BÚSQUEDA Y RECONSTRUCCIÓN DE EXPEDIENTES
- Tipo
- Logi
- Número
- 23 - 01/23
- Organismo
- ANSeS
- Fecha de dictado
- 18/10/2023
- Publicación en el BO
- 18/10/2023
www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Vigencia: 12/10/2023 Búsqueda y reconstrucción de expedientes I. Objetivo II. Alcance El objetivo de la presente normativa es establecer un procedimiento homogéneo a seguir, para la búsqueda y reconstrucción de expedientes pertenecientes a cualquiera de las series documentales que forman el Fondo Documental de ANSES.La presente abarca desde el pedido de búsqueda del expediente, cualquiera sea la serie documental que se trate, hasta la reconstrucción del mismo.III. Consideraciones Generales 1. A efectos de un mejor entendimiento, la presente se encuentra dividida en los siguientes apartados: A. Expedientes Previsionales y Administrativos.B. BUSSJUS.C. Expedientes siniestrados/extraviados o entregados a Titulares/Apoderados radicados en Oficina, expedientes no localizados en la Dirección Archivo General.D. Beneficios sin registro de expedientes.E. Expedientes ex - Cajas e Institutos de Previsión Social provinciales.2. Las pautas dadas en esta normativa comprenden a aquellos expedientes relacionados con las series documentales referentes a tramites previsionales y administrativos del fondo documental de ANSES, incluidos los que involucran a las Ex Cajas Nacionales de Previsión Social, Ex Instituto Municipal de Previsión Social de la Ciudad de Buenos Aires, las Ex Cajas Provinciales de Previsión Social Transferidas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y los Organismos que se transfieran en el futuro, como así también las ex AFJP y la SAFJP -documentación sustantiva; como así también, a todas las demás series documentales, meramente administrativas, contrataciones, RRHH, normativas, registros contables, actas de inscripción, etc.), y que se encuentren identificados por un número de registro/carátula, que contenga los datos de codificación del Organismo iniciador, número de expediente/actuación/legajo y tipo de trámite correspondiente.(ej.3. Conforme el Decreto Nº 1759/72, reglamentario de la Ley 19.549, en su Art. 105 (sustituido por Decreto 1883/91 (B.O. 24/9/1991)), una vez comprobada la pérdida o extravío de un expediente, se ordenará su reconstrucción dentro de los DOS (2) días posteriores, teniendo en cuenta que desde la fecha de la finalización del trámite y por el termino de 2 años, el expediente queda a resguardo de la Oficina interviniente en el otorgamiento y luego pasa a radicarse en el Archivo General.1/18 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Vigencia: 12/10/2023 4. La reconstrucción de expedientes radicados en el Archivo General y Áreas Centrales solo la podrá efectuar la Dirección de Archivo General, sin interesar el área que se encuentre involucrada en la búsqueda, para lo cual el Área solicitante deberá completar los datos requeridos en el formulario L. 1.31 "Solicitud de Reconstrucción", y enviarla vía correo electrónico a la casilla de correo DIRECCIÓN ARCHIVO GENERAL.5. Las solicitudes de Resoluciones digitalizadas la casilla SolicituddeResoluciones@anses.gov.ar serán cumplidas en el plazo de 5 (cinco) días hábiles.realizadas a 6. En caso de hacer entrega del expediente reconstruido papel a un organismo externo, se deberá confeccionar la correspondiente reproducción y caratulación de la actuación ttr 441 y realizar el pase remito en SIEEL al código de dependencia que corresponda al organismo solicitante.7. Asimismo, en caso de haber hecho entrega al Titular, efectuar el remito a la dependencia 90251306 "ENTREGADO AL TITULAR".8. Los sistemas de consulta para la reconstrucción de expedientes son: ? RB00.? PRPA.? ADP titular y/o causante.? SICAM: Para el caso de que se trate de un beneficiario que haya accedido a beneficio a través de un cálculo de deuda que esté disponible en el aplicativo, Para las tramitaciones de antigua data podría adjuntarse el RGPA, si se cuenta con el acceso al aplicativo, para el caso que se cuente con acceso al aplicativo.? SIPA o HLAB: para trabajadores en Relación de dependencia.? SPRE: Contiene los antecedentes previsionales del titular o causante, para el caso que se cuente con el aplicativo.? LMN: Para el caso de incorporación al alta del beneficio