PLAN DE PAGO DE DEUDA PREVISIONAL
- Tipo
- Ley
- Número
- 27705/23
- Organismo
- ANSeS
- Fecha de dictado
- 02/03/2023
- Publicación en el BO
- 14/03/2023
www.diarioprevisional.com.ar Marzo 2023 Ley 27.705 de Plan de Pago de Deuda Previsional Dirección General de Planeamiento (DGP) www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar El Plan de pago de deuda previsional cuenta con dos componentes: 1.2.2.Para quienes ya alcanzaron la edad jubilatoria Destinado a quienes ya cuentan con la edad jubilatoria cumplida. (Varones 65 años - Mujeres 60 años) y no tienen los 30 años de aportes realizados. La persona puede regularizar los aportes de servicios adeudados.Para quienes aún NO alcanzaron la edad jubilatoria Destinado a quienes se encuentran a 10 años o menos de cumplir la edad jubilatoria requerida, y no cuentan con los aportes necesarios para cumplir los 30 años de servicios en el tiempo esperado. La persona puede comenzar a regularizar la deuda de servicios para poder llegar a la jubilación cuando cumpla la edad requerida www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Requisitos actuales para acceder a la jubilación Si sos mujer, tener Si sos varón, tener 60 años de edad 65 años de edad 1.2.2.En ambos casos, acumular 30 años de servicios con aportes jubilatorios Sin embargo, las personas que alcanza la edad jubilatoria con 30 años de aportes, son la minoría Para quienes aún NO alcanzaron la edad jubilatoria Solo 1 de cada 10 mujeres Solo 3 de cada 10 varones www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Hasta ahora, eso se resolvió con moratorias Segunda moratoria 2014 Primera moratoria 2005 Para quienes aún NO alcanzaron la edad jubilatoria 1.6.000.000 5.000.000 4.000.000 3.000.000 2.000.000 2.2.1.000.000 - Entre ambas moratorias: +3,4 millones de jubilaciones vigentes Con moratoria: 65% del total de jubilacione s en 2022 Sin moratoria: 35% del total de jubilaciones en 2022 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 Varones sin moratoria Mujeres sin moratoria Varones con moratoria Mujeres con moratoria Jubilaciones sin moratoria www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 1.Plan de pago de deuda previsional 1.Para quienes ya tienen la edad jubilatoria 2.2. 2.Para quienes aún NO alcanzaron la edad jubilatoria Para quienes NO cumplieron la edad jubilatoria www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 1.Plan de pago de deuda previsional para quienes ya tienen la edad jubilatoria ¿Cómo se cancela? En cuotas mensuales Pueden regularizar años hasta 2008 Casi 800.000 personas Lo recaudado en concepto de cuota serán recursos de aportes y contribuciones que ingresan a ANSES Alcance: 437 mil 298 mil 1.1.2.2. 2.Para quienes aún NO alcanzaron la edad jubilatoria Vigencia de la medida: dos años Las personas deben superar una evaluación socioeconómica Incompatible con otras moratorias previsionales (24.476) www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar La deuda de aportes se calcula en Unidades de Pago de 1. Deuda Previsional (UPDP) Deuda total = Cantidad de meses sin aportes x UPDP 1.1.2.2. 2.Plan de pago Se descuenta en cuotas del haber Para quienes aún NO alcanzaron la edad jubilatoria Cantidad de cuotas del plan de pago: entre 2 y 120 según el monto de la deuda total Las cuotas se actualizan por movilidad www.diarioprevisional.com.ar UPDP = 29% de la Remuneración Mínima Imponible = $5.730 (mar-23) Vinculado a lo que aporta un trabajador en actividad "www.diarioprevisional.com.ar Plan de pago de deuda previsional 1. para quienes ya tienen la edad jubilatoria Estimación de las personas que necesitan del PPDP para poder jubilarse, por provincia Cantidad de meses sin Deuda total aportes x UPDP Casos % Casos % Provincia Buenos Aires 268.628 Santiago del Estero 15.112 2% Provincia 1.CABA Córdoba Santa Fe Mendoza 1.Tucumán Misiones 2.2. 