ASIGNACIÓN DE OBRA SOCIAL UNIÓN PERSONAL PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
- Tipo
- Circular
- Número
- 03/23
- Organismo
- ANSeS
- Área
- DPA
- Fecha de dictado
- 11/01/2023
- Publicación en el BO
- 11/01/2023
www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 11 de enero de 2023 CIRCULAR DPA Nº 03/23 ASIGNACIÓN DE OBRA SOCIAL UNIÓN PERSONAL PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPA Nº 03/22 Por medio de la presente se informa que mediante Sentencia dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal se dispuso que la Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación debe continuar atendiendo a: ? Todos aquellos afiliados que obtengan su beneficio jubilatorio o de pensión, salvo que los mismos expresen su voluntad de atenderse por el INSSSJyP (PAMI), y ? A los beneficiarios que ya se encuentren jubilados que soliciten la re afiliación en la "Obra Social Personal Civil de la Nación".En tal sentido y en cumplimiento de la sentencia judicial, podrán recibir cobertura de Unión Personal los titulares de un beneficio que cumplan con los siguientes requisitos: A. Beneficiarios que solicitan un beneficio previsional y desean continuar con la Obra Social Unión Personal: 1. Beneficio de jubilación: al momento de inicio del trámite deberá ? Verificar en el aplicativo SIPA que los últimos seis (6) meses inmediatos anteriores al inicio del trámite haya aportado a la OS 125707 "Obra Social del Personal Civil de la Nación". De ser así, podrá continuar recibiendo cobertura de la mencionada Obra Social excepto que manifieste su voluntad de tener INSSJyP (PAMI), completando el formulario PS 5.8 Asignación de Obra Social para Jubilados y Pensionados donde conste la decisión del beneficiario.? En caso de no contar con esa información deberá solicitarse la nota de aceptación de la obra social en cuestión.2. Beneficio de Pensión derivada de un beneficio de jubilación: verificar si en el beneficio del causante consta el descuento del código 322-905 Unión Personal.Área destinataria: Áreas Operativas - Áreas Centrales Área emisora: Contacto: Dirección Prestaciones Activas CRM - Tema: "OBRAS SOCIALES" Subtema: "CODIGO DE DESCUENTO" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar De ser así, el titular de pensión podrá recibir cobertura de la mencionada Obra Social excepto que manifieste su voluntad de tener INSSJyP (PAMI).Completar el formulario PS 5.8 Asignación de Obra Social para Jubilados y Pensionados donde conste la decisión del beneficiario.3. Beneficio de Pensión directa de un trabajador que en actividad aportaba a la OS Unión Personal: ? Verificar en el aplicativo SIPA que los últimos seis (6) meses inmediatos anteriores al inicio del trámite haya aportado a la OS 125707 "Obra Social del Personal Civil de la Nación". De ser así, podrá continuar recibiendo cobertura de la mencionada Obra Social excepto que manifieste su voluntad de tener INSSJyP (PAMI), completando el formulario PS 5.8 Asignación de Obra Social para Jubilados y Pensionados donde conste la decisión del beneficiario.? En caso de no contar con esa información deberá solicitarse la nota de aceptación de la obra social en cuestión.4. Beneficio de Jubilación o pensión directa de un trabajador Monotributista: Solicitar Nota de aceptación de la Obra Social del Personal Civil de la Nación.B. Beneficiarios titulares de una jubilación y/o pensión que solicitan la re afiliación a la Obra Social Unión Personal: Cuando se presenten beneficiarios que ya son titulares de un beneficio de jubilación o pensión y soliciten el reemplazo del código de descuento de obra social por el de Unión Personal deberá: ? Verificar que en el beneficio previsional consta el descuento a favor del INSSJyP.? Solicitar Nota de aceptación de la obra social.Si cumple con ambos requisitos, debe solicitar el Formulario PS 5.8 "Asignación de Obra Social para Jubilados y Pensionados" donde conste la decisión del beneficiario.Área destinataria: Áreas Operativas - Áreas Centrales Área emisora: Contacto: Dirección Prestaciones Activas CRM - Tema: "OBRAS SOCIALES" Subtema: "CODIGO DE DESCUENTO" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar C. Beneficiarios titulares de más de un beneficio previsional: Atento a lo dispuesto en el Decreto 492/95 ningún beneficiario del Sistema Nacional del Seguro de Salud podrá estar afiliado a más de un Agente, ya sea como beneficiario titular o familiar. Se aclara que si es beneficiario de una Obra Social castrense o provincial pueden ser titulares de ambas ya que las mismas no están incluidas en el Sistema Nacional del Seguro de Salud.Por lo tanto, en aquellos casos en que el titular de nuevo beneficio de jubilación o pensión opte por recibir cobertura