SICAM - CANCELACIÓN DE LA DEUDA EXIGIBLE - APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE INSIGNIFICANCIA O BAGATELA

Título: SICAM - CANCELACIÓN DE LA DEUDA EXIGIBLE - APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE INSIGNIFICANCIA O BAGATELA

Nombre: Sin información

Número: 75    Año: 2023

Fecha de dictado: 14/12/2023    Fecha de publicación: 14/12/2023

Categoría: Circular

Organismo: ANSeS    Dependencia: DP

Sumario generado por IA

Sumario: La circular establece que, en caso de que exista deuda por intereses en el sistema SICAM, esta se considerará cancelada si el monto no supera el MOPRE vigente al momento del pago o el monto establecido por la Resolución SSS Nº 6/09, aplicando el principio de insignificancia o bagatela reconocido por la jurisprudencia de la Corte Suprema. Se detallan los montos sustitutivos del MOPRE según períodos específicos, con actualizaciones semestrales vinculadas a la movilidad jubilatoria. La normativa regula además los procedimientos para la aplicación del principio, incluyendo la documentación necesaria y los códigos de descuento en los sistemas de liquidación previsional, así como las condiciones para su aplicación de oficio y su relación con planes de facilidades de pago.

Escrito por: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

La norma indica que si tienes una deuda por intereses en tu cuenta, esa deuda puede considerarse pagada si el monto es muy pequeño, es decir, que no supera ciertos límites establecidos y actualizados periódicamente. Esto funciona como si, en la vida cotidiana, decidieras no preocuparte por una pequeña cantidad de dinero que debes, porque es tan baja que no vale la pena gestionarla. La idea es simplificar los trámites y evitar que pequeñas deudas generen complicaciones. Además, la norma explica cómo se calculan estos límites y qué pasos debes seguir si quieres que esa deuda sea considerada pagada automáticamente, incluyendo qué papeles debes presentar y cómo se reflejará en los sistemas de liquidación de tu jubilación o beneficio social. En resumen, si la deuda por intereses es muy baja, la ley te permite que se ignore y puedas seguir con tu trámite sin preocuparte por esas pequeñas cantidades.

Escrito por: I.A.

Voces:

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