para el caso que se cuente con este aplicativo.? SICA: Resultaría tanto de DETERMINACION DE DERECHO como de SICA PROBATORIA para aquellos tramites que se hayan iniciado si se cuenta con este aplicativo y a partir de la vigencia del mismo.? BUAV: impresiones de los requerimientos y los resultados, si se cuenta con dicho aplicativo.2/18 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Vigencia: 12/10/2023 9. La reconstrucción de los siguientes trámites no es factible, por la naturaleza de su documentación (judicial, copias de documentos testimoniales, por tratarse de expedientes colectivos y no individuales de un solo titular o bien por resultar extemporáneos: ? Oficios Judiciales ? Legajo único ADP ? Legajo único varios ? Verificaciones de expedientes acordados ? Expedientes cuyos plazos de guarda hayan vencido y se encuentren destruidos en código xxxxxx ? Expedientes recaratulados - error de alta 10. Los expedientes de reconstrucción que se encuentren a la espera de documentación de respaldo, como ser piezas procesales, resoluciones o bien por requerimientos realizados a titulares, serán registrados en estado 02 "en espera de documentación".3/18 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar IV. Flujograma de Macronivel Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Vigencia: 12/10/2023 4/18 www.diarioprevisional.com.ar Búsqueda y Reconstrucción de ExpedientesSector SolicitanteCoordinación Control y Procesamiento de DatosCoordinación Análisis y Recepción documental ? Sector ReconstruccionesRealiza la búsqueda del expediente físico ¿El expediente se encuentra en la propia Oficina u otra Oficina?Recibe Solicitud y registra en SADAAnaliza indicios de búsquedaEn caso de localizar el expediente, informa al Área requirente vía correo electrónico, digitaliza el expedienteDa de alta expediente TTR 717 Reconstrucción y verifica la disponibilidad de la Resolución Recaba la documentación necesaria y conforma expediente Cambia el estado del expediente a 09 Resuelto Digitaliza el expediente y publica en ANME WEB¿Se localizó el expediente?Verifica en ANME donde se radica el expedienteDa de alta expediente TTR 717 Reconstrucción y verifica la disponibilidad de la Resolución Verifica las respuestas dadas por la Dirección Archivo GeneralConforma el cuerpo del expediente con toda la documentación recabada.Agrega al expediente la Resolución de Reconstrucción y conformada por el Jefe de OficinaNOSISINODe encontrarse en el Archivo General o en un Área Central, confecciona Form. L. 131 y remite vía correo electrónico"www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Vigencia: 12/10/2023 A. Expedientes Previsionales y Administrativos V. Detalle de Tareas Sector solicitante 1. Realiza la búsqueda del expediente físico solicitándolo al área en la que se encuentra de acuerdo al Sistema Gestión de Trámites.1.1. De encontrarse en la propia o en otra Oficina, continua en el apartado "C - Expedientes siniestrados/extraviados o entregados a Titulares/Apoderados radicados en Oficina" 1.2. De encontrarse en el Archivo General o en un Área Central, continúa en punto 2.2. Confecciona el Formulario L. 1.31 Solicitud de Reconstrucción.3. Escanea documentación de respaldo obrante en la Oficina o aportada por el titular/apoderado.4. Remite el formulario y documentación de respaldo escaneada vía correo electrónico a la Dirección de Archivo General, a través de la casilla DIRECCIÓN ARCHIVO GENERAL.4.1. Si la reconstrucción es solicitada por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y/o la Dirección General de Liquidación de Sentencias Judiciales, para trámites de sentencias judiciales (093, 150 o 154), remite además copias procesales correspondientes.DAG - Coordinación Control y Procesamiento información de Archivo 5. Recibe por correo electrónico la solicitud de Reconstrucción del Expediente.6. Registra en el Sistema Administración de Archivo (SADA) las solicitudes recepcionadas.