ACTUALIZACIÓN DE TARIFA SUSTITUTIVA DEL CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD ENTRE UATRE Y COOPERATIVA TABACALERA DEL CHACO
- Tipo
- Resolución
- Número
- 33/23
- Organismo
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Área
- SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 05/12/2023
- Publicación en el BO
- 05/12/2023
www.diarioprevisional.com.ar https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/300075/20231206 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL Resolución 33/2023 RESOL-2023-33-APN-SSS#MT Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2023 VISTO el Expediente N° EX-2020-52797848-APN-DGD#MT, las Leyes N° 26.377, N° 26.773 y N° 27.541, los Decretos N° 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008 y N° DECTO-2019-128-APN-PT de fecha 14 de febrero de 2019, la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL, N° 4 de fecha 1 de septiembre de 2010, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO Nº 757-E/2017 de fecha 22 de septiembre de 2017, la Resolución General Conjunta de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS N° 4135-E de fecha 22 de septiembre de 2017, la Resolución Conjunta de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO y de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN N° RESFC-2021-1-APN-SRT#MT de fecha 18 de marzo de 2021, la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO Nº 274 de fecha 16 de noviembre de 2023, y la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN DE LOS REGÍMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Nº DI-2022-4-APN-DNCRSS#MT de fecha 17 de marzo de 2022, y CONSIDERANDO Que la Ley N° 26.377 y su Decreto Reglamentario N° 1.370/2008 facultó a las asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y las entidades empresarias de la actividad rural, suficientemente representativas, sean o no integrantes del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), a celebrar entre sí Convenios de Corresponsabilidad Gremial en materia de Seguridad Social.Que el objeto principal de los Convenios de Corresponsabilidad Gremial es inducir a la formalización de las relaciones laborales, facilitar el acceso de los trabajadores y sus familias a los beneficios de la Seguridad Social y lograr el perfeccionamiento de los métodos de recaudación y fiscalización de los recursos de la Seguridad Social.Que la citada normativa estableció la competencia de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL para la homologación de los convenios celebrados en el marco de la Ley N° 26.377.Que por la Resolución N° 4/2010 de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL, se homologó, con los alcances previstos en la Ley N° 26.377 y su Decreto Reglamentario N° 1.370/2008, el Convenio celebrado entre la UNIÓN 1 de 3 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/300075/20231206 ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (UATRE) y la COOPERATIVA TABACALERA Y AGROPECUARIA DEL CHACO.Que por la Resolución N° 757-E/2017 de la SECRETARÍA DE TRABAJO, se homologó una adenda al Convenio, con el objetivo de fortalecer el buen desarrollo y funcionamiento de la herramienta.Que mediante la Disposición N° DI-2022-4-APN-DNCRSS#MT, la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN DE LOS REGÍMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL dependiente de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL, aprobó el Texto Ordenado del citado Convenio de Corresponsabilidad Gremial.Que en el acápite A, Artículo 1° de la Resolución General Conjunta de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL y de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) N° 4135-E/2017, se estableció que la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, actualizará las tarifas sustitutivas de los convenios con base en las resoluciones que actualicen las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en los mismos.Que por la Resolución Conjunta N° RESFC-2021-1-APN-SRT#MT de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO y de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, se fijó el premio para la cobertura de riesgos del trabajo de aquellos trabajadores incluidos en el convenio en análisis, en orden a lo establecido en el Artículo 13, último párrafo, de la Ley N° 26.773.Que por la Resolución N° 274/2023 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO, se fijaron las remuneraciones mínimas del personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley N° 26.727 y su Decreto Reglamentario N° 301/2013, en el ámbito de todo el país, con vigencia a partir del 