VALORES CAPITAS DE OBRAS SOCIALES JUBILADOS Y PENSIONADOS Y BENEFICIARIOS DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

Número
15/24
Organismo
ANSeS
Área
DPA
Fecha de dictado
16/04/2024
Publicación en el BO
16/04/2024

www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 16 de abril de 2024 CIRCULAR DPA N° 15/24 VALORES CAPITAS DE OBRAS SOCIALES JUBILADOS Y PENSIONADOS Y BENEFICIARIOS DE LA PRESTACION POR DESEMPLEO REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPA N° 10/24 Se informa a todas las Oficinas y Áreas Centrales de esta Administración Nacional que, conforme a la Resolución de ANSES Nro. 62/2024 que estableció el valor de la movilidad jubilatoria a partir del mes de abril 2024 y a la publicación de los nuevos valores del Subsidio Automático Nominativo de Obras Sociales (SANO) por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSALUD), se han actualizado los valores de las cápitas que se liquidan a las obras sociales para jubilados y pensionados y beneficiarios de la prestación por desempleo. https://www.argentina.gob.ar/sssalud/transparencia/subsidios/sano Por lo tanto, los valores vigentes desde el mes de abril 2024 son los siguientes: CONFORME MATRIZ SANO MOVILIDAD ABRIL 2024 RESOLUCIÓN ANSES 62/2024 27,40 DECRETO 274/24 VALORES CAPITAS A TRANSFERIR GRUPO ETARIO MASCULINO FEMENINO 0 a 14 15 a 49 50 a 64 5.317,70 5.317,70 8.361,17 9.832,74 9.832,74 9.832,74 65 o más 21.739,04 21.739,04 Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas - Áreas Centrales Dirección Prestaciones Activas CRM - Tema: "OOSS" Subtema: "RECLAMO CAPITAS" PrestacionesActivas@anses.gob.ar / 19363 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La presente circular actualiza los valores de las cápitas que las obras sociales deben transferir a jubilados, pensionados y beneficiarios de prestaciones por desempleo, en función de la movilidad jubilatoria establecida por la Resolución ANSES N° 62/2024 y los valores del Subsidio Automático Nominativo de Obras Sociales (SANO) publicados por la Superintendencia de Servicios de Salud. La actualización, vigente desde abril de 2024, establece montos diferenciados según grupos etarios y sexo, en concordancia con la matriz SANO y el Decreto 274/24, garantizando la adecuación de los aportes a las condiciones socioeconómicas de los beneficiarios.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma indica cuánto dinero deben transferir las obras sociales a los jubilados, pensionados y beneficiarios de la prestación por desempleo. La cantidad varía según la edad y el género del beneficiario, y se ajusta automáticamente cada año según la movilidad jubilatoria y los valores establecidos por la autoridad de salud. En la práctica, esto significa que si usted es jubilado o pensionado, la obra social recibe un monto específico para cubrir sus gastos, y ese monto puede cambiar cada año para reflejar la inflación y otros factores económicos. La actualización busca asegurar que los fondos sean adecuados para cubrir las necesidades de los beneficiarios, en línea con las políticas de ajuste establecidas por la normativa vigente.

Autor: I.A.

Voces

  • obras sociales
  • jubilados
  • pensionados
  • prestación por desempleo
  • valores de cápitas
  • movilidad jubilatoria
  • resolución anses
  • subsidio automático nominativo
  • superintendencia de salud
  • transferencia de fondos
  • actualización de valores
  • reclamo de capitás

Descargar PDF (requiere iniciar sesión)