RÉGIMEN DOCENTE UNIVERSITARIO - MENSUAL AGOSTO 2024
- Tipo
- CII
- Número
- 19/24
- Organismo
- ANSeS
- Área
- DP
- Fecha de dictado
- 05/08/2024
- Publicación en el BO
- 05/08/2024
www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 5 de agosto de 2024 COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DP Nº 19/24 RÉGIMEN DOCENTE UNIVERSITARIO - MENSUAL AGOSTO/2024 Se ponen en conocimiento de las áreas operativas de esta ANSES, las pautas de liquidación de las prestaciones del Régimen Docente Universitario Ley Nº 26.508 correspondiente al mensual 08/2024, considerando los nuevos valores de haberes mínimo y máximo y el valor de la PBU, que rigen a partir del dictado de la RESOL-2024-390-ANSES-ANSES.Teniendo en cuenta que la próxima movilidad a aplicar sobre las prestaciones de Docentes Universitarios, operará en el mensual 09/2024, se brindan las pautas de liquidación de este tipo de prestaciones considerando: a) Los nuevos valores de haber mínimos y máximos que rigen a partir del mensual 08/2024 Haber mínimo = Haber máximo = Prestación Básica Universal (PBU) = $ 225.454,42 $ 1.517.094,80 $ 103.135,11 b) Las leyes aplicadas de Docentes Universitarios alcanzadas por la movilidad de ley general 4,58% de acuerdo al artículo 32 de la Ley N° 24.241.Tratamiento por Ley Aplicada de las prestaciones Docente Universitarios: 1. Ley Aplicada UA (Docente Universitario puro) Conceptos: 001-000 Marca de tope: Aumento: "E" *** Solo debe contener este código de haber, de lo contrario es un error.Escala de Deducción No aplica movilidad en 08/2024 Área destinataria: Área emisora: Contacto: Oficinas y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "Conceptos: Marca de tope: Aumento: Conceptos: www.diarioprevisional.com.ar 2. Ley Aplicada UB (Ley anterior con simultaneidad Docente Universitario) 001-000 001-153 "E" 4,58% No puede contener códigos de haber de Ley N° 24.241 u otro distinto a los informados.Escala de Deducción Movilidad Ley General sobre ambos haberes.3. Ley Aplicada UC (Ley N° 24.241 con simultaneidad Docente Universitario) 001-001;001-002 y/o001-003 ó 001-004 ó 001-005 ó 001-014 No puede tener 001-000 u otro distinto a los informados.combinado con el 001-153 Marca de tope: "E" Escala de Deducción Aumento: 4,58% Movilidad Ley General sobre ambos haberes.(ver ejemplo de liquidación cuando existe PBU) 4. Ley Aplicada UD (Ley Especial 24.018 con simultaneidad Docente Universitario) Conceptos: 001-000 001-156 No puede contener códigos de haber de Ley N° 24.241 u otro distinto a los informados.Marca de tope: "E" Escala de Deducción Aumento: * * * Movilidad correspondiente a la Ley cuyo haber sea mayor. - Si el haber del código 001-000 es mayor al 001-156 NO corresponde aplicar movilidad en 08/2024. - Si el importe del 001-156 es mayor al código 001-000 se generará un reporte para enviar a la Dirección de Trámites Complejos para que la movilidad sea tratada manualmente.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Oficinas y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 5. Ley Aplicada UE (Haber conjunto Ley N° 22.929 con Docente Universitario) Conceptos: 001-000 001-155 No puede contener códigos de haber de Ley N° 24.241 u otro distinto a los informados.Marca de tope: "E" Escala de Deducción Aumento: * * * corresponde Movilidad correspondiente a la Ley cuyo haber sea mayor. - Si es mayor el importe del 001-155 al del 001-000, NO aplicar movilidad en 08/2024. - Si es mayor el haber del 001-000 al del código 001-155, se generará un reporte para enviar a la