RÉGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS PREVISIONALES PARA TRABAJADORES AUTÓNOMOS Y PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES - FINALIZACIÓN DE SU VIGENCIA
- Tipo
- Circular
- Número
- 01/23
- Organismo
- ANSeS
- Área
- DP
- Fecha de dictado
- 03/01/2023
- Publicación en el BO
- 03/01/2023
www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 3 de enero de 2023 CIRCULAR DP Nº 01/23 LEY N° 26.970 - RÉGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS PREVISIONALES PARA TRABAJADORES AUTÓNOMOS Y PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES - FINALIZACIÓN DE SU VIGENCIA Se pone en conocimiento de todas las Unidades de Atención Integral (UDAI) y de las demás Áreas Operativas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las pautas a tener en cuenta respecto a los envíos de planes de moratoria correspondientes a la Ley Nº 26.970.Teniendo en cuenta que, por Resolución ANSES Nº 174/2022 se dispuso la extensión hasta el 31/12/2022 del plazo de adhesión al régimen especial de regularización de deudas previsionales establecido por la Ley Nº 26.970 para las mujeres que cumplan con la edad jubilatoria o hubieran fallecido hasta dicha fecha y que fueran menores de 65 años, se informa que: ? Hasta el 31/12/2022 se darán turnos para esta prestación, por lo cual aquellas personas que accedieron a los mismos conservan el derecho a la adhesión al plan de regularización que esta ley establece, independientemente de la fecha que el turno asignó para su presentación en la UDAI.? Toda aquella persona que no tenga un turno solicitado o no se hayan presentado a solicitar la prestación con anterioridad al 01/01/2023 no podrá ingresar al plan de moratoria, por lo que la UDAI no debe realizar ninguna tarea relacionada con la Ley Nº 26.970.? Los casos que se vienen tramitando con anterioridad al 01/01/2023 y que por situaciones atendibles deban trabajarse bajo los lineamientos de esta moratoria, podrán trabajarse normalmente.Asimismo, se aclara que a todas aquellas personas que tenían turno para presentarse a partir del 02/01/2023 y los mismos fueron reprogramados por razones ajenas a las mismas, se les debe respetar la solicitud original, a los fines de la evaluación que propone la presente circular.Área destinataria: Todas las Áreas Operativas Área emisora: Dirección Previsional CRM - Tema: "DETERMINACIÓN DE DERECHO" www.diarioprevisional.com.ar Subtema: "MORATORIA PREVISIONAL" Contacto: "
Sumarios
Sumario generado por IA
La presente circular informa la finalización del régimen especial de regularización de deudas previsionales establecido por la Ley N° 26.970, específicamente respecto a la adhesión y tramitación de moratorias para trabajadores autónomos y pequeños contribuyentes, incluyendo excepciones para mujeres en edad jubilatoria o fallecidas hasta el 31/12/2022. Se establecen los plazos y condiciones para la presentación de solicitudes, destacando que las solicitudes previas al 01/01/2023 con turnos reprogramados deben ser respetadas, y que a partir de esa fecha, quienes no hayan solicitado turno no podrán ingresar al plan de moratoria. La normativa también aclara que los casos en trámite antes de esa fecha podrán continuarse, siempre que sean atendidos bajo los lineamientos de la moratoria, y que no se admitirán nuevas solicitudes posteriores al plazo de cierre.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta circular indica que el período para solicitar la moratoria de deudas previsionales, que ayuda a regularizar los aportes atrasados, finalizó el 31 de diciembre de 2022. Si una persona ya tenía turno para presentar su solicitud antes de esa fecha, puede seguir adelante con el proceso, incluso si su turno fue reprogramado. Pero si alguien no solicitó turno antes del 1 de enero de 2023, ya no podrá acceder a esta moratoria. Es como si una promoción de pago en cuotas tuviera una fecha límite; después de esa fecha, no se aceptan más solicitudes. Además, los casos que estaban en trámite antes del cierre pueden continuar, siempre que se sigan las reglas establecidas. Esto significa que, para quienes estaban en proceso, no hay cambios, pero no hay nuevas oportunidades para quienes no alcanzaron a presentar su solicitud a tiempo.
Autor: I.A.
Voces
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- adhesión
- plazo
- turnos
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- anses
- fallecimiento
- edad jubilatoria
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