- Coordinación Análisis y Recepción Documental - Sector DAG Reconstrucciones 7. Verifica diariamente a través de SADA módulo reconstrucciones, las solicitudes de reconstrucción para gestionar.8. Analiza indicios de búsqueda conforme pautas de registro en SADA: ? Archivo Soporte papel ? Archivo Soporte microfilm ? Archivo Soporte digital 8.1. Si no detecta indicios, continúa en punto 9.5/18 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Vigencia: 12/10/2023 8.2. Si detecta indicios, efectúa la búsqueda del expediente conforme pautas de registro de archivo.8.2.1. En caso de localizar el expediente, informa al Área requirente vía correo electrónico, digitaliza el expediente y registra en SADA la localización.8.2.2. En caso de no localizar el expediente, continúa en punto 9.9. Procede a dar de alta un expediente con Tipo de Trámite número "717 - Reconstrucción" para el mismo Nº de CUIL del expediente del expediente a reconstruir, ingresando en el campo "Expte Provin." el número del expediente que diera origen a la reconstrucción.9.1. Si no contara con número de CUIL, se deberá caratular con numeración automática generando un expediente con Pre CUIL número "99" y Tipo de Trámite número "717 - Reconstrucción", colocar Apellido y Nombre y Número de Documento de identidad y consignar en el campo "Expte Provin." el número del expediente a reconstruir.10. Verifica la disponibilidad de la Resolución del expediente a reconstruir.10.1. De registrarse en SADA, efectúa la búsqueda del soporte, reproduce y certifica la copia de la misma.10.2. De no registrarse en SADA, la solicita a la Coordinación Información Activos y Resoluciones dependiente de la Dirección Unidad Central de Apoyo.11. Imprime consulta al sistema ANME del expediente cuya reconstrucción se requiere y de todos los expedientes relacionados, como así también las consultas realizadas en los distintos sistemas detallados en punto 8 de las Consideraciones Generales.12. Solicita a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, ante la necesidad de reconstrucción de trámites 093, 150 o 154 referidos a Sentencias Judiciales, copia de la/s resolución/es judicial/es recaída/s para agregar al expediente.12.1. Dicha documentación será remitida por la Dirección General de Asuntos Jurídicos a la casilla de correo "DIRECCIÓN ARCHIVO GENERAL".12.2.Si la reconstrucción es solicitada por la Dirección General de Asuntos Jurídicos la la Dirección General de Liquidación de Sentencias Judiciales, y/o documentación es proporcionada según lo detallado en punto 4.1.13. Conforma el cuerpo del expediente con toda la documentación recabada: Agrega al expediente según el siguiente orden: ? Carátula de Alta del trámite 717 ? Formulario L. 1.31 Solicitud de Reconstrucción ? Mail con encabezado de la solicitud 6/18 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Vigencia: 12/10/2023 Impresión de la consulta al SGT del expediente cuya reconstrucción se solicita y de todos los expedientes relacionados con el titular del expediente a reconstruir ? ? ? ? Consulta ANME de impresión de resolución Impresión de la Consulta al ADP domicilio.Impresión de la Consulta del beneficio RB00. (en caso que exista beneficio) ? Formulario de búsqueda de antecedentes - Anexo VI.? Copia de piezas procesales ? PRPA ? SADIL ? Notificación de resolución ? Antecedentes aportados por el administrado ? Copia de la Resolución del expediente extraviado la cual deberá certificar.? En caso de pensión derivada, copia de la Resolución del expediente del causante 14. Confecciona la resolución respectiva de acuerdo al modelo del "Anexo I - Resolución Reconstrucción de Expedientes - Archivo General" y la agrega al expediente.14.1. En caso de no localización de la resolución, se confecciona resolución de acuerdo a Anexo V "Resolución Reconstrucción de Expedientes - Dirección Archivo General y Oficina".15. Cambia el estado del expediente a "09 - Resuelto".16. Digitaliza el expediente y publica en ANME WEB.B. BUSSJUS 1. La Coord. Oficios Judiciales recibe solicitud de remisión de expediente a través de la aplicación BUSSJUS.2. Solicita el expediente a la dependencia donde se encuentra físicamente.2.1. Si la dependencia tiene el expediente, solicita su remisión / digitalización.2.2. Si la dependencia le informa que no tiene el expediente: 2.2.1. Solicita que se inicie el circuito de reconstrucción.7/18 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Vigencia: 12/10/2023 2.2.2. Ingresa a la aplicación BUSSJUS, cambia el estado de la solicitud a "En Reconstrucción" y queda a la espera de la remisión del expediente.C. Expedientes siniestrados/extraviados o entregados a Titulares/Apoderados