleccionar tipo de trámite: i. TC1: Acredita relaciones para acceder a ser derivada a Inicio 1. Confirmar Trámite 2. Trámite Adicional 3. Cambiar de Sector > Gestión de Expedientes Previsionales 4. Se le avisa a la Ciudadana que será llamada por el otro sector para continuar con su trámite. Continua en punto 3.a i. TC2: No acredita relaciones o a priori no tendría derecho a la prestación. De esto se pueden desprender dos opciones: 1. No tendrá derecho al menos en la actualidad 2. Requiere documentación Adicional ("Deberá") a. Confirmar trámite b. Finalizar a. Continuar b. Citar (Ver Detalle 1) c. Confirmar Trámite d. Finalizar www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Registro de atención presencial en SIDU Trámites de Tareas de Cuidado 1.Llamado desde Sector Gestión de Expedientes a. b. c. d.Atención de Público > Gestión única Llamará a la ciudadana que ya fue atendida en Integral Nominar (Titular) Seleccionar tipo de trámite: Se pueden presentar dos opciones -Que acceda al derecho ii. TC3: Este trámite es a los fines de dejar sentado que la ciudadana inició por tareas de Cuidado i.(974/004/etc): Caratula tipo de trámite SIEEL según corresponda 1. Realiza la revisión de operador inicio 2. Confirmar trámite 3. Trámite Adicional Confirmar trámite 1. 2. Finalizar - Que no acceda al derecho i. TC4: No tendría derecho a la prestación o en estas condiciones no se puede iniciar.De esto se pueden desprender dos opciones: 1. No tendrá derecho al menos en la actualidad 2. Requiere documentación Adicional ("Deberá") a. Confirmar trámite b. Finalizar a. Continuar b. Citar (Ver Detalle 1) c. Confirmar Trámite d. Finalizar www.diarioprevisional.com.ar "Registro de atención presencial en SIDU Trámites de Tareas de Cuidado Detalle 1 Luego de seleccionar el tipo de trámite y continuar habrá una solapa "Citación".Deben completar el plazo y el texto (lo que se solicita): www.diarioprevisional.com.ar www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Registro de atención presencial en SIDU Trámites de Tareas de Cuidado Una vez realizado, se presiona "Confirmar Trámite" y luego "Citar".La citación quedará generada y se podrá imprimir.Al presionar Citar se abrirá una nueva pestaña del navegador como muestra la imagen. Esa citación podrá imprimirse y/o Guardar."Por consultas sobre SIDU dirigirse vía mail a Consultas SIdU WEB ConsultasSIdUWEB@anses.gov.ar" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Coordinación Área de Supervisión Operativa supervision_operativa@anses.gob.ar Julio 2021 www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
El Decreto N° 475/2021 introduce un régimen de reconocimiento de servicios por tareas de cuidado, dirigido a mujeres y personas gestantes, mediante la incorporación del artículo 22 bis a la Ley N° 24.241. Establece la posibilidad de computar años de servicios adicionales por la crianza y cuidado de hijos, incluyendo adopciones y discapacidades, con el fin de facilitar el acceso a prestaciones previsionales, especialmente la Prestación Básica Universal (PBU). Además, reconoce la validez de los períodos de licencia por maternidad y excedencias como tiempo de servicio para acreditar derechos previsionales, sin incrementar haberes. La normativa también regula procedimientos operativos en la plataforma SIDU para la acreditación y tramitación de estos aportes, incluyendo requisitos documentales y pasos administrativos, con énfasis en la perspectiva de género y la reparación de desigualdades estructurales en el acceso a la seguridad social.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este decreto busca ayudar a las mujeres y personas gestantes a sumar años de trabajo en su historia laboral, sin necesidad de haber trabajado formalmente todo ese tiempo. Por ejemplo, si una mujer tuvo hijos, puede sumar un año por cada hijo, o dos si adoptó o tiene hijos con discapacidad. Esto es como si, en lugar de solo contar los años que trabajó en un empleo, también sumaran los años dedicados al cuidado de sus hijos, que muchas veces no aparecen en los registros laborales. Además, los períodos de licencia por maternidad o excedencias que hayan tomado también se consideran como años de trabajo para la jubilación, siempre que hayan vuelto a su actividad laboral. Todo esto ayuda a que muchas mujeres puedan cumplir con los requisitos para jubilarse o acceder a beneficios sociales, incluso si no tuvieron muchas oportunidades de trabajar formalmente durante su vida. La plataforma SIDU facilita estos trámites, permitiendo que las personas puedan acreditar estos servicios mediante la presentación de documentación y siguiendo pasos sencillos, con el objetivo de reducir las desigualdades en el acceso a la seguridad social y reconocer el trabajo de cuidado que tradicionalmente ha sido invisibilizado.
Autor: I.A.
Voces
- reconocimiento de servicios
- tareas de cuidado
- perspectiva de género
- seguridad social
- moratoria previsional
- licencia por maternidad
- afiliación
- prestaciones previsionales
- regímenes previsionales
- aporte por cuidado
- regulación legal
- políticas de género
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