2.Chaco Salta Corrientes Entre Ríos Formosa 37% 12% 7% 7% 4% 3% 3% 3% 3% 3% 2% 2% 91.654 54.153 48.261 28.856 23.582 21.604 21.498 21.130 17.184 17.060 Jujuy San Juan Chubut Neuquén Río Negro San Luis La Pampa La Rioja Catamarca 10.292 10.250 10.221 9.801 9.740 9.280 8.372 4.659 4.507 4.358 1% 1% 1% 1% 1% 1% 1% 1% 1% 1% Tierra del Fuego 2.371 0% Para quienes aún NO alcanzaron la edad jubilatoria Santa Cruz 21.929 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Efectos positivos del Plan de Deuda Previsional para personas 1. en edad de jubilarse Deuda total Permite que 800 mil personas puedan mejorar su situación previsional, cancelando una deuda que se generó en un tiempo pasado para poder ahora acceder a su jubilación Cantidad de meses sin aportes x UPDP Fomenta el pilar contributivo Una vez que la persona cancela la deuda de aportes, comienza a percibir una prestación previsional plena Para quienes aún NO alcanzaron la edad jubilatoria De no sancionarse la ley, las más afectadas serán las mujeres, dado que deberán esperar 5 años más, es decir hasta los 65 años, para solicitar la PUAM 1.1.2.2. 2.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 1. 2.Plan de pago de deuda previsional para quienes NO tienen la edad jubilatoria Alcance: Deuda total 1.552 mil Mujeres entre 50 y 59 años Casi 900.000 personas 327 mil Varones entre 55 y 64 años ¿Cómo funciona? Cantidad de meses sin aportes x UPDP La persona identifica y puede ir cancelando períodos de aportes faltantes (pueden ser períodos hasta 2012) Cada período a cancelar equivale a 1 mes de servicios. El valor de cada período será igual a la Unidad de Cancelación de Aportes (= UPDP) Para quienes aún NO alcanzaron la edad jubilatoria 1.2.2. 2.Permite acceso al derecho a la jubilación al alcanzar la edad No tiene evaluación socioeconómica www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Plan de pago de deuda previsional 1. para quienes NO tienen la edad jubilatoria Deuda total 1.Efectos positivos Afianza la cultura previsional y su valor intergeneracional y de reparto Permite previsibilidad a las personas para acceder a su jubilación cuando alcancen la edad Incentiva la registración de quienes quieran adherir Para quienes aún NO alcanzaron la edad jubilatoria Refuerza las estrategias recaudatorias del SIPA Permite acceso al derecho a la jubilación al alcanzar la edad 1.2.2. 2.No tiene evaluación socioeconómica www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La Ley 27.705 establece un plan de pago de deuda previsional con dos componentes diferenciados: uno dirigido a personas que ya alcanzaron la edad jubilatoria y otro a quienes aún no la han cumplido. El plan permite regularizar aportes adeudados mediante cuotas, vinculadas a la Unidad de Pago de Aportes (UPDP), facilitando la incorporación a la seguridad social y la percepción de una jubilación plena. La normativa regula los requisitos, el cálculo de la deuda, las condiciones de financiamiento y los efectos positivos en la cobertura previsional, promoviendo la cultura contributiva y la previsibilidad del acceso a la jubilación, además de establecer restricciones y compatibilidades con otras moratorias previsionales.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
La ley crea un plan para ayudar a quienes tienen deudas en sus aportes previsionales, ya sea porque ya pueden jubilarse o porque están cerca de esa edad. Para quienes ya cumplen los requisitos, el plan les permite pagar en cuotas y así poder acceder a su jubilación plena. Para quienes aún no cumplen la edad, el plan les ayuda a regularizar sus aportes para que puedan jubilarse en el futuro sin tener que esperar más tiempo. Es como si alguien tuviera una deuda en su tarjeta de crédito y pudiera pagarla en cuotas para poder usarla normalmente. Esto ayuda a que más personas puedan jubilarse y que la seguridad social sea más fuerte, evitando que queden sin cobertura por deudas pasadas. Además, el plan no requiere evaluación socioeconómica para quienes aún no cumplen la edad, facilitando el acceso y promoviendo la cultura de aportes previsionales responsables.
Autor: I.A.
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