de la Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación siendo a su vez titular de otro beneficio ya otorgado por el cual ya es beneficiario de otra obra social, podrá reemplazar el código de descuento de obra social por el de Unión Personal, sólo si se cumplen los siguientes requisitos: ? El beneficio no corresponda a una de las siguientes cajas: Poder Judicial de la Nación Sucesiones RVP-Anexo III Ley 26.913-Ex presos políticos PUAM 41 42 44 45 46 48/71/72 Subsidio Contención Familiar 49 70 74 75 Beneficio Provincial no Transferido CAPRECOM en beneficios No transferidos AAFF Dto 614/13 IAF ? Posea un descuento a favor del INSSJyP.? Si se cumplen los requisitos, aplica el reemplazo del código de descuento de obra social (dando de baja el código 318-INSSJyP y el alta del 322-905) en la liquidación mensual completando el punto 6 del PS 5.8 Asignación de Obra Social para Jubilados y Pensionados donde conste la decisión del beneficiario y el beneficio al que se le aplicará el reemplazo de código.? Si no se cumplen los requisitos (el beneficio corresponde a algunas de las Cajas mencionadas o tiene un descuento a una obra social distinta del INSSJyP) no debe efectuar el reemplazo del código de descuento derivando el reclamo al Centro de Consultas de la Dirección Prestaciones Activas.Área destinataria: Áreas Operativas - Áreas Centrales Área emisora: Contacto: Dirección Prestaciones Activas CRM - Tema: "OBRAS SOCIALES" Subtema: "CODIGO DE DESCUENTO" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar D. Grupo familiar: cuando un miembro del grupo familiar de un beneficiario pasivo titular de Unión Personal, sea a su vez titular de un beneficio previsional y solicite derivar sus aportes a la obra social UNION PERSONAL, deberá: ? Verificar que en el beneficio previsional consta el descuento a favor del INSSJyP.? Solicitar Nota de aceptación de la obra social.E. Códigos de descuento: En caso de corresponder aplicar el descuento a favor de la Obra Social Unión Personal se debe utilizar el siguiente código de descuento: OBRA SOCIAL A ASIGNAR CODIGO DE DESCUENTO SISTEMA A UTILIZAR DOCUMENTACIÓN DE RESPALDO ? Unión Personal Mensual 322-905 Formulario PS 5.8 LMN (hasta nuevo aviso solo este sistema permite el alta del beneficio con el cod 322-905) F. Comprobante de Empadronamiento (CODEM): En todos los casos en que se asigne el código de descuento 322-905 OS Unión Personal en la liquidación previsional se deberá remitir un correo electrónico a prestacionesactivas@anses.gov.ar (Consultas de la Dirección Prestaciones Activas) a fin de solicitar la modificación del CODEM en el mensual que se produce la novedad en el RUB de acuerdo al procedimiento vigente.Área destinataria: Áreas Operativas - Áreas Centrales Área emisora: Contacto: Dirección Prestaciones Activas CRM - Tema: "OBRAS SOCIALES" Subtema: "CODIGO DE DESCUENTO" www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La normativa establece que la Obra Social Unión Personal debe continuar atendiendo a los jubilados y pensionados, salvo que expresen su voluntad de atenderse por INSSJyP (PAMI). La resolución judicial obliga a verificar requisitos específicos, como aportes en SIPA y descuentos en beneficios, para mantener o solicitar la cobertura. Además, regula el proceso de reemplazo de códigos de descuento y la re afiliación de beneficiarios, estableciendo condiciones para beneficiarios múltiples y la utilización de códigos específicos de descuento (ej. 322-905). La normativa también contempla la documentación necesaria, como formularios y notas de aceptación, y procedimientos para la modificación del CODEM en liquidaciones previsionales, garantizando la continuidad de cobertura y la correcta identificación del beneficiario en el sistema previsional.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica que los jubilados y pensionados que quieran seguir siendo atendidos por la Obra Social Unión Personal, en lugar de PAMI, deben cumplir ciertos requisitos, como haber aportado a la obra social en los últimos seis meses o tener descuentos específicos en su beneficio previsional. Si ya están afiliados y desean cambiar su código de descuento, también deben cumplir con ciertos pasos y presentar documentación. Además, si una persona tiene más de un beneficio, solo puede estar afiliada a una obra social en el sistema de salud, salvo en casos especiales como obras sociales castrenses o provinciales. La norma también explica cómo modificar los descuentos en las liquidaciones y qué hacer si hay cambios en la afiliación, garantizando que los beneficiarios mantengan su cobertura sin interrupciones y que la información en los sistemas sea correcta.
Autor: I.A.
Voces
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