PAGOS MANUALES POR TESORERÍA NUEVO IMPORTE PARA LA AUTORIZACION DE LAS DIRECCIONES GENERALES
- Número
- 42/23
- Organismo
- ANSeS
- Área
- DP
- Fecha de dictado
- 27/07/2023
- Publicación en el BO
- 27/07/2023
www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 27 de julio de 2023 CIRCULAR DP Nº 42/23 PAGOS MANUALES POR TESORERÍA NUEVO IMPORTE PARA LA AUTORIZACION DE LAS DIRECCIONES GENERALES ORIGINANTES DEL PAGO Se pone en conocimiento a todas las Oficinas y demás Áreas Operativas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) el nuevo importe a partir del cual los Pagos Manuales por Tesorería (PMT) deberán ser avalados por parte de la Dirección General de Prestaciones Centralizadas o Dirección General de Prestaciones Descentralizadas según corresponda.De acuerdo a lo establecido en la Norma PREV-17-17 "Pagos Manuales por Tesorería" vigente, aquellos PMT cuyo importe superen los $100.000,00 (CIEN MIL), deben ser avalados por el responsable de la Dirección General de Prestaciones Centralizadas o de la Dirección General de Prestaciones Descentralizadas, según corresponda en función al área que generadora del PMT.Teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la vigencia de la norma mencionada y a fin de mantener actualizado dicho monto, conforme evolucionan los haberes mínimos garantizados de las jubilaciones y pensiones del SIPA, se establece como nuevo tope, en reemplazo del mencionado en el párrafo anterior, el importe equivalente a 10 (DIEZ) Haberes Mínimos Garantizados Previsionales, vigentes al momento en que se deba autorizar el PMT.Área destinataria: Todas las Áreas Operativas Área emisora: Dirección Previsional CRM - Tema: "PAGOS DE PRESTACIONES" - Subtema: "PAGO POR www.diarioprevisional.com.ar TESORERÍA" Contacto: "
Sumarios
Sumario generado por IA
La norma actualiza el umbral para la autorización de Pagos Manuales por Tesorería (PMT) en la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). A partir de la circular, el límite para que los PMT requieran aval de las Direcciones Generales de Prestaciones Centralizadas o Descentralizadas será equivalente a 10 veces el importe de los Haberes Mínimos Garantizados Previsionales vigentes en el momento del pago. Esta modificación busca ajustar el monto en función de la evolución de los haberes mínimos, garantizando un control proporcional y actualizado en la gestión de pagos, en línea con la normativa PREV-17-17 y principios de eficiencia y control en la administración de fondos previsionales.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
La norma dice que, en lugar de un monto fijo de $100.000, ahora los pagos manuales por tesorería que superen un monto equivalente a 10 veces el haber mínimo garantizado en ese momento deberán ser revisados y aprobados por las autoridades correspondientes. Esto significa que si los haberes mínimos aumentan, también lo hará el monto límite para que un pago requiera autorización adicional. En la práctica, esto ayuda a que los controles sean proporcionales a los cambios en los beneficios previsionales, evitando que pagos grandes pasen sin revisión y asegurando que los fondos se administren con mayor precisión y responsabilidad.
Autor: I.A.
Voces
- pagos manuales
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- autorización
- direcciones generales
- prestaciones
- norma prev-17-17
- montos
- haberes mínimos garantizados
- jubilaciones
- pensiones
- sipa
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