LEY N° 27.705 - PLAN DE PAGO DE DEUDA PREVISIONAL (UPDP) SICAM
- Tipo
- Circular
- Número
- 24/23
- Organismo
- ANSeS
- Área
- DPA
- Fecha de dictado
- 05/07/2023
- Publicación en el BO
- 05/07/2023
www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 5 de julio de 2023 CIRCULAR DPA Nº 24/23 LEY N° 27.705 - PLAN DE PAGO DE DEUDA PREVISIONAL (UPDP) SICAM Se recuerda a todas las Oficinas y demás Áreas Operativas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) las pautas a tener en cuenta para el tratamiento de titulares que inician un beneficio al amparo de la Ley Nº 27.705 y registren información en el SICAM: Consideraciones 1) Verificar que registre Inscripción en el Padrón Único de Contribuyentes (PUC), AUT1 y/o transferencias autónomo/monotributista en la consulta al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).? Si registra: debe contar con liquidación SICAM (Ley aplicada 24.241 o 24.476).? Si no registra inscripción: o y tiene liquidación SICAM con "Ley aplicada 24.241": no se debe considerar el SICAM, no debiéndolo cargar en el SICA).o y tiene liquidación SICAM "Ley aplicada 24.476".? SI tiene plan Ley Nº 24.476 cancelado con anterioridad al 01/01/2022: se deben considerar los servicios autónomos/monotributistas los incluidos en el plan y cargar en el SICA.? Si tiene plan Ley Nº 24.476 no cancelado, no se considera el SICAM, no debiéndolo cargar en el SICA).2) Si la persona sólo tuviera registrada categoría 11, corresponde presentar liquidación en SICAM aplicando Ley Nº 25.321 y cargar dicha situación en el SICA.3) La inscripción como monotributista social no se liquida a través de SICAM.Área destinataria: Áreas Operativas Área emisora: Contacto: Dirección Prestaciones Activas CRM - Tema: "SICAM" Subtema: "LIQUIDACIÓN/MORATORIA" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar EJEMPLOS Número 1: Situación de revista (PUC) del año 1995 a 2022. Periodo ampliado a través de un plan Ley Nº 24.476 del año 1980 al 1993 (Deuda no abonada o abonada con posterioridad al 31/12/2021).El titular debe contar con liquidación en SICAM Ley Nº 24.241 solo desde el año 1995 hasta el 2022. El periodo desde el año 1980 hasta el 1993 no debe cargarse en el SICA como autónomo/monotributista.Número 2: Situación de revista (PUC) del año 1995 a 2022. Periodo ampliado a través de un plan Ley Nº 24.476 del año 1980 al 1994 (cancelada antes del 31/12/2021).El titular debe contar con liquidación en SICAM Ley Nº 24.476 desde el año 1980 hasta el 2022. El periodo del año 1980 hasta el 1994 debe ser considerado (al igual que el periodo del año 1995 hasta el 2022) y cargado en SICA como autónomo/monotributista conforme el detalle de la misma).Área destinataria: Áreas Operativas Área emisora: Contacto: Dirección Prestaciones Activas CRM - Tema: "SICAM" Subtema: "LIQUIDACIÓN/MORATORIA" www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La normativa establece los procedimientos y requisitos para la gestión de beneficios previsionales bajo la Ley N° 27.705, específicamente en relación con la correcta verificación y carga de información en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y el Sistema de Información de Contribuyentes y Autónomos (SICA). Se detallan criterios para la inscripción en el Padrón Único de Contribuyentes (PUC), la aplicación de las leyes 24.241 y 24.476, y la consideración de liquidaciones y planes de pago previos, incluyendo situaciones específicas de monotributistas sociales y categorías particulares. La norma también proporciona ejemplos prácticos sobre la carga de periodos y la consideración de planes de moratoria, con el fin de garantizar la correcta administración y actualización de las deudas previsionales y beneficios asociados.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica cómo deben las oficinas de ANSES verificar y registrar la información de las personas que solicitan beneficios previsionales bajo la Ley 27.705. En términos simples, si alguien tiene un plan de pago de deudas previsionales, debe asegurarse de que su información esté correctamente registrada en los sistemas internos, dependiendo de si tiene inscripción en el PUC y qué ley se aplicó en su liquidación (24.241 o 24.476). Además, si la persona tiene ciertos planes de moratoria o categorías específicas, también deben considerarse en su historial. La idea es que toda esta información esté bien ordenada para que los beneficios se otorguen y actualicen correctamente, evitando errores o confusiones en la gestión de las deudas y beneficios previsionales.
Autor: I.A.
Voces
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- ley 24.241
- ley 24.476
- categoría 11
- inscripción en padrón
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