radicados en Oficina/radicados en el Archivo General e informados como no localizados Oficina 1. Verifica las respuestas dadas por la Dirección Archivo General, a través del aplicativo "Solicitud de expedientes" al Archivo General y correos electrónicos, referido a expedientes no localizados. Si fuese necesario la reconstrucción de algún expediente, efectúa la gestión conforme punto 3.2. Verifica en el sistema ANME la dependencia en la cual se encuentra radicado el expediente: 2.1. De encontrarse en la propia Unidad de Atención, prosigue en punto 3.2.2. De encontrase en la dependencia ANME 14063070, imprime la captura de pantalla del sistema que indica que el expediente solicitado ha sido afectado por el siniestro ocurrido en sede de la Dirección Archivo General. Prosigue en punto 3.2.3. De encontrarse en la dependencia ANME 14063080, imprime la captura de pantalla del sistema que indica que el expediente solicitado se encuentra extraviado. Prosigue en punto 3.2.4. De encontrarse en dependencia 90251306 (expediente entregado al titular) o titular/apoderado 90251307 (expediente entregado al apoderado), solicita al constancia de denuncia de extravío del expediente y prosigue en punto 3.2.5. De encontrarse en dependencia 3000001 (expedientes entregados a titulares por parte de las Ex - Cajas Nacionales de Previsión Social), solicita la búsqueda del expediente a la Dirección Archivo General a través de mail a la casilla de correo DIRECCIÓN ARCHIVO GENERAL. Prosigue en punto 3.3. Efectúa alta de un expediente con Tipo de Trámite número "717 - Reconstrucción" para el mismo Nº de CUIL del expediente a reconstruir, ingresando en el campo "Expte Provin." el número del expediente que diera origen a la reconstrucción.3.1. Si no contara con número de CUIL, se deberá caratular con numeración automática generando un expediente con Pre CUIL número "99" y Tipo de Trámite número "717 - Reconstrucción", y consignar en el campo "Expte Provin." el número del expediente que diera origen a la reconstrucción.4. Busca la resolución conforme lo indica la norma Pres-09-01 apartado V, en caso de no hallarse digitalizado el expediente ttr 415 o no registrar antecedentes, procede conforme se indica en el punto 5.5. Solicita la Resolución a la Dirección Archivo General, por correo electrónico a la casilla SolicituddeResoluciones@anses.gov.ar.8/18 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Vigencia: 12/10/2023 6. Imprime consulta al sistema ANME del expediente extraviado/siniestrado y de todos los expedientes relacionados, como así también las consultas realizadas en los distintos sistemas detallados en punto 8 de las Consideraciones Generales.7. Solicita a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, ante la necesidad de reconstrucción de trámites 093, 150 o 154 referidos a Sentencias Judiciales, copia de la/s resolución/es judicial/es recaída/s para agregar al expediente.7.1. La Dirección General de Asuntos Jurídicos, a través de la Dirección de Asuntos Contenciosos o la Dirección de Legal Interior y Asuntos Administrativos, según corresponda, remite al Área solicitante la documentación requerida.8. Para el caso de reconstruir una prestación de pensión derivada, se deberá adjuntar copia de la resolución acordatoria de jubilación que diera origen a la pensión.9. Conforma el cuerpo del expediente con toda la documentación recabada.9.1. Agrega documentación aportada por el Administrado (de corresponder).9.2. Gestiona y agrega documentación de respaldo conforme detalle del punto 13 del apartado "A".10. Agrega al expediente la Resolución de Reconstrucción, de acuerdo al modelo que corresponda, debidamente cumplimentada y conformada por el Jefe de Oficina (o quien lo supla en sus funciones): ? Anexo II: "Resolución Reconstrucción de Expedientes - Oficina".? Anexo III: "Resolución Reconstrucción de Expedientes radicados en Oficina".10.1.En caso de no localización de la resolución, se confecciona resolución de acuerdo a Anexo V "Resolución Reconstrucción de Expedientes - Dirección Archivo General y Oficina".D. Beneficios sin registro de expedientes Oficina 1. Solicita, de no registrarse el número de expediente correspondiente a un beneficio, la búsqueda del número de expediente a la Dirección Archivo General a través de mail a la casilla de correo "CONSULTAS