1° de noviembre de 2023, del 1° de diciembre de 2023, del 1° de enero de 2024 y del 1° de febrero de 2024 hasta el 31 de julio de 2024, y mantendrán su vigencia aún vencidos los plazos previstos, hasta tanto no sean reemplazadas por las fijadas en una nueva Resolución.Que para la actualización de la tarifa sustitutiva han sido consideradas las modificaciones en materia de contribuciones patronales dispuestas en el título IV, capítulo 3 de la Ley N° 27.541 y del Decreto N° DECTO-2019-128-APN-PTE, de acuerdo a las disposiciones y alcance de las normas mencionadas y teniendo en cuenta las particularidades del mecanismo de cálculo y recaudación de los convenios de corresponsabilidad Gremial.Que la Ley N° 27.541, en su Artículo 22, estableció que el importe de la detracción dispuesta en el Decreto N° DECTO-2019-128-APN-PTE, no sufrirá actualización alguna.Que en miras de fomentar mecanismos de transparencia y participación, previo al dictado de la presente medida se ha puesto en conocimiento de los miembros de la Comisión de Seguimiento del convenio los cálculos efectuados para la actualización de la tarifa sustitutiva.Que a los fines de mantener la representatividad de los aportes y contribuciones que la tarifa establecida sustituye, procede la aprobación de una nueva tarifa sustitutiva.2 de 3 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/300075/20231206 Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN DE LOS REGÍMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ha tomado intervención en el marco de sus respectivas competencias.Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ha tomado la intervención Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 5 y 8 de la Ley N° 26.377.que le compete.Por ello, RESUELVE: EL SECRETARIO DE SEGURIDAD SOCIAL ARTÍCULO 1°.- Apruébase la tarifa sustitutiva del Convenio de Corresponsabilidad Gremial celebrado entre la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (UATRE) y la COOPERATIVA TABACALERA Y AGROPECUARIA DEL CHACO, homologado por la Resolución N° 4/2010 de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL, que como ANEXO I Nº IF-2023-143032773-APN-DNCRSS#MT, ANEXO II Nº IF-2023-143033294-APN-DNCRSS#MT y ANEXO III Nº IF-2023-143034584-APN-DNCRSS#MT, forman parte integrante de la presente resolución.ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA OFICIAL y archívese.Luis Guillermo Bulit -www.boletinoficial.gob.ar- e. 06/12/2023 N° 99605/23 v. 06/12/2023 Fecha de publicación 06/12/2023 3 de 3 www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La resolución 33/2023 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social regula la actualización de la tarifa sustitutiva del Convenio de Corresponsabilidad Gremial celebrado entre la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) y la Cooperativa Tabacalera y Agropecuaria del Chaco. La norma aprueba la nueva tarifa, basada en las modificaciones de contribuciones patronales y remuneraciones mínimas del régimen agrario, en línea con las disposiciones de las leyes N° 26.377, N° 26.773 y N° 27.541, y sus reglamentaciones. La resolución también detalla el proceso de homologación, la intervención de distintas instancias administrativas y la publicación oficial de los anexos que contienen la tarifa actualizada, en cumplimiento de los mecanismos de transparencia, participación y control previstos en la normativa vigente en materia de seguridad social y trabajo agrario.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta resolución básicamente dice que el gobierno actualizó las tarifas que pagan los empleadores rurales en un acuerdo especial con los sindicatos y cooperativas del sector. Es como si ajustaran el precio que deben pagar por la seguridad social de los trabajadores rurales, teniendo en cuenta los cambios en los salarios y contribuciones. Esto ayuda a que los trabajadores rurales tengan acceso a beneficios sociales y que las contribuciones sean justas y transparentes. La actualización fue revisada y aprobada por varias instancias oficiales, y ahora se publica oficialmente para que todos sepan cuánto deben pagar y cómo se calcula ese monto. En términos sencillos, es como si actualizaran la cuota mensual que un empleador rural debe pagar para que sus empleados tengan cobertura social, asegurando que sea acorde a los nuevos salarios y reglas del sector.
Autor: I.A.
Voces
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- regímenes de seguridad social
- resoluciones ministeriales
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- homologación de convenios
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