ANSES. CALENDARIOS DE PAGOS DICIEMBRE 2023 Y ENERO Y FEBRERO 2024
- Tipo
- Resolución
- Número
- 222/23
- Organismo
- ANSeS
- Fecha de dictado
- 24/11/2023
- Publicación en el BO
- 24/11/2023
www.diarioprevisional.com.ar https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/299423/20231130 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución 222/2023 RESOL-2023-222-ANSES-ANSES Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2023 2009, y CONSIDERANDO: VISTO el Expediente Nro. EX-2023-133488004- -ANSES-DPB#ANSES del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y la Resolución D.E. A N° 327 de fecha 3 de noviembre de Que es necesario establecer el Calendario de Pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para las emisiones de los meses de diciembre de 2023, que incluye la segunda cuota del haber anual complementario, enero y febrero de 2024.Que, en consecuencia, corresponde adecuar las fechas de pago al pronóstico de ingresos al Sistema Previsional, en particular los provenientes de la recaudación de aportes y contribuciones sobre la nómina salarial.Que la Resolución D.E. A N° 327/09 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), en su artículo 1°, establece los conceptos a considerar para la determinación de los intervalos de pago.Que las condiciones financieras vigentes para atender las obligaciones previsionales permiten establecer el esquema de pago, en VEINTE (20) grupos.Que la por entonces Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo Dictamen Nº 15.541/2000, según Informe N° IF-2023-133524776-ANSES-DPB#ANSES, incorporado a número de orden 3.Que la Comunicación "A" 6386 de fecha 8 de diciembre de 2017 del Banco Central de la República Argentina como Informe N° IF-2023-133523798-ANSES-DPB#ANSES, la cual regula el proceso de rendición de cuentas para las entidades financieras participantes en la operatoria de pago de los beneficios de la Seguridad Social a cargo de Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 2.741/91, el artículo 36 de la Ley N° 24.241 y el Decreto 429/2020.esta ANSES.Por ello, LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1 de 2 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/299423/20231130 RESUELVE: ARTICULO 1º.- Apruébanse los calendarios de pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para las emisiones correspondientes a los meses de diciembre de 2023, que incluye la segunda cuota del haber anual complementario, enero y febrero de 2024, que como Anexos I N° IF-2023-134411301-ANSES-DPB#ANSES, II N° IF-2023-134413334-ANSES-DPB#ANSES y III N° IF-2023-134413549-ANSES-DPB#ANSES respectivamente, forman parte integrante de la presente.ARTICULO 2º.- Delégase en la Dirección General de Finanzas la determinación del importe para los intervalos de pago, conforme a lo establecido en la Resolución D.E. A N° 327 de fecha de fecha 3 de noviembre de 2009 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).ARTICULO 3º.- Establécese que la presentación de la rendición de cuentas deberá efectuarse de acuerdo a lo dispuesto por la Comunicación "A" 6386 del Banco Central de la República Argentina de fecha 8 de diciembre de ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA 2017.archívese.Maria Fernanda Raverta -www.boletinoficial.gob.ar- e. 30/11/2023 N° 97457/23 v. 30/11/2023 Fecha de publicación 30/11/2023 2 de 2 www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La Resolución 222/2023 de la ANSES establece el calendario de pagos para las prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) correspondientes a diciembre de 2023, y los meses de enero y febrero de 2024, incluyendo la segunda cuota del haber anual complementario. La norma delega en la Dirección General de Finanzas la determinación de los importes de pago, en concordancia con la normativa vigente y las condiciones financieras actuales, y regula los procedimientos de rendición de cuentas en línea con la Comunicación 'A' 6386 del Banco Central. La resolución se fundamenta en facultades legales conferidas por el Decreto N° 2.741/91, la Ley N° 24.241 y el Decreto 429/2020, y formaliza los cronogramas de pago mediante anexos que integran la resolución.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta resolución de la ANSES fija las fechas en las que se pagarán las jubilaciones y beneficios sociales para diciembre de 2023 y los primeros meses de 2024, incluyendo un pago adicional llamado 'haber anual complementario'. Además, indica quién debe determinar cuánto dinero se pagará en cada fecha y cómo deben presentar las cuentas las instituciones financieras que participan en los pagos. En términos simples, es como un calendario oficial que dice cuándo y cuánto recibirán las personas que dependen de estas prestaciones, asegurando que todo se haga de forma ordenada y transparente, siguiendo las reglas y controles establecidos por la ley y las instituciones financieras.
Autor: I.A.
Voces
- administración nacional de la seguridad social
- resolución
- calendario de pago
- prestaciones
- sistema integrado previsional argentino
- recaudación de aportes
- contribuciones
- obligaciones previsionales
- rendición de cuentas
- entidades financieras
- dictamen jurídico
- facultades legales
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