Dirección de Trámites Complejos para que la movilidad sea tratada manualmente.6. Ley Aplicada UF (Haber conjunto Dto. 160/05 Ley N° 24.241 con Docente Universitario) Conceptos: 001-001;001-002 y/o001-003 ó 001-004 ó 001-005 ó 001-014 No puede tener 001-000 u otro distinto a los informados.combinado con 001-155 Marca de tope: Escala de Deducción y 006-023 "E" Aumento: * * * Movilidad correspondiente a la Ley cuyo haber sea mayor. - Si es mayor el importe de los 001-XXX + 006-023 (Haber de Investigador Científico) se otorga la movilidad de Ley General (4,58%). - Si es mayor el importe del 001-155, NO la movilidad en corresponde aplicar 08/2024.(ver ejemplo de liquidación cuando existe PBU).Área destinataria: Área emisora: Contacto: Oficinas y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 7. Ley Aplicada UG (Haber conjunto Ley N° 24.016, Dto. N° 137/05. Leyes Anteriores con Docente Universitario) Conceptos: 001-000 No puede contener códigos de haber de 001-155 Ley N° 24.241 u otro distinto a los con informados.006-022; 006-025 ó 006-030 Marca de tope: Escala de Deducción "E" * * * "E" * * * Aumento: No aplica movilidad en 08/2024.8. Ley Aplicada UH (Haber conjunto Ley N° 24.016, Dto. N° 137/05, Ley N° 24.241 con Docente Universitario) 001-001;001-002 y/o001-003 Conceptos: ó 001-004 ó 001-005 ó 001-014 combinado con el 001-155 y 006-022; 006-025 ó 006-030 No puede tener 001-000 u otro distinto a los informados.Marca de tope: Escala de Deducción Aumento: No aplica movilidad en 08/2024.9. Ley Aplicada UV (Ley N° 24.241 Ex-Capitalización con simultaneidad Docente universitario) Conceptos: 001-001;001-002 y/o001-003 o 001-004 o 001-005 o 001-014 No puede tener 001-000 u otro distinto a los informados. Si se registra algún 005-xxx pueden coexistir también los conceptos 114-923 o 114-925". El tratamiento es igual al dispensado a la Ley Aplicada UC más 003-XXX o 005-XXX combinado con el 001-153 o 006-900; 006-934 o 006-935 Marca de tope: "E" Escala de Deducción Aumento: 4,58 % Movilidad Ley General sobre ambos haberes, a excepción de los 005-XXX y 006-900,006-934 y 006-935. Esta Ley opera de en forma análoga a la Ley aplicada UC. Ver ejemplo de liquidación cuando existe PBU.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Oficinas y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar 10. LEY Aplicada UX (Docente Universitario puro con haberes de RVP) Conceptos: combinado con el 005-XXX 001-000 ó 006-900; 006-934 ó 006-935 Solo debe contener los códigos de haber detallados, de lo contrario es un error. Si se registra algún 005-XXX pueden coexistir los conceptos 114-923 ó 114- 925.Marca de tope: Aumento: "E" *** Escala de Deducción No aplica movilidad en 08/2024.11. Ley Aplicada UZ (Haber conjunto Ley N° 24.016, Dto. N° 137/05, Ley N° 24.241 Ex- Capitalización con Docente Universitario) Conceptos: 001-001;001-002 y/o001-003 ó 001-004 ó 001-005 ó 001-014 combinado con el 001-155 y 006-022; 006-025 o 006-030 más 003-XXX ó 005-XXX No puede tener el concepto 001-000 u otro distinto a los informados. Si se registra algún 005-XXX pueden coexistir los conceptos 114-923 ó 114- 925. El tratamiento es igual al dispensado a la Ley Aplicada UH.