PRESTACIÓN POR DESEMPLEO MODIFICACIÓN MONTOS MÍNIMO Y MÁXIMO.

Tipo
Circular
Número
31/22
Organismo
ANSeS
Área
DAFyD
Fecha de dictado
01/06/2022
Publicación en el BO
01/06/2022

www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 1 de junio de 2022 CIRCULAR DAFyD Nº 31/22 PRESTACIÓN POR DESEMPLEO MODIFICACIÓN MONTOS MÍNIMO Y MÁXIMO Se informa a las UDAI y demás dependencias de la red de atención que a partir del 1º de junio de 2022, se fija en PESOS DOCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 12.650,00) el tope mínimo de la cuota básica de la Prestación por Desempleo y en PESOS VEINTIUN MIL OCHENTA Y TRES ($ 21.083,00) el tope máximo de dicha cuota.El incremento mencionado fue establecido según el artículo 3º de la RESOL-2022-6-APN-CNEPYSMVYM#MT de fecha 10/05/22 y publicado en el Boletín Oficial de fecha 11/05/22.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Dirección General de Prestaciones Descentralizadas - Jefaturas Regionales - UDAI/Oficinas - Unidad Coordinadora Apoyo Activo (Coord. Apoyo Activos) Coordinación Prestación por Desempleo y Programas de Empleo CRM - Tema: "PRESTACIÓN POR DESEMPLEO - NORMATIVA" Subtema: "REGLAMENTACIÓN GENERAL" ConsultasDesempleo@anses.gob.ar / 19258 - 19259 - 19260 - 19278 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La presente circular actualiza los límites mínimos y máximos de la cuota básica de la Prestación por Desempleo, estableciendo un tope mínimo de $12.650,00 y un tope máximo de $21.083,00, en concordancia con el incremento autorizado por la resolución N° 6/22 del 10/05/2022, publicada en el Boletín Oficial el 11/05/2022. La modificación responde a la necesidad de ajustar los valores de la prestación en función de la normativa vigente y los parámetros económicos establecidos por la autoridad competente, garantizando así la adecuación del beneficio a las condiciones económicas actuales y asegurando la protección social del beneficiario en situación de desempleo.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Desde el 1 de junio de 2022, si alguien pierde su empleo y recibe la Prestación por Desempleo, el monto que puede cobrar como cuota básica tendrá un mínimo de $12.650 y un máximo de $21.083. Esto significa que, si la prestación se calcula por debajo de ese mínimo, se le pagará esa cantidad, y si el cálculo da más, se le pagará hasta ese tope máximo. La razón de estos cambios es que la ley y las resoluciones oficiales ajustaron estos valores para que la ayuda sea adecuada a la situación económica actual, protegiendo a quienes están sin trabajo y asegurando que reciban un ingreso mínimo y un límite máximo de ayuda, según lo establecido por las autoridades en la normativa vigente.

Autor: I.A.

Voces

  • prestación por desempleo
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  • cuota básica
  • tope mínimo
  • tope máximo
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  • beneficiarios
  • anses

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