VALORES CAPITAS DE OBRAS SOCIALES - JUBILADOS, PENSIONADOS Y BENEFICIARIOS DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO
- Tipo
- Circular
- Número
- 06/23
- Organismo
- ANSeS
- Área
- DPA
- Fecha de dictado
- 02/03/2023
- Publicación en el BO
- 02/03/2023
www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 2 de marzo de 2023 CIRCULAR DPA Nº 06/23 VALORES CAPITAS DE OBRAS SOCIALES - JUBILADOS Y PENSIONADOS Y BENEFICIARIOS DE LA PRESTACION POR DESEMPLEO REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPA Nº 01/23 Se informa a todas las UDAI, Oficinas y áreas centrales de esta Administración Nacional que, conforme a la Resolución de ANSES Nro. 27/2023 que estableció el valor de la movilidad jubilatoria a partir del mes de marzo 2023 y a la publicación de los nuevos valores del Subsidio Automático Nominativo de Obras Sociales (SANO) por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSALUD), se han actualizado los valores de las cápitas que se liquidan a las obras sociales para jubilados y pensionados y beneficiarios de la prestación por desempleo. https://www.argentina.gob.ar/sssalud/transparencia/subsidios/sano Por lo tanto, los valores vigentes a partir de marzo 2023, son los siguientes: CONFORME MATRIZ SANO MOVILIDAD MARZO 2023 Resolución ANSES 27/2023 VALORES CAPITAS A TRANSFERIR GRUPO ETARIO MASCULINO FEMENINO $ 1.821,34 $ 3.367,76 $ 3.367,76 $ 7.445,74 $ 1.821,34 $ 2.863,74 $ 3.367,76 $ 7.445,74 0 a 14 15 a 49 50 a 64 65 o más Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas - Áreas Centrales Dirección Prestaciones Activas CRM - Tema: "OOSS" Subtema: "RECLAMO CAPITAS" PrestacionesActivas@anses.gob.ar / 19363 www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La circular actualiza los valores de las cápitas que las obras sociales deben transferir a jubilados, pensionados y beneficiarios de la prestación por desempleo, en función de la movilidad jubilatoria establecida por la Resolución ANSES N° 27/2023 y los nuevos valores del Subsidio Automático Nominativo de Obras Sociales (SANO) publicados por la Superintendencia de Servicios de Salud. La actualización afecta a los diferentes grupos etarios y géneros, ajustando los montos en consonancia con la movilidad prevista, garantizando la adecuación de los aportes a la realidad económica del sector previsional y social.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica que, desde marzo de 2023, las obras sociales deben recibir nuevos montos de dinero por cada beneficiario jubilado, pensionado o que recibe ayuda por desempleo. Estos montos varían según la edad y el género del beneficiario, y se ajustan automáticamente cada mes en base a la movilidad jubilatoria, que es la fórmula que determina cuánto aumentan las jubilaciones y pensiones. En términos sencillos, es como si cada beneficiario tuviera un 'cupón de pago' que se actualiza automáticamente para mantener su valor frente a la inflación y cambios económicos, asegurando que las obras sociales tengan los fondos necesarios para cubrir sus prestaciones.
Autor: I.A.
Voces
- obras sociales
- jubilados
- pensionados
- beneficiarios
- valor de la movilidad
- cápitas
- reajuste
- resolución
- subsidio automático
- superintendencia de servicios de salud
- liquidación
- prestaciones
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