ó 006-900; 006-934 ó 006-935 Marca de tope: Aumento: "E" * * * Escala de Deducción No aplica movilidad en 08/2024.Ejemplos de liquidación de prestaciones con movilidad.1.) Ley Aplicada UB.Independientemente del importe de los haberes establecidos por la Ley N° 26.508 y por leyes anteriores a la Ley N° 24.241, siempre sobre ambos haberes se aplicará la movilidad de Ley General establecida en 4,58%.Liquidación 07/2024: 001-000 001-153 Total $ 153.331,00 $131.387,71 $ 284.718,71 Área destinataria: Área emisora: Contacto: Oficinas y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Liquidación 08/2024: 001-000(07/24)+ 4,58% $ 160.353,56 001-153(07/24) + 4,58% $ 137.405,27 Total $ 297.758,83 2.) Ley aplicada en las cuales existe el concepto de PBU (Leyes UC y UV) Independientemente del importe de los haberes establecidos por la Ley N° 26.508 y por Ley N° 24.241, siempre sobre ambos haberes se aplicará la movilidad de Ley general establecida en 4,58%.Liquidación 07/2024 Liquidación 08/2024: 001-001 $ 98.618,39 001-001 (07/24) + 4,58% $ 103.135,11 001-002 $ 48.122,22 001-153 $ 106.567,82 Total $ 253.308,43 001-002(07/24) + 4,58% 001-153 (07/24) + + 4,58% Total $ 50.326,22 $ 111.448,63 $ 264.909,95 3.) Ley aplicada en las cuales solo existe diferencia por el incremento del concepto de PBU (leyes UH y UZ).En estos casos corresponde compensar el incremento de la PBU sobre el total del beneficio Liquidación 07/2024: 001-001 $ 98.618,39 001-002 006-025 001-155 Total $ 32.120,00 $ 46.273,15 $ 60.230,00 $ 237.241,54 001-001 (07/24) + 4,58% Liquidación 08/2024: 001-002 (07/24) 006-025 (07/24) - Dif. PBU ($ 4.516,72) 001-155 (07/24) Total $103.135,11 $ 32.120,00 $ 41.756,43 $ 60.230,00 $ 237.241,54 Donde Z es la diferencia entre PBU.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Oficinas y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Como la PBU a liquidar debe ser la PBU resultante de aplicar la movilidad por ley general: Se debe calcular la PBU (08/2024) como el producto de la PBU (07/2024) * 1,0458 = $ 98.618,39 La diferencia entre ambos importes de PBU (la de julio y la de agosto) es lo que se debe descontar (en este caso) al 006-025, para balancear la liquidación, siendo esta: Diferencia entre PBU (08/2024) - PBU (07/2024) = $ 4.516,72 4.) Ley aplicada UF sin concepto de PBU.a. El haber de la prestación establecida por Ley N° 26.508 (001-155) es menor al haber establecido por Ley N° 24.241 y Decreto N° 160/05 (001-xxx + 006-023).Se debe aplicar el aumento de régimen general establecido en 4,58%.Liquidación 07/2024 001-004 $ 56.434,81 006-023 $ 106.485,52 001-155 $ 69.176,44 Total $232.096,77 Liquidación ajustada 08/2024: 001-004 (07/24) + 4,58% 006-023 (07/24) + 4,58% 001-155 (07/24) + 4,58% Total $ 59.019,52 $ 111.362,56 $ 72.344,72 $ 242.726,80 b. El haber de la prestación establecido por Ley N° 26.508 (001- 155) es mayor al haber de Ley N° 24.241 y Decreto N° 160/05 (001-xxx + 006-023).Sobre la prestación hay que aplicar la movilidad correspondiente al régimen del Docente Universitario, en consecuencia, en esta casuística no se aplicará movilidad hasta 09/2024.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Oficinas y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 5.) Ley aplicada US - Acumulación de Beneficios Docentes Universitarios (acordados por leyes anteriores a la Ley N° 24.241) con prestaciones del IAF.Si la sumatoria de conceptos de haber es inferior al haber mínimo vigente a partir de 08/2024, se aplicará aumento de Ley General (4,58%), pudiendo ocurrir que: ? El nuevo haber (luego de aplicar el aumento) supere el haber mínimo, en cuyo caso se limitará el haber al mínimo de Ley.? El nuevo haber (luego de aplicar el aumento) NO supere el haber mínimo, en cuyo caso se liquidará el haber mínimo de Ley.Si la sumatoria de conceptos de haber es mayor al haber mínimo, NO se deberá aplicar