PRESTACION POR DESEMPLEO SITUACION LEGAL DE DESEMPLEO- CONSIDERACIONES PARA APLICACION DE LA RELACION MTEySS Nº 346-2021 Y CIRAD-2021-1-APN-DNPYPE-MT

Tipo
Circular
Número
45/21
Organismo
ANSeS
Área
DAFyD
Fecha de dictado
22/10/2021
Publicación en el BO
22/10/2021

ANSES Argentina Presidencia"2021 - Año de homenaje al Premio Nobel de Medicina Dr. César Milstein"Buenos Aires, 22 de octubre de 2021CIRCULAR DAFyD Nº 45/21PRESTACIÓN POR DESEMPLEOSITUACIÓN LEGAL DE DESEMPLEO: CONSIDERACIONES PARA APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN MTEySS Nº 346/2021 y CIRAD-2021-1-APN-DNPYPE#MTSe informa a las UDAI y demás dependencias de la red de atención que, en virtud de la Resolución Nº 346/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) y la Circular CIRAD-2021-1-APN-DNPYPE#MT, y al solo efecto de encuadrar a los trabajadores en la situación legal de desempleo que, aun mediando la suscripción de un acuerdo formalmente celebrado en el marco del artículo 241 de la LCT o bajo el título de "Común Acuerdo", "Retiro Voluntario", etc., expresiones que manifiesten voluntad de las partes para rescindir el vínculo laboral que los unía, se deberán tener en cuenta las siguientes posibles situaciones:✓ Cuando del texto del acuerdo presentado por el titular, surgiera que el mismo se suscribe en razón del cierre de una empresa, de una rama de actividad, o de un establecimiento, se lo considerará encuadrado en situación legal de desempleo, no siendo necesario ninguna intervención de actuación sumaria.✓ Cuando el acuerdo presentado refiera a otro acuerdo marco firmado con la representación sindical en el que sí se expresa que el motivo de tal suscripción fue el cierre de una empresa, de una rama de actividad o de un establecimiento, también quedaría encuadrado en situación legal de desempleo; para lo cual deberá presentar ambos acuerdos.Si del análisis de la documentación presentada por el titular, surgiera la duda y no pudiera determinarse la procedencia de las prestaciones por desempleo, se deberá dar intervención a la Dirección Nacional de Promoción y Protección del Empleo, dependiente del MTEySS para los casos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), y para aquellos en las demás jurisdicciones, se deberá dar intervención a los respectivos organismos provinciales del trabajo, ello a fin de acreditar la situación legal de desempleo, a través del Formulario PS. 3.2 "Requerimiento de Actuación Administrativa Prestación por Desempleo" y adjuntando el acuerdo respectivo.En dicho formulario se deberá indicar fecha y datos de la empresa del acuerdo celebrado con el solicitante en cuestión, indicando que se requiere encuadre de situación legal de desempleo en el marco de la Resolución MTEySS Nº 346/2021.El trámite derivado por ANSES ante el MTEySS de la Nación o ante los organismos provinciales del trabajo, lo debe realizar el solicitante de la prestación.Los acuerdos que no fueran suscriptos bajo escritura pública, deberán contar con la homologación correspondiente.Área destinataria: Dirección General de Prestaciones Descentralizadas - Jefaturas Regionales - UDAI / Oficinas - Unidad Coordinadora Apoyo Operativo (Coord. Apoyo Activos)Área emisora: Coordinación Prestación por Desempleo y Programas de EmpleoContacto: ConsultasDesempleo@anses.gob.ar/ 19258 - 19259 - 19260 - 19278---

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