ASUETO AL PERSONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL EL 23 Y 30 DE DICIEMBRE 2022

Tipo
Decreto
Número
820/22
Organismo
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Área
PRESIDENCIA DE LA NACION
Fecha de dictado
12/12/2022
Publicación en el BO
12/12/2022

www.diarioprevisional.com.ar https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/277502/20221212 ASUETO Decreto 820/2022 CONSIDERANDO: de enero de cada año.corriente año.que le compete.Por ello, DECRETA: diciembre de 2022.DCTO-2022-820-APN-PTE - Otórgase asueto al personal de la Administración Pública Nacional.Ciudad de Buenos Aires, 10/12/2022 VISTO el Expediente Nº EX-2022-131789848-APN-DGDYL#MI, la Ley N° 27.399, y Que la citada Ley N° 27.399 les otorga carácter de feriados nacionales inamovibles a los días 25 de diciembre y 1° Que las festividades de la NAVIDAD y del AÑO NUEVO constituyen, tradicionalmente, motivo de festejos para todas las familias que habitan en nuestro territorio.Que, asimismo, y con el fin de facilitar las clásicas reuniones familiares que se realizan en dichas fechas, se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos.Que, con ese objeto, se considera conveniente otorgar asueto administrativo los días 23 y 30 de diciembre del Que el servicio de asesoramiento jurídico permanente del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA ARTÍCULO 1º.- Otórgase asueto al personal de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL los días 23 y 30 de ARTÍCULO 2º.- Instrúyese a los distintos organismos para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales.ARTÍCULO 3º.- Aclárase que la presente medida no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras.1 de 2 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/277502/20221212 ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Eduardo Enrique de Pedro e. 12/12/2022 N° 101069/22 v. 12/12/2022 Fecha de publicación 12/12/2022 2 de 2 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

El Decreto 820/2022 otorga asueto administrativo al personal de la Administración Pública Nacional los días 23 y 30 de diciembre de 2022, en reconocimiento a las festividades de Navidad y Año Nuevo, con el fin de facilitar reuniones familiares. La medida se fundamenta en el ejercicio de las atribuciones del artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional, y excluye a instituciones bancarias y entidades financieras. Se instruye a los organismos a mantener los servicios esenciales durante estos días. La norma busca equilibrar la continuidad administrativa con la valoración social de las festividades, promoviendo el bienestar del personal y la cohesión familiar.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este decreto decide que los empleados del gobierno en Argentina no trabajarán los días 23 y 30 de diciembre de 2022, para que puedan disfrutar de las fiestas de Navidad y Año Nuevo con sus seres queridos. La idea es que, aunque algunos servicios públicos esenciales deben seguir funcionando, la mayoría del personal podrá descansar y reunirse con sus familias. Esto ayuda a que las personas puedan celebrar estas fechas importantes sin preocuparse por sus obligaciones laborales, fomentando la unión familiar y el bienestar social. Sin embargo, los bancos y entidades financieras no están incluidos en estos días de descanso, por lo que sus actividades continúan normalmente.

Autor: I.A.

Voces

  • asueto
  • administración pública
  • feriados nacionales
  • festividades
  • navidad
  • año nuevo
  • reuniones familiares
  • servicios esenciales
  • normativa
  • decreto
  • funcionamiento estatal
  • continuidad de servicios

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