ANEXO II. TARIFA SUSTITUTIVA DE CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL ENTRE ENTIDADES YERBATERAS DE MISIONES Y CORREINTES Y LA UATRE

Tipo
Resolución
Número
08/23
Organismo
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Área
SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
23/06/2023
Publicación en el BO
23/06/2023

www.diarioprevisional.com.ar www.diarioprevisional.com.ar Sin detracción Con detracción $ 18.327,9317.379,50$ *Incluye tareas culturales, y Corte y Quiebre Promedio, en base a Res. CNTA 95/2023Sin detracción Con detracción $ 3.334,493.006,72$ **Promedio en base a Res. CNTA 95/2023Sin detracción Con detracción $ 53.461,3950.539,66$ 9,80062$ 26,80470$ Secado1,75349$ %$%$SIPA*11,00%$ 5.880,7710,77%$ 5.443,12$ 11.323,89Art. 80 Ley 26.727*0,00%$ 0,002,00%$ 1.010,79$ 1.010,79Obra Social 3,00%$ 1.603,846,00%$ 3.207,68$ 4.811,52Asignaciones Familiares *0,00%$ 0,004,70%$ 2.375,36$ 2.375,36Seguro Desempleo0,00%$ 0,001,50%$ 801,92$ 801,92INSSJyP*3,00%$ 1.603,841,59%$ 803,58$ 2.407,42Seguro de Sepelio1,50%$ 801,920,00%$ 0,00$ 801,92Riesgos del Trabajo0,00%$ 0,007,40%$ 3.956,14$ 3.956,14TOTAL18,50%$ 9.890,3733,96%$ 17.598,59$ 27.488,96* Conceptos sobre los cuales que se aplican las alícuotas de la Ley N° 27.541 y detracción de la base imponible, Decreto PEN Nº 128/2019Contribución Solidaria2,00%$ 1.069,23Tarifa Sustitutiva por Tn. de HC$ 28.558,19Tarifa Sustitutiva por Kg. De HC$ 28,55819CONCEPTOSAPORTESCONTRIBUCIONES% TOTALSIPA21,40%23,48%44,88%OBRA SOCIAL5,83%11,67%17,50%ASIGNACIONES FAMILIARES0,00%8,64%8,64%SEG.DESEMPLEO0,00%2,92%2,92%INSSJyP5,83%2,92%8,75%SEG.SEPELIO2,92%0,00%2,92%RIESGOS DEL TRABAJO0,00%14,39%14,39%TOTAL35,98%64,02%100,00%Aportes personalesTABLA DE DISTRIBUCIÓN AFIP - (sin cuota solidaria)Monto Hoja canchadaTarifa Sustitutiva por TN de HOJA CANCHADA - Distribución a los Subsistemas de la Seguridad SocialCONCEPTOS APORTES PERSONALESCONTRIBUCIONES PATRONALESTOTALJornal por 2,735 de Hoja Verde + Tn de Hoja canchadaJornal total por Tn de hoja CanchadaTarifa Sustitutiva por kg. y su distribuciónCosechaMonto hoja verdeMonto hoja verde equivalente a hoja CanchadaTarifa Sustitutiva del Convenio de Corresponsabilidad Gremial para la producción de Yerba Mate de las provincias de Misiones y CorrientesVigencia desde el 01/08/2023 al 31/08/2023Jornal por Tonelada de Hoja Verde CosechadaJornal por Tn.*Jornal por Tonelada de Hoja canchadaMonto salarial de 1 tn de hoja canchada**"www.diarioprevisional.com.ar República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA Hoja Adicional de Firmas Anexo Número: Referencia: ANEXO II. Tarifa Sustitutiva del Convenio de Corresponsabilidad Gremial para la producción de Yerba Mate de las provincias de Misiones y Corrientes.Vigencia desde el 01/08/2023 al 31/08/2023.El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1 pagina/s.www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La norma detalla las tarifas, contribuciones y aportes relacionados con la seguridad social y la fiscalización de actividades específicas, incluyendo conceptos como detracción, aportes patronales y personales, y tarifas sustitutivas para actividades agrícolas y laborales. Se establece la base imponible, las alícuotas aplicables y las condiciones para la distribución de los aportes a los diferentes subsistemas de seguridad social, enmarcados en la normativa vigente (Ley 26.727, Ley 27.541 y Decreto PEN Nº 128/2019). La regulación también contempla aspectos específicos para actividades como la cosecha de yerba mate, con tarifas diferenciadas y periodos de vigencia.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este documento establece cuánto deben pagar los empleadores y trabajadores en conceptos de seguridad social y contribuciones, incluyendo tarifas específicas para actividades agrícolas como la cosecha de yerba mate. Por ejemplo, indica que en ciertos casos, la contribución total puede llegar a aproximadamente el 18,5% del salario, y en otros, hasta cerca del 36%. Además, define cómo se distribuyen estos aportes entre diferentes fondos, como salud, jubilaciones, obra social y seguro de desempleo. Todo esto significa que tanto empleadores como trabajadores deben contribuir con ciertos porcentajes de sus salarios, y estos fondos se usan para garantizar derechos como atención médica, jubilaciones y protección en caso de desempleo. La normativa también regula tarifas especiales para actividades agrícolas, con periodos de vigencia y condiciones específicas, asegurando que las contribuciones sean proporcionales a la actividad y la producción.

Autor: I.A.

Voces

  • detracción
  • base imponible
  • ley 27.541
  • resolución cnta 95/2023
  • contribución solidaria
  • tarifa sustitutiva
  • obligaciones previsionales
  • seguro social
  • aportaciones patronales
  • régimen de seguridad social
  • cálculo de aportes
  • producción yerba mate

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