movilidad alguna y NO se limitará el haber al mínimo de Ley General 6.) Ley Aplicada UT - Acumulación de Beneficios Docentes Universitarios (acordados por Ley N° 24.241) con prestaciones del IAF.El tratamiento es igual al dispensado a la Ley US 7.) Ley Aplicada UV - Haber de simultaneidad de Ley N° 26.508 menor o mayor al haber de Ley N° 24.241 con conceptos de Ex - Capitalización.Se aplica la movilidad de Ley General establecida en 4,58%.El tratamiento es igual al dispensado a la Ley Aplicada UC, con la única diferencia que en la liquidación existen conceptos del ex - régimen de capitalización (003-xxx o 005-xxx).Nota: Si un beneficio, catalogado con una Ley Aplicada que pertenezca al régimen Docentes Universitarios presentase alguna inconsistencia, el mismo se marcará con "Error Grave" y será excluido del proceso de movilidad que en este documento se trata, al tiempo que se generará el reporte correspondiente para su saneamiento.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Oficinas y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La norma establece las pautas de liquidación de prestaciones del Régimen Docente Universitario según la Ley N° 26.508, actualizando valores de haberes mínimos, máximos y la PBU a partir de la resolución RESOL-2024-390-ANSES-ANSES. Se detalla la aplicación de la movilidad del 4,58% sobre diferentes conceptos de haberes, diferenciando entre diversos regímenes y leyes aplicadas (UA, UB, UC, UD, UE, UF, UG, UH, UV, UX, UZ, US, UT), con instrucciones específicas para casos de existencia de la PBU, diferencias entre conceptos y condiciones de aplicación. Se incluyen ejemplos prácticos de liquidaciones, considerando variaciones en los conceptos y la movilidad, así como procedimientos para ajustar las prestaciones en función de la comparación entre haberes y la PBU, y la necesidad de reportes manuales en ciertos casos. La normativa también contempla la exclusión de beneficios con inconsistencias y la aplicación de la movilidad en función del régimen y la ley aplicable, garantizando la correcta actualización de las prestaciones previsionales del sector docente universitario.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica cómo se deben calcular y actualizar las prestaciones para los docentes universitarios, usando un aumento del 4,58% en sus haberes desde agosto de 2024, según la ley. Para entenderlo en términos simples, imagina que un profesor recibe un sueldo que puede variar según diferentes reglas, y cada mes se ajusta ese sueldo con un porcentaje establecido. Además, hay un monto mínimo y máximo que no puede ser superado, y una cantidad llamada PBU que también se ajusta. La norma explica cómo hacer estos cálculos en diferentes casos, dependiendo de qué tipo de régimen o ley se aplique a cada docente. Por ejemplo, si el sueldo del profesor es menor que la PBU, se ajusta para que no quede por debajo del mínimo, pero si es mayor, no se le aumenta más. También se dan ejemplos prácticos para que los encargados de hacer estos cálculos puedan seguir paso a paso cómo ajustar los haberes y evitar errores, asegurando que todos los docentes reciban la cantidad correcta según las reglas vigentes.
Autor: I.A.
Voces
- regimen docente universitario
- movilidad de prestaciones
- ley 26508
- prestación básica universal
- valores de haberes
- ley general
- leyes aplicadas
- conceptos de haber
- diferencias de pbu
- liquidación de prestaciones
- códigos de haber
- actualización de beneficios
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