INHIBICIONES EN EL SISTEMA DEPÓSITOS JUDICIALES (I000
- Tipo
- Circular
- Número
- 15/24
- Organismo
- ANSeS
- Área
- DP
- Fecha de dictado
- 11/03/2024
- Publicación en el BO
- 11/03/2024
www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 11 de marzo de 2024 CIRCULAR DP Nº 15/24 INHIBICIONES EN EL SISTEMA DEPÓSITOS JUDICIALES (I000) REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP N° 36/23 Se recuerda a las áreas operativas de esta Administración Nacional, que se encuentran inhibidos en el sistema Depósitos Judiciales (I000), los tipos de trámites que se detallan a continuación, cuando se trata de beneficios correspondientes a las Cajas 40, 48, 71, 72, 74 y 75: ? Tipo de Trámite: 455 (Oficio Judicial - Embargo por Alimentos). ? Tipo de Trámite: 456 (Oficio Judicial - Insanias). ? Tipo de Trámite: 457 (Oficio Judicial - Tutelas). ? Tipo de Trámite: 458 (Oficio Judicial - Curatela). ? Tipo de Trámite: 463 (Oficio Judicial - Embargos Ejecutivos). ? Tipo de Trámite: 464 (Oficio Judicial - Sucesiones).Ante la recepción de Oficios que ordenan Embargos, Tutelas, Curatelas o Sucesiones, el procedimiento a seguir será el siguiente, teniendo en cuenta el/los beneficio/s que se encuentra percibiendo la persona: 1 Titular de beneficio que posee únicamente una prestación NO administrada por ANSES (Caja 40 - Protección Social): Procedimiento 1.1 Si el Oficio es recibido por el sistema DEOX, con perfil operador se debe caratular una actuación en ANME, según el tipo de trámite que corresponda y se informa al Juzgado que debe remitir el Oficio a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).1.2 Si el Oficio es ingresada por el sistema TAD, se rechaza el mismo la Agencia Nacional de indicando que deben enviarse a Discapacidad (ANDIS), sin necesidad de caratular un trámite en ANME, ni cargar en nuestros sistemas.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas y Requerimientos de Sentencias Judiciales y Bonos CRM - Tema: "BONOS / OFICIOS JUDICIALES" Subtema: "CONSULTA NORMATIVA" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 1.3 Si el Oficio se recibe en papel, en alguna de nuestras Oficina, se caratula en GEDO, se remite a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) a la dirección (CAC#AND PVD), se informa al Juzgado que el mismo fue derivado y se caratula una actuación en ANME, según el tipo de trámite que corresponda 1.4 Si el Oficio es derivado a nuestro organismo desde el Ministerio de Trabajo mediante GEDO, se remite a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) a la dirección (CAC#AND PVD) sin necesidad de caratular un trámite en ANME, ni cargar en nuestros sistemas.2 Titular de beneficio que posee únicamente una prestación liquidada por una Cía. de Seguros (Caja 44 - RVP ANEXO III) Procedimiento Caratular oficio (según Tipo de Trámite que corresponda).Informa al juzgado interviniente que este organismo no interviene en este proceso y para su cumplimiento debe remitir el mismo a la Cia de Seguros correspondiente.3 Titular de beneficio que posee únicamente una prestación liquidada por ANSES, que corresponde a: ? Caja 48 (Haberes Devengados P/Herederos) ? Caja 71 (Subsidio Contención Familiar) ? Caja 72 (Subsidio Contención Familiar) Procedimiento Caratular oficio (según Tipo de Trámite que corresponda).Informar al juzgado interviniente, que en esta clase de beneficios no es posible afectar un embargo, atento que son pagos por única vez.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas y Requerimientos de Sentencias Judiciales y Bonos CRM - Tema: "BONOS / OFICIOS JUDICIALES" Subtema: "CONSULTA NORMATIVA" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 4 Titular de beneficio que posee únicamente una prestación liquidada por ANSES, que corresponde a (Caja 74 - Asignación Familiar - Decreto Nº 614/13) Procedimiento Caratular oficio (según Tipo de Trámite que corresponda).Informar al juzgado interviniente, el motivo por el cual no es posible los sistemas de ésta afectar el único beneficio registrado en Administración 5 Titular de beneficio que posee únicamente una prestación NO administrada por ANSES (Caja 75 - Instituto de Ayuda Financiera (IAF)) Procedimiento Caratular oficio (según Tipo de Trámite que corresponda).Informar al juzgado interviniente que el Oficio debe ser enviado al domicilio: Calle Cerrito Nº 572, (C1010AAL) C.A.B.A.6 Titular de beneficio que además de las prestaciones detalladas precedentemente, posee una o más prestaciones (Jubilación y/o Pensión) liquidada por ANSES y se encuentra/n en curso normal de pago.Procedimiento Caratular un oficio (según Tipo de Trámite que corresponda).Generar el alta y confirmación en los sistemas de Depósitos Judiciales (I000 - D000), danto tratamiento al trámite de Embargo, Tutela, Curatela o Sucesión en el/los beneficios liquidado/s por ANSES.Informar al juzgado interviniente el mensual en el cual impactará la carga realizada y que el/la titular posee otro beneficio vigente de Caja 40 ó 75. Por tal motivo, deberá emitir un nuevo Oficio y ser dirigidos a los organismos indicados en los puntos 1 y/o 2, según corresponda.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas y Requerimientos de Sentencias Judiciales y Bonos CRM - Tema: "BONOS / OFICIOS JUDICIALES" Subtema: "CONSULTA NORMATIVA" www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La Circular DP Nº 15/24 establece las inhibiciones en el sistema Depósitos Judiciales (I000) para trámites relacionados con beneficios de las Cajas 40, 48, 71, 72, 74 y 75, en respuesta a oficios judiciales que ordenan embargos, tutelas, curatelas o sucesiones. La normativa especifica procedimientos diferenciados según la naturaleza del beneficiario y la fuente de la prestación, incluyendo la remisión de oficios a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), la carátula en sistemas internos, y la comunicación con los juzgados. Además, regula la afectación de beneficios en casos de embargos y la gestión de beneficios no administrados por ANSES, estableciendo los pasos para la tramitación y las remisiones correspondientes, con énfasis en la protección de los derechos del beneficiario y la correcta derivación de los procedimientos judiciales.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica que, ante ciertos órdenes judiciales como embargos o tutelas, la ANSES tiene reglas específicas para gestionar esos trámites. Por ejemplo, si un beneficiario recibe una orden de embargo y solo recibe una prestación que no administra la ANSES, el proceso varía según cómo llegue el oficio: si es digital, en papel o desde otro organismo. En algunos casos, simplemente se remite la orden a la Agencia Nacional de Discapacidad o a la compañía de seguros correspondiente. Si la persona recibe varias prestaciones, y algunas son pagadas por la ANSES, se deben registrar y gestionar esas órdenes en los sistemas internos, asegurando que se respeten los derechos del beneficiario. En resumen, la norma busca organizar cómo la ANSES responde a las órdenes judiciales, garantizando que los procedimientos sean claros y que los beneficios del beneficiario no sean afectados indebidamente.
Autor: I.A.
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