ARCHIVO GENERAL", enviando las siguientes pautas de búsqueda: 11. Tipo y número de documento 12. Número de beneficio 13. Apellido y Nombre 14. En caso de Pensión, datos del causante 1.1 En caso de no localizarse el número de expediente, continúa en el punto 2.9/18 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Vigencia: 12/10/2023 2. Dar de alta un expediente con Tipo de Trámite número "717 - con numeración automática generando un expediente con Pre CUIL número "99" y Tipo de Trámite número "717 - Reconstrucción".3. Solicita al titular/apoderado documentación respaldatoria.4. Imprime las constancias que se registren de los sistemas detallados en el punto 8 de las Consideraciones Generales.5. Para el caso de reconstruir una prestación de pensión derivada, se deberá adjuntar copia de la resolución acordatoria de jubilación que diera origen a la pensión.6. Conforma el cuerpo del expediente con toda la documentación recabada.6.1 Agrega documentación aportada por el Administrado (de corresponder).7. Agrega al expediente la Resolución de Reconstrucción, de acuerdo al modelo que corresponda, debidamente cumplimentada y conformada por el Jefe de Oficina (o quien lo supla en sus funciones): 15. Anexo IV: "Resolución Reconstrucción de Expedientes - Oficina E. Expedientes correspondientes a ex - Cajas e Institutos de Previsión Social provinciales Oficina y Dirección Archivo General 1. La reconstrucción de expedientes correspondientes a Cajas e Institutos de Previsión Social provinciales transferidos a la ANSES, se requerirá a través del área de Interjurisdiccionales, se provea de los antecedentes (resolución, liquidación), que pudieran obrar en las áreas de enlace de las Provincias donde se hayan generado los expedientes.2. Para el armado del expediente de reconstrucción, se procederá conforme se indica el punto 13 del apartado "A".10/18 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Vigencia: 12/10/2023 VI. Anexos ? Anexo I: "Resolución Reconstrucción de Expedientes - Archivo General".? Anexo II: "Resolución Reconstrucción de Expedientes - Oficina" ? Anexo III: "Resolución Reconstrucción de Expedientes radicados en Oficina" ? Anexo IV: "Resolución Reconstrucción por número de beneficio sin número de expediente" ? Anexo V: "Resolución Reconstrucción sin antecedentes" ? Anexo VI: "Formulario registro de antecedentes" 11/18 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 12/10/2023 Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Anexo I: "Resolución Reconstrucción de Expedientes - Dirección Archivo General" BUENOS AIRES, VISTO el Expediente Nº 024-00-00000000-0-717-1 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y el art. 105 del Decreto Nº 1759/72 reglamentario de la Ley 19.549 y la Resolución DE.-A Nº xxx de fecha,xx/xx/xxx y CONSIDERANDO: Que, por el expediente citado en el VISTO, se tramita la reconstrucción del expediente Nºxxx-xx-xxxxxxxx-x-xxx-x perteneciente a Don/a????????DNI Nº ?., ello así a solicitud de la Oficina?????????.Que realizada la búsqueda de las citadas actuaciones, ello así en el ámbito de esta Administración, la misma ha resultado negativa.Que la Dirección de Archivo General ha tomado intervención de competencia, agregando la documentación respaldatoria que conforma el presente expediente.Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo xxx de la Resolución DE Nº Por ello, EL DIRECTOR DEL ARCHIVO GENERAL RESUELVE: ARTICULO 1º.- Apruébese la reconstrucción del expediente Nº??????., perteneciente a Don?????DNI Nº ???????????????? ARTÍCULO 2º.- Remítanse las actuaciones al Área solicitante a los efectos de la prosecución del trámite, ello así de acuerdo a la motivación que dio origen a la presente reconstrucción.ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, archívese.RESOLUCIÓN: 12/18 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 12/10/2023 Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Anexo II: "Resolución Reconstrucción de Expedientes - Oficina" BUENOS AIRES, VISTO el Expediente Nº 024-00-00000000-0-717-1 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y el art. 105 del Decreto Nº 1759/72 reglamentario de la Ley 19.549 y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el VISTO, se tramita la reconstrucción del expediente Nºxxx-xx-xxxxxxxx-x-xxx-x perteneciente a Don/a????????DNI Que las citadas actuaciones han sido identificadas como afectadas por el siniestro ocurrido en sede de la Dirección Archivo General el día 17 de Abril de Que en virtud de lo expuesto, esta Unidad de Atención Integral ha recabado toda la documentación de respaldo posible de acuerdo a la información obrante en los distintos sistemas de esta Administración.Que la Dirección de Archivo General ha tomado intervención de competencia, agregando documentación respaldatoria que forma parte del presente expediente.Nº??..2016.Por ello, EL JEFE DE LA UNIDAD DE ATENCION INTEGRAL XXXXXXXXX RESUELVE: ARTICULO 1º.- Apruébese la reconstrucción del expediente Nº??????., perteneciente a Don?????DNI Nº ???????????????? ARTÍCULO 2º.- Adóptese la presente reconstrucción a los efectos de la prosecución del trámite que le diera origen.ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, archívese.RESOLUCIÓN 13/18 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 12/10/2023 Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Anexo III: "Resolución Reconstrucción de Expedientes radicados en Oficina" BUENOS AIRES, VISTO el Expediente Nº 024-00-00000000-0-717-1 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y el art. 105 del Decreto Nº 1759/72 reglamentario de la Ley 19.549 y CONSIDERANDO: Nº??..Que por el expediente citado en el VISTO, se tramita la reconstrucción del expediente Nºxxx-xx-xxxxxxxx-x-xxx-x perteneciente a Don/a????????DNI Que realizada la búsqueda de las citadas actuaciones, ello así en el ámbito de esta Administración, la misma ha resultado negativa.Que en virtud de lo expuesto, esta Unidad de Atención Integral ha recabado toda la documentación de respaldo posible de acuerdo a la información obrante en los distintos sistemas de esta Administración.Que la Dirección de Archivo General ha tomado intervención de competencia, agregando documentación respaldatoria que forma parte del presente expediente.Por ello, EL JEFE DE LA UNIDAD DE ATENCION INTEGRAL XXXXXXXXX RESUELVE: ARTICULO 1º.- Apruébese la reconstrucción del expediente Nº??????., perteneciente a Don?????DNI Nº ???????????????? ARTÍCULO 2º.- Adóptese la presente reconstrucción a los efectos de la prosecución del trámite que le diera origen.ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, archívese.RESOLUCIÓN 14/18 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 12/10/2023 Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Anexo IV: "Resolución Reconstrucción con faltante del número de Expediente - Oficina" BUENOS AIRES, VISTO el Expediente Nº 024-00-00000000-0-717-1 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y el art. 105 del Decreto Nº 1759/72 reglamentario de la Ley 19.549 y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el VISTO, se tramita la reconstrucción del expediente correspondiente al Beneficio N.º-xxxxxxxx-x perteneciente a Don/a????????DNI Nº??..Que realizada la búsqueda del número de expediente del beneficio Nº xx- xxxxxxx-x ello así en el ámbito de esta Administración, la misma ha resultado negativa.Por ello, Que, en virtud de lo expuesto, esta Unidad de Atención Integral ha recabado toda la documentación de respaldo posible de acuerdo a la información obrante en los distintos sistemas de esta Administración.Que la Dirección de Archivo General ha tomado intervención de competencia, agregando documentación respaldatoria que forma parte del presente expediente.EL JEFE DE LA UNIDAD DE ATENCION INTEGRAL XXXXXXXXX RESUELVE: ARTICULO 1º.- Apruébese la reconstrucción del expediente correspondiente al Beneficio Nº??????, perteneciente a Don?????DNI Nº ARTÍCULO 2º.- Adóptese la presente reconstrucción a los efectos de la prosecución del trámite que le diera origen.ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, archívese.RESOLUCIÓN 15/18 www.diarioprevisional.com.ar " Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Vigencia: 12/10/2023 www.diarioprevisional.com.ar Anexo V: "Resolución Reconstrucción de Expedientes - Dirección Archivo General y Oficina" BUENOS AIRES, General San Martín - Provincia de Buenos Aires, xx de xxxx de 2023 VISTO el Expediente Nº 024-00-00000000-0-717-1 Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y el art. 105 del Decreto Nº 1579/72 reglamentario de la Ley 19.549.CONSIDERANDO: Que, por el expediente citado en el VISTO, se tramita la reconstrucción del expediente Nº 111-00-11111111-1-111-1 correspondiente al trámite de xxxxxxxxxxxxx perteneciente a Don/Doña xxxxxxxxxx, a solicitud de la xxxxxxxxxxxxxxxxxx Que, realizada la búsqueda de las citadas actuaciones, ello así en el ámbito de esta Administración, la misma ha resultado negativa.Que, consultado al área productora del expediente, sobre documentación de respaldo que pudiera aportar, la misma ha resultado negativa.Que asimismo el área técnica competente adjunta las constancias que obran en el sistema.Que la Dirección de Archivo General ha tomado intervención de competencia, no pudiendo obtener más información para la reconstrucción de las actuaciones.Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 1º de la Resolución D.E. - A Nº 207/2007 y DGDNyP Nº 005/13.Por ello, 16/18 www.diarioprevisional.com.ar " Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Vigencia: 12/10/2023 www.diarioprevisional.com.ar DE LA DIRECCION DE ARCHIVO GENERAL EL DIRECTOR RESUELVE: ARTICULO 1º.- Dar por concluida la reconstrucción del expediente administrativo Nº xxxxxxxx perteneciente a DON/Doña xxxxxxxxxxxxxxxxx DNI XXXXXXXXXXX, caratulándolo bajo expediente xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, en virtud de los considerandos ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, archívese.que anteceden.RESOLUCIÓN: 17/18 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 18/10/2023 LOGI-23-01 Vigencia: 12/10/2023 ANEXO VI: "Formulario registro de antecedentes" BUSQUEDA DE ANTECEDENTE EXPEDIENTE Nº TITULAR AREA SOLICITANTE NOTA DETALLE DE ANTECEDENTES ADJUNTOS REGISTRO RESULTADO DE BUSQUEDA PRPA RESOLUCIÓN OTROS ANTECEDENTES FECHA FIRMA Y SELLO 18/18 www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La normativa establece un procedimiento homogéneo para la búsqueda y reconstrucción de expedientes en el Fondo Documental de ANSES, incluyendo expedientes previsionales, administrativos, siniestrados, extraviados, entregados a titulares o apoderados, y de ex-Cajas e Institutos Provinciales transferidos. La reconstrucción debe realizarse en un plazo de 2 días tras la comprobación de pérdida o extravío, exclusivamente por la Dirección de Archivo General, mediante solicitudes formales y el uso de sistemas informáticos específicos (SADA, ANME, SIPA, etc.). Se excluyen trámites judiciales, expedientes colectivos, y aquellos con plazos de guarda vencidos. La documentación respaldatoria, resolución y registros deben conformar el expediente reconstruido, que será formalizado mediante resoluciones específicas anexadas (Anexos I a V). La normativa también regula los procedimientos en casos de expedientes sin número, sin antecedentes, o afectados por siniestros, y detalla los formularios y anexos necesarios para la gestión administrativa y técnica.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma busca que todos los expedientes de ANSES puedan ser localizados o reconstruidos en caso de pérdida o daño, para que los trámites y beneficios previsionales no se vean afectados. Cuando un expediente se pierde o se extravía, la Dirección de Archivo General tiene la responsabilidad exclusiva de reconstruirlo en un plazo de 2 días, usando solicitudes formales y sistemas informáticos. Esto es como si se perdiera un documento importante en una oficina y un equipo especializado lo recreara con toda la información posible, para que el trámite continúe sin problemas. Además, si el expediente no tiene número o está dañado, existen procedimientos específicos para crear uno nuevo o completar la documentación faltante, siempre asegurando que la información esté respaldada y formalizada mediante resoluciones que certifican la reconstrucción. Todo esto garantiza que los derechos de los beneficiarios y la integridad de los registros se mantengan, incluso en casos de siniestros o dificultades en la conservación de los archivos.
Autor: I.A.
Voces
- búsqueda de expedientes
- reconstrucción de expedientes
- fondo documental
- normativa
- procedimiento
- expedientes previsionales
- archivos
- documentación respaldatoria
- sistemas de consulta
- reproducción de documentos
- restitución de expedientes
- requisitos administrativos
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